Roca
Implementan en Roca el consentimiento informado para hacer escalada y rappel en las bardas
La pared ubicada en Campo de Cuella es una de las más visitadas por escaladores profesionales y aficionados que realizan estas actividades.

El Municipio de Roca, a través de la Dirección de Turismo, comenzará a implementar el consentimiento informado para los visitantes al Área Natural Protegida Paso Córdoba que deseen realizar de manera particular la actividad de escalada y rappel.
Esta iniciativa surge como respuesta ante la gran afluencia de escaladores profesionales y aficionados residentes y visitantes de localidades aledañas que eligen, por sus características, la pared ubicada en Campo de Cuella. Oportunamente agentes de Turismo Municipal participaron del curso Gestión de Riesgos en Ambientes Naturales (GRAN – AAETAV), certificado por la Asociación Argentina de Ecoturismo y Turismo Aventura. Evidenciaron allí la importancia del consentimiento informado como herramienta para optimizar la seguridad de quienes disfrutan practicar del amplio abanico de actividades que abarca el turismo de naturaleza.
Asimismo, agentes de las Direcciones de Turismo y Ambiente recibieron una capacitación por parte de Gerardo Pérez, prestador de Turismo Activo habilitado para rappel, escalada y trekking. Allí conocieron acerca de los requerimientos básicos, físicos y de equipamiento para respaldar la seguridad de quienes realizan esta actividad.
El objetivo fundamental es que quienes realicen específicamente la actividad de escalada y rappel, se acerquen a la Oficina de Informes Turísticos ubicada en el ANP Paso Córdoba y reciban la información necesaria sobre el equipamiento homologado que se recomienda para su seguridad, el procedimiento ante un incidente, conocimiento sobre los posibles daños a los que están expuestos y las características del sector donde se lleva a cabo la práctica.
Para mayor información comunicarse al teléfono 298154646319 todos los días de 8 a 20 horas.
Policiales
Circulaba sin dominio y sin número de chasis: Le secuestraron la moto
El conductor, de 18 años, fue imputado por el delito de encubrimiento.

En el marco de los operativos de control y prevención que se desarrollan de manera permanente, efectivos del Cuerpo de Seguridad Vial secuestraron una motocicleta durante un procedimiento realizado en la intersección de la Ruta Nacional N° 22 y Félix Heredia, en General Roca.
Se trató de una Honda Wave 110 cc que circulaba sin dominio visible. Al realizar la verificación del rodado, los uniformados detectaron que carecía de numeración de chasis, motivo por el cual se dio aviso a la Fiscalía de turno.
Como resultado del operativo, el conductor del vehículo, un joven de 18 años, fue imputado por el delito de encubrimiento, mientras que la motocicleta fue secuestrada y quedó bajo resguardo judicial.
Desde la fuerza destacaron que este tipo de controles tienen como objetivo prevenir delitos y garantizar la seguridad vial en la ciudad.
Judiciales
Abandonó la convivencia porque la bebé lloraba: Fijan cuota alimentaria sobre el salario del hombre
Deberá pagar un 25%. La jueza calificó la actitud del hombre como «una forma de maltrato infantil y de violencia económica contra la madre».

Todo comenzó cuando la niña tenía 22 días de vida. En ese momento, su padre decidió terminar la convivencia con su pareja y se marchó del hogar. Su justificación ante la madre fue que la bebé lloraba mucho y que, en esa etapa de su vida, no deseaba ejercer la paternidad.
La madre, quien cursaba el último año de su carrera universitaria, asumió la crianza. Para sostener a su hija, trabajó en doble turno como maestra de apoyo y afrontó todos los gastos. Aunque intentó integrar al hombre en los controles pediátricos y en los paseos recreativos, él no mostró interés en la crianza.
Ante la falta de compromiso, la mujer recurrió al Poder Judicial para iniciar una demanda por alimentos. El fuero de Familia de Roca hizo lugar a la presentación y ahora el hombre deberá pagar el 25% de su salario en concepto de cuota alimentaria.
Además, se estableció que el monto mensual no podrá ser inferior al valor de un salario mínimo, vital y móvil. Para asegurar que la niña reciba el dinero de manera regular, se ordenó que el descuento se realice directamente sobre sus haberes.
La mujer también argumentó que percibe la Asignación Universal por Hijo. Sobre este beneficio, afirmó que el hombre se negó a renunciar para que ella comenzara a cobrarlo.
La jueza consideró que la mujer asumió el cuidado personal de la niña y señaló que el Código Civil y Comercial reconoce de forma expresa el valor económico de las tareas de cuidado. En este sentido, citó jurisprudencia que respalda la valoración monetaria de dichas tareas.
El fallo pone en valor el sostén cotidiano, las tareas domésticas, el apoyo escolar, el traslado de los niños al colegio, la preparación de los alimentos y la atención durante la enfermedad. «Es válido considerar que estas labores constituyen un aporte a la manutención de los hijos al momento de fijar los alimentos», dice la sentencia.
Durante el proceso se notificó al hombre, pero decidió no contestar. Tampoco se presentó a la audiencia para intentar un acuerdo. Para la jueza, este silencio y la falta de participación demostraron desinterés por el bienestar de su hija.
La sentencia calificó la actitud del hombre como una forma de maltrato infantil y de violencia económica contra la madre.
Judiciales
Autorizan el viaje de un adolescente roquense que soñaba con defender el arco de su equipo
Debido a la ausencia total de vínculo, el adolescente utiliza el apellido de su madre y no cuenta con el permiso paterno que se exige para salir del país.

Un adolescente juega como arquero en su equipo de fútbol. El desafío de este año fue participar en la copa Chiloécup 2026 como titular. El obstáculo que se le presentó no estuvo en el ámbito deportivo, sino en la nula relación que mantiene con su padre. Necesitaba la autorización del hombre para viajar. Con un objetivo claro, recurrió al Poder Judicial.
El fuero de Familia de Roca autorizó al joven a viajar a Chile para competir en el torneo. Durante una audiencia, expresó su entusiasmo por la oportunidad deportiva y explicó la importancia del viaje para su desarrollo personal y recreativo.
En la presentación señaló que no tiene ningún tipo de contacto con su padre biológico. No tiene recuerdos de él, no conoce su domicilio y ni siquiera podría reconocerlo si lo encontrara en la calle. Debido a la ausencia total de vínculo, el adolescente utiliza el apellido de su madre y no cuenta con el permiso paterno que se exige para salir del país.
La jueza fundamentó su fallo en el «interés superior del niño». En su resolución afirmó que el desinterés o la ausencia de un progenitor no puede constituir un obstáculo para que un hijo acceda a experiencias culturales y deportivas.
La madre del joven consiguió una dirección del padre para notificarlo del pedido, pero no obtuvo la autorización. La jueza destacó los esfuerzos de la madre para concretar el viaje y valoró que la solicitud fue presentada por el propio adolescente.
«Valoro que la petición fue realizada por el propio adolescente, quien en la audiencia se manifestó ampliamente en relación con la pretensión de esta causa y brindó sólidos fundamentos para solicitar la autorización para salir del país con fines recreativos. Se mostró entusiasmado ante la posibilidad de ser arquero titular y fue genuino al hablar sobre el desconocimiento de la vida de su progenitor biológico», señaló la sentencia.
El fallo permitió que el joven viaje junto a su delegación y a los adultos responsables, lo que garantiza su derecho al descanso y al esparcimiento, conforme a lo establecido en las leyes nacionales y en los tratados internacionales.









