Judiciales
2 años y 6 meses de prisión en suspenso para hombre que golpeó y quemó con agua hirviendo a su pareja
Los hechos ocurrieron en el mes de noviembre del año pasado.

En el marco de un juicio abreviado, la Fiscalía y defensa coincidieron en un acuerdo pleno y la titular de la Fiscalía de Violencia de género y doméstica Norma Reyes solicitó una pena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso.
Se trata de los delitos de “amenazas, lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por mediar violencia de género, y violación de domicilio en concurso real” (Arts. 149 bis 1er. párrafo, 89 en función del 92 y Art. 81 inc. 1° y 11°, Art. 150, Art. 45 y Art. 55 del Código Penal). Reyes pidió en la misma audiencia que “atento al método composicional, resulte una pena única de 2 años y 8 meses, comprensiva de la condena recaída en una causa anterior”.
Además la Fiscalía explicitó que junto a la pena el imputado cumpla con determinadas reglas de conducta, entre ellas que “se someta a tratamiento psicológico, para ello debe presentar las constancias de inicio y cómo avanza el mismo en el Patronato de Presos y Liberados. Deberá mantener la prohibición de acercamiento de 200 metros hacia la mujer y a cualquier lugar donde ella se encuentre, dictada por el Juzgado de Familia N° 16 y de la cual está debidamente notificado. Fijar domicilio, abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar del consumo de alcohol, evitar perturbar a la víctima por cualquier medio. Todo esto por el tiempo que dura la pena impuesta, 2 años y 8 meses”, detalló Reyes.
“Hemos tenido en cuenta las entrevistas que mantuvimos con la víctima, quien ha manifestado conformidad respecto del acuerdo pleno”, dijo la representante del Ministerio Público Fiscal.
Por su parte, el hombre, asistido por defensor particular, reconoció su participación como autor en los hechos que se le imputaron y aceptó tanto la calificación legal como la pena impuesta.
De esta manera, el juez Julio Martínez Vivot tuvo por probados los hechos a través de la prueba presentada por la fiscalía e impuso la pena acordada por las partes.
Cabe recordar que los hechos imputados ocurrieron el 21 y 22 de noviembre del año pasado. “El primer día, el hombre -ex pareja y padre de su hija- siguió a la mujer a bordo de su vehículo hasta la casa de la madre de la chica, diciéndole que se detenga, intentando embestirla con el auto para que así lo hiciera, al tiempo que la insultaba y le decía “…donde estabas, con quién andás, te voy a matar…, voy a entrar a la casa y los voy a matar a todos…”; términos ésos que le provocaron profundo temor a la denunciante. Posteriormente la denunciante llegó a la casa de su madre lugar donde el imputado se presentó en dos oportunidades más”.
El segundo hecho fue en el domicilio de la madre de la víctima, “cuando se presentó el hombre, e ingresó a la casa sin autorización expresa ni presunta de persona alguna, de manera violenta, tirando la mesa y todo lo que había delante. Seguidamente le arrojó a la chica una pava con agua caliente, provocándole quemaduras en el brazo y torso. Asimismo la golpeó con un golpe de puño a la altura de la ceja y la tomó por el cuello apretándoselo. Dicho accionar se desarrolló en un contexto de violencia de género, conforme los dichos y las características relatadas por la víctima, donde queda de manifiesto el descontrol del imputado, su agresividad hacia la mujer, colocándola en una situación de vulnerabilidad frente a la escalada de violencia que vivió. En este encuadre, la prohibición de todo tipo de violencia contra la mujer, debe y tiene un amparo especial, conforme la Convención Interamericana de Belem Do Pará, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, a la que nuestro país adhiere”, describió la representante del Ministerio Público Fiscal.
Judiciales
Casi ocho de cada diez sentencias contencioso administrativas se dictaron con asistencia de inteligencia artificial
La herramienta automatiza controles y prepara sentencias para su firma, aunque la decisión final continúa bajo responsabilidad de juezas y jueces. Su implementación comenzó en 2023 y se extendió progresivamente a organismos provinciales y municipios.

