Judiciales
Piden que internos tengan arresto domiliciario por superpoblación
Lo solicitó el Defensor Luis Carrera para los internos de «El Maruchito».

En la jornada de hoy se llevó a cabo la segunda audiencia oral y pública para avanzar en un plan integral de reparaciones del Establecimiento de Ejecución Penal Nº 2, en relación a tres ejes centrales: arreglo del sistema eléctrico, filtraciones y fallas en el sistema de calefacción. La misma se desarrolló en el marco del recurso de habeas corpus y su posterior ampliación que fue interpuesto por el Defensor de Ejecución Penal, Eduardo Luis Carrera, en relación a las condiciones de detención, seguridad e integridad física de sus asistidos alojados en ese establecimiento.
La defensa propuso como medida alternativa, para solucionar los problemas eléctricos, particularmente en el pabellón 3, que en caso de que no se pueda resolver esta problemática de riesgo en un corto plazo, que a los internos que se encuentran en el Anexo del Maruchito de esta ciudad, con beneficios de salidas transitorias y semilibertad y que posean una pena corta, se les conceda el arrestro domiciliario con pulsera electrónica para descongestionar el espacio y de esta manera, reubicar a los internos en dicho lugar o en su defecto, que sean traslados a otras unidades penales cercanas, respetando los vínculos familiares, continuándose además con la medida ya dictada por el Juez de prohibición de nuevos ingresos al Penal 2, hasta tanto se realicen las refacciones urgentes y teniendo en cuenta además la superpoblación.
El defensor Eduardo Luis Carrera señaló, que tanto de lo que surge de los informes de los peritos agregados a las actuaciones, de las testimoniales tomadas bajo juramento de ley, como las inspecciones realizadas, se detectaron filtraciones sobre el cableado eléctrico precario que pone en riesgo inminente la vida de sus asistidos como el resto de los internos. Remarcó que existen riesgos de cortocircuito por sobrecalentamiento y en consecuencia probabilidad de incendio de acuerdo a los informes de los ingenieros de oficio y de parte . Asimismo, el representante del Ministerio de la Defensa solicitó que el Estado en forma inmediata, en su carácter de garante de la seguridad penitenciaria, extreme todos los recaudos necesarios para anular esta situación de riesgo a fin de garantizar la integridad física y la seguridad de sus defendidos, bregando ademas por el bien del resto de la población carcelaria y de todo el personal que trabaja y transita por el establecimiento.
«Esta puesta de peligro conlleva una responsabilidad directa de los deberes del Estado y por lo tanto, este riesgo al que se llegó, es el que debe evitar el Estado para no incurrir en una negligencia grave, en función de la normativa constitucional y de la Convención Americana de Derechos Humanos, teniendo en cuenta además las pautas establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al fijar las normativas a tener en cuenta al respecto, de que los estados partes deben velar por la integridad física de aquellas personas privadas de libertad», remarcó el defensor. En este sentido, destacó la predisposición de las autoridades estatales para dar solución a los problemas técnicos y el avance en la compra y colocación de membranas, que permitirán solucionar de manera urgente las filtraciones en las tres celdas más afectadas como así también en otros sectores, como el pasillo central donde se encuentra el tablero eléctrico y el área donde permanece parte del personal penitenciario.
En cuanto a los problemas eléctricos, que se desprenden de los informes presentados por los peritos, se analizó en la audiencia los plazos de ejecución de los arreglos. Por parte de la defensoría y de la fiscalía se solicitó que los mismos sean resueltos en un plazo urgente, particularmente en el pabellón 3, que es uno de los más afectados del establecimiento.
Por su parte, los representantes de la Secretaría de Justicia de la Provincia ofrecieron como plazo estimado 2 meses para terminar con la obra provisoria de la instalación de una tablero principal de electricidad y de tableros secundarios. Asimismo, se acordó la presentación de un informe de parte de las autoridades estatales, con los avances de la obra al tribunal y a las partes involucradas.
Con respecto a las fallas en el sistema de calefacción, se determinó que un plazo estimado de 15 días se entregarán las frazadas y en una semana la instalación de los caloventores en el establecimiento. También se fijó que en una semana se realizará una nueva inspección al penal a los fines de verificar el estado y las condiciones de la temperatura.
Participaron del encuentro, el Juez Juan Pablo Chirinos, representantes del Ministerio Público de la Segunda Circunscripción, la defensora de Ejecución Penal de Cipolletti, la Dra. Laura Gonzalez Vitale, integrantes del Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia, de la Fiscalía de Estado, del Servicio Penitenciario Provincial. También estuvieron presentes el Ingeniero en Electricidad y especialista en Seguridad e Higiene, Alberto Julio Delord como perito oficial, y el ingeniero Alejandro Omar Ulloa, como perito de parte. Ambos profesionales recorrieron las instalaciones del Penal la semana pasada y presentaron sus respectivos informes preliminares, en los que coincidieron en destacar la precaria situación del tablero principal de electricidad y de los tableros secundarios, así como los problemas de “sobrecorriente” en el tendido.
Mañana está previsto que el Juez de a conocer la sentencia definitiva en relación a la medida dispuesta el viernes pasado acerca de la prohibición del ingreso de nuevos detenidos en el establecimiento y acerca de lo analizado en esta jornada.
Judiciales
Caso Valentín Mercado: Piden confirmar la condena contra el anestesiólogo por el daño cerebral irreversible
Tras la apelación de la defensa del profesional condenado por homicidio culposo, la Fiscalía solicitó al Tribunal de Impugnación que ratifique la sentencia en todos sus términos.

La causa por la muerte del niño Valentín Mercado Toledo sumó una instancia clave en el Tribunal de Impugnación de Río Negro. Tras el recurso presentado por la defensa del anestesiólogo condenado por homicidio culposo, la Fiscalía y la querella solicitaron formalmente que se confirme la sentencia original, rechazando cualquier reducción de la pena o limitación de la inhabilitación profesional.
El eje del conflicto radica en el planteo del profesional, quien busca que su inhabilitación para ejercer se circunscriba únicamente al ámbito pediátrico. Ante esto, el fiscal del caso fue tajante al señalar que la desatención durante la cirugía fue la causa directa del desenlace fatal. «Lo sucedido fue que la desatención por parte del imputado impidió advertir el súbito taponamiento, lo que derivó en un paro cardíaco», explicó. Según el Ministerio Público, el médico no cumplió con el consentimiento informado en el que asumía la responsabilidad de velar por el paciente durante toda la intervención.
La reconstrucción de los hechos indica que existieron cuatro minutos iniciales y determinantes en los que el anestesiólogo no actuó conforme a su rol. Si bien luego se logró estabilizar al niño con adrenalina y un cambio de tubo traqueal, la demora fue tan extensa que el daño cerebral resultó irreversible.
La querella acompañó estos argumentos, dejando la decisión final en manos del Tribunal, que ya pasó a deliberar.
Judiciales
Compensación económica tras una unión convivencial: Reconocen desequilibrio estructural y contexto de violencia
Se conocieron hace más de dos décadas y tuvieron un hijo. Pero la situación se volvió insostenible con el paso de los años.

Se conocieron en la facultad hace más de 20 años. Ella era alumna y tenía el sueño de recibirse de licenciada; él trabajaba como ayudante de cátedra. Al poco tiempo, ella abandonó sus estudios y sus proyectos para acompañar el crecimiento profesional de él.
Así, la joven se convirtió en asistente técnica en las películas de su pareja y en cuidadora de su familia. Durante casi dos décadas, sostuvo el hogar y los proyectos del hombre. Mientras la pareja acumulaba títulos académicos y prestigio, ella perdía autonomía. No tenía ingresos propios y dependía por completo de la voluntad de su pareja.
La situación se volvió insostenible con el paso de los años. Así, decidió dejar la vivienda familiar junto con su hijo. Dejó los equipos de trabajo, la casa que ayudó a construir y los vehículos de la familia. Regresó a la vivienda de sus padres, sin ahorros y con su carrera universitaria sin terminar. El hombre quedó con todos los bienes y mantuvo su estabilidad profesional intacta.
