Río Negro
Continúa la obra del VMOS tras completarse la última soldadura automática
El proyecto une en esta etapa Allen con Punta Colorada a lo largo de 437 kilómetros.

Tras la finalización de la última soldadura automática, el oleoducto Vaca Muerta Oil Sur (VMOS) mantiene su ritmo de ejecución con tareas en distintos puntos del trazado y en la terminal de Punta Colorada. La obra, que atraviesa el territorio rionegrino, consolida la infraestructura clave para la exportación del crudo de Vaca Muerta.
El proyecto, que une en esta etapa Allen con Punta Colorada a lo largo de 437 kilómetros, alcanzó un nuevo hito técnico y en paralelo mantiene en ejecución tareas vinculadas a pruebas hidráulicas, obras civiles y montaje de instalaciones. La semana pasada, durante un encuentro con proveedores locales en Cipolletti, el CEO de VMOS, Gustavo Chaab, apuntó que la obra en general tiene un grado de avance del 38%.
En los tramos iniciales, entre Allen y Chelforó, se completaron las pruebas hidráulicas y se avanza en el soplado de fibra óptica y los empalmes de cañería, mientras que el tramo Chelforó–Punta Colorada se prepara para el inicio de la fase constructiva final, previsto una vez otorgado el permiso definitivo para el cruce del río Negro.
Frentes activos en estaciones y terminales
Según se informó desde el área de Hidocarburos provincial, en la cabecera de bombeo de Allen, se desarrollan tareas de movimiento de suelo, montaje de tanques y fundaciones eléctricas, además del prefabricado de cañerías y drenajes.
Simultáneamente, en la estación de bombeo de Chelforó (EB1) se trabaja en la instalación de bases premoldeadas, bandejas de conducción, pórticos eléctricos y fundaciones de sala técnica, con avances visibles en las obras de hormigón y soldaduras de ajuste.
La terminal de exportación de Punta Colorada, ubicada en el Golfo San Matías, concentra actualmente el mayor volumen de tareas. Allí se construyen seis tanques de almacenamiento de 120.000 metros cúbicos cada uno, con distintos grados de avance. Dos de ellos ya completaron las estructuras principales, mientras los restantes avanzan en etapas de impermeabilización, protección catódica y montaje de domos.
El predio incluye además caminos internos, obras de drenaje y servicios, junto a la instalación de monoboyas mar adentro que permitirán la carga de buques de gran porte.
Un proyecto que integra a Río Negro al futuro energético
El Oleoducto Vaca Muerta Sur se consolida como la infraestructura más importante en ejecución para ampliar la capacidad de transporte y exportación del petróleo argentino. Con una inversión estimada en 2.000 millones de dólares, el sistema contará con cuatro estaciones de bombeo, 28 válvulas de bloqueo y una capacidad inicial de 390.000 barriles diarios, ampliable a 550.000 en 2027.
El Gobierno de Río Negro acompaña este proceso promoviendo la participación de empresas y trabajadores rionegrinos en la cadena de valor del proyecto, tanto en su etapa constructiva como en la futura operación.
Judiciales
Un padre y una madre priorizaron el bienestar de su hijo: Se mudará con la mujer a otra provincia sin perder el vinculo paterno
La mujer planteó durante la mediación la necesidad de trasladarse a otra provincia por motivos personales y familiares.

En una reunión realizada en el Centro de Mediación de Bariloche, una madre y un padre alcanzaron un acuerdo que puso en el centro el bienestar de su hijo. En ese espacio institucional de diálogo, lograron definir la cuota alimentaria, el régimen de comunicación y, especialmente, la posibilidad de que el niño se radique en otra provincia junto a su madre. El progenitor entendió que era lo mejor para la persona menor de edad y acordó con su ex pareja quien se comprometió a facilitar el vínculo entre padre e hijo.
La mujer planteó durante la mediación la necesidad de trasladarse a otra provincia por motivos personales y familiares. No se trató de una decisión tomada de antemano, sino de una propuesta que buscó ser consensuada con el progenitor, en un ámbito que garantizó la participación de ambos y el acompañamiento profesional correspondiente.
El padre aceptó el cambio de residencia después de reflexionar sobre las condiciones de vida de su hijo y reconocer que el nuevo entorno podría significar una mejora para la madre y el niño. Su consentimiento no implicó una pérdida de vínculos, sino un modo distinto de sostener la cercanía afectiva a partir de nuevos acuerdos.
En el acta, las partes establecieron que el padre abonará una cuota alimentaria equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil, a depositar mensualmente en una cuenta judicial. También pactaron un régimen de comunicación amplio, que prioriza la voluntad del niño y habilita el contacto frecuente con el padre y la familia paterna mediante llamadas y encuentros.
La madre, por su parte, se comprometió a viajar dos veces al año con el niño a Bariloche para que pueda compartir tiempo con la familia paterna. Además, deberá informar cualquier cambio de domicilio o de número telefónico para garantizar una comunicación fluida y transparente.
El entendimiento fue alcanzado en el marco del sistema de mediación del Poder Judicial de Río Negro, con la intervención de profesionales que facilitaron el diálogo y promovieron un entendimiento basado en la responsabilidad parental compartida. Lo acordado permitió que ambas partes encontraran una salida equilibrada ante un escenario complejo, sin recurrir a la confrontación y a un proceso más extenso.
Judiciales
La Justicia rechazó que un abuelo deba pagar los estudios terciarios de su nieto
El jubilado percibe poco más de $400.000 mensuales, monto inferior al costo estimado de vida de un adulto mayor.

