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Río Negro

¿Sabías que el próximo eclipse lo podés ver en Río Negro?

Será el miércoles 2 de octubre y se podrá ver desde cualquier punto de la provincia.

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El miércoles 2 de octubre se verá en nuestro país un nuevo eclipse anular de sol, una magnífica experiencia para las y los fanáticos de estos fenómenos. Podés verlo en todo Río Negro.

El eclipse del 2 de octubre será anular, y la franja de anularidad cruzará desde el Pacífico hasta el Atlántico, pasando por Chile y Argentina, específicamente por la provincia de Santa Cruz. A medida que nos alejamos de esa franja, el eclipse se verá de manera parcial. En la provincia de Río Negro se observará un eclipse parcial con una cobertura solar de entre el 65% y el 70%. El fenómeno comenzará alrededor de las 16.00, alcanzando su punto máximo a las 17.20 y finalizando a las 18.43.

«Para observar el eclipse de manera segura, es fundamental utilizar filtros y equipos homologados para la observación solar, ya que no se debe mirar el sol directamente. Su brillo, junto con la radiación ultravioleta e infrarroja, pueden causar daños irreversibles en los ojos. Se recomienda el uso de lentes y filtros diseñados específicamente para este propósito, ya sea para la observación directa o mediante telescopios o cámaras. También. No se debe mirar el sol con radiografías, lentes comunes, CDs u otros objetos, ya que aunque bloqueen parte del brillo, no filtran adecuadamente los rayos ultravioletas e infrarrojos», dijo Denis Martínez, referente de Astroturismo Las Grutas.

¿Qué se sabe de este fenómeno?

Existen tres tipos de eclipses solares: total, anular y parcial. La diferencia entre el anular y el total radica en los diámetros aparentes de la luna y el sol, que varían según la distancia entre la Tierra, la Luna y el Sol. Estos diámetros cambian a lo largo de las órbitas de ambos cuerpos celestes. Un eclipse es total cuando el diámetro aparente de la luna es ligeramente mayor y cubre completamente el sol. En cambio, un eclipse es anular cuando el diámetro de la luna es un poco menor, dejando visible un anillo de luz alrededor, conocido como «anillo de fuego». El eclipse parcial ocurre cuando la luna cubre solo una parte del sol.

A diferencia de un eclipse lunar, que ocurre cuando la luna pasa por el cono de sombra de la Tierra y puede verse desde cualquier lugar donde la luna esté visible en el horizonte, un eclipse solar requiere una alineación precisa entre la luna, la Tierra y el sol. Esto da lugar a la «franja de anularidad» donde se proyecta la sombra de la luna sobre la Tierra.

Política

Río Negro tiene nuevo ministro de Salud

Tras la salida de Ana Senesi hace más de un mes, finalmente el gobernador confirmó al nuevo titular de la cartera sanitaria.

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Este miércoles (16/10), Demetrio Caldis Thalasselis, médico cirujano especializado en cardiología y residente de Cipolletti, asumirá como nuevo ministro de salud de Río Negro.

«Con más de 20 años de experiencia en medicina cardiovascular, su rol será central para mejorar la salud en la provincia», destacó el gobernador Alberto Weretilneck en su cuenta de X, donde hizo el anuncio oficial.

Thalasselis lideró proyectos como director de medicina cardiovascular en el Instituto Cardiovascular del Sur y la Fundación Médica de Río Negro y Neuquén, y fue presidente de la Sociedad Argentina de Cardiología del Distrito Comahue. Ahora, asumirá el desafío de ordenar, optimizar y gestionar eficientemente los servicios de salud para los rionegrinos y rionegrinas.

Cuenta con una vasta experiencia en el ámbito. Es médico cirujano recibido en la Universidad Nacional de Córdoba, especialista en Cardioangiología (Universidad Católica de Córdoba) y diplomado en Ecocardiografía Doppler (Instituto Modelo de Cardiología de Córdoba).

Además, tiene dos posgrados en Investigación Farmacoclínica y Monitoreo de Ensayos Clínicos (Universidad Austral-Academia Nacional de Medicina) y en Dirección Médica (Universidad Católica Argentina); y realizó el curso bianual del Programa de Desarrollo Directivo (IAE-Universidad Austral).

«Asumirá el desafío de ordenar, optimizar y gestionar eficientemente los servicios de salud para los rionegrinos y rionegrinas», explicó Weretilneck.

El Ministerio de Salud estaba sin ministro desde el pasado 4 de septiembre, cuando la ex titular de la cartera sanitaria, Ana Senesi, presentó su renuncia.

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Río Negro

Avanza la implementación de la Ley de Radares en Río Negro

Conocé cuáles son los radares habilitados y cuáles no. ¿Qué hacer si te llega una multa?

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Los legisladores del bloque CC ARI Cambiemos, Javier Acevedo y Fernando Frugoni, se reunieron la pasada semana con el ministro de Seguridad y Justicia, Daniel Jara, para analizar los avances en la reglamentación de la Ley de Radares, aprobada por la Legislatura de Río Negro en julio de este año. También estuvo presente el presidente del bloque de JSRN, Facundo López.

Durante el encuentro, el ministro Jara informó que la reglamentación ya ha sido redactada, cuenta con número de expediente y se encuentra en revisión por parte de la Secretaría de Legal y Técnica y la Fiscalía de Estado. De no presentarse observaciones significativas, se espera su aprobación en un plazo de una a dos semanas. Cabe recordar que el Ministerio de Seguridad tenía un plazo de 90 días hábiles administrativos para reglamentar la Ley que regula el funcionamiento de los radares en la provincia, los cuales comenzaron a correr desde su publicación en el Boletín Oficial el pasado 8 de agosto. Según lo informado por el ministro, los tiempos establecidos por la ley se estarían cumpliendo para mediados de noviembre.

