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STJ remitió proyecto de Presupuesto a la Legislatura

Se prevé un gasto e inversión total de $3.627.878.000, lo que representa un 24% más de lo solicitado a fines del año pasado.

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El Superior Tribunal de Justicia remitió a la Legislatura rionegrina el Presupuesto General del Poder Judicial para el ejercicio 2018, conforme lo establece el artículo 224 de la Constitución Provincial. El proyecto enviado, aprobado en Acordada, prevé un gasto e inversión total de $3.627.878.000, lo que representa un 24% más de lo solicitado a fines del año pasado. La remisión por parte del Poder Judicial es una obligación constitucional, aunque la aprobación definitiva es una facultad de Poder Legislativo.

Lo ejecutado en los últimos años por el Poder Judicial implica aproximadamente un 5% del Presupuesto total de la Provincia.

De acuerdo al proyecto de Presupuesto para el año 2018, para la prestación del servicio de justicia el rubro más significativo corresponde a Personal, con un 85% de los recursos. Para obras se prevé una erogación aproximada del 4%, al igual que para servicios, algo más del 2% para bienes de capital y un 1% se prevé destinar a bienes de consumo. Se estima que $85.000.000 provendrán de recursos propios generados por el Poder Judicial.

El Presupuesto está dividido en 6 programas: el 11 corresponde a lo Jurisdiccional, con una previsión de erogaciones por $1.795.913; el 12 está destinado a la Procuración y prevé $1.042.549; el Consejo de la Magistratura (programa 13) tiene asignado en el proyecto $12.000.000; los organismos auxiliares (programa 14), $731.126.000.

También se estima una inversión para los organismos pendientes de implementación de $19.730.000, agrupados en el programa 15. El programa 17, destinado a la Reforma Procesal Penal, prevé una inversión de $26.240.000. En este rubro se verifica una notable disminución con respecto al Presupuesto 2017, ya que las inversiones principales, destinadas a las salas de audiencias de las cabeceras jurisdiccionales, ya fue realizada.

Inversiones

El proyecto destaca que “para el año 2018 se continúa previendo el Programa denominado Reforma Procesal Penal a los fines de considerar las erogaciones que demandará la puesta en marcha del sistema de Juicios por Jurados, cuya entrada en vigencia ha sido establecida a partir del 1 de marzo de 2019 por la Ley N° 5192, así como también la continuidad del plan de capacitación a magistrados, funcionarios y empleados del fuero con el fin de acompañar y afianzar la implementación del nuevo código de procedimiento”.

También prevé “las inversiones necesarias para completar la integración de los Cuerpos de Investigación Forense” y “la cobertura de los cargos para completar la dotación de organismos tales como los Juzgados de Paz, Juzgados de Ejecución Penal, los Juzgados de Familia y las Oficinas Judiciales”.

Se incluye en el presupuesto, asimismo, la continuidad del programa de incorporación de tecnología, con el objetivo de disminuir costos y tiempos. Incluye telefonía IP y “la primera etapa de actualización de la tecnología de las salas de audiencias de los fueros Civil, Laboral y de Familia, unificando el equipamiento con el instalado a las salas del fuero Penal”. Asimismo, “se incluyen los recursos para afrontar le inversión en tecnología destinada al Área de Informática Forense” y “se incorporan además herramientas que permitirán recolección y análisis de prueba en el lugar del hecho, así como también atender la creciente y constante demanda de pericias sobre dispositivos móviles”.

Obras

En lo que respecta a obras edilicias se incluyen para el año 2018 partidas presupuestarias con destino a concretar la construcción del Complejo Judicial de Villa Regina, recientemente licitada, que alojará a la totalidad de los organismos judiciales de dicha ciudad; la ampliación y refuncionalización del Laboratorio Regional de Genética Forense, con sede en San Carlos de Bariloche, modificándose todo el sector a efectos de cumplir con normas de seguridad y normas ISO; la construcción de una nueva Sala de Calderas en la sede de Tribunales de Viedma.
Asimismo, se prevé la construcción de un espacio propio destinado a la Gerencia Administrativa de la cuarta circunscripción. Circunscripción Judicial y Sala de Reuniones del Consejo de la Magistratura y oficinas del STJ en Cipolletti, que se localizará en la planta alta del inmueble del Juzgado de Paz de esa ciudad; la primera etapa de construcción del Complejo Judicial de Ingeniero Jacobacci, la elaboración de los Proyectos Ejecutivos correspondientes a los Complejos Judiciales de de San Antonio Oeste, Choele Choel y Luis Beltrán, así como también el anteproyecto de la sede del fuero penal en Viedma.

También, la continuidad de las readecuaciones en los inmuebles jurisdiccionales de Viedma, Cipolletti, Bariloche y Ciudad Judicial de General Roca, en los sectores que resultaron liberados por la relocalización de oficinas posterior a la puesta en marcha de la Reforma Procesal Penal; la ejecución de obras menores en edificios propios de toda la provincia, incluyendo los Juzgados de Paz; obras de conectividad, que comprenden básicamente el tendido de redes de comunicaciones.

Capacitación y planificación

Las partidas presupuestarias con destino a la Escuela de Capacitación del Poder Judicial, a efectos de ser aplicadas a la organización, logística y concreción de los distintos etapas formativas. Entre ellas, comprende, “un ciclo de capacitación en el Proceso Contencioso Administrativo, ante la futura implementación del fuero conforme lo prevé la Ley N° 5160, el desarrollo de la Tecnicatura en Gestión Judicial, en conjunto con la Universidad Nacional de Río Negro, y el programa de capacitación para áreas administrativas a desarrollar en el marco del convenio firmado con el Instituto Provincial de la Administración Pública. Asimismo, se continuarán desarrollando durante el nuevo ejercicio actividades de formación inherentes a la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal, tanto para la judicatura como para los integrantes del Ministerio Público, en la profundización de las destrezas del sistema acusatorio como para su desempeño en el Juicio por Jurados. Como también la capacitación de Jueces y demás operadores del sistema, en la aplicación del nuevo Código Civil y Comercial, muy especialmente en las concernientes al Fuero de Familia”.

Además, se prevé la continuidad de las labores de Planificación Estratégica, que ya se encuentran en su tercera etapa operativa.

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Perdió una carga de ladrillos en la Ruta 22 y provocó el siniestro vial de una familia: Condenan a los responsables del camión

El conductor del rodado menor perdió el control y salió hacia la banquina. Los ocupantes del auto sufrieron heridas de consideración.

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Foto: Archivo.

Una familia circulaba en auto por la Ruta Nacional N° 22, desde Neuquén hasta La Plata. El hombre, jubilado, conducía el vehículo, y su esposa lo acompañaba en el asiento delantero. Una hija y sus nietas viajaban en el asiento trasero.

A la altura de Allen, se acercaron a un camión Mercedes Benz que transportaba ladrillos en su acoplado, sin compuerta. En el momento en que ambos vehículos coincidieron en la marcha, el material comenzó a caer de forma abrupta. Los ladrillos quedaron esparcidos a lo largo y ancho de la ruta, y una nube de polvo impidió la visibilidad.

La familia perdió el control del auto y salió hacia la banquina. Media hora después, fueron trasladados a centros de salud de Allen y Cipolletti. Como consecuencia sufrieron politraumatismos, fracturas y lesiones graves. El vehículo resultó con destrucción total.

A raíz de las secuelas, el conductor y todas las mujeres recurrieron al Poder Judicial. Presentaron una demanda por daños y perjuicios. El fuero Civil de Roca hizo lugar a la presentación y condenó al conductor, al titular registral del camión y a la aseguradora a indemnizar a todos los integrantes de la familia.

En su defensa, el hombre que conducía el Mercedes Benz atribuyó la caída de la carga al mal estado de la ruta. Argumentó que había tomado precauciones, como la colocación de balizas y el uso de luces. También responsabilizó al conductor del auto por manejar de forma imprudente y a exceso de velocidad.

Las actas policiales confirmaron que la carga estaba esparcida sobre la calzada y las banquinas. La pericia accidentológica concluyó que el accidente fue inevitable para el vehículo menor, debido a la escasa visibilidad y a la abrupta obstrucción total de la ruta.

Las pericias médicas y psicológicas determinaron severas incapacidades físicas y psíquicas en las mujeres, así como cuadros de estrés postraumático.

La jueza consideró acreditada la responsabilidad objetiva de los demandados por el riesgo creado por la cosa, es decir, la carga de ladrillos transportada en condiciones inadecuadas. La falta de compuerta en el camión fue un factor determinante.

