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STJ remitió proyecto de Presupuesto a la Legislatura

Se prevé un gasto e inversión total de $3.627.878.000, lo que representa un 24% más de lo solicitado a fines del año pasado.

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El Superior Tribunal de Justicia remitió a la Legislatura rionegrina el Presupuesto General del Poder Judicial para el ejercicio 2018, conforme lo establece el artículo 224 de la Constitución Provincial. El proyecto enviado, aprobado en Acordada, prevé un gasto e inversión total de $3.627.878.000, lo que representa un 24% más de lo solicitado a fines del año pasado. La remisión por parte del Poder Judicial es una obligación constitucional, aunque la aprobación definitiva es una facultad de Poder Legislativo.

Lo ejecutado en los últimos años por el Poder Judicial implica aproximadamente un 5% del Presupuesto total de la Provincia.

De acuerdo al proyecto de Presupuesto para el año 2018, para la prestación del servicio de justicia el rubro más significativo corresponde a Personal, con un 85% de los recursos. Para obras se prevé una erogación aproximada del 4%, al igual que para servicios, algo más del 2% para bienes de capital y un 1% se prevé destinar a bienes de consumo. Se estima que $85.000.000 provendrán de recursos propios generados por el Poder Judicial.

El Presupuesto está dividido en 6 programas: el 11 corresponde a lo Jurisdiccional, con una previsión de erogaciones por $1.795.913; el 12 está destinado a la Procuración y prevé $1.042.549; el Consejo de la Magistratura (programa 13) tiene asignado en el proyecto $12.000.000; los organismos auxiliares (programa 14), $731.126.000.

También se estima una inversión para los organismos pendientes de implementación de $19.730.000, agrupados en el programa 15. El programa 17, destinado a la Reforma Procesal Penal, prevé una inversión de $26.240.000. En este rubro se verifica una notable disminución con respecto al Presupuesto 2017, ya que las inversiones principales, destinadas a las salas de audiencias de las cabeceras jurisdiccionales, ya fue realizada.

Inversiones

El proyecto destaca que “para el año 2018 se continúa previendo el Programa denominado Reforma Procesal Penal a los fines de considerar las erogaciones que demandará la puesta en marcha del sistema de Juicios por Jurados, cuya entrada en vigencia ha sido establecida a partir del 1 de marzo de 2019 por la Ley N° 5192, así como también la continuidad del plan de capacitación a magistrados, funcionarios y empleados del fuero con el fin de acompañar y afianzar la implementación del nuevo código de procedimiento”.

También prevé “las inversiones necesarias para completar la integración de los Cuerpos de Investigación Forense” y “la cobertura de los cargos para completar la dotación de organismos tales como los Juzgados de Paz, Juzgados de Ejecución Penal, los Juzgados de Familia y las Oficinas Judiciales”.

Se incluye en el presupuesto, asimismo, la continuidad del programa de incorporación de tecnología, con el objetivo de disminuir costos y tiempos. Incluye telefonía IP y “la primera etapa de actualización de la tecnología de las salas de audiencias de los fueros Civil, Laboral y de Familia, unificando el equipamiento con el instalado a las salas del fuero Penal”. Asimismo, “se incluyen los recursos para afrontar le inversión en tecnología destinada al Área de Informática Forense” y “se incorporan además herramientas que permitirán recolección y análisis de prueba en el lugar del hecho, así como también atender la creciente y constante demanda de pericias sobre dispositivos móviles”.

Obras

En lo que respecta a obras edilicias se incluyen para el año 2018 partidas presupuestarias con destino a concretar la construcción del Complejo Judicial de Villa Regina, recientemente licitada, que alojará a la totalidad de los organismos judiciales de dicha ciudad; la ampliación y refuncionalización del Laboratorio Regional de Genética Forense, con sede en San Carlos de Bariloche, modificándose todo el sector a efectos de cumplir con normas de seguridad y normas ISO; la construcción de una nueva Sala de Calderas en la sede de Tribunales de Viedma.
Asimismo, se prevé la construcción de un espacio propio destinado a la Gerencia Administrativa de la cuarta circunscripción. Circunscripción Judicial y Sala de Reuniones del Consejo de la Magistratura y oficinas del STJ en Cipolletti, que se localizará en la planta alta del inmueble del Juzgado de Paz de esa ciudad; la primera etapa de construcción del Complejo Judicial de Ingeniero Jacobacci, la elaboración de los Proyectos Ejecutivos correspondientes a los Complejos Judiciales de de San Antonio Oeste, Choele Choel y Luis Beltrán, así como también el anteproyecto de la sede del fuero penal en Viedma.

