Río Negro
La Legislatura aprobó el Régimen de Desvinculación Voluntaria para agentes públicos
El personal que adhiera a esta medida percibirá por única vez una suma equivalente a 1,2 sueldos por año de antigüedad o fracción mayor a seis meses.

Los agentes públicos de Río Negro podrán desvincularse del Estado y obtener una serie de beneficios, tras haberse modificado en la Legislatura la Ley Nº 3135. El proyecto fue originado en el Poder Ejecutivo y contó con el respaldo mayoritario del Parlamento.
El personal que adhiera a esta medida percibirá por única vez una suma equivalente a 1,2 sueldos por año de antigüedad o fracción mayor a seis meses, que se abonará al contado o en cuotas, de acuerdo a la antigüedad laboral. El monto de esas cuotas se actualizará de acuerdo al aumento salarial que se produzca en las categorías que revestían al momento de retirarse.
También continuarán recibiendo las prestaciones del IPROSS por un año y quienes inicien alguna actividad económica en la provincia gozarán de exenciones en el impuesto a los ingresos brutos.
La legisladora Marcela González Abdala (Juntos Somos Río Negro) fundamentó la iniciativa diciendo que se basa en la necesidad de modernizar el Estado, evaluando la cantidad y calidad de sus agentes.
Tras mencionar que «la sociedad pide un cambio de rumbo» en ese aspecto, sostuvo que «muchas provincias atraviesan por la misma situación, y lo están discutiendo. Todo ello producto del rumbo económico actual».
Indicó que el gobierno nacional eligió despedir a algunos sectores de trabajadores, mientras que Río Negro «optó por el diálogo y por poner en marcha esta desvinculación para aquellos agentes que creen que han cumplido un ciclo en el Estado».
Opiniones, aportes y críticas
Al tomar la palabra otros legisladores, César Domínguez (Primero Río Negro) argumentó su acompañamiento, aunque pidió el congelamiento de nuevos ingresos por el término de tres años. «Si eso no ocurre se va a convertir en una puerta giratoria, porque se irán retirando pero también incorporando», indicó.
El bloque de Vamos con todos no apoyó la iniciativa. Ayelén Spósito consideró que la suma estimada que recibirá en promedio cada desvinculado (unos 10 millones de pesos) «no alcanza para iniciar una actividad privada». Resaltó el incremento de la cantidad de agentes públicos «previo a las campañas electorales».
Leandro García (Partido Justicialista-Nuevo Encuentro) explicó que el respaldo a la propuesta se debe a la necesidad de modernizar el Estado y al deseo de «darle una mano» a los empleados estatales.
No obstante solicitó que las cuotas que se les abonarán tras desvincularse se actualicen y de esa manera no ser tan afectados por la inflación. También requirió que tengan atención prioritaria por parte de la Agencia de Desarrollo Económico en materia de capacitación y asistencia financiera, si optan por comenzar con un emprendimiento privado.
Por otra parte, García anticipó que presentará otra propuesta para que también puedan desvincularse quienes se encuentren a menos de cinco años de acceder a la jubilación y ya tienen lo 30 años de aportes.
La Coalición Cívica ARI-Cambiemos también votó a favor de la iniciativa, según lo adelantó antes de la votación el legislador Javier Acevedo. «Sabemos que hay sobredimensión de empleados, que muchas veces llegan con las elecciones, pero un retiro voluntario es mucho mejor opción que los despidos», sostuvo.
Asimismo propuso que se aumenten algunos montos que se abonarán a quienes se retiren y se acorte la cantidad de cuotas. También que se invite a adherir a otros poderes del Estado y a los municipios.
Si bien acompañaron el proyecto porque entendieron que «es mejor que nada», desde el bloque PRO-Unión Republicana criticaron varios aspectos de la presentación.
María Laura Frei sostuvo que el proyecto enviado desde el Poder Ejecutivo «fue por necesidad y no por convicción. Este mismo gobierno aumentó la planta mediante sucesivos pases a planta permanente, pero no mejoró el servicio. Ahora llegó el momento en que no hay plata. Es lo que pasa cuando las cosas se hacen con el agua hasta el cuello y no hay un plan».
Juan Martín, por su parte, manifestó que la Provincia comenzó a «desandar un camino de festival de empleo públicos. En este tiempo de gobiernos verdes y un gremio que usa el mismo color, la cantidad de agentes estatales creció de 48.000 a 68000. Ésto se paga con déficit y deudas, y las consecuencias las tenemos hoy».
