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Judiciales

Elevan a juicio causa contra Limardo

Se le atribuye al ex Director de Recursos Humanos haber defraudado los intereses confiados por la Administración Pública Provincial, violando sus deberes.

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El Juez Carlos Mussi, titular del Juzgado de Instrucción N° 4 de Viedma, resolvió elevar a juicio la causa que se sigue contra Gabriel Esteban Limardo, Silvana Ayelen Traipe, Myrian Noemi Mamani y Olga Amalia Asaroff por defraudación, luego de declarar clausurada la etapa de instrucción y habiendo transcurrido el término previsto sin que la defensa deduzca excepciones u oposición. Se le atribuye a Gabriel Esteban Limardo, como Director de Recursos Humanos del Ministerio de Gobierno de la provincia de Río Negro haber sido quién habría defraudado los intereses confiados por la Administración Pública Provincial, violando sus deberes y la confianza en él depositada, abusando de su autoridad y adulterando documentos públicos, habría sido responsable de varios hechos en perjuicio del Estado.

En primer lugar aproximadamente en el mes de abril del año 2013, Limardo habría confeccionado documentos falsos que en fotocopia simulaban representar decretos en los que se designaba respectivamente a Myrian Noemí Mamani como Directora de Despacho del Ministerio de Gobierno, a Olga Amalia Asaroff como Directora de Control de Gestión del Ministerio de Gobierno y a Silvina Ayelen Traipe como Directora de Control Territorial de la entonces Secretaría de Seguridad y Justicia dependiente del Ministerio de Gobierno. En los decretos originales, en cambio, se resolvían otras cuestiones no relacionadas ni con designación de persona alguna ni con las nombradas. Limardo habría confeccionado tres documentos falsos, imitando el formato real de los decretos y con esas fotocopias falsas habría engañado al personal de la dirección a su cargo, haciendo registrar el empleo de dichas personas, en cargos inexistentes y sin la existencia de contraprestación alguna, comenzando a percibir haberes desde el 15 de abril de 2013 al 31 de enero de 2014 causando un perjuicio al Estado calculado en la suma de 751660 pesos. Se investiga si para todo ello, Limardo habría contado con el aporte de las nombradas Olga Amalia Asaroff, Myrian Noemí Mamani y Silvana Ayelen Traipe, toda vez que ellas habrían suscripto los formularios de apertura de las cuentas sueldo del Banco Patagonia y habrían recibido las tarjetas de débito respectivas, percibiendo los haberes ilegítimamente depositados, ya sea por extracción por caja, por cajero o por compras con las tarjetas.

Otro de los hechos que se le atribuye a Limardo es que en el transcurso del trámite del expediente administrativo de la entonces Secretaría de Seguridad y Justicia dependiente del Ministerio de Gobierno, habría insertado falsamente en el anexo del decreto a varias personas haciéndolos figurar como estudiantes graduados aptos para su ingreso, siendo designados en dicho decreto como empleados públicos del Servicio Penitenciario provincial a partir del 1 de abril del 2013. Para ello, dolosamente habría sustituido el anexo del pase verdadero, del 23 de agosto de 2013 y habría agregado el listado con esas personas sabiendo que no prestaban servicios ni cumplían los requisitos para hacerlo.

En segundo lugar, habría falsificado o insertado los certificados (apócrifos) de aprobación del “Curso de Escopetero Penitenciario” respecto de las once personas. En tercer lugar, en fecha aproximada entre el 17 de marzo del 2014 y el 20 de marzo del 2014, el imputado, quien tenía a su disposición la totalidad del expediente de mención de vuelta en su despacho, después de efectuados los controles administrativos previos, habría desglosado el original listado y colocado en su lugar el apócrifo, conteniendo las once personas referidas.

Las once personas añadidas no prestaban servicio y surge que las personas no habrían realizado tal curso, menos aprobado, ni desempeñado labor alguna en el Servicio Penitenciario de la manera detallada. Limardo habría logrado que en fecha de 30 de abril de 2014 se dictara un decreto en cuyo anexo se incluyó a varias personas con el objeto de que percibieran haberes sin contraprestación alguna, causando un perjuicio al Esado por la suma de 502.123 pesos.

Para todo ello, se investiga si habría contado con el aporte de Ángel Luis Avaca, Felisa Yolanda Hernández, Tiago Gregorio Hernández, Elisa Ester Quiñenao, Viviana Beatriz Quiñenao, Guillermo Claudio Rezzonico, Florencia Noemí Traipe; porque ellos habrían suscripto los formularios de apertura de las cuentas sueldo del Banco Patagonia y habrían recibido las tarjetas de débito respectivas, con el fin de percibir los haberes que ilegítimamente se depositarían.

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Judiciales

Comenzó el juicio contra cuatro policías acusados de torturar a dos adolescentes en Alta Barda

El juicio se extenderá durante cinco jornadas más y contará con la declaración de más de 30 testigos.

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Comenzó el debate oral por el hecho que investiga una serie de acciones que cuatro policías habrían cometido contra dos adolescentes en junio de 2024, en el playón deportivo del barrio Alta Barda de General Roca.

El Tribunal Colegiado comenzó a escuchar a los primeros testigos propuestos por el Ministerio Público Fiscal, teniendo en cuenta que la pretensión punitiva supera los 3 años de prisión.

Durante la primera jornada declararon la madre de uno de los jóvenes, la hermana de ella y dos enfermeras del servicio de emergencias.

El debate continuará durante cinco jornadas más. Para este miércoles (19/08) está prevista, entre otras medidas probatorias, la reproducción de las Cámaras Gesell.

Según la teoría del caso presentada por la Fiscalía, el hecho ocurrió el 15 de junio de 2024, entre las 2.05 y las 4.30, cuando los cuatro imputados, que se movilizaban en un móvil policial tipo pick up y prestaban funciones en la Comisaría 47° de J.J. Gómez, llegaron al playón deportivo del barrio Alta Barda.

La acusación sostiene que uno de los policías habría efectuado disparos al aire para dispersar a quienes se encontraban en el lugar y que, posteriormente, tras identificar a los dos adolescentes, los habría hecho subir al móvil frente a sus tres compañeros.

De acuerdo con el relato fiscal, una de las policías conducía, otra se encontraba en la cajuela y el restante ocupaba el asiento trasero junto a los adolescentes.

La acusación plantea que los jóvenes fueron trasladados a un descampado y que allí uno de los policías habría golpeado a ambos. Según la Fiscalía, las dos mujeres policías le pedían que detuviera su accionar, mientras el otro hombre observaba.

Siempre según la acusación, posteriormente el mismo efectivo les habría ordenado correr y efectuado nuevas detonaciones hacia los pies de los adolescentes. Uno de ellos habría sufrido una herida en el muslo izquierdo producto del impacto de un perdigón.

La Fiscalía también sostuvo que el policía habría amenazado a los jóvenes mientras tenía un arma cargada y que finalmente ambos lograron escapar hacia la zona de las sierras, donde permanecieron ocultos.

La calificación legal es torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por el carácter de funcionario policial, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma. Uno de los policías respondería como autor, mientras que los otros tres lo harían en carácter de partícipes necesarios.

Las defensas, en tanto, cuestionaron tanto la teoría de la fiscalía como la calificación legal. El defensor penal público Juan Pablo Chirinos sostuvo que su asistido reconoció el hecho, aunque no en el grado ni con la participación que plantea la acusación, y afirmó que para esa parte no existió tortura.

Por su parte, Flavia Rojas planteó que la defensa discutirá la teoría fiscal a partir de la desigualdad existente en la fuerza policial entre hombres y mujeres y su impacto en la labor de su asistida.

El juicio está previsto durante toda esta semana, desde las 8.30, en los Tribunales de General Roca.

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Judiciales

Identificaron al joven que fue asesinado a tiros en la zona oeste de Roca

La investigación busca determinar cómo ocurrió el crimen, identificar a los responsables y localizar las armas que habrían sido utilizadas.

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Un joven de 19 años fue asesinado durante la noche del jueves (14/08) en la zona oeste de General Roca, luego de recibir múltiples disparos de arma de fuego. La víctima fue identificada como Diego Nicolás Gutierrez, quien murió como consecuencia de las heridas provocadas durante el ataque.

El hecho ocurrió dentro de la jurisdicción de la Comisaría 47° y es investigado por el Ministerio Público Fiscal, bajo la coordinación de la fiscal Verónica Villarruel.

En la escena trabajaron integrantes de la Fiscalía de Turno, el Gabinete de Criminalística, la Unidad Operativa del Ministerio Público, la Policía de Río Negro y la Brigada de Investigaciones.

El cuerpo del joven fue trasladado a la Morgue Judicial de General Roca, donde profesionales médicos realizarán la autopsia para determinar con precisión la causa y las circunstancias del fallecimiento.

Mientras tanto, los investigadores continúan con distintas diligencias para reconstruir lo ocurrido, identificar a los responsables del homicidio y avanzar en la búsqueda de las armas utilizadas en el ataque.

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Judiciales

Acusan a un hombre de enviar mensajes y audios sexuales a una adolescente

La Fiscalía sostuvo que el imputado contactó a la víctima entre julio y agosto de 2025 y le envió mensajes y audios de contenido sexual, sabiendo que era menor de edad.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por el delito de acoso sexual infantil, en una causa en la que se investiga el contacto que habría mantenido con una adolescente a través de WhatsApp y el envío de mensajes y audios de contenido sexual.

La audiencia se realizó este viernes (14/08) en el Foro Penal de General Roca. La fiscal adjunta Daniela Espinoza Sagredo detalló que los hechos investigados ocurrieron entre julio y agosto de 2025.

Según la acusación, el hombre se comunicó con la adolescente mediante WhatsApp y le envió mensajes y audios de contenido sexual, a sabiendas de que se trataba de una menor de edad. La calificación legal propuesta es acoso sexual infantil en carácter de autor.

La investigación comenzó luego de que la madre de la joven escuchara a su hija hablar por teléfono con una persona desconocida, a quien le brindaba información sobre sus rutinas y horarios. Ante esta situación, la mujer realizó la denuncia penal que dio inicio a las actuaciones judiciales.

Como principal evidencia, la Fiscalía presentó un informe técnico de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones. El análisis de los teléfonos del imputado y de la víctima permitió identificar más de 1.000 páginas de registros, conversaciones y archivos de audio que sustentan la acusación.

El legajo también incorpora el acta del allanamiento realizado en la vivienda del imputado, en Cipolletti, y un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. Este último documento explicó las razones técnicas por las cuales no fue posible realizar una entrevista en Cámara Gesell a la adolescente. Además, se anexó como prueba el Certificado Único de Discapacidad de la menor.

Durante la audiencia, la defensa del acusado, a cargo del abogado Pablo Barrionuevo, no presentó objeciones formales a la imputación, aunque señaló que discutirá la interpretación que la Fiscalía realiza de los mensajes. El imputado, por su parte, hizo uso de su derecho constitucional y optó por no declarar.

Tras escuchar a las partes, el juez de Garantías Gustavo Quelín dio por iniciada la etapa de investigación penal preparatoria por un plazo de cuatro meses.

¿Qué es el grooming?

El grooming es una forma de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes en el entorno digital, mediante la cual una persona adulta establece contacto con fines sexuales a través de medios tecnológicos, utilizando estrategias de engaño, manipulación y sometimiento emocional.

En Argentina, el delito de grooming está tipificado en el artículo 131 del Código Penal y contempla una pena de prisión de seis meses a cuatro años.

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