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Judiciales

Confirmaron la condena de 6 años de prisión a Emiliano Gatti

No obstante, el periodista continuará libre, bajo medidas cautelares que lo mantienen a disposición de la Justicia, porque la sentencia no está firme.

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El Tribunal de Impugnación (TI) confirmó punto por punto la condena de 6 años de prisión que había dictado un Tribunal de Roca contra el ex conductor de televisión Emiliano Gatti por la tenencia y facilitación de 50 videos de abuso sexual de niños y niñas. El periodista continuará bajo medidas cautelares que lo mantienen a disposición de la Justicia porque la sentencia no está firme.

En septiembre pasado, un Tribunal de Juicio de Roca condenó a Gatti como autor de los delitos de facilitación de imágenes de abuso sexual infantil, agravada por la edad de las víctimas, en concurso ideal con tenencia de imágenes de abuso sexual infantil (50 hechos), agravada por la edad de las víctimas (menores de 13 años). Por esos delitos, los jueces Luciano Garrido y Emilio Stadler y la jueza Verónica Rodríguez le impusieron 6 años de prisión.

La defensa cuestionó la sentencia y por eso en noviembre se realizó en Roca una audiencia ante el TI. Los jueces Miguel Cardella, Carlos Mussi y Adrián Zimmermann escucharon los agravios que plantearon los defensores y este jueves (05/12) emitieron su sentencia, que confirma la decisión del Tribunal de Roca. La impugnación apuntó contra varios ejes de la sentencia. Cada agravio fue analizado y rechazado por el TI.

La defensa planteó la inconstitucionalidad del artículo 128 del Código Penal. Esa norma castiga la producción, financiación, oferta, comercialización, publicación, facilitación, divulgación y distribución de imágenes de abuso sexual infantil y también la simple tenencia de esas imágenes. Cuestionaron, por un lado, que condenar la tenencia atenta contra el derecho a la intimidad de las personas. Y criticaron, además, que el artículo pone una misma escala penal a conductas de muy diferente gravedad.

El TI respondió que el castigo a la tenencia no viola la intimidad garantizada por la Constitución, porque «prevalece el derecho de protección de la dignidad y respeto de los derechos fundamentales de niñas y niños».

«El consumo de imágenes de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes favorece el crecimiento de ese mercado, dado que la demanda del material incentiva la comisión de más abusos», señaló el Tribunal. Por eso resulta «esencial penalizar a todos los involucrados en la cadena de producción y distribución de pornografía infantil, desde su creación hasta su posesión, ya que esta conducta está íntimamente ligada a otros delitos graves como el abuso sexual, la trata de personas y la explotación sexual infantil», dijo el Tribunal.

Otros agravios

La defensa planteó también la nulidad de los actos iniciales de la investigación. Alegó que se violaron «comunicaciones privadas» sin autorización judicial.

«El acto inicial de investigación tuvo la debida justificación, que no afectó ninguna garantía del debido proceso», respondió el TI. Además, «todas las acciones fueron respaldadas por órdenes judiciales», incluido el allanamiento en el departamento de Gatti.

En otro apartado se rechazó la posible responsabilidad de una tercera persona. El TI definió que ese planteo «es una hipótesis que no tiene sostén probatorio, de tal modo no tiene ninguna entidad para su tratamiento».

La defensa cuestionó además que se haya condenado a Gatti por el delito de «facilitación», que es más grave que la simple tenencia. El TI rechazó el punto porque la descarga de los videos «facilitó la visualización y descarga del material a terceras personas usuarias también de la red eMule».

Los jueces señalaron que las nuevas tecnologías «inciden en la expansión del crimen organizado» en torno a la explotación sexual de menores de edad. Por eso se busca «enjuiciar a cualquier persona que contribuya a estas actividades delictivas en cualquier forma. Gatti tuvo el conocimiento de que, a la vez que descargaba, facilitaba el material» a todos los demás usuarios de la red eMule.

Por último la defensa impugnó el monto de la pena. Alegó que 6 años de prisión es «desproporcionado» y que los jueces de Roca no aplicaron «correctamente los atenuantes y agravantes». Sobre el punto el TI definió que «el monto de la sanción no resulta arbitrario» ni se demostró algún error judicial en esa valoración.

«La extensión del daño es considerable, dado que este tipo de delitos perpetúan el sufrimiento de niños, niñas y adolescentes, quienes son víctimas de abusos sexuales capturados en imágenes crueles y degradantes. Estas imágenes no solo perpetúan su revictimización, sino que provocan daños irreparables en su desarrollo emocional y psicológico», dijeron los jueces.

«Otra agravante relevante es el perfil del Gatti, quien, a través de su formación profesional y sus actividades públicas, debía comprender la gravedad de sus actos», concluyeron los magistrados.

Judiciales

Violencia de género en Roca: Una joven terminó herida y un hombre quedó detenido

El acusado es el sujeto ya procesado por la muerte de Teo Vázquez, hecho ocurrido en enero de 2024.

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Una joven fue encontrada herida y en estado de shock durante una intervención policial por un hecho de violencia de género en General Roca. Por el episodio, un hombre de 22 años fue detenido y quedó a disposición de la Justicia. Se trata del sujeto ya procesado por la muerte de Teo Vázquez, hecho ocurrido en enero de 2024.

El llamado ingresó como una situación de violencia de género y movilizó a efectivos de la Comisaría 3° de Roca. Al llegar al lugar, los policías encontraron a la joven herida, en estado de shock y sin poder mantener un diálogo. Dos vecinas relataron que momentos antes un joven la había sacado por la fuerza hacia la vereda. Mientras la mujer era asistida por personal del SIARME, el sospechoso regresó al lugar.

