Judiciales
Detuvieron a tres roquenses con un arsenal en Chile
Cruzaron la cordillera por un paso clandestino. Estarían relacionados con causas ligadas al narcotráfico.

Tres hombres oriundos de General Roca fueron detenidos en Pucón, Chile. Todos, conocidos de este lado de la cordillera por su vínculo con el narcotráfico, cayeron en una redada del GOPE y del OS7 de Carabineros, quienes seguían la pista del ingreso de armas desde Argentina a la región de la Araucanía. Uno de ellos, tenía prohibición para salir del país, ordenada por el Juzgado Federal de Zapala, por dos causas abiertas relacionadas con el tráfico de drogas. Fue justamente él quien cruzó por un paso clandestino con un mochila con el arsenal que intentaban vender en Temuco y Pucón.
Según informó el sitio Mejor Informado, los detenidos son Cristian Pablo Saavedra Delgado, de 33 años; Dagoberto Esteban Araya, de 44; y su hijo Dagoberto Esteban Araya, de 24. Todos son oriundos de Roca y con antecedentes en el mundo de las drogas. El primero, supo ser mano derecha del narco Milton Prado, actualmente detenido en la cárcel de Senillosa después de varios años prófugo.
Saavedra Delgado fue quien cruzó la cordillera a pie por un paso ilegal con varias armas en la mochila. Lo hizo a pesar de que tenía prohibido salir del país por orden del Juzgado Federal de Zapala, donde enfrenta dos causas abiertas por delitos vinculados al narcotráfico, según consta en la ficha de Interpol.
La detención fue parte de un operativo de Carabineros en la región de La Araucanía. Durante el procedimiento, la Policía chilena encontró seis armas de fuego de alto calibre, más de 200 municiones, cocaína y marihuana. Las armas estaban escondidas en mochilas y bolsos. Junto a Saavedra Delgado, cayeron los Araya, padre e hijo que no solo comparten el nombre, sino también la profesión.
Saavedra no tenía pedido de captura, pero sí una prohibición firme para abandonar el país. Esa medida fue dispuesta por el Juzgado Federal de Zapala como parte de dos investigaciones abiertas por delitos vinculados con estupefacientes. A pesar de eso, logró salir por un paso clandestino, eludiendo cualquier control migratorio. Ya en suelo chileno, se encontró con los Araya y juntos se instalaron en una cabaña alquilada en las afueras de Pucón.
Las autoridades sospechan que el grupo estaba organizando una entrega o funcionando como eslabón de una red mayor. Por la cantidad de armamento secuestrado, hay indicios de que parte de las armas podrían ser parte del lote robado en Bariloche, en junio, cuando una banda desvalijó la sede de una empresa de seguridad y se llevó más de 70 armas, una camioneta y una caja fuerte.
Ahora, con los tres detenidos bajo prisión preventiva en Chile, la investigación apunta a reconstruir cómo fue la logística para cruzar las armas, si fueron entregadas en la frontera o si alguien más participó del traslado. También se esperan los peritajes balísticos para determinar si las armas incautadas pertenecen al arsenal robado en Bariloche
En paralelo, la Justicia Federal en Argentina ya fue notificada del caso. Si bien los tres están bajo proceso en Chile por tráfico de armas y drogas, el Juzgado de Zapala podría reactivar las causas locales contra Saavedra, y eventualmente pedir su extradición o sumar cargos por la salida ilegal del país.
En el procedimiento se incautaron 6 armas de fuego, todas aptas para el disparo y consistentes en una pistola automática marca Glock en su maletín, una marca Smith & Wesson, una marca Browning, todas calibre 9 milimetros. Además de un revólver marca Smith & Wesson calibre 44 especial, una pistola sin marca calibre 40 adulterada y una pistola marca Star calibre 45 perteneciente a la Policía de Buenos Aires y cuyo poder de fuego es capaz de penetrar un chaleco antibalas.
Judiciales
Investigan una posible situación de trata que involucra a una joven tucumana en el Alto Valle
El caso fue evaluado mediante una entrevista de despeje y derivado a la Justicia Federal.

Un llamado a la línea nacional 145 permitió alertar a la sede fiscal de General Roca sobre una posible situación de trata de personas en el Alto Valle, que involucraría a una joven oriunda de la provincia de Tucumán. A partir de esta comunicación, se activaron de manera inmediata los protocolos previstos para la evaluación e intervención en este tipo de casos.
Desde el Programa de Asistencia a las Víctimas del Delito de Trata se llevó adelante una entrevista de despeje, una metodología específica destinada a detectar indicadores vinculados a situaciones de trata y explotación de personas. El resultado de esta intervención fue informado y remitido a la Unidad Fiscal Federal interviniente, que continuará con las actuaciones correspondientes.
En el procedimiento también participó la Unidad de Procedimientos Judiciales de Gendarmería Nacional, con asiento en General Roca, en el marco del trabajo articulado entre los distintos organismos que intervienen ante este tipo de situaciones complejas.
Desde el Gobierno de Río Negro recordaron que la línea 145 es un canal gratuito, confidencial y de alcance nacional, que funciona las 24 horas, los 365 días del año, y permite recibir información, brindar orientación y canalizar denuncias vinculadas a delitos de trata y explotación de personas.
Ante cualquier duda o sospecha, las autoridades reiteraron la importancia de utilizar esta línea, considerada una herramienta clave para la detección temprana, la protección de derechos y la intervención oportuna del Estado.
Judiciales
Le robaron las cuatro ruedas mientras dormía y el seguro lo acusó de haberse autoasaltado
El hecho ocurrió mientras el hombre descansaba sin sus audífonos. La aseguradora rechazó el reclamo y lo responsabilizó por el robo.

