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Roca

8M: Así serán las actividades en Roca por el Día Internacional de la Mujer

Conocé el cronograma previsto para la jornada.

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En conmemoración del Día Internacional de la Mujer, Roca se prepara para una jornada llena de actividades y reivindicaciones impulsadas por la Asamblea Transfeminista Fiske. Bajo el lema «Este 8 de marzo paramos y movilizamos contra el ajuste, el hambre, la entrega y la represión del gobierno de Milei», la Campaña por la Emergencia Nacional en Violencia contra las Mujeres convoca a participar en una serie de eventos que buscan visibilizar las problemáticas actuales.

Las actividades comenzarán a las 16 horas en la Plaza San Martín con la denominada «Plaza Activa». Este espacio contará con radio abierta, carteles informativos y talleres destinados a concientizar sobre la importancia de la igualdad de género. A las 18 horas, dará inicio la tradicional marcha, cuya concentración se llevará a cabo en la esquina de Avenida Roca y Tucumán.

El recorrido por las calles de la ciudad será un llamado a la unidad y solidaridad entre las mujeres, trans, y personas no binarias que enfrentan diversas problemáticas en la sociedad actual. La marcha concluirá a las 20 horas en la Plaza San Martín, donde se llevará a cabo el cierre de la jornada con discursos, presentaciones artísticas y un espacio de reflexión sobre los desafíos que aún persisten en la lucha por la igualdad de género.

Además, desde tempranas horas de la mañana, las trabajadoras judiciales realizaron una actividad especial en el Juzgado Federal. Bajo la organización de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), las participantes llevaron a cabo un paro simbólico y la lectura de un documento que destaca la importancia de continuar trabajando para lograr una justicia más equitativa.

Asimismo, diferentes instituciones públicas tanto nacionales, provinciales como municipales adhirieron a la convocatoria con diferentes actividades dentro de sus organismos y la adhesión a un paro por el Día de la Mujer.

Este 8 de marzo en Roca, el colectivo feminista se une para alzar la voz, recordar los logros alcanzados y reafirmar el compromiso con la lucha por los derechos de las mujeres en todas sus diversidades. La convocatoria promete ser un espacio de empoderamiento, conciencia y solidaridad, reforzando la importancia de seguir trabajando juntas para construir un futuro más igualitario.

Roca

Corte de energía programado este viernes: Bagliani y Modelo quedarán sin luz durante 3 hora

EdERSA programó interrupciones del servicio eléctrico para este viernes en distintos sectores del Alto Valle.

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La distribuidora de energía EdERSA informó que este viernes (27/03) realizará cortes de energía programados en distintos sectores del Alto Valle, en el marco de tareas de mantenimiento y modernización en las instalaciones eléctricas de media y baja tensión.

En el caso de General Roca, la interrupción del servicio está prevista entre las 9 de la mañana y las 12 del mediodía y afectará a los vecinos de los barrios Bagliani y Modelo.

Desde la empresa señalaron que los trabajos son impostergables y apuntan a mejorar la calidad, la seguridad y la capacidad del sistema eléctrico en la región.

«Se recomienda a los usuarios tomar los recaudos necesarios ante la ausencia de suministro durante ese período», indicaron desde EdERSA.

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Judiciales

Imputaron a una profesora de natación y un guardavidas por el fallecimiento del niño de 11 años en la pileta municipal de Roca

Según la acusación, ambos imputados habrían omitido el deber de cuidado al no advertir a tiempo lo que le ocurría a la víctima.

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El Ministerio Público Fiscal imputó a una profesora de natación y a un guardavidas por el delito de homicidio culposo, en el marco de la investigación por la muerte de un niño de 11 años ocurrida el 22 de diciembre de 2023 durante una clase en la pileta municipal de General Roca, ubicada en la zona norte de la ciudad.

Según la acusación fiscal, ambos imputados estaban a cargo de un grupo de seis menores cuando, alrededor de las 11.40, se le indicó al grupo un ejercicio en el agua. El niño no salió a la superficie como los demás y la situación fue advertida minutos después, cuando lo sacaron del agua e iniciaron maniobras de RCP hasta la llegada de la ambulancia.

