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Autorizaciones de viaje con niños, niñas y adolescentes: ¿dónde tramitarlas?

Dos recientes casos se judicializaron porque los progenitores están separados y uno de ellos no firmaron el permiso.

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Un padre del Alto Valle había organizado un viaje a Brasil con su hijo pero la madre no le firmaba el permiso. Cuando planteó el caso en un Juzgado de Familia, la mamá pidió precisiones sobre el itinerario y finalmente prestó su consentimiento, por lo que la autorización para viajar se definió por sentencia judicial. En otro caso, una madre había planificado un paseo por Chile pero el progenitor del niño se oponía sin motivos, por lo que el conflicto también se judicializó.

Las autorizaciones de viaje con niños, niñas y adolescentes se pueden gestionar directamente en el Registro Civil de Río Negro, mediante un trámite administrativo simple, o se pueden tramitar en forma privada en una Escribanía. En los casos donde no hay acuerdo, el tema se puede abordar en Mediación o en una Unidad Procesal del Fuero de Familia, anteriormente conocidos como Juzgados de Familia.

El artículo 645 inciso c del Código Civil y Comercial de la Nación dispone que «si el hijo tiene doble vínculo filial, se requiere el consentimiento expreso de ambos progenitores» para «autorizarlo para salir de la República».

Esas autorizaciones se realizan mediante los permisos de viaje y son muy frecuentes. En general, se tramitan cuando los progenitores están separados pero también puede ocurrir que una mamá o un papá planifique un viaje solo con hijos o hijas menores de edad.

Por un arancel mínimo, el Registro Civil realiza los permisos de viaje al exterior siempre que el destino sea un país limítrofe. Esa vía administrativa se resuelve en un día. La validez de la autorización es por 90 días corridos, contados desde la fecha de la firma. Dentro de ese plazo se puede viajar más de una vez al país de destino.

Ante una Escribanía se pueden tramitar permisos para viajar a cualquier lugar del mundo o incluso permisos amplios, que tienen vigencia hasta que los hijos e hijas alcancen la mayoría de edad. En ese caso, las familias deben costear los honorarios del escribano o escribana.

La Mediación Prejudicial es otra instancia posible, cuando existe algún conflicto que impide a los progenitores alcanzar un acuerdo. Las partes pueden solicitar una mediación en cualquiera de los Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc) o Delegación Cimarc de la provincia para buscar un acercamiento y un compromiso de ambas partes.

El fuero de Familia es el último recurso para los permisos de viaje, cuando ya se han agotado las vías de diálogo. Esos planteos judiciales dejan en manos de un juez o jueza la decisión de autorizar o no autorizar el viaje y las partes deben costear los honorarios de abogados y abogadas, salvo que cuenten con representación de la Defensa Pública.

Dos casos

El fuero de Familia de Cipolletti otorgó dos autorizaciones esta semana. En un caso, el papá pretendía viajar a Buzios con su hijo menor, su nueva pareja y otras personas. El vuelo está programado para fines de abril y regresan en mayo. La mamá no aceptaba firmar el permiso hasta que finalmente el padre judicializó el caso. Cuando notificaron a la madre de la demanda, ella prestó su consentimiento para el viaje, aunque pidió precisiones acerca de las fechas de los vuelos y un compromiso de regreso. El permiso se otorgó por sentencia, con regulación de honorarios para cada parte.

En otro caso, una mamá también planificaba un viaje a Chile para asistir al cumpleaños de un familiar de su actual pareja. En enero había realizando el mismo itinerario con el permiso otorgado por el padre del niño, pero ahora el hombre manifestaba una actitud obstructiva.

Una sentencia de Familia otorgó una autorización amplia, hasta la mayoría de edad del niño, para evitar que la madre tuviera que judicializar el tema cada vez que necesitaba salir del país. La madre, en ese expediente, fue asistida por la Defensa Pública.

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Declararon culpable a Pablo Parra por el femicidio de Agustina Fernández en Cipolletti

Ahora el juez deberá determinar la pena.

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Después de dos horas y media de deliberación, el jurado popular declaró culpable por unanimidad a Pablo Parra por el femicidio de Agustina Fernández, ocurrido el 2 de julio de 2022.

El debate comenzó el lunes pasado y declararon 66 testigos, entre peritos, policías, investigadores y allegados. Este miércoles (15/05) se expusieron los alegatos de cierre, después las instrucciones, y finalmente el veredicto.

