Seguinos

Judiciales

Fioretti no se presentó a declarar, pero mediante un escrito alegó que tiene fueros

Por diversas razones, fueron postergadas las indagatorias por presuntas contrataciones irregulares en la Fiesta Provincial de la Venedimia de Villa Regina.

el

El titular del Juzgado de Instrucción N° 20 de Villa Regina, Federico Dalsasso, avanza en la tramitación de la causa penal que investiga la presunta comisión de los delitos de «abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público» en el marco de contrataciones efectuadas por la Municipalidad de Villa Regina con motivo de la Fiesta Provincial de la Vendimia 2016.

Para este lunes por la mañana estaban citados a prestar declaración indagatoria los tres funcionarios y ex funcionarios municipales a quienes el fiscal Gastón Pierroni imputó aquellos cargos: el actual intendente de Villa Regina, Daniel Fioretti; el ex secretario de Gobierno y Coordinación y actual concejal de Juntos Somos Río Negro, Cristian Daniel Aristan, y el ex secretario de Economía y Finanzas, Pablo Zaccaría.

Al respecto el juez Dalsasso explicó que las declaraciones indagatorias no pudieron ser recibidas por distintos motivos. En el caso del jefe comunal Fioretti, la audiencia no se concretó debido a que el funcionario hizo una presentación por escrito en la cual solicitó dejar sin efecto la citación a indagatoria, alegando que la medida no puede ser cumplimentada sin previo proceso de desafuero. El planteo del intendente Fioretti fue presentado por el abogado defensor particular, Sergio Espul, y será resuelto en las próximas horas por el titular del juzgado.

En cuanto al concejal Aristan, se indicó que el mismo no concurrió, justificando no haber sido fehacientemente notificado de la audiencia.

Finalmente el ex secretario Zaccaría no se presentó a la audiencia y explicó al magistrado, a través de una comunicación telefónica, su imposibilidad de asistir por encontrarse fuera de la ciudad, por lo que la indagatoria será reprogramada.

La investigación penal se inició con la denuncia del Fiscal Municipal Juan Carlos Giménez el 22 de agosto pasado, a raíz de presuntas irregularidades en la contratación directa del escenario y otros servicios aplicados a la Edición 2016 de la Fiesta Provincial de la Vendimia, por un monto de $834.900, el cual excede el límite legal dispuesto para el Estado Municipal para efectuar contrataciones sin licitación pública.

El fiscal imputó a Fioretti la presunta autoría del delito de «abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público» y atribuyó a los otros dos funcionarios una presunta «participación necesaria» en el ilícito.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

el

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

Continuar leyendo

Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

el

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

Continuar leyendo

Judiciales

Ordenaron la captura nacional e internacional de uno de los fugados de la Comisaría 3° de Roca

Se trata de Luca Nicolás Torres, uno de los acusados del crimen de Julián Dobra.

el

Este mediodía (04/12), tras la notificación de la fuga de la Unidad Policial de uno de los imputados que cumplía prisión preventiva en el legajo donde se investiga el homicidio de Julián Dobra, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se ordene su captura nacional e internacional. Se trata de  Luca Nicolás Torres, de 18 años de edad.

«Alrededor de las 2.05 de la madrugada recibimos la información del personal de la Comisaria que dos personas se habían dado a la fuga. Una de ellas es este imputado, que inmediatamente se dispuso la búsqueda con la Brigada Judicial de investigación y con canes», explicó el fiscal del caso.

El otro fugado es Ramiro Ezequiel Sosa, quien se encontraba cumpliendo una pena efectiva desde el 20 de octubre de este año, tras haber sido detenido por una causa de robo.

«Solicitamos que se libren los oficios pertinentes tanto a la Policía Federal, a Interpol, a Gendarmería Nacional, policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional y Jefatura de Policía de Río Negro», detalló la Fiscalía.

La querella adhirió al pedido, no hubo objeciones por parte de la defensa penal pública. El juez de Garantías resolvió en el mismo sentido que lo solicitado.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement