Judiciales
Abogado roquense denunció que un gremialista llamó a escracharlo cada vez que vaya al Poder Judicial
Ulises Terbay inició acciones legales contra el titular de Sitrajur, Emiliano Sanhueza, luego de que se viralizara un video donde festejaban un cumpleaños en los Tribunales roquenses.

El abogado Ulises Terbay denunció que el secretario general de Sitrajur, Emiliano Sanhueza, llamó en un grupo de WhatsApp a escracharlo cada vez que pise los Tribunales provinciales.
Sanhueza se mostró molesto con el sitio de noticias TodoRoca debido a que publicaron un video donde un grupo de empleados judiciales festejaba un cumpleaños en los Tribunales. Esto generó un revuelo inmenso en el gremio de trabajadores, incluso porque llegó a manos de autoridades del máximo tribunal de la Provincia. Cabe aclarar que no fue sólo TodoRoca quien publicó la información, también lo hicieron otros medios regionales.
Tras la viralización de la noticia, Sanhueza responsabilizó a Terbay e invitó a sus afiliados en un grupo de WhatsApp a «tenerlo en cuenta para cuando lo vean en Tribunales», con un claro propósito amenazante.
Es importante destacar que varios afiliados y afiliadas repudiaron los dichos del titular de Sitrajur, manifestando su malestar por su ataque.

Como siempre, desde La Super defendemos la libertad de expresión y nos solidarizamos con nuestros colegas de TodoRoca y con el abogado Terbay por lo sucedido. No podemos permitir que el miedo silencie las voces del periodismo regional. Es crucial que nos mantengamos firmes en la defensa de nuestros derechos y apoyemos a quienes han sido afectados por este ataque. Reafirmemos nuestro compromiso con el derecho a informar. Juntos, seguiremos luchando por un mundo donde todos podamos expresarnos sin temor.
Al repudio generalizado por lo expresado por Sanhueza, se sumó el Colegio de Abogados de Roca, quienes manifestaron que el sindicalista «incitó a la realización de acciones hostiles contra un colega matriculado de nuestra institución, en relación con el video que ha circulado sobre los hechos acontecidos en los tribunales de General Roca, donde invitaba a sus afiliados en un grupo de WhatsApp a recordar el nombre del abogado y a ‘tenerlo en cuenta para cuando lo vean en tribunales'».
Por su parte, desde el bloque de legisladores de la Unión Cívica Radical (UCR), expresaron «nuestra solidaridad con el abogado Ulises Terbay, propietario del medio TodoRoca, por el claro amedrentamiento sufrido por parte de Emiliano Sanhueza, secretario general de Sitrajur. Tal como se viralizó a través de capturas de pantalla, este acto refleja lo peor del sindicalismo».
Agregaron que «nuestra bancada también fue víctima violencia de este sindicato durante la sesión de Comisiones en la Legislatura, en la que se trataba la reforma del STJ. En ese entonces, el legislador Ariel Bernatene fue agredido verbalmente, por integrantes de Sitrajur quienes a base de insultos querían impedir que se debatiera el proyecto».
«Estos hechos de intimidación y agresión no solo buscan acallar voces cómo los medios de comunicación sino que también desvirtúan el verdadero sentido del sindicalismo que es la defensa de los trabajadores. Desde nuestro bloque, reafirmamos el compromiso con la libertad de expresión y repudiamos cualquier tipo de violencia», concluyeron.
Asimismo, el legislador del PRO, Juan Martín, manifestó «toda mi solidaridad con el Dr. Ulises Terbay, frente al cobarde acto de amedrentamiento del que fuera objeto por parte del secretario general de Sitrajur, Emiliano Sanhueza».
«Es injustificable que Sanhueza, al parecer molesto por una publicación, llame a ‘tenerlo en cuenta cuando (Terbay) ande por Tribunales’. Reafirmo mi compromiso y el de todo el PRO con la libertad de expresión y el rechazo a la violencia extorsiva a la que nos tienen acostumbrados algunos sindicalistas», sentenció el líder del PRO Río Negro.
Judiciales
Detuvieron en Madryn al acusado de matar a Sergio Coria en Roca
El hecho ocurrió el pasado 4 de abril y la víctima murió tras permanecer internada.

