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Sociedad

Las imágenes de los incidentes entre la CTA y la Policía en las puertas del Municipio

Mirá el video de los lamentables incidentes que se vivieron esta mañana en el edificio comunal. Desde la Municipalidad roquense, denuncian «violento accionar del gremio».

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Esta mañana, se vivieron momentos muy tensos en las puertas del Municipio de General Roca, con incidentes entre manifestantes de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) Autónoma de Río Negro y la policía provincial, que tuvo como resultados varios heridos, tanto dirigentes de la Central Obrera como personal policial y también municipal.

Desde la Municipalidad, mediante un comunicado de prensa, acusaron que dirigentes gremiales «irrumpieron violentamente en el hall del edificio municipal rompiendo vidrios, tirando piedras y golpeando al personal de portería y a los vecinos que hacían cola para comprar los accesos a la Fiesta de la Manzana».

«Con el pretexto de querer entregar un petitorio, los manifestantes encabezados por Rodolfo Aguiar generaron desmanes que alteraron la normal actividad municipal, provocando roturas en las puertas de ingreso al Municipio y lesiones al personal y efectivos de la policía que también fueron golpeados por los manifestantes», agregaron.

«Las autoridades municipales formularon las denuncias penales contra los dirigentes e integrantes de ATE y CTA, presentando como prueba todas los videos que registran la inusitada violencia con la que los manifestantes ingresaron al municipio, dañando las instalaciones, atacando al personal policial, a los empleados municipales y a los contribuyentes presentes en ese momento», adelantaron desde el Ejecutivo roquense.

«A raíz de los desmanes provocados por ATE y CTA en el edificio municipal, las autoridades decidieron suspender la paritaria que ene ese preciso momento estaba llevando adelante con todos los gremios en las dependencias de la delegación de Trabajo local», añadieron desde el Municipio.

Al respecto, el Secretario de Gobierno, Diego Matarazzo, lamentó estos hechos de violencia ejercida por manifestantes y expresó que “llama mucho la atención esta actitud irracional de los dirigentes de ATE y CTA cuando este Municipio viene cumpliendo no solo con el pago en termino de los haberes, sino también garantizando la estabilidad laboral y abriendo paritarias a diferencia del gobierno provincial”.

El bloque de concejales del FpV también repudió los hechos

El bloque de concejales del Frente para la Victoria repudió «los actos de violencia que una vez mas hizo (Rodolfo) Aguiar y el séquito de ex punteros radicales devenidos en patota sindical».

«La Municipalidad de General Roca, que una vez mas demuestra la intención de abrir la paritaria, de ofrecer un bono de fin de año, pagando como corresponde los sueldos en tiempo y forma tal como lo viene haciendo desde el año 2003 no se merece el accionar de este puntero sindical con cara de “desencajado”, utilizando métodos violentos en medio de una negociación paritaria junto a un grupo de inadaptados que golpearon a trabajadores municipales, contribuyentes, como así también produciendo daños materiales en el edificio central», indicaron desde el espacio oficialista que preside Jose Luis Berros.

«Este tipo de echos refleja la impotencia que siente Aguiar al no poder ni siquiera sentarse a negociar con (Alberto) Weretilneck, o lo que es peor aun, arreglando por debajo de la mesa y no de cara a los y las trabajadores, que este año lo único que van a recibir son días de retrasos salariales, frente a un dirigente “sindical” que lo único que le interesa es la violencia», concluyeron.

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Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

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Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

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Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

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La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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