Seguinos

Río Negro

Proyectan penalizar a conductores que ocasionen siniestros viales bajo los efectos del alcohol o estupefacientes

Se busca que reintegren al Estado los gastos incurridos en atendió médica, asistencia y la logística de fuerzas de seguridad y bomberos.

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Legisladores que integran diferentes comisiones debatieron ayer martes (03/06) una iniciativa orientada a penalizar a los conductores que hayan ocasionado siniestros viales bajo los efectos del alcohol, estupefacientes o por «conductas irregulares graves», exigiéndoles reintegrar al Estado provincial los gastos incurridos en su atención médica, asistencial y en la logística de fuerzas de seguridad y bomberos.

Fernando Frugoni (ARI-Cambiemos), impulsor del proyecto, enfatizó que «lo que se propone es que esos costos que el Estado asume, es decir, toda la sociedad con sus aportes, los pague quien los provocó», y que «quien conduce un vehículo alcoholizado o drogado, o ambos, se haga cargo de los gastos que le provoca al Estado, el despliegue de de la fuerza policial y los bomberos».

El legislador propuso modificaciones a su proyecto original que incluyen la especificación de que los Ministerios de Salud y Seguridad fijarán los costos correspondientes, y la obligatoriedad de realizar capacitaciones en seguridad vial para los infractores.

Ante cuestionamientos de Luciano Delgado Sempé (Vamos con Todos), Frugoni refutó el argumento de que los responsables son siempre «enfermos» adictos, destacando que muchos siniestros son causados por personas que simplemente exceden el consumo ocasional de alcohol y drogas.

Delgado Sempé expresó su preocupación por la «puerta» que podría abrirse para cobrar a los ciudadanos por afecciones autoinducidas, comparando el alcoholismo con la obesidad y «la posibilidad de que se cobre a un obeso por un atracón que lo lleve al Hospital». También cuestionó hasta dónde se extendería esta lógica: «La adicción es una enfermedad, el alcoholismo, las drogas. Digo, ¿hasta dónde lo vamos a abrir?».

Aunque manifestó estar «totalmente de acuerdo» en cobrar a quienes tienen la capacidad económica, expresó su preocupación por los más vulnerables. «La persona que no tiene recursos le está dejando un problemón a la familia también», temiendo que una deuda pueda dejar a las viudas o familias en la calle.

Otros bloques también manifestaron sus reservas y la necesidad de un estudio más profundo. El legislador Ariel Bernatene (UCR) señaló dudas conceptuales, argumentando que las sociedades «generan sus propias patologías» y que las adicciones son «producto del malestar en la cultura». Cuestionó si la ley no sería un «parche» que busca cobrar «dos veces» a los ciudadanos cuando el Estado ya ha fallado en la prevención y la Justicia.

Por su parte, el legislador Pedro Dantas (PJ-Nuevo Encuentro) propuso que la responsabilidad del conductor sea establecida por la «autoridad judicial competente».

La legisladora Yolanda Mansilla Primero Río Negro), desde una perspectiva legal, sugirió que la Provincia debería tener la obligación de presentarse en cada expediente judicial para recuperar los fondos, reconociendo la dificultad de cuantificar ciertos gastos y la imposibilidad de cobrar en muchos casos.

Ante las propuestas de modificación y las diversas dudas planteadas, se resolvió dejar el proyecto en estudio de la comisión.

Río Negro

Salud recibió 450.000 unidades de medicamento producido por PROFARSE

El compuesto combina un antihipertensivo y un diurético, fundamental para tratar la hipertensión arterial.

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El Ministerio de Salud recibió en los últimos días una partida de 450.000 comprimidos para poder abastecer a los hospitales públicos de toda la provincia de un nuevo medicamento que combina un antihipertensivo y un diurético, fundamental para tratar la hipertensión arterial.

Se trata del compuesto Enalapril 10 mg / Hidroclorotiazida 25 mg en comprimidos, formulado íntegramente en las instalaciones de la Productora Farmacéutica Rionegrina Sociedad de Estado (PROFARSE) bajo estrictas normas de calidad.

La partida fue recibida en la Droguería Central del Ministerio de Salud, desde donde están siendo distribuidos por salud pública en los 36 hospitales de la provincia.

Por otra parte, el laboratorio provincial entregó en lo que va del año 1 millón de comprimidos de Enalapril 10, como parte de su compromiso con la salud pública provincial, brindando un producto innovador y de excelencia, fortaleciendo el rol de la producción pública como pilar estratégico del acceso a la salud en nuestra provincia y el país.

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Río Negro

IPROSS no exige reempadronamiento a pacientes crónicos ya registrados

El programa de cobertura de medicamentos crónicos continúa vigente para quienes ya se encuentran empadronados, sin necesidad de repetir el trámite.

