Río Negro
Minieri es el nuevo secretario de Derechos Humanos de la provincia
Es licenciado en Historia, oriundo de Río Colorado y ex director del Instituto de Formación Docente Continua de esa ciudad.

En un acto encabezado por el vicegobernador, Pedro Pesatti, y la ministra de Educación y Derechos Humanos, Mónica Silva, asumió hoy al frente de la Secretaría de Derechos Humanos Duilio Minieri, licenciado en Historia, oriundo de Río Colorado y ex director del IFDC de dicha ciudad.
Pesatti destacó la juventud del nuevo secretario e hizo referencia a temas de Derechos Humanos a los que está abocada la Provincia, como el reconocimiento a los cesanteados estatales durante la última dictadura y la investigación encarada por una Comisión Legislativa para establecer las complicidades civiles con ese período de historia argentina.
“Conocer la verdad completa es una obligación que tenemos, porque es la forma que, finalmente, nos permitirá sanear todo aquello que no conocemos y que tenemos que conocer”, planteó el vicegobernador.
Al presentar al nuevo funcionario, la ministra Silva destacó las “altas expectativas” existentes en su gestión y el carácter “conjunto” de la tarea a llevar adelante con “todas las organizaciones y los diferentes niveles del Estado, a favor de la defensa de los Derechos Humanos, desde el rol mediador de la Secretaría”.
“Durante el año que pasó, hemos trabajado en temáticas que son esenciales para la política de Derechos Humanos de la provincia de Río Negro. Una de ellas es el reconocimiento a los cesanteados en la dictadura” cívico-militar de 1976 a 1983; además, ratificó la continuidad en la gestión de Minieri de los trámites, “para reconocerles una compensación por parte del Estado rionegrino”.
En ese sentido, Silva aseguró que “la Secretaría de Derechos Humanos trabajó y seguirá trabajando en ayudar a quienes se presenten para cumplimentar toda la documentación necesaria”.
En otra parte de sus palabras, la funcionaria hizo referencia al convenio firmado por el gobernador, Alberto Weretilneck, a través del cual “tenemos en claro el plan de acción de Derechos Humanos que el Gobierno nacional ha establecido”.
“Aunque tenemos un cierto contrapunto respecto a algunos aspectos de ese Plan, creemos que es muy bueno que se haya diseñado. Me parece positivo que nosotros estemos trabajando en consonancia con algunos de los puntos que lo conforman”, remarcó.
Al finalizar sus palabras, Silva agradeció “toda la tarea realizada” por la ex titular de Derechos Humanos de la Provincia, Laura Méndez, y deseó tener en su sucesor “un continuador de muchas de esas políticas de la manera personal que seguramente le dará a su gestión la proyección que tiene al ser una persona muy joven y con buenas ideas”.
Luego, el flamante secretario agradeció al gobernador, Alberto Weretilneck, y a la ministra de Educación y Derechos Humanos “por haber pensado en mí para desempeñar este cargo”. Al hacer referencia a los lineamientos de su gestión, Minieri subrayó la decisión de “trazar una continuidad con lo que la Secretaría ha priorizado históricamente y, también, con la gestión de Laura Méndez”.
“Hay temas que no pueden faltar en nuestra agenda y que nos comprometemos a continuar. Uno de ellos es reconocer los principios de Memoria, Verdad y Justicia, como pilares fundamentales para la constitución de una sociedad democrática”, indicó.
Por otra parte, manifestó su convencimiento en los resultados favorables de “trabajar en equipo” hacia el interior de la Secretaría y de “manera interinstitucional y en red con otros organismos, instituciones y organizaciones vinculadas con los Derechos Humanos”.
Al acto también asistieron, la titular de la Comisión legislativa de Derechos Humanos, Silvia Paz; sus pares Elsa Ichasendagui, Miguel Angel Vidal, Mariana Domínguez Mascaró, Rodolfo Cufré y Alfredo Martín; el intendente de Río Colorado, Gustavo San Román, y el secretario de Educación, Juan Carlos Uriarte, entre otros funcionarios de Educación, organizaciones de DDHH y familiares del nuevo funcionario.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ evalúa los recursos, las defensas piden la absolución y la Fiscalía la confirmación de la condena
La sentencia final se conocerá el próximo 15 de octubre a las 12 horas.

El Superior Tribunal de Justicia admitió ayer (03/09) los recursos presentados por las partes en el marco del caso que condenó a cuatro cuatro instructores del COER por la muerte de Gabriel Mandagaray. Decidió analizar si el segundo Tribunal de Impugnación (TI), que confirmó esas condenas cumplió con las directrices fijadas previamente al ordenar una evaluación integral y exhaustiva de la sentencia. Ayer, las defensas de tres de los condenados, la Fiscalía y la querella ofrecieron sus alegatos.
