Judiciales
Por el beneficio de la duda, absuelven a acusado de colaborar en un intento de fuga en Roca
Estaba imputado por realizar disparos con un arma calibre 9 milímetros que impactaron en el portón y una garita del centro penitenciario de Roca.

La Cámara Criminal Tercera de Roca dispuso la absolución de un hombre que llegó a juicio imputado como presunto autor del delito de «favorecimiento de evasión», por un hecho ocurrido en esta ciudad la noche del 6 de septiembre de 2013, frente al Establecimiento de Ejecución Penal N° 2.
En la requisitoria de elevación a juicio se le atribuyó haber sido la persona que, desde el lugar del acompañante en un vehículo Fiat Siena, realizó disparos con un arma calibre 9 milímetros que impactaron en el portón y una garita del centro penitenciario, «generando confusión y la atención de la guardia, todo con el fin de lograr la facilitación de la evasión que al mismo momento realizaban internos del Pabellón N° 1». Del mismo episodio participó otro vehículo, cuyos ocupantes no fueron identificados. El Siena, en tanto, fue secuestrado en la esquina de Montevideo y Ameghino, donde quedó abandonado luego de un choque con otro vehículo. En su interior se encontró el arma de fuego utilizada y el Gabinete de Criminalística obtuvo huellas papiloscópicas correspondientes al imputado.
En el juicio oral y público realizado en Roca, el Fiscal de Cámara subrogante Miguel Fernández Jahde solicitó que el imputado R.J.E.E. sea condenado a cuatro años de prisión y doble tiempo de inhabilitación para utilizar o portar armas de fuego, por considerarlo autor de los delitos de favorecimiento de evasión en concurso real con portación de arma de fuego de guerra.
Por su parte, el defensor particular Raúl Guaragna solicitó en su alegato la absolución por el beneficio de la duda.
En su voto rector del fallo, la jueza Verónica Rodrígez sostuvo: «Si bien es cierto, como afirma el Ministerio Público Fiscal, que la pericia papiloscópica (…) permite ubicarlo en el auto utilizado para perpetrar el hecho, ello de manera alguna basta, por sí solo, para atribuirle la autoría endilgada, máxime cuando dicha prueba se encuentra aislada, no habiendo otros elementos probatorios que permitan sostenerla, imponiéndose en consecuencia la absolución del imputado por el beneficio de la duda». Señaló que «no se pudo establecer la data de dichas improntas» digitales en el auto y advirtió que el Siena «pudo haber estado en poder de la familia» del imputado y, en consecuencia, en contacto con éste, en fechas previas al hecho investigado.
La jueza, además, valoró que las declaraciones testimoniales recibidas en el juicio «nada aportan al momento de vincular a E. con el hecho reprochado».
«El principio de inocencia del que goza todo ciudadano debe ser eliminado con prueba incriminante y tal tarea le corresponde al Estado, no al procesado; y es así como se pone en cabeza del Acusador Público el despliegue del mentado comportamiento (…) y tal actividad no ha sido cristalizada en debida forma en este juicio», concluyó el Tribunal.
«No cabe más que concluir que en los presentes autos son más las inconsistencias que las certezas; la imputación en contra del imputado (…) no ha podido ser sostenida o corroborada por prueba independiente», finalizó el voto rector, que contó con la adhesión de los jueces Fernando Sánchez Freytes y Juan Pablo Chirinos, este último en carácter de subrogante.
Judiciales
Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga
El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.
Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.
El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.
Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.
Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.
El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.
Judiciales
La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre
La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.
Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.
En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.
Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.
La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.
En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.
«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.
Judiciales
Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión
El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.
Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.
La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).
Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.
La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.
Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.






