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Judiciales

Presentaron en Roca la modernización del fuero Laboral

Comenzará a funcionar a partir del 1 de agosto próximo.

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A partir del 1 de agosto, el fuero Laboral de Roca comenzará a funcionar bajo el modelo de Oficinas Judiciales y se sumará al proceso de modernización que ya se implementó en Viedma, Bariloche y Cipolletti en las demás Cámaras del Trabajo de la provincia. El nuevo modelo se presentó el viernes (26/07) en una jornada de la que participaron los jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Sergio Barotto y Ricardo Apcarián junto con el director del Centro de Planificación Estratégica Alfredo Bozzetti.

El esquema implica que un organismo especializado, la Oficina de Tramitación Integral Laboral, asume todas las actividades administrativas y de gestión vinculadas con los juicios laborales, dejando para los jueces y las juezas de las Cámaras del Trabajo la tarea indelegable de tomar las audiencias y dictar las sentencias y resoluciones.

La nueva estructura judicial y administrativa responde a «modelos de gestión que permiten brindar respuestas eficientes con mayor celeridad», explicó el juez del STJ Sergio Barotto, delegado de la Segunda Circunscripción.

El juez Ricardo Apcarián, coordinador del proyecto, contó la experiencia en los demás fueros y circunscripciones y agradeció la colaboración del Colegio de Abogados de Roca que estuvo representado por su presidente Nicolás Diaz.

Alfredo Bozzetti, del Centro de Planificación Estratégica, expuso el funcionamiento del nuevo modelo junto con todas las etapas de trabajo que permitieron su puesta en funcionamiento este 1 de agosto.

La reorganización se viene gestando desde hace varios meses, con jornadas de trabajo entre el STJ, los jueces y las juezas de las dos Cámaras del Trabajo de Roca y el Centro de Planificación Estratégica. El cambio implica la adaptación de funciones y tareas, la sensibilización del personal para sus nuevos roles, además de una estandarización de prácticas entre los dos tribunales del fuero que funcionan en la ciudad y que tienen competencia en toda la circunscripción. Además, requiere adecuaciones informáticas y de infraestructura, que ya se realizaron.

De acuerdo con el organigrama, el fuero Laboral de Roca seguirá teniendo dos Cámaras Laborales, con tres jueces y juezas en cada una. Luego habrá cuatro Unidades Procesales, cada una a cargo de un Secretario o Secretaria de Cámara. Y dentro de cada Unidad Procesal habrá una cantidad mínima de personal y un total de cuatro referencistas. El resto de las personas que actualmente trabajan bajo dependencia directa de las Cámaras pasarán a cumplir funciones administrativas y específicas en la OTIL.

Por su parte la OTIL tendrá como coordinador a Ignacio Barsellini. Ese organismo se distribuirá las tareas de atención al público, gestión y agendamiento de audiencias, despacho primario de presentaciones, receptoría de documentación y archivo, transferencias y pagos por ejecución de sentencias, entre otras.

El modelo comenzará a funcionar el próximo jueves 1 de agosto. En este contexto el STJ dispuso la suspensión de términos para hoy 29, el 30 y 31 de julio.

De la presentación que se hizo el viernes participó todo el equipo de trabajo del fuero Laboral, incluidos los jueces y juezas Daniela Perramón, Juan Huenumilla, María del Carmen Vicente, Paula Bisogni, Walter Peña y Victorio Gerometta y las secretarias Lucia Meheuech, Marcela López, María Eugenia Pick y María Magdalena Tartaglia. También se realizó una recorrida por las instalaciones que demandaron cambios en la organización del espacio y la infraestructura.

Judiciales

Caso Ripari: Condenan a una mujer a 4 años y 6 meses por encubrimiento agravado

La mujer admitió haber recibido dos motos y ocultado carne robada del hecho que terminó con la muerte del hombre de 77 años.

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Ayer (20/11), la mujer imputada por haber adquirido o recibido dos motocicletas -sabiendo que tenían un origen ilícito y con fines de lucro- en el marco del homicidio en ocasión de robo de Oscar Ripari, reconoció haber cometido el delito y fue condenada a la pena única de 4 años y 6 meses de prisión.

«El Ministerio Público Fiscal solicitó la declaración de primera reincidencia, las accesorias legales, el pago de las costas y renunció a los plazos procesales», explicó el fiscal que intervino en la audiencia, detallando los alcances del acuerdo alcanzado.

La condena recae sobre los delitos de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, previstos en los artículos 277° inc. 1° c) e inc. 3° b), 55 y 45 del Código Penal. La fiscalía sostuvo que la mujer no solo recibió las motos involucradas en el crimen, sino que también ocultó la carne sustraída de la carnicería de Ripari. «Recibió y ocultó cosas que sabía eran provenientes de un delito, con un claro fin de lucro, tanto para su comercialización como para su consumo personal», indicó.