En abril de 2021, durante un curso de capacitación del Cuerpo de Operaciones Especiales y Rescate (COER) realizado en Bahía Creek, falleció el cursante Gabriel Mandagaray como consecuencia de ejercicios de entrenamiento desarrollados en condiciones extremas. La investigación judicial determinó responsabilidades penales en los instructores y en el coordinador del curso.
En una primera instancia, los cuatro efectivos fueron condenados por abuso de autoridad y homicidio culposo. En noviembre de 2023 el TI confirmó las condenas, pero las defensas recurrieron ante el Superior Tribunal de Justicia que en agosto del 2024, anuló esa sentencia al considerar que no había revisado de manera adecuada los agravios de las defensas y ordenó que un tribunal con distinta integración, realizara una revisión integral y exhaustiva.
Con esa directriz, un segundo Tribunal de Impugnación analizó nuevamente el caso. En su fallo, ratificó la responsabilidad penal de los imputados al considerar que las condiciones inhumanas de entrenamiento, la negligencia y la imprudencia fueron determinantes en la muerte de Mandagaray.
Frente a este nuevo fallo los abogados de Alejandro Gattoni y Alfredo Nahuelcheo, y el Defensor general de la provincia en representación de Maximiliano Vitali Mendez expusieron los argumentos de sus recursos de apelación ante el STJ. Los mismos fueron respondidos por la Fiscalía y la querella sosteniendo este segundo fallo que confirma la condena.
Los abogados particulares coincidieron en parte de los agravios, aunque cada uno se expresó acerca de los puntos específicos que a su entender perjudicaban a sus defendidos. Cuestionaron la falta de fundamentación del fallo del Tribunal de Impugnación sosteniendo, entre otros aspectos, que no se acreditó el vínculo de causalidad entre la conducta de ellos y el resultado muerte. Hicieron referencia a la falta de análisis integral de la prueba, la incongruencia y requirieron la absolución de sus clientes y en subsidio la anulación del fallo.
El defensor general, en tanto, cuestionó la acusación de su defendido por considerar que se configuró una autoría paralela sin la debida individualización de roles. Señaló que no puede existir una imputación común sin precisar con detalle la participación concreta de cada acusado, tanto desde la función que cumplían como desde los hechos, déficir que, a su entender, constituye una nulidad absoluta que puede plantearse en cualquier etapa del proceso, ya que su defendido no podría ser condenado por un hecho que nunca le fue atribuido en forma clara y específica.
Explicó que no puede endilgarse el aporte de su asistido en el resultado muerte dado que se limitó a cumplir una orden dispuesta por un superior jerárquico, quien fue el responsable de ordenar el ingreso al mar, desligando así las responsabilidades de su defendido quedando las mismas en los mandos superiores.
Planteó, en consonancia con los abogados que lo antecedieron, que la acusación omitió valorar adecuadamente el concurso ideal. Agregó en cuando a la ponderación de la pena que debieron haber sido tenidos en cuenta atenuantes al momento de graduar la pena y que no se discriminó el grado de responsabilidad funcional de cada acusado. Finalmente solicitó la declaración de nulidad de la sentencia, la absolución de su defendido, de manera subsidiaria, una mensuración correcta del concurso ideal y ponderar los distintos extremos que hacen a la gradación de la pena. Todo ello de modo subsidiario.
A su turno la Fiscalía General sostuvo que los recursos plantearon una mera discrepancia subjetiva respecto de la valoración de la prueba ya que «quedó demostrado en juicio que tanto existieron una sucesión de conductas de inobservancia de los reglamentos y luego una serie de prácticas que culminaron con la muerte de Gabriel Mandagaray».
“Todos los testigos que declararon en el debate confirmaron que los imputados incumplieron reiteradamente las normas, desvirtuaron el objetivo de la práctica, omitieron la provisión de alimentos y llevaron adelante ejercicios indignos en un curso que nunca debió haberse iniciado”, afirmó el Fiscal y agregó que los acusados crearon un riesgo no permitido, actuaron con imprudencia y negligencia, y que sus responsabilidades se establecieron claramente en relación al resultado fatal.
En cuanto a la pena, indicó que fueron ponderadas tanto agravantes como atenuantes, sin que ninguna defensa hubiera cuestionado este aspecto antes de la imposición de la condena. Destacó que los tres imputados estuvieron presentes y tuvieron participación en el evento que culminó con la muerte del cursante, siempre en el marco de una práctica irregular y violatoria del reglamento. Subrayó que esta conclusión fue ratificada por los testigos presenciales que declararon en el juicio y que respondieron a las cuestiones concretas planteadas por las defensas. Por todo ello, consideró que corresponde rechazar los recursos y confirmar íntegramente la resolución dictada por el Tribunal de Impugnación.
