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Juicio por jurados en Roca: Declararon culpable a Carriqueo por el femicidio de Nicole Posada

El brutal hecho ocurrió en febrero de 2024 en la zona norte de la ciudad.

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El jurado popular declaró culpable por unanimidad a Oscar Fernando Efraín Carriqueo Phomphakdy por el femicidio de Nicole Posada, ocurrido el 17 de febrero de 2024 en Roca.

El juicio, que fue transmitido en vivo por las Áreas de Comunicación del Poder Judicial y del Ministerio Público, constituyó el juicio por jurados número 21 realizado en la provincia de Río Negro.

El debate comenzó el lunes y se extendió durante toda la semana. Declararon más de 27 testigos, entre personal policial, forense, familiares y allegados a la víctima. Este viernes se desarrollaron los alegatos de clausura, las instrucciones finales y la deliberación del jurado.

El jurado popular, integrado por doce personas —seis mujeres y seis varones— encontró culpable al imputado por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (femicidio).

El hecho

De acuerdo con la acusación, el femicidio ocurrió en la madrugada del sábado 17 de febrero de 2024, entre las 3:00 y las 6:30, en la vivienda ubicada en Tránsito Toledo al 2000, en Roca, donde convivían la víctima, el imputado y sus cinco hijos menores de edad.

La fiscalía sostuvo que Oscar Carriqueo Phomphakdy golpeó a Nicole Posada aprovechando su situación de vulnerabilidad y la asimetría de poder entre ambos. Según la investigación, ante la resistencia de la mujer, el hombre utilizó una barra de hierro con la que la golpeó en la cabeza, provocándole una lesión craneana que ocasionó su muerte en el lugar.

El imputado fue juzgado detenido y bajo prisión preventiva. La fiscalía lo acusó como autor del delito de femicidio, conforme a los artículos 80 incisos 1 y 11 y 45 del Código Penal, y en línea con lo dispuesto por la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Al finalizar la audiencia, la fiscalia solicitó que se extienda la preventiva hasta que el fallo quede firme. Como no hubo controversia el juez concedió la medida cautelar.

Selección del jurado

La audiencia de selección se realizó la semana previa al debate, de forma oral y pública, en la Ciudad Judicial de Roca. Participaron todas las partes del proceso, incluido el imputado. Luego de las entrevistas y exclusiones por causas legales, se conformó un jurado equilibrado con representantes de diversas edades y localidades de la Segunda Circunscripción Judicial.

El juez técnico Oscar Gatti explicó a las personas seleccionadas sus derechos y obligaciones, y encabezó el desarrollo del juicio durante toda la semana.

El juicio

El juicio comenzó el lunes 7 de abril con las instrucciones iniciales y los alegatos de apertura. Las jornadas se desarrollaron durante cinco días consecutivos, entre las 8:30 y las 16:00, con audiencias públicas en el salón Auditorio de la Ciudad Judicial de Roca.

Durante el debate se presentaron más de 40 testigos, junto con pruebas documentales, fotografías y elementos secuestrados durante la investigación. Este viernes se llevaron a cabo los alegatos finales y el juez Gatti brindó las instrucciones de deliberación al jurado, que se retiró a debatir en sesión secreta.

Después de analizar la prueba presentada y deliberar, el jurado alcanzó un veredicto unánime de culpabilidad.

Cómo sigue el proceso

Con este veredicto finalizó la etapa del juicio por jurados. Ahora las partes tendrán cinco días hábiles para ofrecer nuevas pruebas en el juicio de cesura, donde el juez técnico Oscar Gatti definirá la pena que le corresponderá al imputado.

Como todos los debates bajo esta modalidad, el juicio fue transmitido en vivo por el canal institucional de YouTube, en una iniciativa conjunta de las áreas de Comunicación del Poder Judicial y del Ministerio Público para garantizar la transparencia del proceso.

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Solicitó la baja del servicio de TV y le debitaron 14 facturas más: Condenan a la empresa de cable

La compañía reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio.

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Un hombre solicitó la baja del servicio de televisión por cable. Lo hizo de manera personal en la sucursal de Roca. En esa ocasión tomó nota del número de trámite y se retiró del local. A pesar de las gestiones, la empresa siguió debitando el servicio. Desde ese momento, el hombre persiguió el reclamo por el reintegro de 14 facturas abonadas sin su consentimiento. Ante la falta de respuestas, recurrió al Poder Judicial.

El fuero Civil hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra Telecom Argentina S.A. El Tribunal consideró que la empresa no brindó un trato digno al cliente ni proporcionó la información necesaria. Esta situación demoró la resolución del conflicto, lo que derivó en el reclamo judicial.

La empresa reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio. Según su versión, el vínculo contractual continuó durante un año y dos meses más.

La jueza consideró que la proveedora del servicio no presentó el contrato actualizado ni documentación suficiente sobre la presunta recontratación. La empresa, finalmente, también reconoció un saldo a favor del cliente, correspondiente a ajustes por facturación indebida.
La magistrada explicó que «el incumplimiento de la carga probatoria constituye una presunción en contra de los proveedores, en tanto es la parte fuerte de la relación de consumo quien se encuentra en mejor posición para aportar una evidencia que acredite la finalización de la relación de consumo y la presunta renovación del servicio».

Un peritaje informático reveló una solicitud telefónica de anulación del servicio, lo que despejó dudas sobre la supuesta reactivación. Incluso en su sistema interno, la empresa consignó «no lo quiere», en referencia al servicio.

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Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

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El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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