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Confirmaron condena contra un banco por incluirlo erróneamente en un registro de deudores morosos

BBVA Banco Francés deberá indemnizar a un vecino de Roca por $124.121. La entidad bancaria lo confundió con otra persona radicada en la ciudad de Junín, provincia de Buenos Aires.

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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Roca confirmó una condena de daños y perjuicios contra una entidad bancaria que erróneamente incluyó a un hombre en un registro de deudores morosos y lo mantuvo en esa situación durante más de tres años pese a los diversos reclamos formulados por el damnificado.

La titular del Juzgado Civil de Primera Instancia N° 9 de Roca, Verónica Hernández, había condenado en septiembre pasado al BBVA Banco Francés a indemnizar con 124.121 pesos al demandante. La entidad había informado su nombre al Banco Central, por error, en una nómina de deudores, ocasionándole un grave perjuicio en su solvencia crediticia puesto que el hombre terminó calificado como «irrecuperable» en el registro conocido como Veraz. Aquella sentencia fue apelada por el banco y la Cámara resolvió rechazar todos los agravios, confirmando la decisión de la jueza de primera instancia y la indemnización por daño material, moral y punitivo.

«Se ha logrado acreditar que el banco demandado ha cometido un error en la identidad del actor -a quien confundió con otra persona radicada en la ciudad de Junín, provincia de Buenos Aires-; que a la postre derivó en una situación de confusión nunca superada, ni por cierto tampoco revertida por el demandado, quien hizo caso omiso hacia los reclamos en tal sentido del accionante; generándole a éste los perjuicios reclamados como consecuencia de la indebida inclusión en los registros de deudores -Veraz- lesionando su solvencia crediticia», precisó el juez de la Cámara Víctor Soto en su voto rector, al cual adhirió su par Gustavo Martínez.

Uno de los agravios del banco cuestionaba la condena por el rubro «daño punitivo». Al rechazar ese planteo, el juez Martínez sostuvo: «…el denominado daño punitivo ha sido regulado (…) atendiendo la necesidad de acordar a las indemnizaciones una función de prevención, procurando disuadir conductas no deseadas, mejorando las prácticas de mercado en lo que respecta al ámbito de la defensa del consumidor (…) con la finalidad de que la ejemplaridad sirva de escarmiento para todos los operadores».

En el fallo de primera instancia se destacó que el afectado, además de los perjuicios en su vida cotidiana y financiera, recién pudo lograr que su nombre sea retirado del registro mediante una acción de hábeas data en la que obtuvo una sentencia favorable.

«De las constancias de la causa se desprende que se vio obligado a realizar numerosos reclamos -consultar a profesionales, realizar cartas documentos, trámite judicial de hábeas data y finalmente este reclamo judicial, donde también el demandado rechaza su reclamo-. Como también deben tenerse en cuenta las circunstancias personales que se encontraba atravesando, que fueron probadas en autos (…), y que la información crediticia le impedía realizar operaciones comerciales cotidianas para la adquisición de bienes, con la angustia y el trastorno que ello ocasiona tanto a nivel personal, como en su vida en relación», resumió la jueza Hernández en su fallo. Allí también destacó como fundamento para la condena por «daño punitivo» la actitud asumida por la entidad, «con grave menosprecio e indiferencia hacia los derechos del consumidor, lo que refiere una actitud de culpa grave o dolo eventual, de cierta gravedad que tiene entidad suficiente para ser sancionada».

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Judiciales

La Justicia Federal aceptó el amparo colectivo por la Ruta Nacional 151

Analizarán los tramos específicos incluidos en la cautelar, para evaluar la necesidad de obras de conservación hasta la sentencia definitiva.

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El Juzgado Federal de General Roca, a cargo del juez Hugo Greca, reconoció la acción de amparo colectivo presentada por el gobernador Alberto Weretilneck, intendentes y cámaras empresariales para garantizar la seguridad en la Ruta Nacional N° 151.

En su resolución, el magistrado definió avanzar en los tramos específicos de la ruta incluidos en la cautelar solicitada, para evaluar la necesidad de obras de conservación hasta la sentencia definitiva.

«La fecha de realización del reconocimiento judicial in situ, que deberá ser propuesta de manera conjunta, contando con los medios para el traslado», indica además.

«La participación de peritos de parte, en condiciones de producir luego un examen científico que precise tanto las medidas requeridas como las defensas planteadas por la demandada», agrega.

El fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan, señaló que «es un paso indispensable para dejar en evidencia la gravedad del abandono de la Ruta 151 y exigir medidas urgentes que resguarden la seguridad de los rionegrinos».