Pablo Parra fue hallado culpable por el delito de femicidio. El jurado tenía tres posibilidades de veredicto: no culpabilidad, culpabilidad por homicidio simple o culpabilidad por femicidio. Finalmente escogió la culpabilidad por femicidio, por unanimidad.

El caso

La Fiscalía y la querella acusaron a Pablo Parra, actualmente detenido, por el femicidio de Agustina Fernández ocurrido el 2 de julio de 2022 en Cipolletti. Según la teoría del caso Parra habría asesinado a Agustina Fernández agrediéndola físicamente en el interior del departamento que el acusado alquilaba en un complejo ubicado en calle Confluencia al 1300 de Cipolletti.

El abogado del acusado negó la participación de su cliente en el homicidio, cuestionó las pruebas genéticas y se dirigió al jurado popular con la teoría de que el autor del crimen aún no fue hallado.

El juicio

El debate comenzó con las instrucciones iniciales y los alegatos de apertura. Durante siete días, en audiencias que se realizaron a la mañana y a la tarde, el Tribunal popular escuchó la declaración de testigos y observó los informes de peritos y profesionales. En total declararon 66 personas en la modalidad presencial y remota. La parte probatoria concluyó ayer martes.

Este miércoles el juicio terminó con los alegatos finales de cada parte y la explicación, por parte del juez técnico Guillermo Baquero Lazcano, de las instrucciones finales de deliberación para el jurado. Tras recibir las instrucciones el jurado pasó a deliberar en sesión secreta.

Luego de dos horas y media, la persona elegida por su pares para presidir el jurado popular entregó el veredicto de culpabilidad.

El imputado fue asistido por los defensores Juan Coto y Gonzalo Rodriguez. Por el Ministerio Público Fiscal intervino el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna, el fiscal del caso Martin Pezzerra y el adjunto Juan Pablo Escalada. La querella estuvo representada por el padre y la madre de la víctima Agustina Fernández con el patrocinio de los abogados Emanuel Roa Moreno y Damian Moreyra.

Cómo sigue el proceso

Con este resultado finalizó la participación del jurado y las partes tendrán cinco días hábiles para ofrecer nuevas pruebas de cara al juicio de cesura, en el que el juez técnico definirá el monto de la pena.

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Inició el debate oral y público al periodista Emiliano Gatti

Está acusado de tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil.

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Foto: Gentileza Diario Río Negro.

Esta mañana (15/05) se realizaron las alegatos de apertura en el marco del debate oral y público que se lleva adelante contra el periodista Emiliano Gatti por la presunta tenencia y facilitación de material de abuso sexual infantil. El Ministerio Público Fiscal, con adhesión de la querella, describió el hecho investigado, y adelantó cuál será su acusación durante estas cuatro jornadas de debate.

«Desarrollaremos este caso bajo tres tópicos. El primero se basa en la acreditación de la autoría por parte del imputado, para ello llamaremos a declarar al Cuerpo de Investigación Judicial de la ciudad de Buenos Aires, quienes nos detallarán cómo fue la alarma que recibieron a través del ICACCOPS (Internet Crimes Against Children Child Online Protection Systems), cómo fue detectado el objetivo, cómo se determinó el IP. Así mismo el Cuerpo de Investigación Judicial de la policía de Río Negro nos brindará detalles sobre cómo se llevó a cabo la tarea de identificación del domicilio y de la persona que lo habitaba. También sobre lo ocurrido en el allanamiento en noviembre de 2022», explicó la fiscal jefe.

«El segundo tópico versará acerca del trabajo pericial concretado tanto por el Gabinete de Criminalística, como del personal encargado de la preservación y custodia de lo secuestrado. Escucharemos también a los peritos, puntualmente al perito del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial, al director de la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público», enumeró la fiscalía.

«Contaremos con el análisis del Cuerpo de Investigación Forense de General Roca acerca de la clasificación de las imágenes, como también la pericia realizada al imputado, a partir de la pericia de la defensa particular», detalló la representante fiscal.

«El tercer punto es acerca de la calificación legal y para ello nos serviremos de los variados peritajes acerca de nuestra teoría del caso sobre la facilitación y tenencia para fines inequívocos de distribución», dijo la fiscal.

«Buscaremos que el veredicto sea acorde respecto a las proposiciones fácticas, jurídicas y probatorias que este Ministerio Público Fiscal va a presentar en este debate», concluyó la Fiscalía.

Por su parte, la defensa particular presentó su teoría del caso, explicando la prueba con la que cuentan para esta instancia.