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El Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) no está reempadronando a afiliados con enfermedades crónicas que ya están registrados. Asimismo, se recuerda que el programa de cobertura de medicamentos crónicos continúa vigente para quienes ya se encuentran empadronados, sin necesidad de repetir el trámite.

La entidad provincial está reforzando sus canales de atención e invitando a quienes padecen de patologías de tratamiento prolongado, que aún no lo han informado a IPROSS, a empadronarse para poder acceder a la cobertura de hasta el 70% en medicamentos vinculados a enfermedades crónicas. Esta medida busca agilizar la atención y facilitar el acceso a tratamientos esenciales para más afiliados.

Empadronamiento digital para nuevos pacientes crónicos

El trámite puede realizarse de forma presencial en las delegaciones o de manera remota, enviando la documentación a través del WhatsApp 2920 263486 o al correo electrónico [email protected]. Esta vía digital permite simplificar el proceso, evitar traslados y optimizar los tiempos administrativos.

Documentación necesaria

Para iniciar el trámite, se requiere presentar el Formulario de Solicitud de Tratamiento para Pacientes con Patologías Crónicas, que puede descargarse desde ipross.rionegro.gov.ar o solicitarse en delegaciones. El formulario debe estar completo y contar con:

  • Historia clínica actualizada, con letra legible
  • Detalle de la medicación requerida, vinculada al diagnóstico
  • Fecha, firma y sello del médico tratante
  • Estudios complementarios con una antigüedad no mayor a seis meses

Toda la documentación puede enviarse por los canales digitales habilitados.

¿Por qué es importante empadronarse?

El empadronamiento permite acceder a una cobertura de hasta el 70 % en medicamentos crónicos, lo que representa un beneficio clave para las personas con tratamientos prolongados. Además, contar con un registro actualizado de pacientes facilita la planificación de compras, el abastecimiento de medicamentos y una gestión más eficiente de los recursos.

Únicamente acceden al beneficio de cobertura en plan Crónico del 70% quienes se encuentran empadronados

En caso de no estar empadronado como paciente crónico, las farmacias no podrán aplicar descuentos ni por crónico ni por medicamento ambulatorio, ya que los productos contemplados dentro del plan de crónicos están clasificados exclusivamente como tales. Por eso, es fundamental realizar el empadronamiento para acceder al beneficio.

Niveles de cobertura

  • Hasta el 70% para medicamentos vinculados a enfermedades crónicas (con empadronamiento).
  • En el caso de patologías agudas o tratamientos ambulatorios, la cobertura es de hasta el 50 %

Atención y consultas
Para más información, IPROSS recuerda que están disponibles los canales de atención: 0800 333 4776 o por WhatsApp al 2920 475511 (todos los días, de 8 a 2 am).

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Judiciales

Pertenece a una familia judía pero, por error, le cambiaron una letra del apellido en la partida de nacimiento

Después de muchos años, fue a la Justicia para que lo rectifiquen. Una jueza ordenó cambiar la falla ortográfica del nombre ya que no causa perjuicio a terceros y responde al derecho del nombre como componente fundamental de la identidad.

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Su nombre está escrito en las Santas Escrituras judías. Sus padres, de origen hebreo, lo eligieron, pero no advirtieron el error en la inscripción de la partida de nacimiento. La encargada del Registro Civil cambió la letra «Z» por la «X» y lo sagrado se convirtió en peyorativo.

Una jueza de familia de Roca hizo lugar a la solicitud de rectificación y ordenó al organismo cambiar la falla ortográfica del nombre en la partida de nacimiento.

En la presentación, el hombre expresó que esa corrección es muy importante, ya que pertenece a una familia judía. Su madre tomó el nombre de sus raíces religiosas y verlo escrito de otra manera le genera rechazo.

El nombre no representa su verdadera identidad ni el significado real por el cual fue elegido por sus padres. La discordancia entre su identidad vivida y su nombre oficial le produce rechazo y obstáculos prácticos, especialmente al realizar trámites o al identificarse ante organismos.

El hombre vivió muchos años en Israel y, durante el trámite, presentó como pruebas unas cartas enviadas a sus padres, firmadas con el nombre escrito correctamente, tal como siempre se identificó.

La jueza analizó la prueba reunida y concluyó que se cumplían los requisitos legales para acceder a la solicitud. Fundamentó su decisión en el artículo 69 del Código Civil y Comercial de la Nación, que permite el cambio de nombre por justos motivos, y afirmó que la identidad es un proceso dinámico vinculado a la personalidad y los vínculos sociales.

La sentencia indica que el cambio solicitado no causa perjuicio a terceros y responde al derecho personalísimo del nombre como componente fundamental de la identidad.

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