También, la continuidad de las readecuaciones en los inmuebles jurisdiccionales de Viedma, Cipolletti, Bariloche y Ciudad Judicial de General Roca, en los sectores que resultaron liberados por la relocalización de oficinas posterior a la puesta en marcha de la Reforma Procesal Penal; la ejecución de obras menores en edificios propios de toda la provincia, incluyendo los Juzgados de Paz; obras de conectividad, que comprenden básicamente el tendido de redes de comunicaciones.

Capacitación y planificación

Las partidas presupuestarias con destino a la Escuela de Capacitación del Poder Judicial, a efectos de ser aplicadas a la organización, logística y concreción de los distintos etapas formativas. Entre ellas, comprende, “un ciclo de capacitación en el Proceso Contencioso Administrativo, ante la futura implementación del fuero conforme lo prevé la Ley N° 5160, el desarrollo de la Tecnicatura en Gestión Judicial, en conjunto con la Universidad Nacional de Río Negro, y el programa de capacitación para áreas administrativas a desarrollar en el marco del convenio firmado con el Instituto Provincial de la Administración Pública. Asimismo, se continuarán desarrollando durante el nuevo ejercicio actividades de formación inherentes a la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal, tanto para la judicatura como para los integrantes del Ministerio Público, en la profundización de las destrezas del sistema acusatorio como para su desempeño en el Juicio por Jurados. Como también la capacitación de Jueces y demás operadores del sistema, en la aplicación del nuevo Código Civil y Comercial, muy especialmente en las concernientes al Fuero de Familia”.

Además, se prevé la continuidad de las labores de Planificación Estratégica, que ya se encuentran en su tercera etapa operativa.

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El STJ anuló la prescripción y confirmó la orden de captura para Chechile

En 2012 fue condenado a 3 años y 5 meses de prisión pero nunca cumplió la pena. Fue el responsable del siniestro vial que dejó como víctima fatal a la joven Paola Acuña.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló la sentencia que declaraba la prescripción de la pena de un prófugo por homicidio culposo. Consideró que su rebeldía impedía la extinción de la pena. La decisión involucra a Jorge Chechile, quien fue condenado a 3 años y 5 meses de prisión, además de 10 años de inhabilitación para conducir, por su responsabilidad en un siniestro vial con resultado de muerte y múltiples lesiones. La víctima fatal fue Paola Acuña, de Roca.

Chechile fue condenado en 2012 por el entonces Juzgado Correccional N° 14, pero evadió la justicia después de que la sentencia fue confirmada. Permanece prófugo desde 2014. A lo largo de estos años se llevaron a cabo múltiples intentos de captura, sin éxito. En 2024, la madre del condenado, asistida por un abogado, solicitó la prescripción de la pena. Argumentó que había transcurrido el tiempo suficiente para extinguir la condena. El ex Juzgado Correccional aceptó el pedido: declaró extinguida la pena y levantó la captura.

El Ministerio Público Fiscal y los querellantes apelaron esta decisión ante el STJ. Afirmaron que la prescripción de la pena no se podía aplicar mientras el condenado estuviera en rebeldía. La Fiscalía sostuvo que Chechile había eludido deliberadamente la acción de la justicia y que, según la ley, en esas circunstancias no es posible computar los plazos a su favor para extinguir la condena.

El STJ, en una decisión unánime, aceptó el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía y anuló la sentencia que extinguía la pena. Subrayó que la rebeldía de Chechile impide que se considere el plazo de prescripción de la pena. Además de la jurisprudencia propia y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, citó el artículo 144 del Código Procesal Penal (Ley P 2107), que ordena suspender el proceso y reservar el legajo hasta que «el rebelde comparezca, por propia voluntad o por la fuerza».

En consecuencia, el STJ anuló la sentencia del Juzgado Correccional y reenvió la causa a Roca para que se mantenga la suspensión del proceso hasta que el condenado sea capturado o se presente voluntariamente ante el Poder Judicial. La orden de captura y la declaración de rebeldía de Chechile continúan vigentes.

Entre sus fundamentos, el STJ citó fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que limitan «severamente el derecho a la jurisdicción del imputado prófugo o rebelde». Esa limitación se basa en la contradicción de que una persona reclame un beneficio ante la misma autoridad que ha desconocido con sus propias acciones, es decir, con su voluntad de mantenerse prófugo. «Quien se sustrae voluntariamente de la acción de la justicia que reclama su presencia, carece de derecho para impetrar, ante la autoridad que él ha desconocido, el cumplimiento de preceptos cuya observancia elude, impidiendo por su acto propio su puntual satisfacción», precisó.

