Seguinos

Roca

Tips importante a tener en cuenta si tenés la tarjeta SUBE

Luego de que la Cooperativa 1° de Septiembre anunciara que se restringe a uso personal la tarjeta SUBE, te damos algunas recomendaciones para utilizar la misma.

el

Luego de que la Cooperativa 1º de Septiembre, a cargo del transporte urbano en General Roca, informara que desde el próximo mes ningún usuario podrá comprar o vender pasajes y que los pasajeros no podrán viajar si no tienen su propia tarjeta SUBE, es importante aclarar algunos puntos sobre el uso de la misma.

El Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE) comenzó a funcionar en General Roca el lunes 28 de noviembre de 2022, luego de la celebración del convenio especifico con el Ministerio de Transporte de Nación. El nuevo sistema coexistió con el anterior por 90 días corridos.

A partir de marzo de 2023 la tarjeta SUBE se convirtió en el único medio de pago aceptado por la Cooperativa 1° de Septiembre.

En General Roca hay tres Unidades de Gestión SUBE (UGS), donde las personas pueden retirar su tarjeta, registrarla y acceder a la Tarifa Social, en caso de que corresponda, entre otras gestiones. Además se instalaron también 16 terminales automáticas, donde se puede consultar el saldo de la tarjeta y acreditar las cargas de saldo realizadas.

Las UGS estarán ubicadas en la Municipalidad, en Mitre 710; en las oficinas de la Cooperativa 1° de Septiembre, en 25 de Mayo 662; y en el CIM de calle Cauquén 1947.

¿Se puede pagar más de un pasaje con mi tarjeta SUBE?

Sí, en caso de que no el titular de la tarjeta no sea beneficiario de la Tarifa Social Federal. En ese caso, las empresas de transporte no deben limitar el pago de más de un pasaje con la misma tarjeta SUBE. Cabe recordar que para la correcta aplicación de los descuentos de Red SUBE, la tarjeta debe usarse en forma personal.

En caso de ser beneficiario de la Tarifa Social Federal, sólo puede abonar su pasaje el titular, excepto que viajes con menores a cargo. En este sentido, es importante destacar que la tarjeta SUBE es de uso personal e intransferible. Si el titular cuenta con la Tarifa Social Federal, solo él puede utilizarla. Si se detecta el uso fraudulento por parte de una persona que no es beneficiaria se procede a su bloqueo. No podrá ser retenida por personal de las empresas de transporte.

No obstante, ante una situación de emergencia, se puede pagar el viaje de otra persona que no tenga saldo en su tarjeta y no se aplicará sanción o multa.

Asimismo, para la correcta aplicación de los descuentos de Red SUBE, la tarjeta debe usarse en forma personal.

Si la tarjeta está registrada se puede acceder a la información de cada viaje, consultar y recuperar saldo, entre otras gestiones.

Policiales

Dramático rescate en el Canal Grande: Una adolescente fue asistida por vecinos y la Policía

La menor de 15 años fue auxiliada por un joven que pasaba por el lugar y por otro hombre que se sumó al rescate hasta la llegada de la Policía.

el

Una adolescente de 15 años fue rescatada este jueves (30/07) luego de caer al Canal Principal de Riego, en inmediaciones del puente de calle Mendoza. La joven fue auxiliada en primera instancia por un vecino que se encontraba corriendo por el sector y, poco después, otro hombre se sumó al rescate hasta la llegada del personal policial.

Todo comenzó cerca de las 15 horas, cuando desde el CAINA donde reside la adolescente se informó al 911 RN Emergencias que la menor se había retirado del lugar sin autorización. A partir de ese momento, efectivos de la Comisaría 31° iniciaron un operativo de búsqueda por distintos sectores de la ciudad.

Mientras se desarrollaba el procedimiento, ingresó un nuevo llamado que alertaba que la joven había caído al Canal Principal de Riego. Al llegar al lugar, los policías Sargentos Varela y Córdoba encontraron que un joven que realizaba actividad física ya había ingresado para asistir a la adolescente. Instantes después, otro hombre también colaboró en las tareas para mantenerla a resguardo hasta la llegada de los efectivos.

Con la ayuda de ambos vecinos y del personal policial, la adolescente fue finalmente retirada del Canal Grande. Debido a que no había una ambulancia disponible en las inmediaciones y la urgencia del caso requería una rápida asistencia médica, los uniformados decidieron trasladarla en un móvil policial al Hospital Francisco López Lima.

