Río Negro
Se sancionó el régimen de licencia familiar por nacimiento para estatales
Ahora se permitirá a la madre o titular de la licencia, ceder parte del permiso laboral a su cónyuge, padre o conviviente que ayude en la crianza.

La Legislatura de Río Negro aprobó hoy (30/11) la ley que reglamenta la licencia familiar por nacimiento, que permitirá a la madre o titular de la licencia ceder parte del permiso laboral a su cónyuge, padre o conviviente que ayude en la crianza.
El nuevo régimen de licencia familiar por nacimiento será de 180 días corridos y adoptará las modalidades prenatal, por maternidad y paternidad y lactancia obligatorio, unificado y remunerado, para todos los agentes públicos que se desempeñen en el ámbito del sector público provincial.
Otras leyes sancionadas
También se sancionó una modificación a la Ley N° 5190, en lo correspondiente a la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial, para crear un Juzgado de Familia en las ciudades de General Roca y Cipolletti.
Por otra parte, se avaló la ley que crea el sistema de gestión de reservas de pasajes gratuitos, en beneficio de las personas alcanzadas por el Régimen de Promoción Integral de las Personas con Discapacidad. Consiste en diseñar y poner en funcionamiento una página web accesible, con el objeto de posibilitar que el universo de beneficiarios pueda acceder a la reserva y la expedición de pasajes de transporte terrestre y ferroviario.
El Parlamento sancionó además la ley que crea las Oficinas de la Familia, en el ámbito de la Policía de Río Negro. Su función será tomar intervención en los delitos dependientes de acción pública y privada en los que resulten víctimas mujeres, niñas, niños y adolescentes.
Asimismo, declaró de Interés Provincial la producción y comercialización porcina. La ley busca preservar el estatus sanitario de la producción porcina, evitar la introducción y propagación de enfermedades tóxicas y exóticas en Río Negro. La ley prohíbe el ingreso al territorio de la Provincia de productos, subproductos y derivados cárnicos porcinos provenientes de países no libres de Síndrome Respiratorio Reproductivo Porcino.
Por otra parte, se votó favorablemente la ley que modifica el artículo 2° de la Ley R N° 2440, donde se reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.
Según la norma, las adicciones en su sentido amplio deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental, sean estas sustancias legales e ilegales. La existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso a presumir riesgo de daño o incapacidad, lo que sólo puede deducirse a partir de una evaluación interdisciplinaria de cada situación particular en un momento determinado.
También se sancionó la ley que rige la responsabilidad de la provincia de Río Negro por los daños que su actividad o inactividad produzca a los bienes o derechos de las personas.
Además, se declaró Ciudadano Ilustre de la provincia de Río Negro, al doctor Conrado Franco Varotto, fundador de Investigaciones Aplicadas Sociedad del Estado (INVAP S.E.), en virtud de su fecunda labor emprendedora en el campo de la ciencia y de la técnica, y su legado de conocimientos, ideas, recursos humanos formados y producción científica y tecnológica de avanzada, a toda la sociedad argentina.
Por otra parte, se sancionó la norma que suspende, en todo el ámbito de la Provincia, por el término de 360 días, contados a partir de la sanción de la ley, la ejecución de los juicios y la interposición de medidas cautelares dictadas derivadas de la aplicación de la ley de Propiedad Intelectual, sus decretos reglamentarios y todas sus normas complementarias iniciadas por la Sociedad Argentina de Autores Intérpretes y Compositores (SADAIC); la Asociación Argentina de Intérpretes y la Cámara Argentina de Productores e Industriales de Fonogramas (AADI CAPIF); La Sociedad General de Autores de la Argentina de Protección Recíproca (ARGENTORES); La Sociedad Argentina de Gestión de Actores Intérpretes (SAGAI); la Sociedad de Directores Argentinos Cinematográficos (DAC) y la Unión Argentina de Artistas de Variedades (UADAV) y demás entidades privadas con regímenes especiales y actividades conexas, contra establecimientos hoteleros-gastronómicos y afines, por el cobro de aranceles por la posesión de aparatos receptores de señales de audio y televisión dentro de sus instalaciones.
Además, se aprobó instituir a la ciudad de Chimpay, Cuna de Ceferino, como la Capital Provincial del Peregrino.
Por último, la Legislatura sancionó la ley que establece el día 13 de noviembre de cada año como “Día Provincial de la Lucha contra el Ciberacoso o Grooming”, de acuerdo a la ley nacional recientemente aprobada en el Congreso de la Nación.
Política
Río Negro demandó al Gobierno Nacional por el abandono de la Ruta N° 151
La Provincia exige la reparación completa de los 150 kilómetros del tramo que atraviesa el territorio rionegrino, entre Cipolletti y el límite con La Pampa.

