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La Justicia avaló «marcha atrás» de ordenanza que prohibía la pirotecnia en Cinco Saltos

Primero, concejales aprobaron la prohibición; 13 días después, suspendieron la aplicación de la ordenanza por pedido de comerciantes. Vecinos pidieron intervención del Poder Judicial que ratificó la decisión del Concejo.

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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Cuarta Circunscripción rechazó un recurso de amparo interpuesto por un grupo de ciudadanos residentes en Cinco Saltos en relación a una norma que prohibía la utilización de pirotecnia en esa localidad. La puesta en marcha de la ordenanza había sido suspendida por el propio Concejo Deliberante, al aplicar la Carta Orgánica de la ciudad, que establece en su artículo 27 que “si durante los cinco días posteriores a su publicación se efectuase una presentación fehaciente, protestando contra la aprobación de una ordenanza, ésta será suspendida y deberá ser reconsiderada por el Concejo Deliberante”.

Para la Cámara, este artículo es taxativo. “la propia Carta Orgánica obliga a la suspensión de una ordenanza ante la protesta: no especifica si ésta debe ser efectuada por determinado número de personas u organizaciones, ni está autorizado a analizar la razonabilidad de los motivos de dicha petición. Sólo debe controlar que la norma sea objetada en un tiempo que especifica: (cinco días después de ser publicada) y que lo haya sido por un medio fehaciente”, dice el órgano judicial.

El caso

La Ordenanza en cuestión – N° 1203- había sido sancionada el 7 de diciembre por el Concejo Deliberante de Cinco Saltos y prohibía “la introducción, venta, uso y transporte de todo elemento de artificio pirotécnico y la utilización de pirotecnia en actividades masivas en la vía pública, sean manifestaciones populares o conmemoraciones de eventos especiales”.

Luego, en los términos que fija la propia Carta Orgánica, un grupo de comerciantes de Cinco Saltos formalizó mediante nota ingresada el 19 de diciembre al Concejo Deliberante su protesta contra el dictado de la ordenanza invocando su derecho a trabajar. Con este antecedente, el 20 de diciembre, el Concejo Deliberante suspendió la aplicación de esa ordenanza.

Inmediatamente, un grupo de ciudadanos se presentó ante la Cámara Civil de Cipolletti e interpuso una acción de amparo. Pretendían que se deje sin efecto la última resolución del Concejo Deliberante que suspendió la aplicación de la Ordenanza N° 1203.

Argumentos

Cuando los jueces de la Cámara Civil analizaron el planteo advirtieron que lo que los amparistas calificaron de «artilugio» para privar de efectos a la Ordenanza N° 1203, “no es más que el uso de una norma de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Cinco Saltos”.

Consideraron los jueces de la Cámara Civil al momento de rechazar el recurso que “los argumentos esgrimidos por los amparistas para la impugnación del acto de suspensión de la Ordenanza N° 1203 dictado por el Concejo Deliberante, a través de este remedio extremo del amparo, resultan inadmisibles para provocar una intromisión en las atribuciones que la Constitución Provincial y la Carta Orgánica Municipal acuerdan al Concejo Deliberante. Valga recordar aquí, que los actos de los poderes públicos, emanados del ejercicio de sus facultades regladas -como en el presente caso-, gozan de la presunción de legitimidad; y si bien el Juez del amparo ejerce su potestad jurisdiccional sobre todo otro poder o autoridad pública, conforme lo establece el art. 43 de la Constitución Provincial, no advirtiéndose ilegalidad ni arbitrariedad manifiestas no cabe interferir en la órbita privativa de otro poder del estado, en este caso municipal”.

“Entendemos profundamente el anhelo que anima a los presentantes, de que en estas fiestas y celebraciones de fin de año no haya personas ni animales afectados por el uso de la pirotecnia. Sabemos, porque los jueces no somos ajenos a los padecimientos de la sociedad toda -formamos parte de ella-, las dificultades o problemas que trae aparejado el uso y manipulación de los fuegos artificiales. Pero más allá de comprender la preocupación, no podemos forzar el derecho y afectar la independencia de poderes legítimamente constituidos, que actúan de acuerdo a las leyes que rigen su ejercicio”, dice el texto de la resolución de la Cámara Civil.