Para Lorena Matzen (UCR) se trata de «un retiro con dignidad económica» debido a los montos que recibirán quienes decidan retirarse. Destacó además que es una medida voluntaria y no forzosa.
López: «No hay que temerle al Estado»
Cerró las deliberaciones el presidente del bloque oficialista, Facundo López, quien -en principio- desmintió los dichos de Juan Martín sobre el incremento del personal. «No es verdad que aumentamos la planta, eran agentes que estaban contratados y adquirieron estabilidad», indicó. Añadió que sí se contrataron más trabajadores, pero para cubrir cargos tras la apertura de nuevas escuelas y hospitales.
López afirmó que «no hay que temerle al Estado, porque el Estado siempre equilibra y elimina extremos».
Finalmente informó que se incorporaron algunas modificaciones en el proyecto, producto de sugerencias de otros bloques, como que las cuotas indemnizatorias se actualicen de acuerdo a los aumentos salariales de las categorías que revestían al momento de retirarse.
El proyecto fue votado por 40 legisladores y rechazado por 5.
Judiciales
La Justicia ratificó que la falta de trabajo no exime el deber alimentario de un progenitor
Para evitar pagar la cuota alimentaria que fijó una jueza, también alegó dolencias físicas y dificultades económicas.

Un hombre intentó eludir su responsabilidad parental en favor de su hija con el argumento de que no tenía trabajo. Para evitar pagar la cuota alimentaria que fijó una jueza de Familia de Bariloche también alegó dolencias físicas y dificultades económicas. Presentó un recurso de apelación, pero la respuesta fue la misma: la Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia y ratificó que la desocupación no anula las obligaciones legales de un padre.
El Tribunal rechazó el recurso y respaldó el criterio de primera instancia, que había fijado una cuota alimentaria equivalente al 35% de todos los ingresos del progenitor, con un piso no inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). El fallo estableció además que el monto deberá actualizarse automáticamente cada vez que cambie el valor del salario mínimo, lo que evita que la madre deba volver a litigar para solicitar nuevos aumentos.
Durante el proceso judicial, el padre sostuvo que no tenía trabajo y que una dolencia en la espalda le impedía conseguir uno. También argumentó que tenía otros hijos a cargo. Su propuesta fue pagar $40.000 por mes, monto que resultó insuficiente frente a los gastos de su hija adolescente, quien cursa estudios universitarios y no mantiene vínculo con él.
La jueza de primera instancia desestimó el planteo tras un análisis del expediente y de los informes incorporados. El hombre figuraba inscripto como monotributista, había trabajado como remisero hasta pocos meses antes del juicio y no aportó pruebas médicas serias que justificaran una incapacidad prolongada. Tampoco había demostrado voluntad de involucrarse en la crianza o de mejorar su situación para asumir el rol que le corresponde como padre.
La pericia social confirmó que la madre, quien trabaja como portera en una escuela pública, mantiene sola a su hija y a otro hijo menor. Realiza actividades adicionales para sostener el hogar y destina gran parte de sus ingresos al pago de alquiler y educación. El informe describió un entorno austero, organizado y enfocado en el cuidado y desarrollo de los hijos.
La Cámara respaldó íntegramente ese análisis. Indicó que la obligación alimentaria no se basa únicamente en los ingresos reales, sino en la capacidad económica potencial del alimentante, y que esta no puede desaparecer por falta de voluntad o por informalidad laboral. También recordó que la ley reconoce el valor económico del trabajo doméstico y de cuidado, y que quien no asume esas tareas debe compensarlo de otro modo.
El fallo final ratificó el monto y el criterio establecido en primera instancia. Rechazó la apelación del demandado y confirmó que, incluso sin empleo, un progenitor no puede dejar de cumplir con su obligación alimentaria.
Río Negro
Río Negro actualiza su Código de Aguas para impulsar energías limpias
La Ley permitirá ampliar las facultades del DPA, llevando adelante obras de energía solar, eólica y mareomotiz.

El Gobierno Provincial envió a la Legislatura un proyecto de ley que amplía las facultades del Departamento Provincial de Aguas (DPA) para llevar adelante obras de energía solar, eólica y mareomotriz, además de la hidroeléctrica. La propuesta busca adecuar el Código de Aguas a los desafíos ambientales actuales y avanzar hacia un modelo energético más limpio y sustentable.
