Judiciales
Condenaron a un abogado por «estafa mediante abuso de firma en blanco»
Además de la pena de prisión los jueces impusieron la inhabilitación especial por considerar que el imputado «perpetró el hecho ejerciendo abusivamente su profesión de abogado».

La Cámara Criminal Segunda de Roca condenó a un hombre a dos años de prisión en suspenso y dos años de inhabilitación para ejercer su profesión de abogado, tras declararlo autor del delito de «estafa mediante abuso de firma en blanco». El Tribunal de juicio estuvo integrado por los jueces Gastón Martín, Oscar Gatti y Gustavo Martínez (subrogante).
Se atribuyó al imputado Gerardo Adrián Manuel Foglia haber defraudado al ciudadano L.A.P., quien fue su cliente en el año 2010 en procesos del fuero de Familia, utilizando para ello una firma en blanco de éste para elaborar un convenio de honorarios y reconocimiento de deuda por 90.000 pesos, con el cual luego le inició un juicio ejecutivo para el cobro. Ello derivó en un embargo de bienes del damnificado con el objetivo de que abone forzosamente la suma reclamada, que ascendió finalmente a 400.000 pesos.
En su defensa el imputado sostuvo que el convenio en cuestión «se pactó y firmó» con el consentimiento del denunciante. Destacó que la autenticidad de la firma fue confirmada por una pericia caligráfica y calificó como una «fantasía» que el cliente le dejara «hojas en blanco» firmadas para diversos trámites judiciales.
Por la parte querellante, el abogado Jorge Crespo solicitó la condena de dos años de prisión de ejecución condicional. Dio por acreditada la firma del documento en blanco y destacó que el monto del supuesto convenio fue «110 veces» mayor a los honorarios efectivamente regulados en los procesos en los que el abogado patrocinó al denunciante. «La tamaña desproporción del monto demuestra que se ha llenado en violación a la confianza», alegó.
Por su parte la fiscal de Cámara Graciela Echegaray solicitó la misma pena más inhabilitación, destacando que el imputado había afianzado la confianza con su cliente por la relación médico – paciente que lo unía con él antes de convertirse en su abogado.
La Defensora Oficial Flavia Rojas, en tanto, pidió la absolución y se opuso al pedido de inhabilitación. Sostuvo que el monto del convenio fue proporcional al patrimonio del denunciante y a las labores «judiciales y extrajudiciales» realizadas por Foglia.
Decisión unánime
La Cámara dictó la condena con voto rector del juez Gatti y adhesión plena de sus pares. «La versión exculpatoria dada por el imputado en toda su extensión, se ve desvirtuada por el plexo probatorio obrante en la causa», concluyó el Tribunal tras evaluar la denuncia penal, los cuatro expedientes de Familia en los que el imputado intervino como patrocinante durante seis meses, el testimonio de la víctima en el juicio, el texto del convenio de honorarios, la pericia caligráfica y la demanda ejecutiva del abogado, entre otros elementos de prueba.
Para los jueces, la existencia del papel firmado en blanco por la víctima y su posterior llenado con el texto de un convenio «irracional, desproporcionado y abusivo» se pudo acreditar mediante testimonios e indicios. Entre estos últimos figuran la fecha del convenio (posterior a la ruptura del vínculo abogado – cliente), la particular ubicación de la firma del denunciante en el documento y la diferencia «astronómica» entre el monto supuestamente pactado y los honorarios efectivamente regulados en los expedientes de Familia por la «escasa labor profesional» desplegada por el letrado.
Por otra parte, el Tribunal evaluó las contradicciones del imputado en sus sucesivas declaraciones, considerándolas un «indicio de mala justificación» que «complica aún más su delicada situación procesal». Además de la pena de prisión los jueces impusieron la inhabilitación especial por considerar que el imputado «perpetró el hecho ejerciendo abusivamente su profesión de abogado».
«No debemos olvidar que siendo el abogado considerado auxiliar de la justicia, el ejercicio de esta profesión no puede evaluarse meramente como un trabajo o actividad profesional económicamente rentable (…) sino que importa un servicio público o por lo menos debe ser de absoluto compromiso con la prestación de ese servicio público esencial (la justicia)», señaló la Cámara en su sentencia.
Judiciales
Seguirá preso hasta julio: La jueza extendió la detención del acusado por el choque múltiple en Allen
El Ministerio Público Fiscal argumentó que Araneda contaba con solvencia económica y antecedentes penales al momento del hecho. La defensa propuso medidas alternativas, pero la magistrada no hizo lugar al planteo.