El Gobierno de Río Negro, la Defensoría del Pueblo, intendentes de municipios afectados y entidades empresariales presentaron una acción de amparo colectivo contra el Estado Nacional y la Dirección Nacional de Vialidad por el deplorable estado de la Ruta Nacional N° 151. La presentación busca proteger los derechos a la vida, la salud, la integridad física y la seguridad de las miles de personas que la usan a diario, señalando que la falta de mantenimiento afecta gravemente los servicios esenciales, actividades productivas y la economía regional.
El Juzgado Federal de General Roca ya dio curso a la acción y requirió al Estado Nacional y a Vialidad un informe detallado sobre las razones de la omisión denunciada, otorgando un plazo de 11 días para responder, mientras que para la medida cautelar se fijó un plazo de 5 días para que las demandadas informen antes de su análisis judicial.

El escrito reclama al Tribunal que declare la responsabilidad del Estado Nacional por la falta de mantenimiento de la ruta y que ordene la reparación completa de los 150 kilómetros del tramo que atraviesa Río Negro, entre Cipolletti y el límite con La Pampa.
También exige medidas cautelares urgentes como la señalización inmediata, bacheo provisorio y campañas informativas para prevenir accidentes, además de un plan técnico y presupuestario que garantice la ejecución de las obras, con informes periódicos sobre los avances.
Entre los puntos centrales del amparo se detalla que el estado de la ruta obstaculiza el servicio de salud pública, con más de 576 traslados sanitarios en lo que va de 2025 que deben circular por ese tramo; la educación, afectando el acceso diario de más de 10.000 estudiantes y 2.300 docentes de 70 escuelas; y actividades clave como la fruticultura, la minería, el turismo y la industria hidrocarburífera, esta última vinculada a la producción del 72% del petróleo y el 42% del gas.
La demanda también denuncia la desnaturalización del régimen de financiamiento vial, evidenciando que, pese a existir recursos específicos como el 28,58% del Impuesto a los Combustibles que debe destinarse por ley al Fideicomiso de Infraestructura de Transporte, esos fondos han sido desviados, dejando a rutas estratégicas como la 151 en un estado calamitoso.
Entre las normas invocadas se destacan artículos de la Constitución Nacional, pactos internacionales como el PIDESC y el Pacto de San José de Costa Rica, y leyes nacionales como la Ley de Amparo (16.986) y la Ley de Tránsito (24.449), además de jurisprudencia relevante.
«Esta demanda representa un paso firme del Gobierno de Río Negro para defender los derechos de sus habitantes frente a la inacción del Estado Nacional, que tiene la competencia exclusiva sobre las rutas nacionales y el deber de mantenerlas en condiciones seguras. A su vez, podría constituir un precedente judicial que abra la puerta a que otras provincias exijan judicialmente obras públicas urgentes ante omisiones estructurales del Estado central», destacaron desde el Ejecutivo rionegrino.

