Judiciales
Confirman y aumentan indemnización por 0 Km que presentó fallas
Aumentaron de $10.000 a $20.000 la reparación por «daño moral» a una vecina de Villa Regina.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Roca confirmó y elevó la indemnización por daño moral a una mujer que adquirió un auto cero kilómetro y se vio privada de su uso durante varios meses debido a los problemas de funcionamiento que aparecieron luego del primer service oficial. La sentencia, con voto rector de la jueza Adriana Mariani y adhesión de su par Gustavo Martínez, elevó de 10.000 a 20.000 pesos la reparación por el rubro «daño moral», haciendo lugar a la apelación que había formulado la damnificada.
En la sentencia de primera instancia, dictada por el Juzgado Civil N° 9, se había ordenado además el resarcimiento por otros rubros, como gastos por traslado, cartas documento, constataciones de un escribano y gastos de mediación, que quedaron firmes.
En mayo de 2009 la demandante, domiciliada en Villa Regina, compró un Peugeot 207 en Armorique Motors S.A. de Roca, concesionaria de Peugeot Citröen Argentina S.A.. Se constató que en julio, cumplidos los primeros 10.000 km, la mujer entregó el auto al concesionario para realizar el service de rutina, sin que se detectaran fallas. Pero inmediatamente después comenzó a registrar problemas de aceite y electrónicos, lo que demandó sucesivos ingresos al taller oficial desde agosto de 2009 hasta febrero de 2010.
La concesionaria roquense apeló la sentencia de primera instancia, siendo sus agravios rechazados por la Cámara, mientras que Peugeot Citröen Argentina S.A. no sostuvo su recurso de apelación, consintiendo el primer fallo en su contra. La empresa local alegó que la demora en el envío de los repuestos necesarios para el arreglo no fue imputable a la concesionaria, que atendió todas las consultas de la cliente y que, a modo de «atención comercial», otorgó a la compradora una bonificación en el costo del segundo service oficial.
Al tener por acreditado el daño moral y la necesidad de su incremento, la Cámara valoró «el tiempo en que la actora se vio privada de su vehículo, las reclamaciones que debió efectuar, las conclusiones de la perito sicóloga que si bien determina que no resulta necesario un abordaje psicoterapéutico, entiende que lo sucedido ‘ha generado sentimientos de frustración y desconfianza'». Y en función de otros antecedentes relacionados con afectación de los Derechos del Consumidor, señaló el Tribunal que «el hecho de tener que lidiar con las grandes empresas le genera seguramente (al particular) una sensación de desprotección que es previsible que afecte su espíritu».
Del fallo de primera instancia surge que la mujer hizo los reclamos ante la concesionaria y también a la fábrica por intermedio del Servicio de Atención al Cliente. Incluso hizo constatar la situación con un escribano público y finalmente formalizó el reclamo ante la Delegación local de Defensa del Consumidor de Villa Regina. Solicitó en esa instancia el reemplazo de la unidad por una nueva y la indemnización de los daños y perjuicios sufridos, pero no se llegó a un acuerdo y su demanda continuó por la vía administrativa y judicial.
Judiciales
Menos divorcios en Río Negro: La cifra bajó en casi 300 procesos de un año a otro
El 2023 había registrado el número de divorcios más alto en al menos una década.

Después de un 2023 con cifras récord, los divorcios en Río Negro mostraron una baja en 2024. Durante el último año se iniciaron 1.240 causas por disolución del matrimonio en los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de la provincia.
El año anterior se habían dictado 1.529 sentencias de divorcio, el número más alto en al menos una década. En 2022 se habían registrado 1.204, y en 2021, un total de 1.333. En 2020, marcado por las restricciones de la pandemia, se firmaron 910 divorcios. En los años previos, las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.386 en 2019, 1.426 en 2018, 1.395 en 2017 y 1.400 en 2016. En 2015 y 2014, los divorcios fueron 903 y 1.078 respectivamente.
Los trámites se concentran en 16 organismos distribuidos en distintas ciudades. En Viedma funcionan tres unidades procesales, en San Antonio Oeste un juzgado Multifueros, en Roca otras tres unidades, además de organismos en Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.
La disolución del vínculo matrimonial está contemplada en el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación. El divorcio puede ser solicitado por uno o por ambos integrantes del matrimonio y debe ser declarado judicialmente.
La información forma parte del relevamiento anual realizado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
Dictaron la prisión preventiva para las cuatro personas imputadas por la estafa a IPROSS
La Justicia resolvió la inmediata detención de Fabio Caffaratti, Sandra Fasano, Eduardo Mastandrea y Raúl Eduardo Mascaró.

Ante el pedido de la Fiscalía, el Tribunal de Juicio de General Roca resolvió dictar la prisión preventiva de las cuatro personas condenadas por defraudar a la obra social IPROSS.
El equipo fiscal enfatizó que «el pasado 24 de abril el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de nuestra provincia rechazó la queja sustanciada por las defensas, de esta manera las vías recursivas provinciales se agotaron».
«Estamos así frente a la posibilidad que le da a la parte acusadora el Artículo 109 bis, sumado a que los condenados tienen penas de prisión graves, que el riesgo de fuga con el avance del proceso se fue acrecentando y de esta manera se ha ido agravando su situación», explicó la fiscal jefe interviniente en este legajo.
«Venimos insistiendo en el peligro procesal de fuga, ahora el principio de culpabilidad aumenta alimentado por el rechazo del STJ. Además los jueces han señalado que no se advierten violaciones al principio de constitucionalidad ni se ven afectadas garantías. Por ello además creemos que el recurso en la Corte Suprema de la Nación no prosperará», agregó la Fiscalía.
“No dejaremos de mencionar la capacidad económica de las personas imputadas, por ello solicitamos la prisión preventiva hasta que quede firme la sentencia o se disponga alguna cuestión en contrario. Sólo aclaramos que para la imputada Sandra Fasano la misma deberá ser bajo la modalidad domiciliaria”, dijo la representante fiscal.
El querellante adhirió a lo solicitado y compartió los argumentos, mientras que el defensor de Fabio Caffaratti ofreció que la prisión preventiva de su asistido sea domiciliaria, la defensora de Sandra Fasano, Eduardo Mastandrea y Raúl Eduardo Mascaró solicitó que no se sustanciara el pedido fiscal.
Tras un cuarto intermedio, el Tribunal por unanimidad resolvió la inmediata detención de las cuatro personas, por considerar, entre otras cuestiones, «la capacidad económica, social e intelectual que tienen para sustraerse del accionar de la justicia, la necesidad de dar respuesta a la víctima que es el Estado, también a los afiliados de la obra social que se vieron afectados por este accionar, como al Colegio de Farmacéuticos», agregó el Tribunal de Juicio.
«Hemos evaluado las circunstancias particulares de esta causa, pusimos a consideración las condiciones objetivas y subjetivas, teniendo presente la igualdad ante la ley y con el fin último de asegurar el cumplimiento de la sentencia es que se dispone la prisión preventiva de todos los imputados y su inmediata detención, con la salvedad que respecto a Fasano sea prisión preventiva domiciliaria», concluyó el Tribunal roquense.
Judiciales
Solicitaron 11 años de prisión para la pareja que violó a su hijo
Los hechos habrían ocurrido entre 2019 y 2022, en la vivienda en Quinta 25 donde residían.

Ayer (28/04) por la mañana, el Ministerio Público Fiscal solicitó que un hombre y una mujer que ya fueron declarados responsables penales por haber cometido varios delitos contra la integridad sexual de un niño, sean condenados a la pena de 11 años y 11 meses él y para ella requirió 11 años y 9 meses. La víctima es hijo de la imputada. Además, la pareja tiene otros tres hijos en común.
Durante la audiencia se escucharon las declaraciones de allegados a las personas imputadas, especialistas del Ministerio Público y del Poder Judicial, como también del equipo ETAP y funcionarias del área de la Defensa Civil Pública.
Los hechos por los cuales acusó la Fiscalía a la pareja habrían ocurrido entre el 3 de marzo de 2019 y marzo de 2022, en la vivienda de Quinta 25, en General Roca, donde convivían los imputados, la víctima -hijo de la mujer imputada-, y tres niños más -hijos en común de la pareja.
En dichas circunstancias, el hombre habría abusado varias veces de la criatura, cuando se encontraba a su cuidado, también estando presente su madre, quien habría omitido auxiliar a su hijo o solicitar ayuda.
Las partes presentaron la prueba documental, expusieron sus alegatos sosteniendo la pena requerida tanto la Fiscalía como la defensora de menores y las defensas particulares de ambas personas. De esta manera se cerró el debate respecto de los montos de pena.
El veredicto del Tribunal de Juicio se dará a conocer el próximo 7 de mayo a las 12.30.