Respecto a los radares autorizados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) en
algunos Municipios, el ministro Jara aclaró que ya se notificó a los intendentes que la provincia mantendrá la reserva de jurisdicción federal en rutas provinciales y nacionales. De este modo, la Ley y su futura reglamentación abarcarán todos los radares habilitados por la ANSV y la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV).

A su vez, Acevedo estuvo en el Juzgado de Faltas con los Secretarios Letrados, Ramiro Gómez Salomón y Soledad Delgado, para conocer de primera mano la situación con respecto a las multas. Ambos secretarios pusieron en conocimiento al legislador sobre la notificación a los Municipios sobre la nulidad de las faltas. Asimismo, le informaron que el Juzgado solo tiene injerencia en las multas de los radares provinciales.

Los funcionarios también le comentaron al legislador que en caso de que los ciudadanos tengan algún inconveniente, son ellos mismos quienes expiden una nota con el libre deuda en el caso de que las mismas sean por radares de la provincia. También, aseguraron que, en el caso de los radares no habilitados, las multas no deberían ser abonadas porque las mismas no están dentro de la ley.

Acevedo insistió en la importancia de la comunicación con los Municipios, ya que sigue recibiendo llamados de personas obligadas a pagar multas que han sido anuladas para poder avanzar con sus trámites. «Ahora entendemos que esto se debe simplemente a una mala fe de los Municipios porque estos ya han sido notificados tanto por el ministro como por el Juzgado de Faltas», sentenció.

Por último, el legislador se reunió con la defensora del Pueblo, Adriana Santagati, para abordar los avances de la reglamentación, en la que la Defensoría del Pueblo realizó importantes aportes que fueron considerados en el proceso.

Radares habilitados por la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV)

  • Ruta Nacional N° 22 – km 1127 y km 1134, Villa Regina
    Ruta Nacional N° 151 – km 4, Cipolletti
    Ruta Nacional N° 151 – km 33, Sargento Vidal
    Ruta Nacional N° 22 – km 859, Río Colorado
    Ruta Nacional N° 250 – km 269, Lamarque
    Ruta Nacional N° 3 – km 1263,8 y km 1262,6, Sierra Grande

Radares habilitados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV)

  • Ruta Nacional N° 151, km 22 y km 29, Contralmirante Cordero
    Ruta Nacional N° 40 – km 2051 y km 2054, Dina Huapi
    Ruta Nacional N° 40 – ingreso a El Pilar, San Carlos de Bariloche
    Ruta Nacional N° 40 – km 1903,05 y km 1917,07, El Bolsón

Radares No Habilitados

  • Ruta Nacional N° 22 – km 1008, Darwin
    Ruta Nacional N° 22 – km 1028, Coronel Belisle
    Ruta Nacional N° 251 – km 117, General Conesa
    Ruta Nacional N° 151 y Ruta Provincial N° 69, Campo Grande
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Judiciales

La intervención del Poder Judicial le permitió a una madre obtener su DNI y acceder a derechos familiares

El padre de su hijo falleció y ella no pudo tramitar la asignación universal.

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La intervención de una trabajadora social del Poder Judicial permitió a una madre de Cipolletti obtener su DNI. El padre de su hijo falleció y ella no pudo tramitar la asignación universal. En la partida de nacimiento del adolescente estaban los datos de la mujer aunque se consignaba: «DNI no posee».

Una jueza de Cipolletti resolvió un pedido de rectificación de partida de nacimiento solicitado por la madre de un adolescente. La mujer inició la acción luego de obtener su Documento Nacional de Identidad (DNI) que no poseía al momento de inscribir el nacimiento de su hijo. En esa instancia, contó con el acompañamiento de una trabajadora social del Poder Judicial.

Luego contó con el patrocinio de una defensora pública que, en su presentación, explicó que al no contar con DNI en la partida de nacimiento se dejó constancia de que «no posee» en el apartado correspondiente al número de documento. A partir del fallecimiento del padre del joven, quien hasta ese momento ejercía los derechos sobre sus hijos, la madre gestionó y obtuvo su DNI. Esto la llevó a solicitar la rectificación del acta de nacimiento de su hijo para incluir sus datos completos y poder acceder a derechos como las asignaciones familiares.

Según se consignó en la demanda, antes de que falleciera el marido, la mujer no creía en la necesidad de tener DNI. Aunque todos los derechos derivados, no sólo del hijo, sino de ella iban a quedar inconclusos por no tener documento.

La solicitud planteó que, además de añadir el número de DNI, debía corregirse el nombre de la progenitora en el acta, ya que faltaban datos.

Como el niño nació en Buenos Aires intervino la Dirección del Registro de esa provincia. Desde el organismo se dictaminó que la jueza de Familia de Cipolletti podía ordenar la rectificación solicitada. Asimismo, la Fiscalía expresó su acuerdo con la medida. Consideró que no existían objeciones para llevarla a cabo y que los motivos eran justificados.

Sobre la base de lo dispuesto por la Ley N° 26.413, que regula las inscripciones en los Registros de Estado Civil y Capacidad de las Personas, la jueza decidió hacer lugar a la solicitud. Se ordenó rectificar la partida de nacimiento e incorporar el número de DNI de la madre además de completar su nombre de forma correcta.

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