Un jubilado no deberá afrontar los gastos educativos de su nieto de 20 años. Así lo resolvió el fuero de Familia de Cipolletti, al considerar que el ingreso mensual del hombre -poco más de $400.000- es insuficiente para cubrir su propio sustento, según los valores estimados por la Defensoría de la Tercera Edad.
El joven había iniciado una demanda solicitando una cuota alimentaria equivalente al 20 % de los haberes del abuelo paterno. Argumentó que su padre nunca cumplió con sus obligaciones y que su madre se hizo cargo sola de los gastos familiares. Explicó, además, que cursa una Tecnicatura y que no trabaja debido a la exigencia académica.
Durante el proceso se acreditó que el padre del joven incumplió un acuerdo de mediación y abandonó el país, mientras que el abuelo -dueño de una vivienda y jubilado- no respondió la demanda.
El Tribunal recordó que los abuelos solo pueden ser obligados a pagar alimentos de manera subsidiaria, cuando los progenitores no pueden hacerlo y siempre que esa obligación no ponga en riesgo la subsistencia del adulto mayor.
En este caso, la jueza valoró que el ingreso del jubilado está muy por debajo del costo estimado de vida de un adulto mayor, que en octubre de 2025 rondaba $1.500.000. También citó la Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que protege su autonomía y seguridad económica.
Además, el fallo destacó que el nieto ya es mayor de edad, por lo que sus necesidades alimentarias no se presumen como en el caso de niñas, niños o adolescentes. El reclamo, según la resolución, no presentó pruebas suficientes sobre los gastos educativos ni sobre la imposibilidad de solventarlos.
En función de estos fundamentos, la magistrada rechazó la demanda, al entender que trasladar esa carga al abuelo implicaría comprometer su propio bienestar y dignidad.
Judiciales
Por una apuesta familiar la inscribieron con otro nombre: 60 años después logró cambiarlo
El fallo consideró que existían “justos motivos” para el cambio, por el sufrimiento que le generó y por el uso habitual de su nombre elegido.

Una mujer del Alto Valle logró una resolución histórica: el Poder Judicial de Cipolletti autorizó el cambio de su nombre, inscripto hace más de 6 décadas a raíz de una apuesta familiar.
La historia comenzó a principios de los años ‘60, cuando su padre acudió solo al Registro Civil para inscribirla. En la puerta, un primo lo desafió a anotarla con un nombre inusual, elegido al azar. El hombre aceptó la broma, sin imaginar que ese gesto definiría parte de la vida de su hija.
Desde niña, la mujer soportó burlas y humillaciones por su nombre. En la adolescencia abandonó la escuela para evitar oírlo en público y, ya de adulta, evitó todo trámite donde figurara su documento. «No tramitó pasaporte, ni tarjetas de crédito, ni se inscribió en su jubilación», indica el fallo. Incluso en su casamiento, escuchar su nombre en voz alta fue una experiencia dolorosa.
Durante décadas, se presentó socialmente con otro nombre -una inicial, ‘A.’, en los documentos judiciales-, el mismo que usó en su entorno, en redes sociales y en actividades artísticas. En agosto de 2025, inició una acción judicial para reemplazar los prenombres impuestos por el que la representaba realmente.
El pedido fue acompañado por testimonios, capturas de pantalla, certificados y un informe técnico interdisciplinario que concluyó que el cambio sería «una forma simbólica de reparación».
Tanto el Ministerio Público Fiscal como el Registro Civil avalaron el pedido. El tribunal de Familia consideró que existían «justos motivos» conforme al Código Civil y Comercial, que contempla la modificación cuando el nombre afecta la personalidad o cuando la persona usa habitualmente otro.
En noviembre de 2025, la Justicia ordenó eliminar los prenombres originales y rectificar su partida de nacimiento, reconociendo oficialmente su identidad elegida.
Después de 60 años de cargar con un nombre impuesto por una broma, la mujer consiguió finalmente llamarse como siempre quiso.









