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Río Negro

Una ley para proteger clubes y espacios culturales

Establece la inembargabilidad para todos los aportes que reciban por parte del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, las Asociaciones Civiles, Culturales, Deportivas, Sociales Recreativas, sin fines de lucro.

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El legislador del Frente Progresista, Jorge Ocampos destacó la aprobación, en la sesión del último miércoles, de un proyecto de ley de su autoría que establece la inembargabilidad para los aportes no reintegrables que reciban clubes y asociaciones culturales, la propuesta también la acompaña la diputada provincial Daniela Agostino.

Ocampos explicó que el proyecto pretende “proteger instituciones deportivas sin fines de lucro, en el convencimiento de que cumplen un rol social imprescindible para el crecimiento y desarrollo de nuestros jóvenes y adultos que eligen la práctica del deporte como medio de vida”. La nueva ley establece que dichas instituciones actúan como auxiliares del Estado, y contribuyen directamente con una de sus funciones propias que es brindar, especialmente a los niños y jóvenes, un lugar alejado de flagelos que en la actualidad son muy nocivos para su salud, como la droga y el alcoholismo.

La propuesta de los legisladores del Frente Progresista establece la inembargabilidad para todos los aportes que reciban por parte del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, las Asociaciones Civiles, Culturales, Deportivas, Sociales Recreativas, sin fines de lucro, con Personería Jurídica de Río Negro.

Ocampos detalló que “no escapa a cualquier análisis lógico, que un aporte que el Estado otorga a una institución para un fin social determinado, pueda ser válidamente destinado a otro fin, cual sería en este caso, el de algún acreedor de la institución. Ello tornaría estéril el aporte, y además, colocaría a ésta en la imposible tarea de rendición del aporte recibido, lo que le impediría además de la rendición administrativa y su consecuente impedimento para la recepción de subsidios futuros, la realización del fin social para el cual se requirió. En otras palabras: lo que el Estado aporte para un fin, beneficiaría a un acreedor que nada tiene que ver con la voluntad del Estado al otorgarlo, lo que lejos está de cumplir el objetivo con el cual el Estado ha tramitado, aprobado y efectuado dicho aporte”.

El presidente de la bancada indicó que “se trata de una protección para dichas instituciones” y destacó “en la mayoría de los casos estos aportes tienen como fin primordial el bien común, alejadas totalmente de la idea de lucro”. Y detalló “los aportes no reintegrables, es decir subsidios otorgados por el Estado, con los que muchas instituciones sustentan sus gastos ordinarios o extraordinarios, inversiones, viajes, compra de indumentaria, entre otras, y que en muchos o todos los casos, constituyen una herramienta fundamental para su crecimiento y cumplimiento de su fin social”.

Ocampos aseguró que “estos aportes, al no estar protegidos legalmente, pueden e incluso lo han hecho, padecer las consecuencias de embargos que, al prosperar, tornan inútil al fin con que el Estado, auxiliar permanente y necesario para la vida institucional, los ha otorgado”. Y explicó que “se han dado situaciones en las que hasta el mismo Estado a través de la AFIP, ha embargado aportes no reintegrables otorgados por el Estado provincial a instituciones sin fines de lucro, lo que configura una clara contradicción en la función estatal respecto a éstas, de las que la AFIP obviamente, en su feroz afán recaudador, no reparará en seguir aplicando” finalizó Ocampos.

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Río Negro

IPROSS rompió el vínculo prestacional con el centro de Salud Mental de Roca

Fue luego de confirmar que solo 5 afiliados estaban recibiendo prestaciones de los 43 que informaba la institución.

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La titular de la obra social provincial, Marcela Ávila, confirmó que tras las auditorías realizadas y en el marco de la presentación de una denuncia penal, IPROSS rompió el vínculo prestacional con el centro de salud mental de General Roca en el que se detectaron irregularidades.

Ávila detalló que estas auditorías comenzaron antes de su gestión el 11 de diciembre. «Se verificó que la cantidad de afiliados que se encontraban en el establecimiento que funciona como hospital de día era sensiblemente menor a la nómina que se facturaba y que IPROSS pagaba mensualmente», dijo.

«Se informaba al IPROSS desde este lugar que 43 personas afiliadas a la obra social estaban recibiendo prestaciones pero eran solo 5«, destacó la titular de la obra social.

Cabe recordar que IPROSS denunció ante la justicia tres casos de maniobras fraudulentas detectadas luego de rigurosas auditorías llevadas adelante desde el inicio de la gestión.

«Desde IPROSS estamos realizando controles y auditorías. Incluso hemos implementado auditorías en terreno, que implican que equipos médicos, asistentes sociales, personal de la dirección de discapacidad realiza visitas a distintos centros que brindan prestaciones a afiliados de nuestra Obra Social», explicó Ávila sobre la metodología de trabajo implementada para garantizar la atención de los afiliados.