Para esta instancia de acuerdo abreviado pleno, la Fiscalía presentó un amplio cuerpo probatorio: intervenciones del personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.), análisis de teléfonos secuestrados, trabajo del Cuerpo de Investigación Judicial y registros de cámaras del 911.

El juez interviniente homologó el acuerdo y confirmó que la mujer de 36 años comenzará a cumplir su condena por los hechos y la calificación legal reconocidos.

Con esta sentencia, el expediente por el homicidio de Oscar Ripari queda cerrado, tras haber sido condenados todos los imputados: tanto los responsables del homicidio en ocasión de robo, como quienes participaron del encubrimiento agravado.

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Caso Dobra: Modifican las cautelares y ordenan tobillera y prohibiciones de contacto a uno de los imputados

El acusado continuará con tobillera electrónica y libertad dentro del ejido urbano, además de prohibiciones estrictas hacia víctimas y testigos.

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El juez revisor del Foro de Jueces de General Roca hizo lugar al planteo del defensor particular de uno de los imputados en una causa por encubrimiento y ordenó la modificación de las medidas cautelares que pesaban sobre el hombre, de apellido Méndez. El pedido se basó en la escala penal prevista para el delito que se le atribuye.

Tras la resolución del magistrado revisor, se llevó a cabo una nueva audiencia ante el juez de Garantías, quien definió que el imputado deberá utilizar tobillera electrónica hasta mayo de 2026. La medida incluye libertad ambulatoria, pero únicamente dentro del ejido urbano de la ciudad de Roca, debido al riesgo procesal de entorpecimiento que evaluó el tribunal.

Además, el juez estableció una prohibición estricta de acercamiento, hostigamiento, amedrentamiento y cualquier tipo de contacto con las víctimas y los testigos, con un límite de 200 metros. También se dispuso la prohibición de salida del país.

La resolución contó con la conformidad de la Fiscalía y de la querella, y no recibió objeciones por parte de la defensa particular.

El juez advirtió que cualquier incumplimiento de las medidas habilitará la solicitud de prisión preventiva por desobediencia.

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La abuela deberá pagar una parte de la cuota alimentaria por el aporte insuficiente del padre

La Justicia dispuso una cuota equivalente a tres salarios mínimos vitales y móviles: dos a cargo del padre y uno a cargo de la abuela paterna.

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El padre se fue a otra provincia, dejó de aportar, casi no llama y, cuando lo hace, es para explicar que no tiene trabajo formal. Mientras tanto, su hija creció bajo el cuidado exclusivo de la madre, sin colaboración económica del progenitor y con apoyo limitado de la abuela materna.

Frente a esta situación, la madre acudió al fuero de Familia de Bariloche para pedir una actualización de la cuota alimentaria y solicitó también que se incorporara al proceso a los abuelos paternos. El planteo se apoyó en el artículo 668 del Código Civil y Comercial, que permite extender la obligación a los ascendientes cuando el padre o madre obligado no cumple o no puede hacerlo.

El padre se presentó en una audiencia y ofreció pagar $100.000 mensuales. Dijo que trabajaba en la construcción, sin relación de dependencia, y que sus ingresos eran variables. Informó que vivía con sus padres en la ciudad de Federal, Entre Ríos. La propuesta fue rechazada, pero aceptada de manera provisoria mientras avanzaba el proceso.

Más adelante se presentó la abuela paterna. Alegó que no tenía relación con su nieta, que su hijo no vivía con ella de forma permanente y que su situación económica era frágil. Explicó que percibía una jubilación mínima y que había estado acompañando el tratamiento médico de su esposo, quien falleció durante la tramitación de la causa.

Los informes reunidos durante la etapa probatoria confirmaron que la adolescente vive con su madre, asiste a una escuela privada con beca parcial, está afiliada a una obra social y no recibe asistencia regular del padre. El informe socioambiental describió una relación esporádica, casi nula, entre el padre y su hija, y registró ingresos informales del progenitor. Los testigos señalaron que la madre sostiene sola la crianza y que el padre se desvinculó tanto afectiva como económicamente.

Con estos elementos, la jueza dio por acreditada la dificultad del progenitor para cubrir en forma completa la obligación alimentaria y resolvió fijar un esquema mixto. Dispuso una cuota equivalente a tres salarios mínimos vitales y móviles: dos a cargo del padre y uno a cargo de la abuela paterna.

La sentencia citó normativa nacional y convencional sobre la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes. También destacó el valor económico del trabajo de cuidado y sostuvo que, pese a la situación de vulnerabilidad que puede atravesar una persona mayor, en este caso las más afectadas por la falta de recursos eran las adolescentes.

La magistrada estableció que la cuota asignada a la abuela cesará cuando el padre pueda asumir la obligación alimentaria en su totalidad. Recordó además que las cuotas alimentarias no son definitivas y pueden revisarse si cambian las circunstancias.

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