Los efectivos procedieron a reducirlo, aunque opuso una fuerte resistencia al momento de ser detenido. Durante el cacheo, encontraron un cuchillo entre sus pertenencias.

En principio, la joven presentaba un corte en una de sus piernas. El hombre fue trasladado a la Comisaría 3° y quedó a disposición de la Justicia, en el marco de actuaciones por lesiones calificadas agravadas en contexto de género, atentado y resistencia a la autoridad.

La investigación deberá establecer qué ocurrió dentro de la vivienda y cuál fue la mecánica de la agresión. La víctima todavía no había podido brindar su versión al momento de la intervención debido al estado de shock, mientras que los testimonios de las vecinas forman parte de las primeras actuaciones.

El detenido cuenta además con un antecedente judicial reciente. El 24 de agosto de este año, el juez federal de General Roca, Hugo Greca, dictó su procesamiento en la causa que investiga la muerte de Teo Vázquez, una joven de 19 años fallecida el 31 de enero de 2024.

En esa investigación, el procesamiento consideró, con el grado de probabilidad propio de esa etapa, que el imputado habría suministrado sustancias que, combinadas con alcohol, provocaron el cuadro que terminó con la muerte de la joven. Por esa causa fue procesado por homicidio simple con dolo eventual y suministro gratuito de estupefacientes, además de falsificación de recetas médicas y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

En julio del 2025, el joven había recuperado la libertad con tobillera electrónica y supuestas estrictas medidas cautelares.

Se trata de dos investigaciones diferentes y será la Justicia la que determine las responsabilidades correspondientes en cada una. Mientras tanto, la joven permanece bajo asistencia médica y continúa la investigación por el episodio de violencia de género.

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Irá a juicio el hombre acusado de disparar dentro de un céntrico bar de Roca

El hecho ocurrió el 15 de mayo en un bar de calle 9 de Julio. El acusado cumple prisión preventiva desde la formulación de cargos.

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La causa contra un hombre acusado de efectuar disparos dentro de un bar de General Roca avanzó hacia la etapa de juicio oral y público, luego de que la Fiscalía y la defensa presentaran la prueba con la que cuentan. El hecho ocurrió el 15 de mayo, alrededor de las 4 de la madrugada, en un bar ubicado sobre calle 9 de Julio, casi Italia.

Según explicó la fiscal Verónica Villarruel, el imputado primero intentó proponerle a una empleada del lugar llevarla hasta su casa y luego realizó la misma propuesta al encargado del bar. Ante la negativa de ambos, habría extraído una pistola calibre .380, que no contaba con autorización para su portación.

De acuerdo con la acusación, el hombre efectuó al menos dos detonaciones y una de ellas impactó contra el cristal de una heladera.

La situación continuó cuando un efectivo policial que realizaba tareas de prevención se acercó caminando al lugar. El agente advirtió que el imputado empuñaba el arma y lo apuntaba. Tras darle la voz de alto, se abalanzó sobre él y logró quitarle la pistola.

La Fiscalía solicitó avanzar hacia el juicio por abuso de armas, portación ilegal de arma de guerra y atentado contra la autoridad, todo en concurso real.

Entre la prueba incorporada se encuentran informes de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) sobre el imputado y el arma, el acta del procedimiento realizado por la Comisaría 3°, la denuncia del encargado del bar, material fílmico analizado, informes del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, tareas del Gabinete de Criminalística y el croquis del lugar.

También fueron incorporadas las pericias balística y armera. La Fiscalía anunció que llevará a juicio a la policía que intervino, a los denunciantes y a otros testigos.

Durante la audiencia, las partes acordaron una convención probatoria respecto del arma secuestrada: establecieron que se trataba de un arma de fuego de guerra, que su mecanismo de disparo funcionaba al momento del secuestro y que guardaba correspondencia con las vainas y proyectiles encontrados en el lugar.

Debido a la pretensión punitiva, superior a 3 años de prisión, el Ministerio Público Fiscal solicitó que el debate sea llevado adelante por un Tribunal Colegiado.

La defensa particular adhirió a la prueba presentada por la Fiscalía y agregó a una persona más como testigo.

Finalmente, el juez Gastón Martin resolvió elevar el legajo a la siguiente etapa procesal. El acusado permanece en prisión preventiva desde la formulación de cargos.

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Caso Iraira: Allanaron una vivienda en Roca y secuestraron un arma y celulares

Durante el allanamiento encontraron un revólver calibre 22 y dispositivos electrónicos que serán sometidos a peritajes.

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Un allanamiento realizado este viernes (18/09) en la zona norte de General Roca terminó con el secuestro de un revólver calibre 22, cuatro teléfonos celulares y una computadora portátil, en el marco de la investigación por la muerte de Maximiliano Iraira.

El procedimiento fue encabezado por personal de la Comisaría 21°. Para garantizar el ingreso seguro a la propiedad ubicada en calle Don Bosco al 2800, también participaron efectivos del Grupo Especial COER, encargados de la irrupción táctica. Durante la inspección de la primera vivienda del predio, los policías encontraron y secuestraron un revólver calibre 22 y dos teléfonos celulares.

En un segundo inmueble ubicado dentro del mismo lote, los agentes incautaron otros dos teléfonos y una computadora portátil, elementos que serán sometidos a los correspondientes peritajes.

El Gabinete de Criminalística realizó las diligencias técnicas para preservar y asegurar la evidencia recolectada durante el procedimiento.

Tras tomar conocimiento de los resultados del allanamiento, el fiscal de turno dispuso el inicio de un nuevo legajo judicial por tenencia ilegal de arma de fuego.

En el marco de esa nueva causa, un hombre de 38 años y una mujer de 29 fueron notificados de la formación del expediente.

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