Sociedad
Último momento: Para el Procurador General de la Provincia, Weretilneck está habilitado
No obstante, su dictamen no es vinculante. Ahora definirá el Superior Tribunal de Justicia.

El Procurador General, Jorge Crespo, emitió su dictamen -no vinculante- sobre la nueva postulación a gobernador de Alberto Weretilneck. Según su visión, el mandatario está habilitado y un eventual nuevo mandato sería el segundo.
Crespo consideró que el primer tramo del mandato de Weretilneck (2011-2015) fue producto del reemplazo por la muerte de Carlos Soria, por lo tanto, se computa como primera gestión a cargo del Ejecutivo elegido por el voto popular, desde el 10 de 2015. En consecuencia, puede presentarse para el período 2019-2023. Pero advierte que ése, sería el último posible.
El Procurador emitió un dictamen técnico, basado en la leyes y jurisprudencia de la provincia y todo el país. Comenzó a elaborarlo cuando Weretilneck anunció que buscaría un nuevo mandato y la oposición advirtió que el caso se judicializaría. Crespo, a diferencia del fiscal Hernán Trejo, no ingresó en el derecho civil y político y evitó una pronunciamiento sobre proscripción y participación.
Luego de realizar un extenso análisis, el jefe del Ministerio Público concluyó con que «todo este desarrollo me lleva a afirmar que en el período 2011/ 2015, el cargo postulado y para el que fue electo el Sr. Weretilneck fue el de vicegobernador, ejerciendo posteriormente las funciones ejecutivas del Estado rionegrino por acefalía del cargo de gobernador, cumpliendo obligatoriamente lo impuesto por el Artículo 180 Inc. 2 de la Constitución Provincial», coincidiendo así con la opinión del constitucionalista Rodolfo Ponce de León.
«Luego (en el período 2015/2019) Weretilneck postuló el cargo de gobernador, el que ocupó (al haber sido elegido por el voto popular), en el período indicado por el Art. 174 de nuestra Constitución. Hoy, al postular nuevamente para el cargo en cuestión (2019/2023) bajo esta interpretación, en comunión con la redacción constitucional conjugada con los hechos, resultaría ser ésta, su segunda postulación en el cargo de gobernador. Circunstancia que lo habilita para participar en el proceso electoral», añadió.
«De imponerse en las próximas elecciones resultaría reelecto en el cargo de gobernador, situación ésta que por aplicación de la prohibición que establece el segundo apartado del Artículo 175, veda la postulación para cualquiera de los dos cargos en un período inmediato siguiente (2023/2027)», indicó.
Argumentos
Crespo comienza destacando que la Constitución Provincial de Río Negro, en el marco de “la posibilidad que cada Estado tiene de instaurar el sistema más apropiado para su vida democrática”, prohíbe la reelección del gobernador por más de una vez. Agrega entonces que es condición de estas fórmulas prohibitivas “estar desarrolladas en forma clara y certera en el texto constitucional, escritas de manera tal que no permitan dudas sobre cuál es la conducta permitida y cuál la conducta negada”.
El Dictamen, que constituye una opinión no vinculante del titular del Ministerio Público previa a la determinación del máximo Tribunal provincial, interpreta el caso específico en relación a la normativa aplicable, desprendido de cualquier valoración ética, moral o política que por ley, el Procurador “no es llamado a brindar”.
Además de la Constitución provincial y diversas leyes orgánicas como el Código electoral y la ley de Acefalía, el caso fue estudiado “sin perder de vista los antecedentes jurisprundenciales locales y nacionales, como así también los tratados internacionales”. Accedió también a la totalidad de los expedientes legislativos de la Convención Constituyente rionegrina de 1988.
Analiza en primer término el Artículo 175 que plantea, según su entender, dos hipótesis posibles: una, que “el gobernador y vicegobernador pueden ser reelectos” o pueden “sucederse recíprocamente en el cargo”. Ambas situaciones pueden producirse “por un nuevo período y por una sola vez”.
Elimina la segunda de las posibilidades a las que refiere el artículo, ya que al haber fallecido el gobernador Soria, la sucesión recíproca (aquella que se da entre dos personas de manera mutua) no pudo existir.
Concentra el análisis en la primera de las acepciones posibles, mencionando doctrina que indica que “cuando se habla de reelección en lenguaje constitucional se habla de repetir el cargo para el que el ciudadano fue electo con anterioridad”.
Destaca concepciones vertidas en el Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas que define reelección como una “segunda o ulterior elección de alguien para igual puesto en que venía desempañándose” y agrega un análisis expuesto en la Constitución Argentina Comentada de Zarini que expresa a modo de ejemplo “que el presidente puede ser reelecto en ese cargo o elegido vicepresidente”.
“Al efecto entiendo que, cuando el texto constitucional refiere a reelección, lo hace aludiendo a la posibilidad de ser electo nuevamente en el cargo para el que ya fuera electo el candidato en una oportunidad anterior inmediata, pues no existe ni puede existir desde un razonamiento constitucional lógico jurídico, posibilidad alguna que una persona intente una reelección a un cargo que no postuló con anterioridad”, destaca el Procurador General.
“Afianza esta posición la última parte del artículo analizado que claramente establece que en el caso que el gobernador o vicegobernador fueran reelectos en sus cargos, no pueden ser después elegidos para ninguno de ellos”, agrega.
Avanza en el análisis incorporando la legislación vigente, aludiendo a la acefalía que se produjo una vez fallecido el gobernador electo (Soria), cuando ambos ocupaban los cargos para los cuales el voto popular los había elegido. Destaca en este sentido que “no existe constitucionalmente en la provincia de Río Negro, otra forma o modo de acceder al cargo de gobernador provincial, que no sea por la elección popular”.
Vuelve a introducirse en la Carta Magna Provincial, aludiendo al Artículo 170 que indica que “el Poder Ejecutivo provincial es ejercido por un ciudadano con el título de Gobernador” y que sus funciones, así como las del Vicegobernador, están explicadas en la sección ‘Poder Ejecutivo’, aunque las de este último también son expuestas en el apartado ‘Poder Legislativo’.
Menciona la posibilidad de que el vicegobernador sea el reemplazante natural del gobernador, pero delimita explícitamente los ámbitos de acción.
“Si se pensara que el vicegobernador a nivel provincial, es un órgano incluido dentro del Poder Ejecutivo, al prestar funciones en el Poder Legislativo rionegrino (preside el cuerpo y vota en caso de empate) se estaría violando el principio republicano de Gobierno consagrado en el Artículo 1 de la Constitución provincial y con ello la división de poderes”.
Es claro entonces que en el año 2012 el vicegobernador Weretilneck, previo juramento formal, sólo asumió como relevo constitucional del gobernador fallecido para “desarrollar la representación provincial hasta el fin del mandato del gobernador causante de la acefalía”. Agrega además que los cargos son ocupados por quienes han sido electos para los mismos por el término de cuatro años, y que ninguna modificación temporal puede producirse sin una reforma constitucional previa.
Avanzando en el análisis, refiere al concepto de fórmula, aclarando en primer término que éste no “está empleado en el texto constitucional” y sí, en cambio en el Código electoral pero únicamente “en el entendimiento de que no podrá existir un gobernador de una fórmula y un vicegobernador de otra, nunca lo hace confundiendo el rol institucional y funcional de cada uno de los funcionarios”.
Río Negro
El EPRE auditará las tasas municipales en la factura eléctrica
Ese ítem promedia el 15%, aunque presenta variaciones según la localidad y el perfil de consumo.

El Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) inició en Río Negro una auditoría sobre las tasas municipales incluidas en la factura eléctrica para verificar su composición, controlar distorsiones y cuidar el bolsillo de los usuarios
«La medida forma parte del trabajo de ordenamiento, control y transparencia que impulsa la Provincia sobre los servicios públicos esenciales, con el objetivo de que cada concepto cobrado en la boleta sea claro, verificable y corresponda a lo autorizado», destacaron desde el organismo.
Actualmente, la factura eléctrica incluye distintos tributos y cargos de origen nacional, provincial y municipal. Entre ellos se encuentran el IVA, que va del 21% al 27%; el impuesto nacional al Débito y Crédito Bancario, de 1,2%; aportes voluntarios para bomberos y otros conceptos, de alrededor del 2,8%; y el impuesto provincial a los Ingresos Brutos, que fue recientemente reducido al 1% por decisión del Gobierno Provincial.
A esos componentes se suman las tasas municipales, que promedian el 15%, aunque presentan variaciones según la localidad y el perfil de consumo. En algunos casos, esa carga puede alcanzar hasta el 50% del costo del servicio.
Control sobre los conceptos municipales
Con el objetivo de constatar y corregir posibles distorsiones, el EPRE auditará los conceptos que los municipios de Río Negro disponen incluir en la facturación del servicio público de distribución de energía eléctrica.
Entre esos cargos se encuentran alumbrado público, mantenimiento y diferentes tasas o contribuciones municipales que son incorporadas a la boleta de luz.
Para avanzar con el proceso, el organismo regulador solicitó información tanto a las autoridades municipales como a las empresas distribuidoras, a fin de contar con el detalle de los conceptos cobrados, su respaldo normativo y su impacto en la factura final.
Una factura más clara para los usuarios
La auditoría busca fortalecer la transparencia y brindar mayor claridad a los usuarios sobre qué pagan cuando reciben la boleta de electricidad.
