Judiciales
Tres meses de prisión preventiva para quienes intentaron fugarse de la policía el martes pasado
Antes de la persecución habían intentado robar a un hombre que, con su hija de 3 años en brazos, resistió el asalto.
La fiscal Silvana García formuló cargos a tres sujetos por el delito de tentativa de robo agravado y solicitó la prisión preventiva por el término de tres meses.
Según la acusación fiscal, los hechos sucedieron el pasado martes 7 de marzo, a las 20.30 cuando la víctima se encontraba en su domicilio, “escuchó que golpeaban la puerta y al abrir, con su hija de tres años en brazos, un sujeto, presuntamente Claudio Muñoz, lo empujó mientras lo intimidaba con un arma calibre 9 mm y aparecieron sorpresivamente además Damián Maza y Cristian Espinosa que estaban escondidos en el porche de la casa portando un arma de fuego calibre 11.25 con la intención de ingresar a la casa”.
“Acto seguido la víctima forcejeó con los sujetos mientras gritaba “tengo a la nena” tratando de impedir que accedan a la vivienda momento en el que, uno de ellos lo golpea con el arma en la cabeza y en las costillas lesionándolo. Ante la resistencia de la víctima los tres sujetos salen hacia la vereda, se suben a un vehículo Chevrolet Clasic color gris, (el que había sustraído en Neuquén en octubre de 2018 y al que le habían cambiado el dominio), conducido por Claudio Muñoz, mientras peatones que pasaban por el lugar dieron aviso a un patrullero que circulaba por calle Villegas”.
“Luego se sucedió una persecución por calles céntricas de la ciudad, que culminó en Gadano y Fleming, donde el vehículo colisionó en una vallas que cortaban la calle. Con la intención de continuar la fuga Muñoz intenta ir en reversa impactando al móvil policial en su lado izquierdo, y dañándolo. De inmediato descienden los tres ocupantes, Maza emprende la huida por calle Fleming hacia Moreno; mientras Espinosa y Muñoz son reducidos por un empleado policial, quien previamente es atacado por Espinosa con una barreta de hierro debiendo efectuar un disparo con posta de goma a la altura de la rodilla para repeler el ataque. Maza es perseguido por otro policía que advierte que en su huida arroja el arma 9mm, logrando reducirlo”.
Como sustento probatorio la Fiscalía mencionó la entrevista a la víctima, realizada por la fiscal García, el acta de procedimiento policial de la Comisaría 3°, las entrevistas a testigos circunstanciales y a los empleados policiales intervinientes. Como también el informe preliminar del Gabinete de Criminalística, el certificado médico de las lesiones de la víctima de la tentativa del robo, y los secuestros (el auto, las armas de fuego, respectivos cargadores, una barreta de hierro).
La calificación legal por la que el juez de Garantías Maximiliano Camarda tuvo por formulados los cargos fue “tentativa de robo agravado por el uso de arma de fuego y por haber sido cometido en poblado y en banda, y resistencia a la autoridad”. A Muñoz se le suma el delito de “encubrimiento agravado por el ánimo de lucro” respecto del auto que conducía y “daño” al móvil policial. Mientras que a Espinosa “atentado agravado” por el ataque al policía.
Respecto a la medida cautelar de la prisión preventiva por el término de tres meses, el juez tuvo presentes los argumentos vertidos por la fiscal, esto es que “absolutamente está acreditado que los hechos ocurrieron, que son graves y que aún pensando en que es tentativa no habrá pena en suspenso” dijo García.
La representante del Ministerio Público Fiscal agregó que “las armas estaban cargadas, y salvo uno de ellos, los otros dos ya han cometido delitos, aunque sus condenas no están firmes”.
“Hemos demostrado aquí que los tres imputados son los autores ya que han sido detenidos en casi flagrancia. Y el peligro de fuga está latente ya que con el delito cometido tendrán un largo encierro”, dijo la fiscal.
