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Roca

Inauguran la extensión de pavimento en calle Venezuela

Será este sábado desde las 12.30 horas. El acto inaugural se desarrollará en Venezuela y Australia.

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El intendente de General Roca, Martín Soria, junto a los vecinos del barrio, dejará inaugurada el sábado a las 12.30, la extensión del pavimento en calle Venezuela, desde la calle 225 Bis hasta la ultima calle de las 290 Viviendas.

Son en total 11 nuevas cuadras, sobre las cuales se está terminando de colocar la carpeta asfáltica, trabajos que se culminarán antes del sábado para formalizar de inmediato la habilitación ya que con anterioridad se completaron los cruces de las calles y los badenes de desagote de aguas de lluvias.

Con la inauguración de este tramo de la calle Venezuela, se completa la totalidad del recorrido de la calle que nace en Mendoza y cuya pavimentación comenzó el año pasado junto con los trabajos efectuados en el barrio Universitario, para prolongarse luego la pavimentación hasta calle Jujuy y finalmente el tramo que se inaugurará el sábado próximo para beneficio de los habitantes de los diferentes barrios a lo largo de su recorrido que supera los 2 kilómetros de nuevo pavimento.

El acto principal se desarrollará en la intersección de Venezuela y Australia.

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Política

Weretilneck y Soria juntos en Roca: La Provincia culminará una obra de agua paralizada por Nación

Beneficiará a 286 familias del barrio Fiske Menuco.

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El gobernador Alberto Weretilneck y la intendenta de Roca, María Emilia Soria, anunciaron que el Gobierno de Río Negro se hará cargo de culminar la obra de agua potable en el barrio Fiske Menuco, beneficiando a 286 familias, tras la paralización de los trabajos dispuesta por el Gobierno Nacional. La novedad se confirmó en el marco de la visita del mandatario a la ciudad, donde encabezó un acto oficial.

La continuación de la obra será posible gracias a un aporte del Gobierno Provincial, superior a los $313 millones y se ejecutará bajo la modalidad delegada en el marco del programa Junto al Municipio, que lleva adelante el Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

Cabe recordar que en el barrio Fiske Menuco se desarrollaba una importante obra de urbanización integral que contemplaba todas las necesidades de los vecinos del sector, con la provisión de agua, cloacas, electricidad, alumbrado y cordón cuneta, entre otros. Había sido iniciada años atrás por el Estado Nacional -a través de la Subsecretaría Integración Socio Urbana (SISU)- pero luego del cambio de Gobierno quedó paralizada.

El gobernador Weretilneck destacó la importancia de garantizar estas obras claves para la comunidad. «En Río Negro, la inversión en infraestructura no se detiene; con fondos propios y sin depender de nadie seguimos construyendo el futuro de nuestra provincia», indicó.

La intendenta de Roca, María Emilia Soria, agradeció a la Provincia por el aporte y destacó su compromiso para culminar esta obra tan fundamental para las familias del barrio. «La obra quedó abandonada por decisión el Gobierno Nacional y acordamos con el gobernador Weretilneck la continuidad, es complejo gobernar en este contexto, pero siempre es mejor cuando contamos con este apoyo. Es la única forma», agregó.

En el acto también se entregaron más de 100 tarjetas del programa Río Negro Presente Salud, que garantizan el acceso a medicamentos gratuitos para personas con enfermedades crónicas no transmisibles, atendidas en el sistema de salud y que no cuentan con cobertura médica. Con esta herramienta, cada beneficiario puede adquirir sus remedios en farmacias locales.

La entrega de esta tarjeta es posible gracias al trabajo articulado entre los Ministerios de Salud y de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte de la provincia, junto con el Colegio de Farmacéuticos de Río Negro.

Por otro lado, la Provincia entregó escrituras tramitadas a través de la Ley Pierri y del IPPV, en conjunto con el Colegio de Escribanos. De esta manera, más familias roquenses ya cuentan con su título de propiedad, lo que les brinda estabilidad y seguridad, permitiendo proyectar un mejor futuro.

El mandatario felicitó a quienes obtuvieron sus escrituras y les agradeció por su aporte. «Es muy importante que hayan pagado la totalidad de las cuotas, porque esto es un fin solidario, con ese dinero el IPPV construye otras viviendas y avanza en obras», sostuvo.

El deporte también fue protagonista

Durante la jornada, el gobernador Weretilneck entregó un aporte de $6.000.000 al Club Del Progreso, destinado a la colocación del piso flotante de la cancha donde se llevará adelante la Liga Federal 2025 de básquet.

Asimismo, en el marco de la Ley 5245, de Patrocinio y Tutoría del Deporte; el Gobierno Provincial, a través del Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura, firmó un convenio con la Asociación Civil Taekwon-do del Sur, con el objetivo de fortalecer las tareas que la institución realiza para la comunidad, a través de un importante aporte económico.

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Judiciales

Descartan el sonambulismo como defensa y revocan absolución en un caso de abuso sexual

El sujeto fue condenado por abusar de una niña de 10 años. En el juicio dijo que era sonámbulo.

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El Tribunal de Impugnación revocó una absolución y condenó a un hombre por el delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo y por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando la convivencia preexistente. La defensa había argumentado que el acusado actuó en estado de sonambulismo y, por lo tanto, no era consciente de sus actos. Sin embargo, el fallo descartó esta postura y concluyó que existían pruebas suficientes para una condena.

El caso ocurrió en una localidad de Alto Valle y se juzgó en Roca. La acusación señaló que el imputado, en el contexto de convivencia con una niña de 10 años, incurrió en conductas inapropiadas. Según la denuncia, el hombre se acostó en la misma cama y aprovechó la situación para someterla a tocamientos. Durante el juicio, el acusado reconoció el contacto físico, pero sostuvo que se encontraba en estado de sonambulismo, lo que, según su defensa, lo eximía de responsabilidad penal.

En noviembre de 2024, el Tribunal de Juicio lo absolvió, al considerar que existía «duda razonable» sobre su estado de conciencia al momento del hecho. Sin embargo, la Fiscalía impugnó esa decisión y cuestionó la valoración de la prueba. Argumentó que el acusado no había demostrado de manera fehaciente que padeciera episodios de sonambulismo en su adultez y que su comportamiento posterior no era compatible con ese estado. En particular, destacó que, tras el hecho, el hombre se levantó, encendió la luz y pidió disculpas reiteradas veces, lo que, según la acusación, indicaba que comprendía lo sucedido.

Otro punto central en la revisión del fallo fue el análisis del testimonio de una psicóloga que declaró en favor de la defensa. Durante el juicio, la perito afirmó que los hechos podrían haber ocurrido durante un episodio de sonambulismo.

Sin embargo, en su declaración el imputado dijo que despertó por sí solo y no porque la niña lo zamarreara, como la perito había afirmado inicialmente. Además, la especialista admitió que el sonambulismo es más frecuente en la infancia por lo cual se infiere que haberlo padecido en la niñez no implica necesariamente que persista en la adultez, lo que, según la Fiscalía, debilitaba la hipótesis de la defensa.

El tribunal también analizó otras pruebas, como el testimonio de familiares. Si bien se acreditó que el acusado tuvo episodios de sonambulismo en la infancia, ni su expareja ni su padre, con quienes convivió, manifestaron haber presenciado situaciones similares en su adultez. Además, la acusación destacó ciertas contradicciones en su relato: a la niña le explicó que había tenido un sueño, pero ante el tribunal afirmó que estaba sonámbulo, cuando ambos estados no son compatibles.

Sobre la base de estos elementos, el Tribunal de Impugnación concluyó que la absolución no se ajustaba a derecho, revocó la sentencia y declaró al acusado penalmente responsable. Asimismo, dispuso que el caso regrese al Foro de Jueces y Juezas de la Segunda Circunscripción para la determinación de la pena correspondiente.

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Judiciales

La Asociación Española incumplió un contrato y deberá indemnizar a un organizador de actividades recreativas

El acuerdo le permitía organizar una colonia de verano con actividades recreativas y deportivas para los hijos de los socios y terceros durante la temporada estival.

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Un hombre de Roca tenía un contrato de concesión para el uso de las instalaciones de la Asociación Española Mutualista y Cultural del Alto Valle de Río Negro. El acuerdo le permitía organizar una colonia de verano con actividades recreativas y deportivas para los hijos de los socios y terceros durante la temporada estival. Sin embargo, la Asociación no cumplió con su parte del contrato, por lo que el hombre inició una demanda civil.

El contrato tenía una duración de 4 años y le permitía realizar otras actividades en distintas épocas del año, como la creación y administración de escuelas de fútbol y tenis, entre otras. Se estimaba una concurrencia de aproximadamente 120 niños en la colonia de vacaciones, la cual se desarrollaría de lunes a viernes, de 9.00 a 13.00.

En el fallo se explicó que «las partes acordaron que, del total recaudado y una vez deducidos los gastos, el actor percibiría el 80%, y el demandado, el 20% restante. En cuanto a los gastos que pudieran surgir durante el desarrollo de la colonia, estos serían afrontados en un 50% por cada una de las partes contratantes. La Asociación asumió la inscripción de los participantes, la atención a los clientes, la contratación de seguros, el cobro de cuotas, el pago a proveedores, entre otras tareas administrativas. Además, se comprometió a realizar pagos quincenales al hombre durante el funcionamiento de la colonia. Sin embargo, dichos pagos fueron insuficientes, generando un crédito a su favor».

Se determinó que la Asociación no cumplió con sus obligaciones administrativas, lo que obligó al demandante a contratar a un tercero para suplir esta omisión.

Al finalizar la colonia, la Asociación le adeudaba al hombre la suma de $220.000. Para posibilitar la continuidad del contrato de concesión, él aceptó el pago de la deuda en cuotas y recibió 10 valores de $18.622 cada uno. En el mismo acuerdo, se modificó el plazo de pago de lo recaudado por la Asociación, reduciéndolo de quincenal a semanal. Además, se estableció que el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas haría ejecutable el convenio, incluyendo los gastos e intereses correspondientes.

Tras la negociación del convenio de pago, se inició la colonia de vacaciones del año siguiente. No obstante, la Asociación seguía adeudándole dinero al hombre.

El fallo también señaló que, además de las sumas adeudadas por incumplimiento del contrato, la conducta de la Asociación le generó al demandante un grave perjuicio económico, impidiéndole continuar con el contrato o encontrar una solución. El acuerdo preveía una duración de 4 años, lo que otorgaba al hombre una expectativa laboral y de generación de ingresos por dicho período. Sin embargo, los reiterados incumplimientos de la demandada frustraron la continuidad del contrato.

Para dictar sentencia, se tuvieron en cuenta testimonios, pericias contables y documentos presentados por ambas partes.

Finalmente, el juez civil hizo lugar a la demanda del roquense y condenó a la Asociación Española Mutualista y Cultural del Alto Valle de Río Negro a abonarle la suma de $1.027.382,25, más intereses.

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