La jueza de Garantías interviniente en el caso del siniestro vial ocurrido el 21 de noviembre en el kilómetro 1204 de la Ruta Nacional N° 22, en Allen, resolvió prorrogar la prisión preventiva de Axel Adrián Araneda hasta el 21 de julio de 2026.
La medida fue solicitada por la Fiscalía, que fundamentó su pedido en la persistencia del peligro procesal de fuga. En ese sentido, la representante del Ministerio Público Fiscal señaló que el imputado cuenta con antecedentes penales, lo que impediría que una eventual condena fuera de ejecución condicional. Además, destacó que al momento del hecho Axel Adrián Araneda se movilizaba en una camioneta Amarok automática, transportaba un millón de pesos y llevaba consigo varios teléfonos celulares marca iPhone, elementos que, a criterio de la fiscalía, dan cuenta de su solvencia económica y de las posibilidades concretas de sustraerse al accionar de la Justicia.
La Fiscalía también indicó que se encuentran pendientes de realización diversas pericias, entre ellas la histopatológica, la reconstrucción virtual a cargo del Ministerio Público de Río Negro y la apertura de los teléfonos celulares por parte de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel).
En cuanto al resultado del análisis de alcohol en sangre, la representante fiscal aclaró que el estudio arrojó 0,94 gramos por litro, circunstancia que no permite acreditar ese agravante en particular. No obstante, precisó que se mantienen los vinculados a la cantidad de víctimas fatales y al exceso de velocidad.
La querella adhirió al pedido. La defensa particular del imputado propuso medidas alternativas, como presentaciones periódicas en comisaría, la prohibición de salida de la provincia y del país, o la colocación de un dispositivo de monitoreo electrónico.
La jueza no hizo lugar a esa propuesta y dispuso que la prisión preventiva se extienda por cuatro meses más.
Judiciales
Un perro mordió a una mujer y su dueña será sancionada
La Justicia constató que el animal ya había protagonizado otros episodios similares con al menos dos personas más.

Una mujer sufrió una mordedura en una pierna cuando se dirigía a su lugar de trabajo y pasaba cerca de un comercio. Según relató, un perro de tamaño mediano y de color blanco se abalanzó sobre ella y le provocó la lesión. Indicó, además, que no se trató de un hecho aislado, ya que el mismo animal había atacado con anterioridad a un familiar.
Tras el episodio, la persona recibió atención en el Hospital de Guardia Mitre. En el expediente se incorporó un certificado médico que acreditó la asistencia y la lesión constatada por el personal de salud.
La mujer se dirigió al Juzgado de Paz de Guardia Mitre y realizó la denuncia. Se constató el domicilio de la responsable del perro y que el animal ya había protagonizado otros episodios similares con al menos dos personas más.
A partir de estos elementos, el juez de Paz consideró que existían pruebas suficientes para imputar a la persona señalada como responsable del cuidado del animal. En consecuencia, dispuso su notificación para que ejerciera su derecho a presentar descargo dentro de los plazos establecidos por la Ley Contravencional Nº 5592. Sin embargo, una vez vencido el plazo, la imputada no presentó ninguna manifestación en su defensa.
El caso se analizó en el contexto del artículo 43 de la Ley Contravencional Nº 5592, que establece que resulta punible la persona dueña o encargada de la custodia de animales que ocasionan daños a la integridad física de terceros cuando no adopta las medidas de precaución necesarias para evitar esos perjuicios. La norma también contempla la posibilidad de que la infracción se configure por conducta culposa.
Asimismo, la resolución incluyó referencias a normativa local. La ordenanza Nº 014/2021 sanciona la tenencia irresponsable de animales sueltos, entre ellos los perros. Por su parte, la Carta Orgánica Municipal, en su artículo 43, establece que el municipio regula el control y la tenencia responsable de animales por parte de sus propietarios.
En función de ello, la resolución dispuso la aplicación de la sanción prevista en el artículo 23, inciso a), de la Ley Contravencional Nº 5592. Esa norma contempla la amonestación como una de las penas posibles. El artículo 24 define esta sanción como una exhortación dirigida a evitar futuras infracciones y a señalar la gravedad de la conducta, así como sus efectos sobre la convivencia social.
El magistrado sancionó a la persona imputada con una amonestación por infracción al artículo 43 de la Ley 5592, sobre la base de los elementos incorporados en el expediente y del encuadre legal correspondiente.
Deportes
Grave denuncia en club: Separaron a un entrenador acusado de abuso y estafa
La institución separó al acusado y expuso una estafa que alcanzaría los 160 millones de pesos.

Un grave caso sacude al ámbito del fútbol infantil en Neuquén, donde un entrenador y abogado de 28 años fue denunciado por presunto abuso y una millonaria estafa que afectaría a familias vinculadas a un club barrial.
La presidenta del Club Unión Vecinal, Fabiana Cárdenas, confirmó en diálogo con el programa SuperDeportivo (de lunes a viernes de 12 a 14 horas por La Super FM 96.3) que la institución tomó conocimiento de los hechos y actuó de manera inmediata. «Tomamos conocimiento de los presuntos hechos e inmediatamente lo separamos del cargo», explicó.
Según relató a La Super, al comunicarle la decisión, el acusado reaccionó con enojo y, tras su salida, también se desvinculó todo el cuerpo técnico de la categoría 2010, incluido un familiar directo.
Además de las denuncias por presunto abuso, desde el club señalaron que el hombre habría cometido estafas por cifras millonarias. «Estafó a varias personas dentro del club, padres de los chicos, incluso a mi hijo», indicó Cárdenas, quien detalló que solo en su caso el perjuicio rondaría los 79 millones de pesos, mientras que el total alcanzaría unos 160 millones.
El caso genera especial preocupación por la posible existencia de víctimas menores de edad. «Hay chicos en el medio, eso es lo más grave», remarcaron desde la institución, que se definía como un espacio de contención familiar. «Queremos la verdad de todo porque hay chicos en el medio», sostuvo la dirigente, remarcando la gravedad del caso más allá de lo económico.
En las últimas horas, se confirmó que se realizó la formulación de cargos, mientras avanza la investigación judicial.