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Una joven estudiante universitaria denunció a un martillero y dueño de una inmobiliaria por abuso sexual

La víctima se encontraba en el departamento de un amigo que le había pedido si podía atender al encargado de su alquiler porque él no iba a estar. Allí se habría producido el ataque.

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Una joven estudiante universitaria de 20 años radicó una denuncia por abuso sexual en contra de un martillero público y dueño de una inmobiliaria radicada en General Roca, por un hecho que habría tenido lugar el martes (15/10) al mediodía.

Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR), el hecho ocurrió en el departamento de un amigo de ella, quien le había pedido el favor de que se acercara a esperar al martillero ya que él debía salir. El sujeto que luego terminó denunciado, tenía que asistir al lugar con un plomero que iba a hacer una reparación.

En ese momento, el titular de la inmobiliaria, habría aprovechado la situación para abusar de la joven. Según consta en la denuncia policial, el hombre habría tocado a la estudiante, violentando sus derechos e intentando besarla. También habría cometido acoso verbal. Usando todas sus fuerzas, la denunciante pudo escapar y encerrarse en una habitación.

Una vez que el martillero abandonó la vivienda, la víctima pudo contarle al plomero, que había llegado unos minutos antes, lo que había sucedido. Este trabajador afirmó haber tenido experiencias similares previas de relatos de personas respecto al agente inmobiliario. Según contó, el denunciado ya habría tenido actitudes inapropiadas con otras mujeres en el pasado.

Ante estos hechos, la joven radicó la denuncia correspondiente en la Fiscalía, donde se inició una investigación. La fiscal interviniente ordenó tomar declaración testimonial a la víctima, al amigo y al plomero, como así también se iniciaron las actuaciones correspondientes para investigar al denunciado.

Este medio de comunicación se resguarda la identidad de la persona denunciada, ya que cómo establece la ley, hasta tanto se realice la formulación de cargos, no se pueden dar nombres.

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La intervención del Poder Judicial le permitió a una madre obtener su DNI y acceder a derechos familiares

El padre de su hijo falleció y ella no pudo tramitar la asignación universal.

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La intervención de una trabajadora social del Poder Judicial permitió a una madre de Cipolletti obtener su DNI. El padre de su hijo falleció y ella no pudo tramitar la asignación universal. En la partida de nacimiento del adolescente estaban los datos de la mujer aunque se consignaba: «DNI no posee».

Una jueza de Cipolletti resolvió un pedido de rectificación de partida de nacimiento solicitado por la madre de un adolescente. La mujer inició la acción luego de obtener su Documento Nacional de Identidad (DNI) que no poseía al momento de inscribir el nacimiento de su hijo. En esa instancia, contó con el acompañamiento de una trabajadora social del Poder Judicial.

Luego contó con el patrocinio de una defensora pública que, en su presentación, explicó que al no contar con DNI en la partida de nacimiento se dejó constancia de que «no posee» en el apartado correspondiente al número de documento. A partir del fallecimiento del padre del joven, quien hasta ese momento ejercía los derechos sobre sus hijos, la madre gestionó y obtuvo su DNI. Esto la llevó a solicitar la rectificación del acta de nacimiento de su hijo para incluir sus datos completos y poder acceder a derechos como las asignaciones familiares.

Según se consignó en la demanda, antes de que falleciera el marido, la mujer no creía en la necesidad de tener DNI. Aunque todos los derechos derivados, no sólo del hijo, sino de ella iban a quedar inconclusos por no tener documento.

La solicitud planteó que, además de añadir el número de DNI, debía corregirse el nombre de la progenitora en el acta, ya que faltaban datos.

Como el niño nació en Buenos Aires intervino la Dirección del Registro de esa provincia. Desde el organismo se dictaminó que la jueza de Familia de Cipolletti podía ordenar la rectificación solicitada. Asimismo, la Fiscalía expresó su acuerdo con la medida. Consideró que no existían objeciones para llevarla a cabo y que los motivos eran justificados.

Sobre la base de lo dispuesto por la Ley N° 26.413, que regula las inscripciones en los Registros de Estado Civil y Capacidad de las Personas, la jueza decidió hacer lugar a la solicitud. Se ordenó rectificar la partida de nacimiento e incorporar el número de DNI de la madre además de completar su nombre de forma correcta.

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