Policiales
4 años de prisión y 10 de inhabilitación para conductor que causó una tragedia en Roca
La sentencia no se encuentra firme, por lo que el imputado permanece sujeto al proceso con pautas de conducta.

Un Tribunal de Juicio de Roca impuso la pena de 4 años de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación para conducir automotores al responsable de la muerte de la joven Florencia Belén Moreno, ocurrida en un siniestro vial en Roca el 24 de octubre de 2021.
La pena se impuso luego de que el conductor fuera declarado responsable del delito de «homicidio culposo doblemente agravado, por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, con un nivel de alcoholemia superior a 1 gramo por litro de sangre, y por estar inhabilitado para conducir por autoridad competente». Además de la muerte de la joven, la condena incluyó las lesiones leves que sufrieron otras dos víctimas.
La prueba demostró que la mañana del siniestro el imputado Kevin López, de 26 años, conducía un Peugeot 206 por la calle Defensa, en la zona norte de Roca, llevando a cuatro ocupantes más. Al trasponer la calle Chingolo y pasar del asfalto al ripio, perdió el control del rodado, que chocó contra un árbol. La evidencia determinó que conducía con 1.46 g/l de alcohol en sangre y que iba en exceso de velocidad por esa zona urbana. La pericia señaló 79,33 km/h, con un margen de error de 10 km/h. Además, al momento del choque el conductor tenía la licencia inhabilitada por el Juzgado de Faltas por una infracción anterior.
En el veredicto de culpabilidad que dictó en diciembre pasado, el Tribunal valoró que «en toda esta temática de tránsito vehicular rige el ‘principio de confianza’, esto es: uno confía en que la persona que lo va a transportar lo va a hacer correctamente, cumpliendo y observando los reglamentos del tránsito”. Aclaró también que el Derecho Penal “no admite la ‘compensación de culpas’ entre víctima y victimario», por lo que la responsabilidad penal del conductor no se reduce por el hecho de que las víctimas «no se hayan puesto el cinturón de seguridad».
Hoy (04/03), al conocerse la sentencia definitiva con el monto de la pena, los jueces Fernando Sánchez Freytes, Alejandro Pellizzón y Maximiliano Camarda definieron una condena de 4 años de prisión efectiva. En el juicio de cesura, la Fiscalía y la parte querellante habían solicitado 5 años de cárcel y la defensa había pedido tres años, que es el mínimo legal.
Para definir la pena el Tribunal expuso precedentes y lineamientos del Superior Tribunal de Justicia y concluyó que 4 años es acorde con «el injusto cometido y el grado de culpabilidad» del conductor, que amerita la prisión efectiva para que reciba «tratamiento penitenciario, el eficaz y necesario durante dicho lapso para corregir y revertir aquéllas cosas sobre su persona, esto es, resocializarlo, readaptarlo y reeducarlo al efecto».
«Estamos ante un homicidio culposo doblemente agravado (pluralidad de calificantes -alcohol e inhabilitación para manejar-) y con varias víctimas (una fatal y dos con lesiones leves -pluralidad de ofendidos-). Todo esto fruto de la imprudencia -principalmente- y violación al reglamento de tránsito en la conducción del automotor por parte de aquél. A todo esto debe sumarse el episodio que ocurrió en época de Pandemia», por el cual se lo había inhabilitado para conducir. «Todas estas cosas constituyen agravantes de pena, que provocan la imposibilidad de imponer el mínimo legal», explicó el Tribunal.
“El tratamiento penitenciario debe apuntar a no desobedecer una decisión firme de autoridad competente cuando lo tenga como destinatario -que le prohibía conducir-, y menos aun para salir luego a divertirse en horario nocturno en automóvil, bajo ingesta de alcohol, manejando a una velocidad para nada adecuada (prudente) en lugares públicos y transportando terceras personas”, valoró el fallo.
En tanto que como atenuantes, el Tribunal consideró que el conductor es joven, que no tiene antecedentes penales, que es padre, es una persona de trabajo y que tuvo referencias personales positivas que aportaron varios testigos y que no fueron negadas ni controvertidas en el juicio de cesura.
La sentencia no se encuentra firme, por lo que el imputado permanece sujeto al proceso con pautas de conducta.
Policiales
Motín en la Comisaría 3° de Roca: Una persona herida y fuerte operativo policia
Efectivos de otras unidades se hicieron presentes para colaborar en el control de la situación.

Un motín se registró este viernes (27/03), cerca de las 19 horas, en la Comisaría 3°, ubicada en la intersección de calles 25 de Mayo y Sarmiento de General Roca.
Como consecuencia de los disturbios, hasta el momento, hay una persona herida que fue trasladada al Hospital Francisco López Lima por una ambulancia del SIARME.
Ante la gravedad de la situación, varios móviles de distintas unidades policiales llegaron al lugar como refuerzo para colaborar en el control de los disturbios.
Ampliaremos.
Judiciales
Condenaron a un policía por dispararle a su ex pareja: Le hirió el pie con su arma reglamentaria
El juez subrayó que el disparo podría haber tenido consecuencias más graves si hubiera impactado en otra parte del cuerpo.

Un empleado policial fue declarado penalmente responsable por unanimidad del delito de lesiones graves agravadas por violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de arma de fuego, luego de que el Tribunal Colegiado interviniente tuviera por acreditado que disparó contra su ex pareja hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.
El hecho ocurrió el 18 de mayo pasado en el domicilio de la víctima. El presidente del Tribunal destacó la solidez del testimonio de la damnificada, quien mantuvo su declaración sin variaciones desde la denuncia inicial hasta el debate oral. «Pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle», señaló el magistrado.
El Tribunal también descartó de manera categórica el carácter accidental del episodio. «La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso», expresó el presidente del cuerpo judicial.
En la misma audiencia, la Fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo para resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.
La defensa penal pública no formuló oposición y el Tribunal resolvió prorrogar la prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, tanto directo como a través de terceros o medios electrónicos.
Policiales
Aceleró al ver la Policía y lo interceptaron: La moto que conducía tenía pedido de secuestro por hurto
Un joven de 19 años quedó imputado por encubrimiento.

Personal de la Comisaría 21° recuperó durante una recorrida de prevención en zona norte una motocicleta de 70cc con pedido activo de secuestro por hurto. Por el hecho, un joven de 19 años quedó imputado por encubrimiento.
El procedimiento se inició cuando efectivos que patrullaban calle San Juan advirtieron la presencia del rodado, de color negro y con faltantes de plásticos. Al notar la presencia policial, el conductor aceleró su marcha, aunque fue interceptado a pocos metros.
Al identificarlo, el personal constató que el joven no contaba con la documentación del vehículo. La verificación de la numeración de motor y chasis en el sistema policial confirmó que la moto registraba un pedido activo de secuestro por hurto, solicitado por la Subcomisaría 69°.
El rodado fue secuestrado y trasladado a la dependencia. La Fiscalía de turno dispuso el emplazamiento del conductor y el inicio del legajo judicial por encubrimiento.