A su vez, subrayó que «el propio Estado Nacional reconoció que en dos años no ejecutó obras sustanciales y que lo hecho hasta ahora es claramente insuficiente. Esa confesión deja en claro que la Provincia tenía razón al plantear esta acción judicial», dijo.

Además, el fiscal de Estado sostuvo que «Río Negro no se va a resignar a que la desidia nacional ponga en riesgo vidas humanas. Vamos a seguir insistiendo hasta que se ordenen las obras mínimas de conservación y se cumpla con el deber básico de garantizar rutas seguras».

Finalmente, Pérez Estevan remarcó la necesidad de celeridad en el proceso. «Llevamos meses reclamando medidas mínimas mientras la causa se demora en trámites que no se condicen con la urgencia del caso. El amparo no puede transformarse en un juicio ordinario: la Justicia debe actuar rápido porque está en juego la vida de quienes transitan todos los días esta ruta», concluyó.

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Fiscalía de Estado recuperó más de $8.600.000 para el sistema de salud

Una sentencia judicial obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos al IPROSS.

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La Fiscalía de Estado de Río Negro obtuvo un fallo favorable que ordena la restitución de más de $8.600.000 al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS), consolidando su rol central en la defensa del patrimonio público.

El Juzgado Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N 13 de Viedma hizo lugar a la demanda presentada por el organismo provincial, que actuó en representación de IPROSS. La sentencia, dictada el 1 de septiembre de 2025, obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos y asistenciales afrontados por la obra social estatal en la atención de un afiliado gravemente lesionado sobre la Ruta Nacional N° 3.

La resolución judicial reconoce el derecho de la Provincia a recuperar, mediante acción subrogatoria, los costos generados por la negligencia de terceros. El fallo también subraya la legitimidad del accionar de la Fiscalía de Estado, que promovió la demanda con éxito y aseguró una importante restitución a favor del sistema público de salud.

«Esta acción reafirma nuestro compromiso con la protección del erario provincial y la defensa activa de los recursos del sistema solidario de salud», destacó el Fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan.

El organismo explicó que cada peso recuperado fortalece la capacidad operativa de IPROSS y alivia la carga sobre el sistema público de salud, que no debe asumir costos ajenos a su responsabilidad.

«La estrategia de iniciar acciones judiciales busca precisamente garantizar el recupero de los gastos cubiertos por IPROSS a los afiliados cuando la responsabilidad de los daños corresponde a un tercero y a su aseguradora», destacaron desde el Gobierno.

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Familia del Alto Valle definió el cuidado de un adulto mayor y el destino de una chacra

Fue a través del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación.

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En el Alto Valle, una mesa de mediación reunió a una familia entera que buscaba organizar el cuidado de su padre ya mayor y resolver cómo administrar una chacra de la región. La cita ocurrió el 26 de agosto de 2025 en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación. El proceso fue gratuito y concluyó con un acta que dejó asentados compromisos y responsabilidades.

Ese día, uno de los hijos tomó la palabra con decisión: trasladaría a su padre a su casa el 28 de agosto y se haría cargo de su cuidado cotidiano. Además, aceptó realizar los trámites previsionales para asumir la representación como apoderado y administrar los ingresos del adulto mayor.

En la misma mesa, una de las hermanas ofreció colaborar en la atención diaria. El objetivo fue claro: que quien asumiera la carga principal pudiera disponer de espacios de descanso. Se estableció que los detalles de esa ayuda se coordinarían de manera directa entre los familiares. La conversación giró luego hacia la chacra. Otro de los hermanos aceptó administrar la tierra y los animales. Dijo que se encargaría de los tributos y del cuidado del ganado. El compromiso incluyó la entrega de un grupo de vacas con sus crías a uno de sus hermanos, con retiro fijado entre el 30 y el 31 de agosto.

El tema económico también ocupó un lugar en la discusión. Varias personas se comprometieron a aportar una suma de dinero todos los meses, durante los primeros diez días, mediante transferencias a una cuenta bancaria. La mediación recogió esa decisión sin prever sanciones, solo como un acuerdo de responsabilidad compartida.

La audiencia se extendió hasta el mediodía. Dos de los hermanos decidieron no suscribir a ciertos puntos, y por eso el documento final reflejó únicamente los aspectos consensuados. La mediadora informó que lo acordado tenía carácter inmediato y obligatoriedad plena.

La reunión concluyó con la lectura del acta. Cada integrante escuchó en silencio el detalle de las fechas, las tareas y los aportes comprometidos. La tensión del inicio se transformó en un registro escrito que marcó un camino para la organización familiar. La intervención de la Defensa Pública permitió que este proceso se desarrollara sin costo y bajo un marco oficial que dio respaldo a la palabra de los participantes.

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