La presentación fue realizada por el Estado rionegrino, representado por el gobernador Alberto Weretilneck; el fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan, y el fiscal adjunto, Luciano Minetti Kern; la defensora del Pueblo, Adriana Santagati; los intendentes Rodrigo Buteler (Cipolletti), Daniela Salzotto (Catriel), Enrique Rossi (Cinco Saltos), Horacio Zuñiga (Contralmirante Cordero) y Daniel Hernández (Campo Grande); y los presidentes de la Cámara de Industria y Comercio de Cipolletti, José Bunter; de la Cámara Empresarial de Servicios de Río Negro, Federico Paolo; y de la Cámara de Servicios Petroleros de Río Negro, Ramiro Arceo.
Política
García Larraburu construye una candidatura al Senado con el respaldo de Massa y el Frente Renovador
El ex candidato a presidente se reunió con la senadora peronista, que busca repetir otros 6 años al frente de la banca, representando a Río Negro.

Sergio Massa recibió a la senadora nacional Silvina García Larraburu y al presidente del Frente Renovador de Río Negro, Alejo Ramos Mejía, pensando alternativas para el año electoral.
En principio, la senadora construiría una opción para la cámara alta desde el sello massista y sumará su experiencia en el marco del peronismo para estas elecciones.
«La representación de Río Negro está garantizada por el Frente Renovador, que acompaña en su conjunto a Silvina García Larraburu. Hay compañeros y compañeras de toda la provincia sumados a esta propuesta electoral», dijo el presidente rionegrino del FR.
Con Massa a la cabeza, la mesa sirvió para analizar una coyuntura electoral desafiante para el país y Río Negro, que enfrentará la versión liberal libertaria que pretende destruir las políticas públicas y la potencialidad del Estado.
Todos coincidieron en que Río Negro tendrá un rol central en el escenario nacional en los años que vienen, en materia de generación de energía, minería e hidrocarburos impulsados por oleoductos o la salida al mundo de GNL por las costas patagónicas.
Judiciales
Ordenan al Estado limitar descuentos por préstamos en el salario de una docente
La trabajadora expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales.

Una trabajadora del sistema educativo de Río Negro obtuvo una sentencia favorable para frenar retenciones que reducían su salario a niveles extremos. El fallo, dictado por la Cámara Primera del Trabajo de Bariloche, dispuso que el Ministerio de Educación no podrá descontar más del 20% de su sueldo neto en beneficio de entidades financieras y mutuales.
La presentación judicial se realizó en marzo de este año mediante una acción sumarísima. La profesional expuso que en los meses de diciembre de 2024 y enero de 2025 los descuentos alcanzaron el 100% de sus haberes mensuales. En febrero, la liquidación dejó disponible apenas el 14% de su salario. Acompañó documentación oficial que acreditaba las cifras denunciadas.
Según consta en el expediente, las deducciones estaban vinculadas a préstamos personales tomados con las entidades MUT.REG.SUR, AMSER, MEPUC, CREDIT NOW y U.P.A.M. La mujer solicitó que se aplicara el límite previsto en el Decreto-Ley N° 6754/43, norma ratificada por Ley Nacional, que establece un tope del 20% para este tipo de retenciones.
El Ministerio de Educación, representado por Fiscalía de Estado, negó los términos del planteo y pidió el rechazo de la demanda. Las partes fueron citadas a una audiencia de conciliación obligatoria conforme lo establece la Ley P 5631, sin lograr un acuerdo.
La sentencia remarcó que los descuentos aplicados por vía administrativa no pueden superar los topes legales vigentes, aun cuando deriven de convenios firmados de forma voluntaria por la trabajadora. El fallo también señaló que los embargos judiciales -sujetos a revisión y autorizaciones expresas- no permiten alcanzar porcentajes de descuento similares.
El Tribunal dispuso que las deducciones sobre los haberes de la trabajadora no podrán superar el 20% de su salario neto, una vez realizadas las quitas obligatorias por ley. Además, ordenó que la maestra indique en un plazo de 48 horas a cuál de las entidades acreedoras debe destinarse ese porcentaje. En caso de no comunicar esa decisión, el monto será distribuido de forma proporcional entre las cinco instituciones involucradas. La sentencia de primera instancia no está firme y se encuentra dentro de los plazos de revisión.