Sobre el futuro reflexionó. «Estamos trabajando analógicamente aún en IPROSS y por eso es tan importante el proceso de transformación digital que va a implicar agilizar los procesos, los trámites que el afiliado tiene que realizar con la obra social pero también va a permitir ser más eficientes en los controles».

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Judiciales

IPROSS denunció por estafas a un prestador y dos afiliados

Uno de los implicados es un establecimiento de salud mental de Roca, que informaba a la obra social que atendían a 43 afiliados cuando solo eran 5.

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La titular del IPROSS, Marcela Ávila, presentó ante la justicia tres denuncias penales por defraudaciones realizadas contra la obra social de los rionegrinos. Las denuncias fueron radicadas personalmente al Fiscal General de la provincia, Fabricio Brogna, en la sede del Ministerio Público Fiscal de Viedma.

En los tres casos, las maniobras fraudulentas fueron detectadas luego de rigurosas auditorías llevadas adelante desde el inicio de la gestión. En dos de ellos, los pagos por parte de la obra social se concretaron hasta el mes de febrero pasado, por supuestos servicios facturados.

En uno de los casos un establecimiento de salud mental de General Roca, informaba al IPROSS que 43 personas afiliadas a la obra social estaban recibiendo prestaciones, como pacientes psiquiátricos, en esa institución. Fruto de la investigación realizada, el IPROSS, comprobó que solamente se efectuaba el tratamiento de 5 afiliados. La mayoría de los afiliados cuya internación se facturaba nunca ingresaron al establecimiento.

En otro de los casos, una enfermera, que actualmente vive en Mendoza, facturaba al IPROSS por el cuidado de una menor, hija de una afiliada con domicilio en El Bolsón. Los hechos se habrían realizado entre octubre de 2022 y marzo del presente año.

La última denuncia, fue realizada por los hechos ocurridos presuntamente entre mayo de 2022 (primera factura) y marzo de 2024, vinculados a la presentación de facturas falsas, recibo de haberes falsos y falsificación de firmas de profesionales médicos, cometidos presumiblemente por un afiliado de Cinco Saltos.

Los hechos descritos revelan una serie de acciones fraudulentas dirigidas a obtener un beneficio indebido a expensas de la obra social provincial. Provisionalmente, podrían constituir elementos característicos del delito de fraude agravado, dado que fueron perpetrados contra la administración (artículo 174 inciso 5 del Código Penal). Además, para llevar a cabo estos actos fraudulentos, los acusados incurrieron en falsedad ideológica (artículo 293 del Código Penal) al falsificar diversos documentos, como planillas de solicitud de reintegros y de asistencia diaria de la niña, declaraciones juradas de domicilio, datos de contacto, entre otros (artículo 292 del Código Penal).

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Judiciales

Aseguradora deberá indemnizar a adiestrador de perros por secuelas incapacitantes

El hombre se desempeñaba en el Cuerpo de Seguridad de la Policía.

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Un hombre que se desempeñaba en el Cuerpo de Seguridad de la Policía como adiestrador de caninos se encontraba hidratando a uno de los perros. Este intentó atacarlo, lo que provocó que perdiera el equilibrio, impactara contra el bebedero y sintiera un fuerte dolor en su hombro, muñeca y rodilla derechas. La Cámara Laboral condenó a la Federación Patronal Seguros S.A. por la incapacidad laboral reconocida al trabajador.

El trabajador relató que efectuó la correspondiente denuncia de siniestro y la aseguradora le proveyó tratamiento médico, que incluyó un proceso de infiltración sobre el hombro afectado y sesiones de kinesiología. Pese a esto, la lesión no evolucionó favorablemente y dejó secuelas incapacitantes que se tradujeron en severas limitaciones funcionales, con pérdida de movilidad, sensibilidad y fuerza.

Luego de otorgada el alta, el hombre inició ante la Comisión Médica el procedimiento por divergencia en la determinación de la incapacidad porque el referido organismo emitió un dictamen médico en el que se determinó que presentaba un porcentaje de incapacidad sustancialmente menor que el que correspondía asignarle.

En las conclusiones de las pericias médicas se explicó que «habiendo evaluado al actor y analizado la documentación acompañada, se observan molestias en la muñeca derecha con rangos de movilidad normales. También se observa limitación en la flexión de la rodilla derecha, que no encuentra sustento anatómico de acuerdo con el informe de resonancia magnética del 28/12/2020, por lo que no sería objetivo de incapacidad permanente».

Y «por otro lado, se objetivan limitaciones en la funcionalidad del hombro derecho que sí tienen una correlación con el evento traumático relatado por el actor y aceptado por la ART».

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