En el mismo sentido se manifestó la querella que se encontraba en la sala acompañado por la pareja y los padres de la víctima de estos hechos.
Luego de más de cuatro horas de audiencia el Superior Tribunal de Justicia se retiró a deliberar y adelantó que la sentencia se conocerá el próximo 15 de octubre a las 12 horas.
Judiciales
Ordenan entregar un auto 0 km a los herederos de un suscriptor fallecido
Al morir el titular del plan de ahorro, se activó automáticamente el seguro de vida.

Una sentencia civil de Bariloche resolvió un conflicto que involucraba a los familiares de un hombre que había contratado un plan de ahorro para la compra de un automóvil. Tras su fallecimiento, los herederos reclamaron la entrega del vehículo, cuyo plan había quedado totalmente cancelado gracias a la cobertura de un seguro de vida. El Poder Judicial de Río Negro les dio la razón y ordenó que reciban un auto 0 km, además de una indemnización económica.
El caso se originó cuando el suscriptor firmó un contrato de adhesión para adquirir un Chevrolet a través de un plan de ahorro. El esquema contemplaba el pago en cuotas y, como suele suceder en este tipo de contratos, incluía una cláusula de seguro de vida. Años más tarde, el hombre murió y la cobertura se activó automáticamente: la aseguradora transfirió más de $675.000 a la administradora del plan, que saldó las cuotas pendientes. De ese modo, la familia quedó con el derecho a retirar la unidad.
Ese derecho, sin embargo, nunca se concretó. Los herederos iniciaron gestiones tanto con la concesionaria como con la administradora. Tras años de reclamos, recibieron finalmente la confirmación de que el seguro había pagado y que el plan estaba cancelado. Aun así, el vehículo no fue entregado y tampoco se les indicó con claridad cómo completar el trámite.
Ante la falta de respuestas, los familiares iniciaron una demanda en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor. Denunciaron que nunca se les explicó qué documentación debían presentar ni cuál era el procedimiento para que el automóvil se adjudicara a su nombre.
La sentencia analizó el contrato como una típica relación de consumo, donde rigen derechos básicos como la información adecuada y el trato digno. En esa línea, el juez recordó que el artículo 42 de la Constitución Nacional garantiza a los usuarios recibir información cierta, clara y detallada, y que el artículo 4 de la Ley N° 24.240 refuerza esa obligación para los proveedores. Ninguna de esas exigencias se cumplió: ni la administradora ni la concesionaria acreditaron haber brindado la información precisa que los herederos necesitaban para retirar la unidad.
El fallo también destacó la aplicación del principio de cargas probatorias dinámicas, que impone a la parte en mejores condiciones de probar -en este caso, las empresas que diseñan y administran los contratos- la obligación de aportar los elementos necesarios para esclarecer el conflicto. No bastaba con negar hechos ni trasladar la responsabilidad a los consumidores: debían explicar con exactitud los pasos a seguir y acompañar la documentación correspondiente.
El magistrado concluyó que existió un incumplimiento contractual. La administradora había recibido el dinero del seguro, por lo que estaba en condiciones de entregar el vehículo. La concesionaria intentó apartarse del proceso alegando falta de legitimación pasiva, pero el argumento fue rechazado.
La sentencia ordenó a Chevrolet Sociedad Anónima de Ahorro para Fines Determinados y a Sahiora S.A. entregar, en un plazo de treinta días, un Chevrolet Onix 1.4 Joy Plus L/22 o, si ese modelo ya no se encuentra en el mercado, un auto de similares características y valor. Además, fijó una indemnización económica a favor de los herederos. El fallo de primera instancia no está firme y puede ser apelado.
Río Negro
Río Negro proyecta nuevos senderos turísticos en Cerro Policía y El Cuy
Autoridades de Turismo provincial visitaron los parajes para evaluar la planificación de senderos y miradores.

Autoridades provinciales de Turismo visitaron las comisiones de fomento de Cerro Policía y El Cuy con el objetivo de relevar los espacios destinados a la planificación de senderos y miradores turísticos en dichos parajes.
Durante la recorrida se identificaron las posibles implantaciones y componentes a incorporar, tales como miradores con su correspondiente materialidad, consolidación de senderos, cartelería informativa y tranqueras de acceso.
Además, en el marco de las reuniones de trabajo con los equipos locales, surgieron nuevas propuestas de obras de infraestructura turística que fortalecerán el desarrollo de los destinos.
«Estas acciones forman parte de una política integral de la Provincia, que reconoce al turismo como un motor clave para el crecimiento económico de las comunidades, generando oportunidades de empleo y promoviendo el arraigo en cada rincón de la provincia», destacaron desde el Gobierno.