Ante esta realidad, recurrió al Poder Judicial para iniciar una compensación económica y reparar la desigualdad que provocó la ruptura.
El fuero de familia de Roca hizo lugar a la demanda. La jueza consideró acreditado un desequilibrio económico, derivado de la dinámica de la relación y de su ruptura.
La mujer mantuvo una relación de más de 20 años en la que postergó su desarrollo profesional y académico. Acompañó los proyectos laborales de su pareja y asumió, de manera casi exclusiva, las tareas domésticas y de cuidado, incluida la crianza del hijo en común.
También expresó que la relación se desarrolló en un contexto de violencia de género, caracterizado por control, descalificaciones y limitaciones a su autonomía personal y económica.
Por su parte, el hombre negó la existencia de desequilibrio y sostuvo que su crecimiento profesional fue fruto de su esfuerzo personal. Afirmó que la mujer desarrolló capacidades en el ámbito audiovisual y que contaba con posibilidades de inserción laboral.
La jueza destacó que la compensación económica tiene como finalidad corregir el perjuicio patrimonial que puede generar la ruptura de una vida en común, cuando una de las partes queda en situación de desventaja.
De la prueba producida surgió que durante la convivencia existió una asimetría de poder desde el inicio de la relación, que se trasladó a los ámbitos laboral y familiar. Se acreditó que la mujer quedó en una posición de dependencia, con limitaciones para desarrollar su autonomía, mientras que el hombre consolidó su carrera académica y profesional.
La jueza de Familia hizo lugar al reclamo y ordenó que el hombre el pago de una compensación. La magistrada destacó que existió un contexto de violencia de género y económica.
Judiciales
En Río Negro, las mujeres ocupan más de la mitad de los cargos jerárquicos judiciales
Representan el 55%, contra el 45% de los varones.

En el Poder Judicial de Río Negro, las mujeres ocupan el 55% de los cargos de juezas, jueces, secretarias y secretarios de las áreas jurisdiccionales, mientras que los varones representan el 45%.
La distribución cambia según la función. Del total relevado, el 68% corresponde a juezas y jueces y el 32% a secretarias y secretarios. Entre las 175 personas que ocupan cargos de juezas y jueces, el 45% son mujeres y el 55% varones. Entre las 84 personas que se desempeñan como secretarias y secretarios, en cambio, la presencia femenina asciende al 76%, frente al 24% de varones.
Pirámide demográfica y composición por áreas
El relevamiento registra 1.843 agentes en organismos jurisdiccionales y auxiliares. De ese total, 1.188 son mujeres y 655 varones. Además de juezas, jueces, secretarias y secretarios, la composición por función muestra mayoría femenina en el personal jurisdiccional, con 594 agentes, de los cuales el 78% son mujeres; en el personal de Mediación, con 81 cargos, también con 78% de mujeres; y en las áreas auxiliares, con 655 agentes, donde las mujeres representan el 62%. La única función con mayoría masculina, además de la magistratura, es la del personal de servicio: allí hay 254 cargos, con 55% de varones y 45% de mujeres.
La pirámide demográfica muestra que la mayor concentración del personal se ubica entre los 36 y 50 años, tanto en mujeres como en varones. En la distribución por fueros y organismos con equipos, el 39% del personal corresponde a organismos no jurisdiccionales, con 716 agentes, mientras que el 61% restante, con 1.127 agentes, se desempeña en organismos jurisdiccionales y de Mediación. Dentro de esa estructura, el bloque más numeroso reúne al fuero Civil, Comercial, Minería, Contencioso Administrativo y Familia, incluida la segunda instancia, con el 25% del total. Le siguen el fuero Penal con el 15%, Justicia de Paz con el 8%, el fuero del Trabajo con el 6%, Mediación con el 4% y el Superior Tribunal de Justicia con el 3%.
La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.