La joven ingresó al centro de salud consciente y estable, donde quedó bajo atención médica y se le realizaron los estudios correspondientes para evaluar las lesiones sufridas durante la caída.

Mientras continúa el seguimiento del caso por parte de los organismos competentes, la rápida intervención de los dos vecinos y del personal policial permitió que recibiera atención en el menor tiempo posible.

Continuar leyendo

Judiciales

Fue hallada en buen estado la adolescente de 16 años que era buscada en Roca

La joven de años se presentó por sus propios medios en la Comisaría 31º.

el

La Fiscalía de turno de General Roca informó que fue hallada en buen estado la adolescente de 16 años que era intensamente buscada.

Según la información difundida por el Ministerio Público de Río Negro, la joven se presentó por sus propios medios en la Comisaría 31º. Está en buen estado de salud.

Las autoridades agradecieron a la comunidad por su apoyo y dieron por finalizado el protocolo de búsqueda de paradero.

Continuar leyendo

Judiciales

La Justicia condenó a YPF a indemnizar a un distribuidor de Roca

El fallo consideró justificada la rescisión del contrato por parte del distribuidor y ordenó el pago de una indemnización.

el

Durante más de una década, un distribuidor oficial de productos YPF construyó su negocio en Roca. La relación comercial comenzó con la venta de lubricantes y, con el paso de los años, la empresa familiar se convirtió en una de las más reconocidas de la red. El contrato lo obligaba a comercializar exclusivamente productos de la petrolera.

Con el tiempo, el escenario cambió. La empresa de energía incorporó a otro distribuidor en la misma zona. Así, el hombre comenzó a recibir menos bonificaciones y sufrió restricciones en el abastecimiento de mercadería. La menor disponibilidad de productos redujo su capacidad para competir y afectó sus ventas.

La situación se agravó cuando también asumió la distribución de productos en Bahía Blanca. Aunque se trataba de una operación distinta, los problemas financieros de esa actividad comenzaron a repercutir sobre el negocio que desarrollaba en Río Negro. La empresa vinculó ambas operaciones mediante una única cuenta corriente y las dificultades de una terminaron condicionando el funcionamiento de la otra.

Con menos mercadería disponible y condiciones comerciales desfavorables, el negocio se deterioró de manera progresiva. Finalmente, el distribuidor dio por terminado el contrato mediante una carta documento y responsabilizó a YPF por haber incumplido obligaciones esenciales de la relación comercial.

Luego recurrió al Poder Judicial y presentó una demanda en el fuero Civil de Roca. Pidió que se declarara justificada la resolución del contrato por los incumplimientos de YPF y que se la condenara a indemnizar los daños ocasionados. La jueza hizo lugar al planteo, consideró válida la decisión del distribuidor de extinguir el vínculo contractual y condenó a la empresa a pagar una indemnización.

La empresa pidió el rechazo de la demanda. Sostuvo que nunca interrumpió el suministro de mercadería y que las dificultades obedecieron a las deudas acumuladas por el distribuidor y al incumplimiento de sus compromisos comerciales. También afirmó que brindó asistencia permanente, autorizó entregas excepcionales, mantuvo bonificaciones adicionales y negó haber favorecido a otro distribuidor o haber incumplido el contrato.

La sentencia analizó la relación como un contrato de distribución celebrado por adhesión y concluyó que varias de sus cláusulas colocaban al distribuidor en una situación de desigualdad.

Mientras el comerciante estaba obligado a comercializar exclusivamente productos YPF, la empresa podía designar otros distribuidores en la misma zona. Además, el contrato le permitía otorgar bonificaciones diferentes entre distribuidores sin posibilidad de reclamo. Para la jueza, esas condiciones rompían el equilibrio contractual y resultaban incompatibles con el principio de buena fe.

El fallo también concluyó que no existió un corte total e inmediato del suministro, pero sí una restricción progresiva que afectó el desarrollo del negocio.

La magistrada entendió que YPF utilizó una cuenta corriente única para vincular las deudas generadas en Bahía Blanca con el contrato de Roca, lo que redujo la provisión de mercadería y agravó el deterioro económico del distribuidor.

Consideró que ese mecanismo desnaturalizó la autonomía de ambos contratos y configuró un ejercicio abusivo de las facultades de la empresa.

Para fijar la indemnización, la sentencia reconoció el lucro cesante por las ganancias que el distribuidor dejó de obtener y el daño extrapatrimonial por las consecuencias personales derivadas de la pérdida de una actividad que había desarrollado durante años.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement