Sociedad
Defensa del Consumidor: ¿Qué hacer en determinados casos?
Recomendaciones de la Justicia ante diferentes inconvenientes que pueden llegar a ocurrir con empresas u organimos del Estado.

En el Poder Judicial de Río Negro, los Juzgados de Paz reciben, en la actualidad, demandas por casos de “menor cuantía”, es decir reclamos de hasta los $15.000. El resto de las causas, por montos superiores, se canalizan a través de los juzgados civiles. La ley N° 24.240, sancionada en 1993, fija las normas de protección y defensa de los consumidores, la autoridad de aplicación y los procedimientos y sanciones.
¿Qué dice la ley?
Se consideran consumidores o usuarios las personas físicas o jurídicas que contratan para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social:
a) La adquisición o locación de cosas muebles;
b) La prestación de servicios;
c) La adquisición de inmuebles nuevos destinados a vivienda, incluso los lotes de terreno.
No están comprendidos en esta ley los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título universitario y matrícula otorgada por colegios profesionales.
Información al consumidor y protección de su salud
Quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos. Las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios.
Condiciones de la oferta y venta
La oferta debe contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones. Las precisiones formuladas en la publicidad o en anuncios prospectos, circulares u otros medios de difusión obligan al oferente y se tienen por incluidas en el contrato con el consumidor.
La redacción debe ser hecha en idioma nacional, ser completa, clara y fácilmente legible, sin reenvíos a textos o documentos que no se entreguen previa o simultáneamente.
Garantía
La garantía legal tendrá vigencia por seis (6) meses a partir de la entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor. Los fabricantes, importadores y vendedores de las cosas deben asegurar un servicio técnico adecuado y el suministro de partes y repuestos.
Prestación de servicios
Quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos.
Servicios públicos
Las empresas prestadoras de servicios públicos a domicilio deben entregar al usuario constancia escrita de las condiciones de la prestación de los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes. Sin perjuicio de ello, deben mantener tal información a disposición de los usuarios en todas las oficinas de atención al público. Las empresas prestadoras deben habilitar un registro de reclamos, en donde quedarán asentadas las presentaciones de los usuarios.
Cuando una empresa de servicio público domiciliario facture en un período un importe que exceda en un cincuenta por ciento (50%) el promedio de consumo efectivo del usuario en los doce (12) meses inmediatos anteriores, se presume error en la facturación.
Venta domiciliaria por correspondencia
Es aquella propuesta de venta de una cosa o prestación de un servicio efectuada al consumidor en el lugar donde reside, en forma permanente o transitoria o en su lugar de trabajo.
El consumidor tiene derecho a revocar la aceptación durante el plazo de cinco (5) días corridos, contados a partir de la fecha en que se entregue la cosa o se celebre el contrato, lo último que ocurra, sin responsabilidad alguna. Esa facultad no puede ser dispensada ni renunciada.
El vendedor debe informar por escrito al consumidor de esta facultad de revocación en todo documento que, con motivo de venta le sea presentado al consumidor.
Tal información debe ser incluida en forma clara y notoria.
Operaciones de venta de créditos
En las operaciones de crédito para la adquisición de cosas o servicios deberá consignarse: el precio de contado, el saldo de deuda, el total de los intereses a pagar, la tasa de interés efectiva anual, la forma de amortización de los intereses, otros gastos si los hubiere, cantidad de pagos a realizar y su periodicidad, gastos extras o adicionales si los hubiera y monto total financiado a pagar.
La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se estará a la que sea menos gravosa.
Autoridad de aplicación
La Secretaría de Industria y Comercio será la autoridad nacional de aplicación de la presente ley. Los gobiernos provinciales y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires actuarán como autoridades locales de aplicación ejerciendo el control y vigilancia sobre el cumplimiento de la ley y sus normas reglamentarias respecto a los hechos sometidos a su jurisdicción. Las provincias, en ejercicio de sus atribuciones, podrán delegar sus funciones en organismos de su dependencia o en los gobiernos municipales.
La autoridad nacional de aplicación iniciará actuaciones administrativas en caso de presuntas infracciones a las disposiciones de la presente ley, sus normas reglamentarias y resoluciones que en consecuencia se dicten, de oficio o por denuncia de quien invocare un interés particular o actuare en defensa del interés general de los consumidores.
Verificada la existencia de la infracción quienes la hayan cometido se harán pasibles de las siguientes sanciones, las que se podrán aplicar independiente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso:
a) Apercibimiento;
b) Multa de quinientos pesos ($ 500) a quinientos mil pesos ($ 500.000), hasta alcanzar el triple de la ganancia o beneficio ilegal obtenido por la infracción;
c) Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción;
d) Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días;
e) Suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado;
f) La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.
Acciones judiciales
Sin perjuicio de lo expuesto, el consumidor y usuario podrán iniciar acciones judiciales cuando sus intereses resulten afectados o amenazados.
Ante los organismos de defensa al consumidor, reclamos como las multas o daño moral o algún perjuicio que no esté dentro de la facturación declarada no se pueden iniciar. De todas formas este tipo de denuncias sí se reciben ante los juzgados de Paz de la provincial.
En ocasiones se recomienda iniciar la demanda con un letrado patrocinante sí lo que se pretende es una multa, por ejemplo. Sin abogado también se puede reclamar y en esos casos el trámite se inicia con un formulario.
Recientemente, un Juzgado Civil de Cipolletti confirmó la sentencia que dictó la jueza de Paz de la localidad en una demanda radicada en contra de una compañía. La persona que resultó damnificada había adquirido cinco pasajes aéreos bajo una promoción que resultó engañosa. Puntualmente se aludía una bonificación del 35%, monto que la compañía no descontó.
Finalmente la empresa fue condenada a abonar la suma de 2.456,99 pesos más intereses (por no aplicar la bonificación) y la suma de 10.000 pesos en concepto de “Daño Punitivo”.
El “Daño Punitivo” es una sanción pecuniaria que aplica el juez a quien causa un daño como consecuencia de una inconducta que revela una grave indiferencia respecto de los derechos ajenos.
El 27 de noviembre del año pasado, en el Plenario de Justicia de Paz desarrollado en Cipolletti, los jueces de Paz de la provincia recibieron una capacitación en relación a los alcances de la ley de Defensa del Consumidor. Disertó en ese momento, el abogado y docente universitario Dr. Diego Zentner.
Roca
La construcción privada creció en Roca y ya supera los 21.000 m² en 2026
El desarrollo se concentra principalmente en el oeste, aunque también avanza hacia el este y el sector sur de la Ruta 22.

General Roca continúa con su proceso de crecimiento y expansión urbana. De acuerdo con los registros municipales de expedientes ingresados, entre enero y agosto de 2026 se declararon 21.335,48 m² de obra nueva del sector privado, frente a los 14.603,36 m² registrados durante el mismo período de 2025.
La diferencia representa un crecimiento interanual del 46,1% en la superficie de obra privada declarada.
El crecimiento presenta además una distribución territorial que refleja la expansión de la ciudad hacia distintos sectores. El oeste concentra 11.854,13 m², más de la mitad de la nueva superficie declarada. El este suma 6.800,75 m² y el sector sur-Ruta Nacional N° 22 alcanza los 2.680,30 m².
En este proceso, los nuevos corredores y conectores viales acompañan la expansión urbana. La consolidación de los conectores de 25 de Mayo y Damas Patricias permite mejorar la conexión entre distintos sectores y acompañar el crecimiento hacia el Oeste.
A su vez, el desarrollo del Paseo del Bicentenario y el Paseo Viterbori se complementa con nuevos proyectos comerciales, gastronómicos, de oficinas y otros usos, consolidando nuevos sectores de actividad.
Los datos también muestran variaciones según el destino de las obras. La vivienda unifamiliar creció un 27,3%, mientras que la vivienda multifamiliar aumentó un 12,9%. En el caso de los locales comerciales, la superficie declarada registró un incremento del 172,2%, al pasar de 2.330,39 m² en 2025 a 6.342,25 m² en 2026.
Las ampliaciones, en tanto, alcanzaron los 18.767,29 m² durante 2026, frente a los 4.013,57 m² del mismo período del año anterior. Esto representa una variación interanual del 367,6%.
Roca
La obra cloacal de calle 25 de Mayo entra en su etapa final
Ya finalizó la instalación de cañerías en todos los sectores contemplados y resta únicamente colocar una cámara de registro.

El Municipio de General Roca, a través de la Secretaría de Obras Públicas, transita la etapa final de la obra denominada ampliación de la Red Cloacal sobre calle 25 de Mayo. La intervención permitirá ampliar la cobertura de servicios básicos y atender las necesidades actuales y futuras de los vecinos y vecinas del sector.
Actualmente, ya finalizó la instalación de la cañería correspondiente a la nueva red cloacal en la totalidad de los sectores contemplados en el proyecto.
Los trabajos se completaron sobre calle 25 de Mayo, entre San Juan y Damas Patricias, incluyendo el empalme correspondiente. También finalizaron las tareas sobre Rosario de Santa Fe e Islas Orcadas, entre 25 de Mayo e Yrigoyen. De esta manera, resta únicamente la instalación de una cámara de registro para completar la obra.
En total, el proyecto contempla la ejecución de 1.021 metros lineales de cañería de PVC-RCPD de 160 milímetros de diámetro, además de 30 conexiones domiciliarias de cloaca y otras 30 conexiones domiciliarias de agua.
También se construyen 11 cámaras de registro y se realiza la readecuación de dos bocas de registro existentes, trabajos necesarios para garantizar el funcionamiento de la nueva red y su vinculación con la infraestructura sanitaria existente.
Roca
Sigue subiendo la temperatura en Roca: El sábado podría alcanzar los 31°C
Las temperaturas continuarán en ascenso durante el viernes y sábado, pero el domingo llegará un marcado cambio con viento intenso.

El tiempo continuará con temperaturas en ascenso durante los próximos días en General Roca, con una máxima prevista de 26°C para este viernes (18/09) y de 31°C para el sábado (19/09). Así lo prevé la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC) en su pronóstico extendido.
Durante este viernes se espera cielo cubierto durante el día y mayormente despejado hacia la noche. La temperatura mínima será de 7°C y la máxima alcanzará los 26°C. El viento tendrá una intensidad de 19 km/h durante el día, con ráfagas de hasta 23 km/h, mientras que por la noche se esperan registros similares, con dirección este.
Para el sábado (19/09), las condiciones serán inestables, con una temperatura mínima de 9°C y una máxima que podría llegar a los 31°C. También se prevé viento del sudeste de 28 km/h durante el día, con ráfagas de hasta 49 km/h. Durante la noche, el viento rotará al oeste y las ráfagas podrían alcanzar los 70 km/h.
El domingo (20/09) se producirá un marcado descenso de la temperatura, con una máxima de 21°C y una mínima de 2°C. La jornada será mayormente despejada y ventosa, con vientos del oeste de hasta 67 km/h y ráfagas que podrían llegar a 80 km/h.
Según la AIC, las condiciones de estabilidad previstas para los valles se mantendrán durante los próximos días, acompañadas por un paulatino ascenso de la temperatura. Hacia el domingo se prevén períodos de viento moderado con presencia de ráfagas fuertes.





