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Roca

Tips importante a tener en cuenta si tenés la tarjeta SUBE

Luego de que la Cooperativa 1° de Septiembre anunciara que se restringe a uso personal la tarjeta SUBE, te damos algunas recomendaciones para utilizar la misma.

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Luego de que la Cooperativa 1º de Septiembre, a cargo del transporte urbano en General Roca, informara que desde el próximo mes ningún usuario podrá comprar o vender pasajes y que los pasajeros no podrán viajar si no tienen su propia tarjeta SUBE, es importante aclarar algunos puntos sobre el uso de la misma.

El Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE) comenzó a funcionar en General Roca el lunes 28 de noviembre de 2022, luego de la celebración del convenio especifico con el Ministerio de Transporte de Nación. El nuevo sistema coexistió con el anterior por 90 días corridos.

A partir de marzo de 2023 la tarjeta SUBE se convirtió en el único medio de pago aceptado por la Cooperativa 1° de Septiembre.

En General Roca hay tres Unidades de Gestión SUBE (UGS), donde las personas pueden retirar su tarjeta, registrarla y acceder a la Tarifa Social, en caso de que corresponda, entre otras gestiones. Además se instalaron también 16 terminales automáticas, donde se puede consultar el saldo de la tarjeta y acreditar las cargas de saldo realizadas.

Las UGS estarán ubicadas en la Municipalidad, en Mitre 710; en las oficinas de la Cooperativa 1° de Septiembre, en 25 de Mayo 662; y en el CIM de calle Cauquén 1947.

¿Se puede pagar más de un pasaje con mi tarjeta SUBE?

Sí, en caso de que no el titular de la tarjeta no sea beneficiario de la Tarifa Social Federal. En ese caso, las empresas de transporte no deben limitar el pago de más de un pasaje con la misma tarjeta SUBE. Cabe recordar que para la correcta aplicación de los descuentos de Red SUBE, la tarjeta debe usarse en forma personal.

En caso de ser beneficiario de la Tarifa Social Federal, sólo puede abonar su pasaje el titular, excepto que viajes con menores a cargo. En este sentido, es importante destacar que la tarjeta SUBE es de uso personal e intransferible. Si el titular cuenta con la Tarifa Social Federal, solo él puede utilizarla. Si se detecta el uso fraudulento por parte de una persona que no es beneficiaria se procede a su bloqueo. No podrá ser retenida por personal de las empresas de transporte.

No obstante, ante una situación de emergencia, se puede pagar el viaje de otra persona que no tenga saldo en su tarjeta y no se aplicará sanción o multa.

Asimismo, para la correcta aplicación de los descuentos de Red SUBE, la tarjeta debe usarse en forma personal.

Si la tarjeta está registrada se puede acceder a la información de cada viaje, consultar y recuperar saldo, entre otras gestiones.

Roca

Vuelve el tradicional desfile para celebrar un nuevo Aniversario de Roca

Tras varios años de ausencia, volverá a formar parte de los festejos con la participación de instituciones, organizaciones y vecinos.

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El tradicional Desfile Aniversario volverá a realizarse este año como parte de los festejos por un nuevo cumpleaños de General Roca. La actividad fue confirmada por el Municipio y se desarrollará el domingo 6 de septiembre, desde las 15, con un recorrido por calle Gelonch, entre Maipú y Santa Cruz.

El regreso de esta histórica celebración permitirá volver a reunir a instituciones, organizaciones y vecinos en una jornada destinada a poner en valor la historia, la identidad y el sentido de pertenencia de la comunidad roquense.

El desfile formará parte del Paseo Aniversario, que se llevará a cabo el 5 y 6 de septiembre en el Canal Grande, donde también habrá una amplia propuesta de actividades para disfrutar en familia.

Desde el Municipio adelantaron que próximamente se informará la modalidad de participación y el período de inscripción para quienes deseen formar parte de este esperado evento.