Un hombre sufrió el robo de las cuatro cubiertas de su auto mientras dormía. Debido a su cuadro de hipoacusia bilateral, no advirtió ningún tipo de ruido. Cuando despertó, se dio cuenta de lo ocurrido y realizó la denuncia policial. También se presentó ante el seguro del coche para solicitar la cobertura vigente.
La respuesta no fue la esperada: el seguro lo acusó de haberse robado él mismo las cubiertas. El hombre se vio en la obligación de explicar que no usa los audífonos mientras descansa y que no escuchó absolutamente nada. Además, informó que padece una afección lumbar, por lo que no está en condiciones físicas de retirar los neumáticos de un vehículo.
El hombre se sintió maltratado por el productor del seguro. Luego de intentos extrajudiciales fallidos, inició una demanda por daños y perjuicios. El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a abonar una indemnización. Los rubros a pagar incluyen daño directo, correspondiente al valor de las cubiertas, daño moral y privación de uso.
Durante el proceso se determinó que el contrato de seguro era válido y vigente al momento del robo. El juez tuvo por acreditada la denuncia del siniestro, basándose en la conducta de la aseguradora, que emitió una orden de compra coincidente con el reclamo. Consideró que esta actuación superaba la negativa genérica inicial de la empresa y constituía un reconocimiento tácito.
El fallo estableció que el hombre fue víctima del robo de las ruedas y que no pudo usar el vehículo desde entonces. Se concluyó que la aseguradora incumplió sus obligaciones contractuales al no abonar la indemnización dentro de los plazos legales.
Por su parte, la aseguradora reconoció la existencia de una póliza vigente, aunque negó haber recibido una denuncia formal del siniestro. Alegó que, de manera excepcional y sin admitir hechos ni derechos, emitió una orden de compra para reponer las ruedas, pero que fue rechazada por el asegurado y, por ello, anulada.
El juez explicó que las normas que regulan las relaciones de consumo, en este caso referidas a la contratación del seguro, deben aplicarse e interpretarse conforme con el principio de protección al consumidor. Además, recordó que los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe. Pesa sobre el proveedor, en este caso la aseguradora, un deber de información obligatoria.
Judiciales
Buscan revertir la prisión perpetua por el crimen de Marisa Coliman en Luis Beltrán
El Ministerio Público Fiscal defendió el fallo y pidió que se confirme la prisión perpetua.

En los Tribunales de General Roca, la Defensa Penal Pública presentó este jueves (18/12) sus agravios contra el agravante de ensañamiento aplicado en la condena por el homicidio de Marisa Coliman, ocurrido el 25 de julio de 2023 en la localidad de Luis Beltrán.
Cabe recordar que el imputado fue declarado culpable por unanimidad por un jurado popular el 12 de septiembre pasado y que, el 29 de octubre, fue condenado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por ensañamiento.
Durante la audiencia, el defensor penal público sostuvo que, a lo largo del debate, la acusación no logró probar los elementos esenciales del ensañamiento. En ese sentido, afirmó que tanto la Fiscalía como la querella habrían inducido al jurado a asociar la cantidad de heridas con dicha figura penal. «La Fiscalía no presentó prueba suficiente para sostener el ensañamiento y el hecho probado es distinto al hecho que se le imputó», remarcó el defensor.
Asimismo, argumentó que existió un «eslabón roto» entre el alegato acusatorio y la prueba producida en el juicio, al equiparar el número de lesiones con la intención de provocar un mayor sufrimiento. Según expresó, el ensañamiento requiere un dolo específico que, a su criterio, no fue acreditado, ya que el médico del Cuerpo de Investigación Forense ni otros testigos fueron consultados sobre el dolor que pudo haber experimentado la víctima.
Por estos motivos, la defensa solicitó que se admita el recurso de impugnación, se recalifique el hecho como homicidio simple y que el expediente sea remitido nuevamente al juez de Juicio para la fijación de una nueva pena acorde a esa calificación.
En respuesta, la representante del Ministerio Público Fiscal rechazó los planteos y defendió la actuación del jurado popular. Señaló que los integrantes del jurado fueron debidamente instruidos sobre el concepto de ensañamiento y que no existen motivos para suponer una interpretación errónea de la prueba. «El jurado es soberano y consideró acreditado el ensañamiento con base en la evidencia producida en el juicio», sostuvo.
La fiscal remarcó que la víctima fue atacada inicialmente en la cama, logró incorporarse herida e intentó pedir auxilio, lo que quedó reflejado en la escena dinámica del hecho. Indicó que se registraron 34 lesiones en dos sectores distintos de la vivienda, la mayoría en el cuello, además de heridas defensivas. También destacó el tiempo de sobrevida estimado por el médico forense, que habría sido de entre 2 y 5 minutos.
Por todo ello, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se confirme la sentencia condenatoria, entendiendo que el veredicto del jurado se ajustó a la prueba presentada durante el juicio. En la misma línea, la querella, en representación de los hijos de la víctima, adhirió plenamente a lo expuesto por la Fiscalía.
Finalmente, el Tribunal de Impugnación informó que dará a conocer su resolución dentro de los plazos previstos por la ley.









