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Roca

Tips importante a tener en cuenta si tenés la tarjeta SUBE

Luego de que la Cooperativa 1° de Septiembre anunciara que se restringe a uso personal la tarjeta SUBE, te damos algunas recomendaciones para utilizar la misma.

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Luego de que la Cooperativa 1º de Septiembre, a cargo del transporte urbano en General Roca, informara que desde el próximo mes ningún usuario podrá comprar o vender pasajes y que los pasajeros no podrán viajar si no tienen su propia tarjeta SUBE, es importante aclarar algunos puntos sobre el uso de la misma.

El Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE) comenzó a funcionar en General Roca el lunes 28 de noviembre de 2022, luego de la celebración del convenio especifico con el Ministerio de Transporte de Nación. El nuevo sistema coexistió con el anterior por 90 días corridos.

A partir de marzo de 2023 la tarjeta SUBE se convirtió en el único medio de pago aceptado por la Cooperativa 1° de Septiembre.

En General Roca hay tres Unidades de Gestión SUBE (UGS), donde las personas pueden retirar su tarjeta, registrarla y acceder a la Tarifa Social, en caso de que corresponda, entre otras gestiones. Además se instalaron también 16 terminales automáticas, donde se puede consultar el saldo de la tarjeta y acreditar las cargas de saldo realizadas.

Las UGS estarán ubicadas en la Municipalidad, en Mitre 710; en las oficinas de la Cooperativa 1° de Septiembre, en 25 de Mayo 662; y en el CIM de calle Cauquén 1947.

¿Se puede pagar más de un pasaje con mi tarjeta SUBE?

Sí, en caso de que no el titular de la tarjeta no sea beneficiario de la Tarifa Social Federal. En ese caso, las empresas de transporte no deben limitar el pago de más de un pasaje con la misma tarjeta SUBE. Cabe recordar que para la correcta aplicación de los descuentos de Red SUBE, la tarjeta debe usarse en forma personal.

En caso de ser beneficiario de la Tarifa Social Federal, sólo puede abonar su pasaje el titular, excepto que viajes con menores a cargo. En este sentido, es importante destacar que la tarjeta SUBE es de uso personal e intransferible. Si el titular cuenta con la Tarifa Social Federal, solo él puede utilizarla. Si se detecta el uso fraudulento por parte de una persona que no es beneficiaria se procede a su bloqueo. No podrá ser retenida por personal de las empresas de transporte.

No obstante, ante una situación de emergencia, se puede pagar el viaje de otra persona que no tenga saldo en su tarjeta y no se aplicará sanción o multa.

Asimismo, para la correcta aplicación de los descuentos de Red SUBE, la tarjeta debe usarse en forma personal.

Si la tarjeta está registrada se puede acceder a la información de cada viaje, consultar y recuperar saldo, entre otras gestiones.

Judiciales

Una madre deberá desbloquear el WhatsApp de la abuela paterna, aunque la niña seguirá sin contacto con su familia

Los adultos no lograron demostrar la existencia de un vínculo afectivo sólido anterior a la separación de los padres.

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Una niña sufrió una grave situación con su padre y solicitó no tener contacto con su familia paterna. La abuela y el tío solicitaron judicialmente retomar la relación personal. Un fallo del fuero de familia negó la revinculación directa. Ahora la Cámara aconsejó a la mamá desbloquear del WhatsApp a la familia paterna y mantener un diálogo respetuoso entre adultos.

El conflicto comenzó cuando la madre de la niña bloqueó las vías de comunicación. Según la abuela y el tío, hasta ese momento mantenían un trato con ella mediante visitas, llamadas y mensajes. Ambos apelaron la decisión de primera instancia, pero la Sala I de la Cámara de Apelaciones de Roca rechazó el recurso. Los adultos no lograron demostrar la existencia de un vínculo afectivo sólido anterior a la separación de los padres.

