Judiciales
Comenzó el juicio por el femicidio de Patricia Parra
El acusado podría ser condenado a cadena perpetua.
Esta mañana comenzó el juicio por el homicidio triplemente calificado del cual resultó víctima fatal Patricia Parra. El fiscal del caso Luciano Garrido tiene a su cargo la acusación y el defensor oficial Eduardo Luis Carrera asiste al imputado, ex pareja de la mujer, Eduardo Valenzuela.
El debate comenzó con los alegatos de las partes. Es así que Garrido señaló que “la calificación legal correspondiente y siguiendo la teoría del caso de la fiscalía es la de ‘homicidio triplemente calificado, por haber existido con la víctima una relación de pareja, por haber actuado con ensañamiento, y por haber ocurrido en el marco de violencia de género’. Además del delito de ‘desobediencia a una prohibición de acercamiento’, y ‘amenazas agravadas con arma’ respecto de los vecinos que intentaron detener el ataque”.
Cabe recordar que en la audiencia de control de acusación, quedaron probadas las circunstancias de tiempo y lugar del hecho, como también que el imputado y la víctima convivieron durante 28 años y que resultado de ello tuvieron 4 hijos. Además la causa del Juzgado de Familia, donde se dispuso la prohibición de acercamiento y en la que consta que el hombre estaba notificado de la misma, desde el 14 de agosto de 2018, donde se dispuso la exclusión del hogar del victimario.
Tampoco será materia de discusión que el imputado, después de ocurrido el hecho, se dirigió al lugar donde residía, movilizándose en su vehículo Ford Escort, y que fue allí donde lo detuvieron los empleados policiales de Cervantes.
“Por lo anterior, entiendo que este debate, siguiendo la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, se va a circunscribir a dos cuestiones: que el hecho se cometió con ensañamiento y que el homicidio se dio en un marco de violencia de género preexistente. Esto se conocerá a través de los testigos y especialistas que hemos convocado para este debate”, explicó Garrido.
Además, “acreditaremos la culpabilidad del imputado a través del testimonio de la psiquiatra forense Celina Vernal, porque entendemos que al momento del hecho el señor pudo comprender la criminalidad de sus actos”, concluyó el fiscal del caso.
Por su parte, el defensor oficial Eduardo Luis Carrera expresó su teoría del caso y señaló que “para esta parte está en controversia la cuestión del ensañamiento y el marco de violencia de género. Nos vamos a encargar de demostrar que mi asistido actuó ante la existencia de circunstancias atenuantes”.
“Con anterioridad al hecho, existieron eventos graves, como la operación de angioplastía, que se derivó en un estado de salud complicado que lo inutilizó laboralmente, y demás cuestiones, que esta defensa traerá a juicio de la mano de sus testigos. Todo ello llevó al desenlace de este hecho lamentable”, explicó Carrera.
Según la defensa pública, lo ocurrido “se produjo como consecuencia de una relación irregular, en forma abrupta, y debido a su intervención quirúrgica, mi asistido tuvo que dejar de ser sostén familiar. En ese marco se produjo una exclusión del hogar expedida por el Juzgado de Familia”, continuó su alegato.
“De repente mi asistido sufrió situaciones indignas de vida: se quedó sin hogar, sin familia y sin trabajo, y es así que ocurrió el fatal desenlace”, mencionó Carrea.
La calificación legal propuesta por la defensa penal oficial es la de “homicidio calificado por el vínculo bajo circunstancias extraordinarias de atenuación”.
En la jornada de hoy (25/03) declararon 6 testigos, entre ellos la hija de la señora, constituida como querellante, algunos de los empleados policiales que intervinieron tanto en la detención del sujeto como en el lugar del hecho, y dos vecinos que intentaron detener el ataque.
El debate frente al Tribunal de Juicio conformado por Fernando Sánchez Freytes, Natalia González y Oscar Gatti continúa el próximo miércoles 27 de marzo a las 8.00.