La Fiscalía sostuvo que ambos habrían omitido el deber de cuidado al no advertir lo que ocurría con el menor. El tiempo de inmersión prolongada sin supervisión efectiva ni asistencia inmediata provocó un episodio de ahogamiento por sumersión que derivó en su fallecimiento por asfixia. La calificación legal aplicada es la de homicidio culposo, conforme a los artículos 45 y 84 del Código Penal.

El defensor penal público que asiste a ambos imputados señaló que, a criterio de la defensa, no existen elementos suficientes para formular cargos en esta instancia, y reclamó la realización de un estudio histopatológico antes de arribar a conclusiones definitivas sobre la causa de la muerte.

La jueza de Garantías interviniente, ante la presencia de los padres del niño y su querellante -quien adhirió al pedido fiscal-, explicó que la investigación deberá determinar si la muerte fue producto de negligencia o imprudencia de quienes tenían a su cargo al menor, o si fue consecuencia de una patología previa que no hubiera podido evitarse aun con la debida diligencia. Tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para la etapa de investigación penal preparatoria.

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Judiciales

Quiso renovar su camioneta, le ofrecieron 55 cuotas, pero eran 84: La Justicia ordena respetar el contrato inicial

Un vecino de Roca recurrió a la Justicia luego de que una empresa no cumpliera con lo pactado.

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Un hombre de Roca recibió una propuesta que parecía ideal para renovar su camioneta Amarok. Una concesionaria de Buenos Aires le ofreció, por correo electrónico y WhatsApp, un precio promocional. Las primeras cuotas serían fijas y le tomaban su vehículo usado a un valor atractivo.

Aceptó el trato, pagó la reserva y cumplió con cada requisito para iniciar el proceso hacia su nuevo vehículo. Sin embargo, el final de esta historia se alejó de lo pactado. Los beneficios prometidos desaparecieron en los hechos.

El plan de 55 cuotas se transformó en uno de 84, los pagos mensuales aumentaron de forma constante y la empresa nunca aceptó su camioneta usada como parte de pago. Además, el modelo de alta gama que el hombre eligió no coincidió con el que figuraba en el sistema. Así, el hombre recurrió al Poder Judicial para iniciar una demanda de daños y perjuicios.

El fuero civil de Roca condenó a Volkswagen y a la concesionaria de San Isidro a cumplir la oferta inicial enviada al cliente. La sentencia ordena a las empresas que reajusten el contrato al plan de 55 cuotas. También ordena que reconozcan las bonificaciones prometidas y tomen el vehículo usado según la cotización original.

Las firmas rechazaron responsabilidad. La administradora del plan alegó que solo se obligaba por lo previsto en la solicitud de adhesión y que desconocía las ofertas realizadas por la concesionaria.

Esta última afirmó que actuaba como intermediaria y que no podía garantizar condiciones contrarias al sistema de ahorro previo. Ambas sostuvieron que el hombre conocía el contrato firmado.

La jueza encuadró el caso dentro del derecho del consumidor y destacó la existencia de una relación de consumo y de contratos conexos entre las partes. Señaló que, aunque intervienen distintos sujetos, todos forman parte de una misma operación económica y deben responder en conjunto. La magistrada consideró que la estructura comercial vinculada a la marca generó una apariencia de unidad que justificó la confianza del consumidor.

A partir de la prueba producida, que incluyó correos electrónicos, mensajes y testimonios, se acreditó que existió una oferta concreta. Esta resultó decisiva para que el hombre contratara.

También se comprobó que dicha oferta no fue cumplida y que el cliente no recibió información clara ni respuestas adecuadas frente a sus reclamos. En consecuencia, se configuró una violación al deber de información y al trato digno, pilares del régimen de defensa del consumidor.

El fallo remarca que la publicidad y las ofertas integran el contrato y obligan a quien las emite. En este caso, la diferencia entre lo ofrecido y lo ejecutado evidenció un incumplimiento contractual.

También se reconoció daño moral y se consideró el malestar, la frustración y las consecuencias personales sufridas por el hombre, que incluyeron conflictos familiares y afectación en su vida cotidiana.

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