El gobernador Alberto Weretilneck, impulsor de la iniciativa, destacó que esta actualización le otorga a la Provincia «las herramientas necesarias para transformar nuestros recursos en energía limpia, moderna y sostenible, con impacto directo en el desarrollo local».
La modificación de la Ley Q Nº 3930 y del Código de Aguas establece que el DPA tendrá prioridad para ejecutar y explotar proyectos de energías renovables en todo el territorio rionegrino. El objetivo es complementar los aprovechamientos hidroeléctricos con fuentes limpias, reducir costos, optimizar infraestructuras existentes y garantizar la sustentabilidad ambiental de cada emprendimiento.
El proyecto toma como ejemplo la Central Hidroeléctrica Salto Andersen, en Río Colorado, donde se impulsa la incorporación de generación solar fotovoltaica aprovechando instalaciones ya construidas. Este modelo de complementariedad entre agua y energías renovables busca replicarse en otros puntos de la provincia, siempre sujeto a la viabilidad económica y a la admisibilidad ambiental de cada caso.
De esta manera, Río Negro actualiza su marco legal para consolidarse como productora de energías renovables, promoviendo el autoabastecimiento, la diversificación de la matriz energética y un desarrollo que combine crecimiento económico con responsabilidad ambiental.
Judiciales
Su muñeca no resistió más: Abrió miles de pollos con cuchillo y sufrió una lesión permanente
La Justicia estableció que el porcentaje de incapacidad es del 8,75% y fijó la indemnización correspondiente para la trabajadora.

Una trabajadora de una planta avícola de Cipolletti logró que la Cámara del Trabajo reconociera su incapacidad como una enfermedad profesional y condenara a la ART al pago de una indemnización.
Durante años, cortó, limpió y clasificó piezas de pollo bajo exigencias físicas constantes. Abrió aves con cuchillos, separó vísceras, embaló productos y levantó bandejas pesadas, en jornadas extensas. Lo hizo con esfuerzo repetido y posturas forzadas que fueron dejando marcas en su cuerpo.
A comienzos de 2023, los dolores comenzaron a instalarse en sus muñecas. Informó a su empleadora, recibió calmantes, reposo y sesiones de fisioterapia. En julio ya no pudo continuar trabajando. En febrero del año siguiente, se sometió a una cirugía en la muñeca izquierda, donde se detectó una lesión en el fibrocartílago triangular.
La aseguradora de riesgos del trabajo (ART) no reconoció la relación entre la patología y las tareas, y la Comisión Médica dictaminó que se trataba de una dolencia inculpable. Frente a ese rechazo, la trabajadora inició una acción judicial.
El expediente tramitó ante la Cámara del Trabajo de Cipolletti. La ART demandada no respondió en el plazo legal, lo que derivó en su declaración en rebeldía. El tribunal dio curso a la prueba y designó a un perito médico, quien evaluó a la trabajadora y determinó que sufría una limitación funcional en la muñeca izquierda, con un grado de incapacidad inicial del 5,85%.
Ambas partes impugnaron ese dictamen. La aseguradora insistió con el informe de la Comisión Médica, mientras que la trabajadora cuestionó el cálculo del factor edad. El perito ratificó su informe, describió el impacto de los movimientos repetitivos en las lesiones articulares y señaló que en este caso existía causalidad con las tareas laborales.
La jueza y los dos jueces del tribunal valoraron el dictamen, la prueba documental, el relato no controvertido y la falta de respuesta de la demandada. Reconocieron que las tareas desempeñadas durante años constituyeron un mecanismo adecuado para generar la lesión. Aplicaron la «teoría de la indiferencia de la concausa», ya admitida por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), según la cual el trabajo debe considerarse causa relevante aunque existan factores concurrentes.
También se remitieron a los precedentes del STJ que sostienen la obligatoriedad del baremo previsto en el Decreto 659/96 para calcular incapacidades, y a su pronunciamiento sobre el Decreto 669/2019, que avaló su validez con aplicación desde su entrada en vigencia.
En función de esos lineamientos, el Tribunal incrementó el porcentaje de incapacidad al 8,75% y fijó la indemnización correspondiente, con intereses desde la fecha del infortunio. Estableció que el monto debía abonarse en un plazo de diez días, y en caso de mora, debía aplicarse la tasa activa del Banco Nación. La firma condenada es La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.