Roca
Multan a un parque de diversiones por realizar pegatinas no permitidas en el centro
Inspectores del Municipio labraron varias actas por incumplimiento al Código de Publicidad.

En virtud de la detección de pegatinas y afiches en espacios públicos por parte del parque de diversiones «Dany Juegos», en lugares no permitidos, personal municipal labró actas de infracción que fueron derivadas directamente al Juzgado de Faltas para la aplicación de las disposiciones vigentes.
En este sentido, desde la Municipalidad recordaron que «el Código de Publicidad implementado por el Municipio, prohíbe realizar pegatinas o colocar afiches sobre postes municipales, semáforos, etc., según indica la Ordenanza Nº 4718/13 en el Capítulo V de las prohibiciones para todo tipo de publicidad». Específicamente en el Art. 35º se prohíbe «la colocación de elementos publicitarios sobre propiedades o bienes destinados a cumplir un servicio público o aquellos de dominio público, en especial las aceras, plazas, parques, paseos, balnearios públicos creados y a crearse, calzadas y vía pública en general».
Además, la Ordenanza de Protección al Patrimonio Municipal (Nº 4696/13), estipula que «los responsables de realizar conductas vandálicas, agresivas o negligentes en el uso de bienes de dominio municipal deberán afrontar el costo de reparación y/o reposición del bien dañado más una multa que tipificara el Juez de Faltas Municipal». Las multas previstas para este tipo de faltas oscilan entre 100 USAM a 500 USAM, siendo el valor más alto a aplicar de $ 8.750, «considerando los antecedentes del infractor y las circunstancias en cada caso en concreto, con la obligación de reparar el bien y retirar los afiches y/o pegatina por parte del infractor responsable».
Roca
El Municipio intima a vecinos a regularizar deudas en el Cementerio
Desde la comuna roquense advierten que, si no se regulariza, los restos serán trasladados al osario común.

La Municipalidad de General Roca lanzó un nuevo proceso de regularización en el Cementerio Municipal y emplazó a familiares o responsables de personas fallecidas a ponerse al día con las deudas por derecho de cementerio.
El plazo es de 30 días corridos a partir del martes (18/03). En ese lapso, los responsables deberán regularizar la situación para evitar medidas posteriores.
Desde el Ejecutivo local advirtieron que, en caso de no cumplir con el pago en tiempo y forma, la Secretaría de Servicios Públicos podrá proceder a la extracción de los restos y su traslado al osario común, conforme a lo establecido en los artículos 205 y 206 de la Ordenanza Fiscal Municipal.
Asimismo, indicaron que los familiares ya fueron notificados de manera individual sobre esta situación. Para consultas o gestiones, deberán acercarse a la Administración del Cementerio Municipal.
Policiales
Hallaron una motocicleta con pedido de captura en una plaza de Roca
El rodado tenía pedido de secuestro desde marzo de 2025.

Durante la madrugada de este miércoles (18/03), personal de la Subcomisaría 69º de General Roca secuestró una motocicleta con pedido de captura vigente por robo y notificó a un hombre por el delito de encubrimiento.
El procedimiento se inició a partir de un llamado al Centro de Emergencias 911 que alertó sobre la presencia de una moto presuntamente robada en la intersección de 3 de Febrero y Los Mirlos, en cercanías de una plaza.
Al llegar al lugar, los efectivos identificaron a cuatro hombres. Tras verificar sus datos, se constató que ninguno tenía pedidos judiciales pendientes.
En el sitio había dos motocicletas. Una Mondial 110 cc no presentaba irregularidades, pero una Honda GLH 150 cc registraba un pedido de secuestro activo por robo desde marzo de 2025, requerido por la Comisaría 3º de Neuquén.
Ante esta situación, la policía secuestró el rodado y trasladó a uno de los presentes, quien dijo ser su propietario. La Fiscalía dispuso que sea notificado por encubrimiento, mientras continúa la investigación.
Judiciales
Revocaron la condena condicional y Rubén Muñoz seguirá preso
El Tribunal desestimó los planteos de la defensa y avaló la decisión del juez de Ejecución.

En una audiencia de revisión, el Tribunal resolvió por unanimidad confirmar la revocación de la condena condicional de carácter suspensivo de Rubén Muñoz. En consecuencia, dispuso que continúe cumpliendo su pena de manera efectiva en prisión.
El juez de Ejecución, Fernando Romera, había adoptado esa decisión tras verificar un «nuevo incumplimiento de las pautas de conducta fijadas en la sentencia».
El defensor Eduardo Carrera expresó sus agravios y consideró que la medida resultó arbitraria y desproporcionada. También cuestionó la prueba aportada. Sin embargo, la fiscal Susana Carrasco argumentó que Muñoz posee un amplio conocimiento de las pautas que debía cumplir, por lo que el pedido de cumplimiento efectivo de la pena se ajusta a derecho.
Durante la audiencia, la fiscal mencionó que «no estamos frente a un ciudadano que realiza un simple reclamo. Muñoz está condenado por amenazas. Las reglas fueron claras y las aceptaron la defensa y el condenado. Estas reglas que debía cumplir constituían condiciones de su libertad».
Entre esas condiciones figuraban restricciones vinculadas con el contacto y la proximidad respecto del actual ministro de Seguridad y Justicia de la Provincia, Daniel Jara, víctima en uno de los expedientes. La resolución judicial estableció una prohibición expresa de acercamiento, hostigamiento o comunicación por cualquier medio con esa persona. Las pautas formaban parte de los puntos segundo y tercero de la sentencia que reguló la ejecución condicional de la pena.
El Tribunal, luego de un cuarto intermedio, consideró que los agravios no resultaron suficientes para conmover la decisión del juez de Ejecución respecto de la sentencia del 9 de marzo pasado. Los jueces rechazaron los argumentos de la defensa y descartaron que la decisión del juez Romera fuese arbitraria.
«La decisión es razonada, aparece como lógica y está debidamente fundada. Tiene respaldo en los hechos y en el derecho», expresó el Tribunal, integrado por los jueces Gastón Martín, Sandro Garrido y Alejandro Pellizon.
También descartaron que la decisión resulte desproporcionada o carente de pruebas. En ese sentido, señalaron que el video exhibido constituye prueba suficiente para la revocación.