El Ministerio Público Fiscal imputó este mediodía (05/05) a un hombre por el homicidio agravado de Sergio Emiliano Coria, ocurrido el pasado 4 de abril en General Roca. El acusado había sido detenido en Puerto Madryn y continuará en prisión preventiva.
Según la acusación, la víctima circulaba en su vehículo junto a su pareja, su hijo de un mes, su suegra y una sobrina de 4 años, cuando fue atacada. De acuerdo a la teoría fiscal, el imputado se movilizaba en una motocicleta y, con la intención de causarle la muerte, aprovechó que el vehículo se detuvo para efectuar disparos.
Como consecuencia de las heridas, Coria fue trasladado al Hospital Francisco López Lima, donde finalmente falleció.
La calificación legal provisoria es la de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil condicional.
Entre las pruebas mencionadas se encuentran el acta policial de la Comisaría 21, informes médicos, intervención del 911, pericias del Gabinete de Criminalística, el informe de autopsia del Cuerpo de Investigación Forense, además de testimonios y datos recabados por el Cuerpo de Investigación Judicial y la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones.
La Fiscalía solicitó la prisión preventiva por riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación. La defensa se opuso tanto a la acusación como a la medida.
Finalmente, la jueza de Garantías dio por formulados los cargos y dispuso que el imputado permanezca detenido por cuatro meses.
Judiciales
Lola Tours: Formularon cargos contra la dueña de una agencia de viajes de Roca por millonaria estafa
El perjuicio económico supera los 225.000 dólares y más de 116 millones de pesos.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una mujer en Roca por presuntas maniobras defraudatorias vinculadas a la venta de viajes al exterior a través de la agencia Lola Tours, que funcionaba en calle Mitre 930, en pleno centro de la ciudad.
Según la acusación, la imputada habría comercializado paquetes turísticos y pasajes a destinos nacionales e internacionales «sabiendo que no podría cumplir con las obligaciones asumidas ni devolver el dinero recibido», ya que no contaba con capacidad financiera suficiente. Además, se indicó que la firma no tenía habilitación comercial municipal.
La investigación abarca más de 53 denuncias por hechos ocurridos durante 2024 y 2025. El perjuicio económico total estimado asciende a 225.996 dólares y 116.856.052 pesos.
Durante la audiencia, el equipo fiscal presentó un extenso sustento probatorio que incluye denuncias de personas damnificadas y de la empresa Travel Services S.A., comprobantes de transferencias, pagos en efectivo, presupuestos sin membrete y recibos sin validez formal.
También se incorporaron informes de organismos oficiales que indican que la empresa no estaba inscripta formalmente, documentación de entes tributarios y bancarios, y una nota del Municipio que acredita la falta de habilitación comercial. A esto se sumó la intervención de la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo, que dio de baja a la agencia en febrero de este año.
La calificación legal provisoria es la de «defraudación» en distintas modalidades, entre ellas abuso de confianza, uso no autorizado de datos de tarjetas de crédito y retención indebida.
La defensa penal pública no formuló objeciones formales, aunque aclaró que ello no implica aceptar los hechos ni la calificación.
Finalmente, la jueza de Garantías dispuso un plazo de cuatro meses para la investigación penal preparatoria y prorrogó las medidas cautelares vigentes.
La imputada deberá mantener domicilio, tiene prohibida la salida del país, continúa con inhibición de bienes, bloqueo de cuentas bancarias y presentaciones periódicas ante Fiscalía.
Deportes
Vuelta de la Manzana: Un espectador resultó herido en el rally y condenan a piloto y organizadores
El caso se originó a partir de lo ocurrido en un tramo del circuito dentro del autódromo de Roca.

Un fallo civil repartió responsabilidades por las lesiones que sufrió un espectador en una prueba de la Vuelta de la Manzana, tradicional evento de rally que se desarrolla periódicamente en Roca. La sentencia condenó al piloto involucrado junto a las entidades organizadoras tras acreditarse que un vehículo perdió el control en una curva, impactó contra un alambrado y provocó que partes del auto alcanzaran al público.
El caso se originó a partir de lo ocurrido en un tramo del circuito dentro del autódromo de Roca. Un auto de competición perdió el control en una curva, golpeó el lateral de la pista y terminó generando un episodio que derivó en heridas graves para una persona ubicada detrás de un cerco.
La sentencia reconstruyó la secuencia a partir de pericias, testimonios y documentación técnica del propio rally, y dio por acreditado que el vehículo se desestabilizó, impactó contra el alambrado y, como consecuencia de ese impacto, elementos del auto alcanzaron a quienes estaban del otro lado.
El fallo atribuyó responsabilidad directa al piloto en su carácter de conductor y guardián de una cosa riesgosa. Entendió que no se acreditó ninguna circunstancia que permitiera excluirlo del deber de responder por los daños ocasionados.
Pero el punto central de la decisión no quedó limitado al accionar del piloto. El juez avanzó sobre la organización del evento y determinó que tanto la Asociación Volantes de General Roca como la Asociación Civil Rally Argentino incumplieron su obligación de seguridad frente al público.
El análisis puso el foco en el rol de los organizadores como responsables de diseñar el circuito, prever riesgos y establecer condiciones claras para la ubicación de los espectadores. Según el fallo no se cumplieron de manera adecuada. La sentencia destacó que no se acreditó la existencia de un plan de seguridad eficaz ni la correcta identificación de zonas peligrosas dentro del trazado, a pesar de que el reglamento del campeonato exige esas medidas de forma expresa.
También se valoró la falta de señalización visible y la ausencia de controles concretos para evitar que el público se ubicara en sectores considerados de riesgo, como el exterior de curvas, donde aumentan las probabilidades de despistes. Los testimonios incorporados al expediente reforzaron ese punto: indicaron que había decenas de personas en el lugar, sin advertencias ni indicaciones claras, y que el acceso a ese sector no estaba restringido ni supervisado.
El magistrado concluyó que la presencia de espectadores en ese sitio no podía considerarse un hecho imprevisible ni una conducta capaz de romper el nexo causal, sino una situación que los organizadores debían anticipar y controlar. El fallo rechazó así el argumento de trasladar la responsabilidad a la víctima por haberse ubicado en un sector indebido. Consideró que esa circunstancia no exime a quienes tenían el deber de prevención.
La resolución examinó el rol del Automóvil Club Argentino, a través de su comisión deportiva, y entendió que su función de fiscalización dentro del campeonato le otorgaba un nivel de injerencia suficiente como para declararlo responsable en términos civiles, aunque sin imponerle condena directa por su situación procesal.
Distinta suerte corrió la Municipalidad de Roca, que quedó fuera de la condena. La sentencia sostuvo que no se acreditó una falla concreta en el ejercicio de sus funciones ni una intervención directa en la organización o control del evento que justificara atribuirle responsabilidad.
La sentencia ordenó una indemnización por los daños que sufrió el espectador, a cargo del piloto y de las entidades organizadoras del rally. Además incluyó a las compañías aseguradoras dentro del esquema de condena y extendió hacia ellas la obligación de responder en los términos de las pólizas, con revisión de los límites de cobertura. La sentencia de primera instancia no está firme porque puede ser apelada.