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Quisieron robar un auto a la madrugada y terminaron detenidos

La dueña escuchó ruidos extraños fuera de su domicilio y se comunicó con la Policía.

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Este mediodía (30/06), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre y a una mujer por un intento de robo ocurrido ayer (29/06) a la madrugada en General Roca. Además solicitó la prohibición de acercamiento a dos domicilios y a dos personas.

Según la acusación fiscal, «alrededor de las 7 de la mañana del domingo, la pareja aprovechó que la víctima había dejado su auto en la vía pública, y actuando con un plan en común, habrían violentado el tambor de la cerradura de la puerta del conductor».

«Luego, se subieron al vehículo pero no terminaron de concretar su accionar ya que una de las damnificadas abrió la ventana de su casa que daba a la calle, verificó las cámaras de seguridad y dio aviso al personal policial», explicó la fiscal del caso.

Los dos sospechosos fueron reducidos por el personal de la Comisaría 3°, que tomó intervención en el hecho.

Forman parte del sustento probatorio de esta imputación el acta de procedimiento policial, la denuncia penal, las entrevistas, informes del Gabinete de Criminalística, el análisis de las cámaras de seguridad.

La Fiscalía solicitó además de la imputación, que ambos se abstengan de acercarse a las víctimas, como a dos domicilios.

Por su parte, el defensor público que asistió tanto a la mujer como al hombre no se opuso a la formulación de cargos como tampoco a la medida cautelar.

De esta manera, y tras escuchar a ambas personas imputadas, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el delito de «tentativa de robo de vehículo dejado en la vía pública y amenazas», imputados por ser co-autores, y ordenó la prohibición de acercamiento.

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El acusado de dispararle a un joven en la zona norte, quedará 4 meses en prisión preventiva

Es mientras continúa la investigación. Es el único detenido por el hecho. La víctima continúa internada en el Hospital.

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Este mediodía (30/06), el equipo fiscal de turno formuló cargos a un hombre de 24 años por un hecho ocurrido el pasado viernes (27/06), alrededor de las 21.00 horas, cuando el imputado le habría disparado desde una motocicleta a la víctima. Además, tras el pedido fiscal, el sujeto quedó detenido cumpliendo prisión preventiva por el plazo de 4 meses.

Según la acusación fiscal, «el imputado se movilizaba en una moto junto a un menor de edad y en la esquina de O`Higgins y Kennedy habrían interceptado a la víctima que iba caminando junto con dos jóvenes más».

«El imputado, que iría de acompañante, utilizando un arma de fuego tipo revolver, que portaba sin la debida autorización legal, le habría efectuado a la víctima al menos cinco disparos con la finalidad de ultimarlo. Dos impactaron en el cuerpo del joven herido, otro en el codo del brazo derecho y el otro en el rostro sector infraorbitario izquierdo, causándole lesiones de carácter graves«, describió la fiscal del caso. Luego de los disparos, el imputado y su acompañante se dieron a la fuga.

La calificación legal por la cual se tuvieron por formulados los cargos es la de «tentativa de homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de un menor de edad en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil», según los Artículos 79, 41 bis, 41 quáter, Art. 189 Bis 2º apartado 3º supuesto, 42, 55 y 45 del Código Penal.

Entre el sustento probatorio presentado por la Fiscalía para esta instancia se encuentra: la intervención de la Comisaría 21º, las entrevistas, actas de allanamientos concretados en el marco de este legajo, intervención del Gabinete de Criminalística y del Cuerpo de Investigaciones Judiciales, certificado del médico policial que constató que la víctima presentaba al momento del examen lesiones graves, historia clínica del joven que resultó herido, proporcionada por el área de salud pública, entre otros.