En esa línea, «el Gobierno de Río Negro viene impulsando medidas para reducir la presión impositiva sobre los servicios esenciales. Para 2026, la Provincia dispuso una baja de la carga provincial incluida en las boletas de luz y gas, con impacto directo en hogares, comercios, pymes, industrias, productores y entidades», destacaron.
También se implementaron medidas específicas de alivio fiscal para sectores productivos, como el riego agrícola, donde la reducción impositiva sobre la energía busca mejorar la competitividad de las economías regionales.
«El EPRE también viene desarrollando acciones territoriales de acompañamiento a usuarios, relevamiento de consumos y educación energética, con el objetivo de promover un uso más seguro, eficiente y económico de la electricidad», explicaron.
«Con esta auditoría, la Provincia refuerza una política de control sobre los componentes de la tarifa eléctrica, en defensa de los usuarios y con una premisa clara: que cada peso que se cobra en la factura tenga justificación, transparencia y control», concluyeron.
Roca
El Registro Civil Móvil realizó más de 450 trámites en Roca y Allen
El Registro Civil recorre la provincia acercando los trámites a cada comunidad.

El Registro Civil Móvil continúa recorriendo la provincia, acercando los trámites a vecinos y vecinas de Río Negro. En ese marco, durante los últimos días de abril visitó General Roca y Allen, donde se realizaron un total de 461 trámites.
El cronograma incluyó la atención el jueves (23/04) en la Escuela Primaria N° 80 del barrio Norte de Allen, y el viernes (24/04) en la Escuela N° 342 del barrio Costa Oeste. Allí se concretaron 225 trámites en total: 120 DNI nuevos, 105 renovaciones y 10 cambios de domicilio.
Por su parte, el sábado (25/04) el organismo formó parte del programa Cerca, en General Roca, en un operativo desarrollado en la Escuela Primaria N° 350 del barrio Chacramonte. En la oportunidad se realizaron 236 trámites, entre ellos 176 DNI nuevos, 60 renovaciones y 25 cambios de domicilio.
El operativo permitió acercar servicios clave a la comunidad, mejorando la accesibilidad y la atención en territorio.
Roca
Cómo sigue el tiempo en Roca: Viento fuerte, descenso térmico y mañanas cada vez más frías
El viento será protagonista entre la noche de este martes y la mañana del miércoles, con ráfagas que pueden rozar los 90 km/h.

El tiempo en Roca mostrará un cambio marcado en los próximos días, con jornadas templadas durante el día pero con viento fuerte y un descenso sostenido de las temperaturas hacia el fin de semana, cuando se registrarán mínimas bajo cero.
De acuerdo al pronóstico de la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC), este martes (28/04) estará mayormente cubierto, con una máxima de 22°C. El viento será protagonista, con velocidades de hasta 35 km/h durante el día y ráfagas que podrían alcanzar los 85 km/h por la noche, cuando la temperatura descenderá a 6°C.
El miércoles (29/04) continuará con condiciones similares, aunque con algo más de sol. La máxima se mantendrá en torno a los 22°C, pero el viento seguirá presente, con ráfagas cercanas a los 60 km/h. Por la noche, el cielo estará cubierto y la mínima caerá a 3°C.
Para el jueves (30/04) se espera una mejora en las condiciones: el cielo estará parcialmente nublado, el viento disminuirá considerablemente y la temperatura se mantendrá estable, con una máxima de 22°C y una mínima de 4°C.
El cambio más marcado comenzará a sentirse el viernes (01/05). Si bien durante el día el tiempo se presentará mayormente despejado con una máxima de 18°C, el viento volverá a intensificarse con ráfagas de hasta 65 km/h. Hacia la noche, el termómetro caerá abruptamente hasta los -5°C, marcando el ingreso de aire frío en la región.
El sábado (02/05) será una jornada más fresca, con una máxima de 14°C y cielo mayormente despejado. Durante la noche, la mínima se ubicará en -2°C, con nubosidad parcial y viento leve.
En tanto, el domingo (03/05) se presentará con cielo mayormente cubierto durante el día, una máxima de 16°C y condiciones más estables. Por la noche, la temperatura subirá levemente en comparación a días anteriores, con una mínima de 4°C.
Alerta amarilla por fuertes vientos
El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) mantiene vigente un alerta amarillo por viento para la Patagonia Norte (alcanza a la provincias de Neuquén, Río Negro y Chubut). Según el organismo, se prevén para la noche de este martes y la mañana del miércoles, vientos del sector oeste con velocidades entre 50 y 70 km/h, y ráfagas que pueden alcanzar los 90 km/h o incluso superarlas de manera puntual, especialmente en al Alto Valle y la zona cordillerana.
Este nivel de alerta implica fenómenos con capacidad de generar inconvenientes, por lo que se recomienda evitar actividades al aire libre durante los picos de viento, asegurar objetos que puedan volarse y mantenerse informado.