El hecho
El hecho que se le atribuye al imputado es el ocurrido el día 10 de octubre de 2018 a las 12.18 aproximadamente en la vivienda de en calle Jacobo Glanz, del Barrio Colonia Fátima de Cervantes; lugar donde residía la ex pareja del imputado, Patricia Verónica Parra Roa, con quién había convivido durante 28 años y tenían cuatro hijos en común. En esas circunstancias el imputado dio muerte a la mujer.
Y en ese momento se encontraba vigente una orden de prohibición de acercamiento y una exclusión del hogar, todo ello dispuesto por el Juzgado de Familia N° 11, de la que el hombre se encontraba debidamente notificado. Luego de cometer el hecho, tras amenazar a los vecinos de la señora, el imputado se dirigió a su domicilio a bordo de su vehículo, lugar donde fue detenido.
Judiciales
Condenan a 4 años de prisión a dos acusados de distribuir material de abuso sexual infantil
Los hechos fueron detectados tras reportes de Google y WhatsApp al Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC), que alertó al Ministerio Público Fiscal rionegrino. Uno de ellos es de Roca.

El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial logró esta semana que dos hombres fueran condenados a cuatro años de prisión efectiva por delitos vinculados con la tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil (MASI).
Las causas, tramitadas en General Roca y Choele Choel, se resolvieron en el marco de juicios abreviados, luego de que ambos imputados reconocieran su responsabilidad penal.
El primer caso ocurrió en Choele Choel y fue detectado en agosto de 2022, cuando Google denunció la actividad sospechosa a través del Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC), organismo con el cual el Ministerio Público Fiscal argentino mantiene un convenio de cooperación. La investigación determinó que el acusado tenía en su poder múltiples fotos y videos con contenido de abuso sexual infantil, lo que derivó en su procesamiento y condena.
El segundo hecho fue investigado en General Roca, donde un hombre aceptó haber cometido tres delitos durante 2024. Según la Fiscalía, el imputado subió videos a los servidores de WhatsApp, facilitó contenido a otros usuarios y almacenó material en su teléfono celular, el cual fue secuestrado durante un allanamiento. La pericia de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) confirmó que el dispositivo contenía 21 videos con imágenes de víctimas menores de edad.
Las pruebas reunidas incluyeron los reportes internacionales, los allanamientos realizados en los domicilios de los acusados, peritajes informáticos de OITel, informes del Gabinete de Criminalística y evaluaciones médicas del Cuerpo de Investigación Forense, que confirmaron la edad de las víctimas.
En Choele Choel, la condena fue por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil, en concurso ideal, mientras que en Roca, la figura legal aplicada fue tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil agravadas por ser las víctimas menores de 13 años, ambas previstas en el artículo 128 del Código Penal.
Tanto la Fiscalía como la defensa coincidieron en la pena solicitada y, tras renunciar a los plazos procesales, los dos condenados ya se encuentran cumpliendo su condena.
Judiciales
Se realizó el sorteo de jurados populares para los próximos dos años
En las circunscripción con cabecera en General Roca fueron seleccionados 500 mujeres y 500 varones.

El Poder Judicial de Río Negro llevó a cabo el sorteo de potenciales jurados populares, mediante el cual se seleccionaron 3.600 personas que podrán integrar tribunales populares durante los años 2026 y 2027.
El procedimiento, conforme al Código Procesal Penal, fue supervisado por el Juzgado Electoral Provincial y estuvo a cargo de Lotería de Río Negro. Participaron el vocal del STJ Sergio Ceci, el juez electoral Carlos Da Silva, la secretaria electoral Verónica Belloso, el director de la Oficina Judicial de la Primera Circunscripción Nicolás Farina, Virginia Sastre, del Tribunal de Impugnación y Nicolas Rochas del Ministerio Público. También asistieron la defensora del Pueblo, Adriana Santagati, autoridades de Lotería y representantes del Colegio de la Abogacía de la Primera Circunscripción, en nombre de todos los colegios de la provincia.