Las indemnizaciones otorgadas incluyeron la incapacidad física y psíquica, el daño extrapatrimonial, los gastos médicos, los traslados y los tratamientos. Además, se reconoció la privación de uso del auto.

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Compró un iPhone, lo envió por encomienda y llegó la caja vacía: La Justicia condenó a la empresa transportista

El destinatario, un vecino de Roca, recibió el paquete abierto y sin el teléfono. La firma no respondió el reclamo.

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Lo que debía ser un simple envío terminó convertido en un conflicto judicial. Un hombre de General Roca había comprado un iPhone 14 Pro Max nuevo para regalárselo a una amiga y, como en ocasiones anteriores, optó por enviarlo mediante un servicio de encomiendas desde la terminal local. Sin embargo, esta vez el paquete no llegó como debía.

Cuando la destinataria se acercó a retirar la encomienda, encontró la caja abierta y sin el dispositivo en su interior. Sorprendida, realizó el reclamo en el momento, pero la empresa de transporte no le ofreció ninguna respuesta.

Frente a la falta de soluciones, el comprador decidió iniciar una demanda por daños y perjuicios. En su presentación sostuvo que la firma incumplió el contrato de consumo al no garantizar la entrega en condiciones adecuadas. Tras analizar el caso, el fuero Civil de Roca le dio la razón y ordenó a la firma transportista indemnizarlo.

En el fallo, el juez remarcó que las relaciones de consumo deben interpretarse bajo el principio de protección al consumidor, que exige buena fe contractual, información clara sobre los servicios y cumplimiento estricto de las obligaciones asumidas. La empresa, además, no contestó la demanda y quedó en rebeldía, lo que permitió dar por acreditados los hechos tal como fueron relatados por el afectado.

El testimonio de la mujer que retiró el paquete fue clave: confirmó que el envío estaba correctamente embalado, describió la apertura visible de la caja al momento de recibirla y detalló la falta de respuesta de la firma ante sus reclamos. También mencionó que ya había usado el servicio en otras oportunidades sin problemas.

Finalmente, el juez concluyó que la empresa incumplió sus obligaciones contractuales y vulneró los derechos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial. Recordó que en estos casos rige un régimen de responsabilidad objetiva para el proveedor, quien debe garantizar que la mercadería llegue en las condiciones pactadas.

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Detectaron faltantes en la bóveda de un casino y confirmaron el despido

Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones

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Una trabajadora del casino Crown de Cipolletti fue despedida luego de que una auditoría interna detectara maniobras irregulares en el manejo de dinero. Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones. La Cámara del Trabajo de Cipolletti confirmó la validez del despido con causa dispuesto por la empresa.

La persona se desempeñaba en el área de Tesorería del casino y contaba con acceso directo a los sistemas de resguardo de valores. Según el fallo, durante varias jornadas se detectaron diferencias entre los montos informados como recaudación en mesas de juego y los valores efectivamente encontrados al realizar el conteo. Las grabaciones mostraron una secuencia reiterada de ingresos en soledad a la bóveda, manipulación de drop box sin autorización y acciones contrarias a los protocolos internos.

Al momento de retirarse del establecimiento, la trabajadora fue interceptada por personal de seguridad. En presencia de un escribano se constató que llevaba consigo una suma importante de dinero, sin haberla declarado previamente al ingresar, tal como lo exigían las normas internas de la empresa. La empleadora consideró que estos hechos configuraron una violación de los deberes de buena fe, diligencia y lealtad, y notificó el despido con causa mediante acta notarial.

Durante el proceso judicial, testigos del área de vigilancia, seguridad y administración relataron que las diferencias de dinero sólo se produjeron cuando la trabajadora cumplía turno en el área. También indicaron que no existía ninguna necesidad operativa para los movimientos que realizaba dentro de la bóveda, y que el comportamiento registrado en las cámaras se repitió durante varias jornadas consecutivas.

El voto mayoritario del fallo destacó que la empleadora actuó de manera inmediata al constatar las irregularidades y que comunicó la decisión en forma clara y fundada. El tribunal valoró la prueba testimonial, documental y técnica, y concluyó que la conducta de la trabajadora resultó incompatible con las funciones que desempeñaba y con los niveles de confianza que exige el manejo de fondos.

Con esos fundamentos, la Cámara del Trabajo resolvió rechazar la demanda iniciada por la trabajadora y confirmó la legalidad del despido con causa comunicado por el casino Crown.

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