Luego la Fiscalía solicitó la prisión preventiva teniendo presente que «existen elementos de convicción suficiente para entender que el imputado es el autor del hecho, además sostenemos como peligro procesal el posible entorpecimiento a la investigación. Hay varios testigos que expresaron temor para prestar sus declaraciones, además que resta prueba por producir, entre ellas entrevistas, Cámara Gesell, análisis de cámaras, y de los proyectiles levantados en el lugar del hecho».

Por su parte, el defensor particular negó la autoría de su defendido en el hecho mencionado y se opuso a la aplicación de la medida cautelar, proponiendo una menos gravosa.

Finalmente, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la Fiscalía. En el mismo sentido lo hizo con la prisión preventiva. De esta manera, el imputado deberá cumplir con la medida cautelar por el plazo de 4 meses.

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Acuchilló a su pareja en medio de una discusión y quedó detenida

El hombre se encuentra internado en terapia intensiva. La herida fue a la altura del pulmón.

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Este mediodía (26/06) el Ministerio Público Fiscal formuló cargos y solicitó la prisión preventiva de una mujer de 52 años por el delito de lesiones graves agravadas por el vínculo. Pese a que el defensor público se opuso a la cautelar, la acusada continuará detenida por el plazo de un mes.

Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido el pasado martes alrededor de las 2 de la tarde, en un domicilio ubicado en Rosario de Santa Fe al 3200 de General Roca.

«Previo mantener una discusión por celos, la imputada habría tomado un cuchillo de 33 centímetros de largo, con el fin de herir a su pareja, y le habría ocasionado una herida cortopunzante a la altura del pulmón», explicó la representante fiscal.

Tras el ataque, el hombre fue intervenido quirúrgicamente y «se encuentra en estado reservado en la Unidad de Terapia Intensiva», agregó la Fiscalía.

Entre el sustento probatorio mencionado se encuentra el acta de procedimiento confeccionado por la Comisaría 21° tras un llamado al 911, el croquis referencial del lugar del hecho, el acta de entrevistas a allegados de la señora y otras personas, a personal policial.

«Hemos consultado también los legajos obrantes en el fuero de Familia, donde pudimos advertir que la relación tenía historicidad de violencia», dijo la fiscal del caso.

Intervino el Gabinete de Criminalística, se secuestraron el cuchillo, ropa con manchas símil sangre, celulares tanto en el lugar del hecho como en el lugar donde el hombre se encuentra internado, se suma a la prueba el relevamiento fotográfico, la historia clínica del paciente, la intervención del Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción.

El defensor público explicó que, tras asistir a la mujer, no iba a prestar declaración.

En relación al pedido de la medida cautelar por un mes, la fiscal argumentó que «hay elementos de convicción suficientes sobre quien fue la autora del hecho, si bien la señora no tiene antecedentes penales la calificación legal por la que hoy formulamos los cargos dependerá del avance o no del estado de salud del hombre», aclaró.

«El peligro procesal invocado es el de posible entorpecimiento a la investigación, basándonos en los dichos de la mujer que referenciaron los policías. Además, en caso de mejorar la víctima, necesitamos que él pueda prestar su testimonio con tranquilidad sin temor a ser amedrentado por la señora», agregó la representante fiscal.

El defensor penal público se opuso al pedido fiscal, «toda la prueba está preservada, se realizaron los secuestros pertinentes, la víctima está internada, ¿qué es lo que podría condicionar mi asistida?. Para esta parte, ese riesgo no está del todo presente en este caso. Por eso solicitamos que recupere inmediatamente la libertad y propongo que se le otorgue prisión domiciliaria con dispositivo electrónico».

La jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos en los términos esgrimidos por la fiscalía. En relación a la medida cautelar explicó que «tal lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal habría ocultamiento de prueba, el señor además se habría negado a denunciar el hecho, sin embargo la Fiscalía continúo con la acusación teniendo presente la gravedad del hecho y como dijo la representante el delito imputado no podrá ser menor al que hoy se le ha descripto». Por todo lo anterior, la magistrada resolvió que la preventiva sea de un mes.

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