Se sortearon 1.800 mujeres y 1.800 varones del padrón electoral provincial. En la Primera Circunscripción, con asiento en Viedma, se seleccionaron 300 mujeres y 300 varones. En las circunscripciones con cabecera en General Roca, Bariloche y Cipolletti se sortearon 500 mujeres y 500 varones en cada una.
Las personas seleccionadas recibirán información a través de las Oficinas Judiciales Penales de cada circunscripción, donde se les indicarán los pasos a seguir y los canales de contacto disponibles.
Cada persona sorteada recibirá una comunicación oficial que incluirá una nota de la Oficina Judicial Penal, un formulario de declaración jurada y un sobre para la respuesta. Esta podrá remitirse gratuitamente por Correo Argentino o completarse en forma digital a través del sitio web: jurados.jusrionegro.gov.ar.
Los datos recabados permitirán realizar una primera verificación para detectar incompatibilidades o impedimentos legales que impidan integrar un tribunal popular. La información será tratada de manera confidencial por las Unidades de Juicios por Jurados de cada circunscripción.
Ningún funcionario o funcionaria judicial solicitará datos bancarios, claves digitales ni información personal sensible.
Desde la implementación del juicio por jurados en Río Negro, las personas seleccionadas por sorteo participan en los procesos penales más graves y públicos. El sistema establece que el jurado popular esté compuesto por doce miembros cuando el fiscal anticipa que solicitará una pena superior a doce años de prisión.
Para integrar un jurado popular en Río Negro es necesario ser argentino o argentina, tener más de 18 años y residir en la zona donde ocurrió el delito. Quedan excluidas las personas con condenas por delitos dolosos, así como quienes ejerzan profesiones jurídicas, funcionarias y funcionarios judiciales, auxiliares de justicia, integrantes activos de las fuerzas de seguridad y referentes religiosos.
Judiciales
Múltiples estafas por viajes al exterior: La acusada deberá continuar cumpliendo medidas cautelares
Entre ellas se encuentran el bloqueo de cuentas y presentarse en Fiscalía periódicamente.

En pos de que cese el delito y el posible provecho de la maniobra, el Ministerio Público Fiscal insistió en que Yolanda Livera, la mujer propietaria de la agencia Lola Tour y que está siendo investigada por presunta estafa por venta de viajes al exterior continúe cumpliendo con las medidas cautelares.
Los tres abogados querellantes, representando a cuatro de los denunciantes, adhirieron íntegramente a los términos fiscales.
Por su parte, el defensor penal público solicitó que se deje sin efecto el bloqueo de cuentas, así la mujer «puede seguir cumpliendo con los compromisos asumidos antes de la fecha mencionada por la Fiscalía. De otra manera, podrían aparecer nuevas denuncias porque ella no podrá cumplir con los viajes ya vendidos. Esto es sin inaugurar nuevas ventas».
La parte acusadora se opuso a dicha propuesta y el fiscal explicó que «hemos unificado hasta ahora 21 legajos, con diferentes víctimas y diversas modalidades de estafa, hechos que habrían ocurrido entre el 1 de septiembre de 2024 y el 17 de octubre de este año».
Durante la audiencia, Livera, asistida por su defensor, declaró sobre la medida cautelar de bloqueo y congelamiento de las cuentas y las consecuencias que ello podría tener sobre clientes que tienen viajes a futuro.
Finalmente, la jueza resolvió que la mujer siga realizando presentaciones en la Fiscalía interviniente, que el bloqueo y congelamiento de cuentas bancarias, activos digitales, billeteras virtuales, opere hasta el 16 de febrero del año que viene.
En caso de que se verifique algún incumplimiento a las medidas, la Fiscalía podrá solicitar otra audiencia para pedir medidas mas gravosas y garantizar el adecuado avance de los legajos fiscales.





