Río Negro
Acordaron elaborar un plan de contingencia conjunto por la situación eléctrica de Roca
Funcionarios provinciales, empresarios frutícolas, y los responsables de EdERSA se reunieron en Cipolletti.

A instancias de la Secretaría de Estado de Energía provincial ayer se realizaron dos reuniones donde se acordaron medidas para ayudar a garantizar el abastecimiento eléctrico en General Roca y sus alrededores, luego de las recientes interrupciones padecidas en el suministro.
Por la mañana, los cuadros técnicos relacionados con la actividad se encontraron en la sede cipoleña del Sindicato de Luz y Fuerza de Río Negro y Neuquén, con la participación de la empresa estatal Transcomahue, la distribuidora EdERSA, el Ente Provincial Regulador de la Electricidad y los representantes de los trabajadores.
Por la tarde, se hizo una reunión en las instalaciones que el consorcio Productores Argentinos Integrados (PAI) posee en General Roca donde no sólo se sumaron referentes de la actividad frutícola, sino también del comercio y de la industria local.
Allí se expusieron las causas de la salida de servicio de la Estación Transformadora General Roca ocurrida a comienzos de esta semana, en un momento del año en el cual se encuentra operando al límite de su capacidad, donde se combinan las altas temperaturas con los picos anuales de demanda por la actividad frutícola. A su vez se indicó que está en proceso de investigación la ocurrencia de los sucesos anómalos que provocaron la falla en las instalaciones de la transportista.
Desde la Secretaría de Estado de Energía se propuso la elaboración de un plan de contingencia que otorgue previsibilidad cuando exista probabilidad de restricciones en el servicio eléctrico con el fin de informar con anticipación a los sectores que puedan verse afectados. La confección de la logística operativa y comunicacional estará a cargo de un equipo compuesto por técnicos de EdERSA y el EPRE.
También se propuso sumar a otros sectores que no estuvieron en la reunión con el fin de participar en forma activa para abordar la coyuntura. Se invitará a participar al Municipio, a organizaciones intermedias y otros grupos de usuarios.
Tras el encuentro, el secretario de Estado de Energía, Sebastián Caldiero, explicó que “la intervención del Gobierno Provincial surge a partir de la necesidad de garantizar la coordinación operativa y técnica entre la distribuidora y la transportista. Y se sumó a los grandes usuarios del sector frutícola porque son quienes hoy absorben el 50% de la capacidad de despacho de energía para la ciudad”.
“Entre todos debemos hacer un esfuerzo para cuidar a la principal economía del Alto Valle. Es indispensable garantizarle la máxima energía disponible al complejo frutícola para tener una mayor producción y que no se vea afectada la comercialización futura”, añadió.
Finalmente, el funcionario resaltó la importancia que reviste la necesidad de culminar con la interconexión por parte de la distribuidora al nuevo centro de distribución inaugurado recientemente por el Gobernador en la ET Roca. “Eso fue algo que también se abordó porque va a evitar que este que este tipo de eventos se reitere. Una vez que se haga la vinculación, para lo cual ya se está trabajando en forma coordinada con EdERSA, contaremos con el respaldo de tecnología de última generación y no como la actual, que data de la década del 70, cuando fue construida la Estación”, concluyó.
Caldiero estuvo acompañado por la secretaria de Energía Eléctrica, Andrea Confini; el secretario de Fruticultura, Carlos Banacloy; por el EPRE, su presidente, Néstor Pérez; y el responsable del área Técnica, Agustín Vidal; el presidente de Transcomahue, Marcos Crescimone; por la distribuidora EdERSA, su gerente comercial, Fernando Sánchez y su gerente de operaciones, Leonardo Iriarte; por la Cámara de Agricultura Industria y Comercio (CAIC), Miguel Grasso y por el Grupo PAI SA, Roberto Garrido, Germán Barzi, Leonardo Lustig, Gustavo Isla y Sergio Riskin.
Judiciales
Le sustrajeron la camioneta y apareció hundida en el río: ¿La aseguradora tiene que cubrir?
La camioneta fue sustraída del interior de una vivienda y días después, la Policía la encontró sumergida en el lecho del río.

Una aseguradora deberá indemnizar a un cliente luego de haberse negado a cubrir un siniestro ocurrido tras la sustracción de su vehículo, una Chevrolet Montana que apareció hundida en el río Negro. La sentencia de Cipolletti determinó que el costo de reparación superó el porcentaje previsto en la póliza para considerar la destrucción total y ordenó el pago de la cobertura.
La camioneta fue sustraída del interior de una vivienda en Cipolletti. Días después, la policía la encontró sumergida en el lecho del río, en la zona de Isla Jordán, debajo del puente que conecta con Balsa Las Perlas. El cliente denunció el hecho a la compañía aseguradora y solicitó la aplicación de la cobertura correspondiente.
La aseguradora abrió el siniestro y designó un estudio liquidador, pero semanas más tarde comunicó el rechazo de la cobertura. Argumentó que el daño no alcanzaba el 80% del valor de mercado del vehículo, condición necesaria según la cláusula de «daño total» establecida en la póliza. El cliente cuestionó esa decisión y aportó presupuestos de talleres mecánicos que estimaban un monto de reparación muy superior al límite contractual.
Durante el proceso judicial, se incorporó una pericia que concluyó que la reparación era técnicamente posible, aunque resultaba antieconómica. El especialista explicó que el vehículo sufrió graves daños eléctricos, mecánicos y estructurales a causa del agua, y que el costo total de los arreglos triplicaba el valor de una unidad similar en plaza.
El juez observó que la aseguradora no presentó la póliza completa ni el informe técnico que habría servido de base para negar la cobertura. También destacó que la empresa desistió de una prueba contable ofrecida por ella misma, lo que impidió sustentar su postura. En el fallo se recordó que, en los contratos de consumo, las cláusulas deben interpretarse del modo más favorable al usuario y que el proveedor tiene el deber de colaborar activamente en el esclarecimiento de los hechos.
La sentencia tuvo por acreditado el hurto y el posterior hallazgo del vehículo sumergido. Consideró probado que el siniestro configuró un daño total conforme a las condiciones del contrato y que la negativa de la aseguradora careció de fundamento técnico suficiente.
Además, el juez reconoció el derecho del cliente a una compensación por la imposibilidad de usar el vehículo. Si bien el reclamo original se extendía por un período prolongado, la sentencia aplicó un plazo de 45 días, calculado en base al tiempo razonable que demandaría una reparación integral según la pericia técnica.
El fallo ordenó a la compañía Triunfo Cooperativa de Seguros Ltda el pago del valor actualizado del vehículo junto con la compensación por la privación de uso.
La causa tramitó ante el fuero Civil de Cipolletti y la sentencia no está firme porque puede ser apelada.
Judiciales
Solicitó viajar al exterior con su hijo sin destino ni tiempo determinado: No podrá hacerlo sin notificar a la madre
Lo autorizaron pero por un plazo que no podrá exceder los 30 días.