Hoy declararon tres personas, entre ellos uno de los integrantes del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Buenos Aires, quien se refirió al informe emanado del organismo que dio inicio a la investigación. Luego fue el turno de dos empleados policiales del Cuerpo de Investigación Judicial.

Las audiencias continuarán mañana (16/05), el viernes y se esperan los alegatos de clausura el próximo martes (21/05) a las 9 de la mañana en sala 2 de Tribunales de General Roca.

El hecho investigado y la calificación legal

«Habría ocurrido entre el 4 de febrero de 2022 y el 16 de junio del mismo año, cuando el imputado desde la aplicación eMule, utilizando un usuario determinado, a través de conexiones IP brindadas por la empresa Fibertel S.A., asociadas a una cuenta de correo electrónico, habría descargado 50 videos con contenido de abuso sexual de niñas y niños menores de 13 años. Permaneciendo esos videos compartidos en eMule», describió la Fiscalía.

«De ese modo, el imputado habría puesto a disposición y habría facilitado la visualización y eventual descarga por terceras personas. Esos videos habrían sido descargados desde el CPU a un disco rígido y sucesivas copias», agregó la fiscal jefa.

«Entre el 12 de julio de 2022 y el 15 de noviembre de ese año, habría realizado acciones inequívocas para la distribución de los videos mencionados. Tal es así que habría copiado todo a otro disco rígido que habría instalado en su PC. Una vez que habría tenido a resguardo ese material, en ambos discos rígidos, el hombre con fines inequívocos de distribución utilizando dispositivos de almacenamiento portátil, habría almacenado desde la PC todo a un nuevo disco externo y a un pendrive», detalló la representante fiscal.

La calificación legal por la que el hombre está siendo juzgado es la de «facilitación de imágenes de abuso sexual infantil, 50 hechos, agravado por la edad de las víctimas (menores de 13 años), en concurso ideal con tenencia de imágenes de abuso sexual infantil, 50 hechos, agravado por la edad de las víctimas (menor de 13 años). Ambas en concurso real con tenencia con fines inequívocos de distribución, 50 hechos, en carácter de autor», según los artículos 45, 54, 55, 128 1er, 2do., 3ro y 5to párrafo del Código Penal.

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Subieron las conciliaciones: El año pasado fue el periodo con más acuerdos

El crecimiento de los acuerdos es sostenido desde que se implementó la modalidad.

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Unos 578 conflictos laborales se resolvieron el año pasado en la instancia de la conciliación, es decir sin necesidad de transitar un juicio. El crecimiento de los acuerdos es sostenido desde que se implementó la modalidad. De todas las ciudades de la provincia, Bariloche es la que mejores resultados obtiene.

La conciliación laboral forma parte de los Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Marc) y se encuentra en todos los Centros Integrales (Cimarc) cabeceras de las cuatro circunscripciones judiciales y en algunas delegaciones, como por ejemplo la de Cinco Saltos.

La conciliación laboral prejudicial es la primera posibilidad que tienen las partes para conciliar un conflicto de trabajo. Hay dos instancias más: en la audiencia de conciliación judicial que fija el tribunal una vez trabado el litigio, y luego en la audiencia de vista de causa cuando declaran los testigos y se cierra la etapa probatoria. De todas formas, la prejudicial es la más económica porque se ahorra tiempo y dinero sin necesidad de iniciar el juicio.

Tanto la conciliación laboral, que es obligatoria en toda la provincia, como la nueva Ley de Riesgos del Trabajo representan un porcentaje significativo en los menores ingresos de causas a los tribunales laborales del Poder Judicial de Río Negro. Ello se traduce en menos juicios y en soluciones más rápidas para trabajadores y trabajadoras.

La modalidad de resolución de conflictos comenzó a implementarse paulatinamente desde 2019. Ese año hubo 503 acuerdos, al año siguiente 242, el 2021 subió a 504 acuerdos, en 2022 se registraron 469 y, finalmente, el 2023 fue el año de mayores conciliaciones: 578.

Sí se analizan los datos por Circunscripción, en el último año, Viedma (Primera Circunscripción) obtuvo 45 acuerdos, la Segunda Circunscripción con cabecera en Roca 112 acuerdos, Bariloche (Tercera Circunscripción) 371 acuerdos y la Cuarta Circunscripción de Cipolletti unos 50 acuerdos.

Los datos no incluyen las conciliaciones que se realizan ante la Secretaría de Trabajo que depende del Poder Ejecutivo. La información del Poder Judicial surge del Informe Estadístico Anual que elabora el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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