Después de analizar los argumentos, la jueza sugirió que la madre desbloquee a la abuela paterna del WhatsApp. Emitió esta recomendación con el objetivo de abrir un canal mínimo de comunicación que le permita a la abuela interiorizarse sobre la situación y el estado de su nieta. La abuela, por su parte, deberá sostener un diálogo ameno, armonioso y respetuoso con la madre.

También se recomendó que la madre retome los espacios terapéuticos de la niña. «El acompañamiento psicológico traerá claros beneficios, sobre todo considerando que está próxima a ingresar en la adolescencia. Esa responsabilidad recae exclusivamente en la señora, ya que ejerce el cuidado personal de la niña», explicaron.

La Cámara concluyó que los agravios presentados por los familiares paternos no resultaban suficientes para revocar la sentencia de primera instancia. Los fundamentos se centraron en los derechos y necesidades de los adultos, sin contemplar la situación particular de la menor.

El Tribunal sostuvo que la sentencia impugnada estaba debidamente fundada en los elementos de prueba reunidos: informes del Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI), evaluaciones psicológicas y dictámenes del Defensor de Menores. Además, la niña expresó una profunda angustia ante la sola posibilidad de hablar sobre sus familiares paternos.

Ademas, subrayó que el principio rector debía ser el interés superior de la niña, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño y la legislación nacional aplicable. Señaló que el derecho a ser oído no puede considerarse una mera formalidad y debe tener consecuencias reales en las decisiones que afectan a los niños.

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Policiales

33 vehículos retenidos durante los controles de tránsito en Roca

En total, 7 conductores dieron alcoholemia positiva y otros fueron sancionados por distintas infracciones.

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Como cada semana, los inspectores municipales de Tránsito de General Roca realizaron operativos de control en distintos sectores de la ciudad, tanto en el área céntrica como en la zona rural, con el objetivo de garantizar la seguridad vial.

Durante la semana comprendida entre el lunes 6 y el domingo 12 de octubre, se labraron 142 actas de infracción, de las cuales 7 correspondieron a casos de alcoholemia positiva. En todos ellos se procedió a la retención preventiva de los vehículos.

Además, se efectuaron 26 retenciones más por distintas faltas, como conducción sin licencia, presencia de menores al volante o mal estacionamiento, lo que elevó el total a 33 vehículos retenidos (29 motocicletas y 4 automóviles).

Desde la Dirección de Tránsito Municipal recordaron que continúa vigente la Ordenanza 5020/23, que establece el régimen de Alcohol Cero al Volante, prohibiendo conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a 0,0 g/l.

Las multas por infringir esta normativa son consideradas faltas graves y oscilan entre 1.000 y 3.000 USAM (equivalentes a $1.000.000 y $3.000.000 según la tarifaria vigente al 13 de octubre de 2025), además de la inhabilitación para conducir.

Desde el Municipio remarcaron que «el consumo de alcohol, incluso en pequeñas cantidades, incrementa el riesgo de siniestros viales y puede afectar no solo al conductor, sino también a otros usuarios de la vía pública. Por eso, se recomienda designar siempre a un conductor responsable y evitar manejar bajo los efectos del alcohol».

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Roca

Volvieron a cambiar el sentido de circulación de la calle República Dominicana

El Municipio realizó la modificación tras reclamos de vecinos del sector.

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El Municipio de General Roca, a través de la Dirección de Tránsito, informó que se efectuó un cambio en el sentido de circulación de la calle República Dominicana, medida que responde a los planteos y quejas de vecinos del barrio, quienes habían manifestado inconvenientes con la dinámica vehicular en la zona.

A partir de ahora, la calle tendrá doble circulación entre las calles República del Líbano y Resistencia, mientras que el tramo comprendido entre Resistencia y Jujuy será de mano única, en sentido oeste–este.

Desde el área de Tránsito se solicita a los conductores «circular con precaución y respetar la nueva señalización, a fin de evitar maniobras riesgosas y garantizar una correcta adaptación al nuevo esquema vial».

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