Un hombre recurrió al Poder Judicial para obtener una autorización que le permitiera viajar al exterior con su hijo. Indicó que tiene familiares en Chile y que su padre atraviesa un problema de salud, por lo que necesita trasladarse para cuidarlo. Según el hombre, la madre del niño no le otorgó la autorización. El permiso solicitado no tenía límite de tiempo ni destino determinado.
El fuero de Familia de Villa Regina autorizó al hombre a salir del país con su hijo, pero por un plazo que no podrá exceder los 30 días. Además, deberá notificar a la madre 5 días antes de cada viaje, indicando el lugar de destino, la duración, la fecha de salida y la de regreso al país. El permiso no habilita la radicación del niño en el extranjero.
La madre, por su parte, rechazó las afirmaciones del hombre. Señaló que nunca se opuso a autorizaciones puntuales, pero sí a una autorización general, sin fecha ni destino. Aclaró que está dispuesta a autorizar los viajes siempre que se le informe previamente con datos concretos sobre fechas y destinos.
Durante el trámite se emitió un dictamen del Defensor de Menores, que recomendó autorizar los viajes, pero con restricciones que garanticen la notificación previa a la madre y resguarden el arraigo del niño.
La jueza advirtió un conflicto persistente entre los progenitores que impide alcanzar acuerdos básicos. Reafirmó la importancia de preservar el interés superior del niño y de promover soluciones pacíficas.
En caso de incumplimiento, podrán aplicarse sanciones como multas o la revocación de la autorización. El padre queda facultado para realizar todos los trámites administrativos y legales necesarios para concretar los viajes.
Judiciales
Octubre Rosa: El STJ autorizó una licencia a todas las mujeres para la mamografía anual
En el Poder Judicial de Río Negro trabajan más de 1.740 mujeres, quienes representan el 66% del total de la planta de personal.

Todas las mujeres que trabajan en el Poder Judicial de Río Negro, sin distinción de cargos ni jerarquías, tendrán derecho a un día de licencia para controles preventivos de cáncer de mama. En el marco de las actividades por Octubre Rosa y como incentivo para que las mujeres efectivamente se realicen los controles anuales, la licencia se justifica con una constancia que acredite haberse practicado la mamografía y/o la ecografía mamaria.
Hasta ahora, las agentes y funcionarias del Poder Judicial debían utilizar un día de vacaciones, una licencia por «razones particulares» o bien debían solicitar permisos especiales de salida, con retorno al lugar de trabajo, para realizarse las prácticas y completar los habituales trámites administrativos previos. Ahora se reconocen estos estudios preventivos como una licencia por razones de salud aunque no exista ninguna enfermedad declarada ni un tratamiento en curso.
La Resolución N° 914/2025 fue dictada por la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia. La iniciativa fue promovida como una medida de acción positiva desde la Oficina de Derechos Humanos y Género y la Gerencia de Gestión Humana. Allí se destacó que en el Poder Judicial de Río Negro trabajan más de 1.740 mujeres, quienes representan el 66% del total de la planta de personal, y que tienen una edad promedio de 44 años, una edad crítica para el desarrollo del cáncer de mama.
Los fundamentos de la Resolución se hacen eco de los alarmantes índices relevados por la Sociedad Argentina de Mastología, que afirman que en Argentina se detectan 22.000 nuevos casos de cáncer de mama por año, lo que representa un promedio de 60 casos por día.
Además, rescatan las Estadísticas Vitales del Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro, que indican que 74 mujeres rionegrinas murieron en el año 2024 como consecuencia de cáncer de mama, una enfermedad cuya principal clave para un tratamiento potencialmente exitoso es la detección temprana.
El STJ destacó asimismo que Argentina asumió el compromiso de adoptar todas las medidas apropiadas para asegurar a las mujeres “el derecho a la protección de la salud y a la seguridad en las condiciones de trabajo”, tal como indica la Convención Cedaw.
Por otra parte, la Resolución precisó que «el derecho al autocuidado ha sido reconocido como un derecho humano a través de la Opinión Consultiva 31/2025 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos» y que, al estar estrechamente vinculado con el derecho a la salud, «también incumbe al Estado».
La medida se complementa con otras acciones de prevención y difusión de derechos, dado que en octubre también se conmemora el Día Internacional de los Cuidados y el Apoyo.