Durante el primer semestre de 2026, el fuero Contencioso Administrativo de Río Negro dictó 3.461 sentencias con asistencia de inteligencia artificial. La cifra representa el 79,14% de las 4.373 resoluciones emitidas durante ese período. El uso de esta tecnología creció respecto del mismo semestre de 2025, cuando había alcanzado el 55,63%.
La herramienta fue desarrollada por la Dirección General de Sistemas del Poder Judicial de Río Negro y permitió reducir significativamente los tiempos de tramitación de las ejecuciones fiscales. Antes de su implementación, cada expediente requería cerca de una hora de procesamiento manual. Con el sistema automatizado, esa tarea se realiza en aproximadamente tres minutos.
La reducción también se refleja en la duración total del trámite. El plazo promedio de una ejecución fiscal pasó de 6,5 días a menos de tres días hábiles. La herramienta comenzó a utilizarse el 24 de agosto de 2023 y se incorporó progresivamente a los organismos provinciales y municipales que promueven este tipo de procesos.
El desarrollo propio permite automatizar una serie de controles que antes se realizaban manualmente. El sistema verifica los datos de la persona demandada y el monto reclamado, comprueba que no existan procesos sucesorios o de quiebra y prepara la sentencia para su firma. La decisión final permanece siempre bajo responsabilidad de la jueza o el juez.
La experiencia comenzó con las demandas de la Agencia de Recaudación Tributaria y después se extendió a los municipios. Viedma y Allen fueron los primeros en incorporarla. Actualmente también la utilizan Bariloche, Cinco Saltos, Cipolletti, El Bolsón, Roca, San Antonio Oeste y Villa Regina. En algunos municipios, la herramienta también se emplea para ejecutar multas de tránsito, infracciones por ruidos molestos y cuestiones ambientales.
Durante los primeros seis meses de 2026, las Unidades Jurisdiccionales Contencioso Administrativas recibieron 3.975 expedientes, un 220% más que en el mismo período del año anterior. Las ejecuciones fiscales representaron la mayor parte de esa actividad, con 3.711 registros, equivalentes al 93,1% de las acciones relevadas.
El incremento de estos procesos también se reflejó en las resoluciones dictadas. Durante el semestre se registraron 3.791 sentencias monitorias, vinculadas principalmente con ejecuciones. Además, se dictaron 488 interlocutorias, 87 definitivas y siete homologaciones. En cuanto al uso de inteligencia artificial, la participación de sentencias elaboradas con esta herramienta aumentó 23,51 puntos porcentuales respecto del primer semestre de 2025. De las 4.373 resoluciones dictadas durante este año, 912 se realizaron sin asistencia de IA.
El fuero Contencioso Administrativo funciona en las cuatro circunscripciones judiciales de Río Negro. Comenzó su actividad en Viedma en diciembre de 2021 y completó su implementación provincial en 2024. Su competencia comprende los procesos en los que el Estado interviene como demandante o demandado.
Los datos estadísticos forman parte del Informe Estadístico del Primer Semestre de 2026, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
La Fiscalía pidió declarar responsable a un hombre por el abuso sexual de su suegra
El hecho ocurrió en agosto de 2025 en el domicilio de la mujer. La Fiscalía sostuvo su acusación con testimonios familiares y pericias psicológicas.

En el marco de los alegatos de clausura del debate oral, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se declare responsable penal a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de su suegra, una mujer de 79 años, en un hecho ocurrido en agosto de 2025 en el domicilio de la víctima.
La fiscal Julieta Villa sostuvo durante su exposición que el imputado ingresó a la vivienda simulando intenciones familiares y que, según la acusación, aprovechándose de la confianza y de la situación de vulnerabilidad de la mujer, la agredió.
Para fundamentar el pedido de responsabilidad penal, la Fiscalía presentó durante el debate el testimonio de la propia víctima y las declaraciones de su nieta, su hija, su hijo y una amiga.
Según expuso la acusación, estos testimonios permitieron acreditar las revelaciones inmediatas realizadas por la mujer, su estado de shock inicial y la posterior admisión de los hechos que habría realizado el acusado ante integrantes de su entorno familiar.
También declaró la psicóloga Virginia Ansola, integrante de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien expuso sobre el impacto emocional sufrido por la mujer.
A su vez, intervino una especialista del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), quien ratificó en audiencia la veracidad del relato, descartó fabulaciones y confirmó la presencia de un cuadro de trauma psíquico severo.
La Fiscalía encuadró la conducta atribuida al imputado como abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo. Por su parte, el defensor particular solicitó la absolución de su asistido.
Concluidos los alegatos de las partes, el Tribunal integrado por los jueces Gastón Martín, Maximiliano Camarda y Oscar Gatti dará a conocer su veredicto el próximo martes (13/10) a las 12.00.
Judiciales
Formularon cargos a un conductor de 71 años por la muerte de un motociclista en Roca
Según la acusación, el imputado realizó un giro a la izquierda de manera antirreglamentaria e interrumpió la trayectoria de la motocicleta que conducía la víctima.

La Fiscalía formuló cargos este miércoles (07/10) contra un conductor de 71 años por un siniestro vial ocurrido en junio pasado en la intersección de las calles Félix Heredia y 9 de Julio de General Roca, en el que murió Ezequiel Alfredo Giles.
Según explicó la representante fiscal Victoria Bou Abdo, el hecho ocurrió alrededor de las 18.00 horas, cuando el imputado circulaba en una camioneta en sentido norte-sur y realizó una maniobra de giro a la izquierda hacia 9 de Julio.
De acuerdo con la acusación, el giro fue realizado de manera antirreglamentaria e imprudente, interrumpiendo la trayectoria de la motocicleta que conducía Giles, quien avanzaba en sentido contrario.
«Debido a la repentina obstrucción de la calzada, Ezequiel Giles no pudo evitar la colisión e impactó contra el lateral de la camioneta», explicó la fiscal. Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió un traumatismo encéfalocraneano grave que le provocó la muerte en el lugar.
Para sustentar la formulación de cargos, el Ministerio Público Fiscal presentó las actas del procedimiento policial, el croquis del lugar, el certificado médico de defunción y el resultado negativo del test de alcoholemia realizado al imputado.
También se incorporaron entrevistas a testigos, informes de la Dirección de Tránsito Municipal, peritajes mecánicos realizados sobre ambos vehículos, un relevamiento fotográfico y la pericia accidentológica del Gabinete de Criminalística de General Roca.
La Fiscalía atribuyó al hombre la calificación legal provisoria de “homicidio culposo cometido por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor”.
El defensor penal público Gustavo Viecens, quien asiste al imputado, no presentó objeciones a la formulación de cargos.
Luego de escuchar a la querella, que acompañó el pedido fiscal, la jueza Natalia González tuvo por formulados los cargos y estableció en cuatro meses el plazo de investigación penal preparatoria.