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Judiciales

Era tractorista, lo registraban como peón y lo apartaron tras ser elegido dirigente sindical

Un fallo judicial determinó que la empresa modificó las condiciones laborales del trabajador luego de que asumiera un cargo en la UATRE.

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Durante más de tres años un hombre trabajó en una empresa frutícola del Alto Valle. La mayor parte del tiempo condujo un tractor para realizar tareas de poda, pulverización, cosecha y mantenimiento de las chacras. Sin embargo, en los recibos de sueldo figuraba con otra categoría laboral.

La situación cambió después de que notificó a la empresa que había sido elegido con un cargo en la Seccional Roca de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).

El hombre dejó de conducir el tractor y pasó a realizar tareas de peón general. También sufrió una reducción salarial y comenzó un conflicto que terminó con su alejamiento del trabajo.

El trabajador promovió una demanda laboral contra la empresa. Reclamó las indemnizaciones derivadas del despido, diferencias salariales, el reconocimiento de su verdadera categoría profesional y la indemnización prevista por la tutela sindical.

La Cámara Segunda del Trabajo de Roca hizo lugar a la demanda y condenó a la empleadora a pagar una indemnización.

Durante el juicio declararon compañeros de trabajo, representantes sindicales y otros testigos. Coincidieron en que el trabajador desempeñó durante casi toda la relación laboral tareas propias de tractorista, aunque la empresa lo registraba como peón general o trabajador temporario. También señalaron que, después de asumir el cargo gremial, fue apartado del tractor y destinado a otras tareas.

El fuero laboral concluyó que la empresa no reflejó correctamente la realidad de la prestación laboral. Consideró acreditado que el trabajador desarrolló funciones de tractorista y que, por esa razón, correspondía reconocer esa categoría y liquidar las diferencias salariales conforme a las escalas aplicables al régimen agrario.

Los jueces también entendieron probado que el hombre mantenía una relación laboral permanente y continua, pese a que la empresa lo registró como trabajador discontinuo o temporario. Para llegar a esa conclusión valoraron la documentación incorporada al expediente y comprobaron que percibió remuneraciones durante todos los meses de la relación laboral.

La sentencia destacó además que el hombre había comunicado en forma fehaciente su candidatura y posterior elección en el gremio. La empresa recibió esas notificaciones y nunca cuestionó esa representación sindical. Por ese motivo, la Cámara concluyó que gozaba de la tutela prevista por la Ley de Asociaciones Sindicales.

El fallo sostuvo que la modificación de las tareas y de las condiciones laborales se produjo sin que existiera una autorización judicial para excluir al trabajador de esa protección especial. Consideró que el despido indirecto dispuesto por el empleado resultó legítimo y que tenía derecho, además de las indemnizaciones comunes, a percibir la reparación prevista para quienes cuentan con tutela sindical.

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Agro

El Centro Productivo Municipal de La Ribera amplía su producción y ofrece maquinaria gratuita a productores

Productores pueden acceder a equipamiento para procesar granos, quinoa y hongos, con turno previo.

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El Centro Productivo Municipal, ubicado en la intersección de Julio Armada y Primeros Pobladores, en barrio La Ribera, continúa desarrollando distintas actividades destinadas a fortalecer la producción local, con espacios de capacitación, procesamiento de alimentos y maquinaria disponible para productores.

En el lugar se procesan y deshidratan frutas y hortalizas como cítricos, cebollas, zapallos, espinaca, repollo, zanahorias, morrones y tomates cherry. Mediante este sistema se extiende la conservación de los alimentos manteniendo sus propiedades nutricionales.

Además, el centro cuenta con un molino para moler granos, equipamiento para el procesamiento de quinoa después de la cosecha -como trilladora, clasificadora y escarificadora- y maquinaria destinada a la producción de hongos comestibles y medicinales.

Las personas interesadas en utilizar estas instalaciones pueden hacerlo de manera gratuita, de lunes a viernes de 8 a 14 horas. Para acceder al servicio es necesario solicitar un turno previo a través de WhatsApp al 2984-218308.

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