“No podemos dejar de lado el desprecio a la vida, ya que cuando atacaban a la víctima en su casa el mismo tenía en sus brazos a una niña de 3 años, huyeron por calles céntricas, en un horario y en un día hábil, con ciudadanos en movimiento”, mencionó García.
Judiciales
El STJ declaró abstracta la acción de amparo contra el Código Procesal Penal en Río Negro
Fue sancionada la Ley el pasado 18 de diciembre en la Legislatura.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró abstracta la acción de amparo presentada contra el tratamiento del proyecto de ley que sancionó el Código Procesal Constitucional. La decisión sostuvo que el objeto de la acción quedó sin efecto, ya que la Legislatura provincial abordó el tema en una sesión extraordinaria realizada el 18 de diciembre de 2024.
La acción, presentada por un grupo de ciudadanos el 17 de diciembre, planteaba que el proyecto imponía limitaciones a derechos fundamentales como la salud, el medio ambiente y el consumo, afectando además herramientas legales como el amparo colectivo. Sin embargo, el STJ destacó que no se acreditaron los requisitos indispensables para la procedencia de este tipo de acción, como la urgencia, la gravedad del daño o la inexistencia de otras vías legales para resolver la cuestión.
El dictamen del Procurador General también había considerado que la acción resultaba formalmente improcedente. Señaló que no se demostraba un obrar ilegal o arbitrario por parte de los poderes Ejecutivo o Legislativo, y que la cuestión estaba siendo tratada por el Poder Legislativo en ejercicio de sus atribuciones constitucionales. Además, subrayó que el juez que recibió el amparo, y luego lo remitió al STJ, omitió analizar detalladamente los requisitos formales de la acción, lo que habría permitido advertir la falta de fundamentos para su admisibilidad.
En esa línea, el STJ recordó que, según su doctrina y la de la Corte Suprema de la Nación, no corresponde conocer o resolver cuestiones que se vuelven abstractas, ni asumir competencias propias de otros poderes del Estado. Reiteró que las acciones de amparo exigen acreditar condiciones estrictas como urgencia y daño irreparable, lo que no se verificó en este caso.
Asimismo, enfatizó que el amparo no debe ser utilizado como un mecanismo para obstaculizar el ejercicio regular de las funciones legislativas. Finalmente, el fallo dispuso no imponer costas, considerando las particularidades del caso y las deficiencias en el planteo inicial.
Judiciales
A través de un fallo judicial, un niño podrá viajar a Chile con su abuela para participar de un torneo de fútbol
La Justicia requirió suplir el consentimiento del progenitor, con quien el menor no mantiene contacto desde hace una década.
Un fallo del fuero de Familia de Cipolletti resolvió autorizar el viaje de un niño de 12 años a la República de Chile para participar en un torneo de fútbol infantojuvenil. La solicitud fue presentada por su madre, quien requirió suplir el consentimiento del progenitor, con quien el menor no mantiene contacto desde hace una década.
El fallo, dictado por el Juzgado de Familia N° 7, permitirá que el niño viaje acompañado de su abuela materna entre el 20 y el 31 de enero de 2025. Durante ese período, el menor participará en el evento deportivo en la ciudad de Angol y se alojará en un albergue local. Según la presentación judicial, esta actividad busca promover el desarrollo recreativo del niño y no incluye un cambio de residencia permanente.
En su resolución, el tribunal enfatizó el principio del interés superior del niño, previsto en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y en la legislación nacional vigente. Citó, además, disposiciones del Código Civil y Comercial que requieren el consentimiento expreso de ambos progenitores para la salida del país, salvo en casos excepcionales.
El fallo destacó que el progenitor del niño no ha mantenido contacto con él durante los últimos diez años y que su paradero es desconocido. Esta conducta, que fue calificada como abandono, no puede ser motivo para menoscabar los derechos del menor. Por ello, el juzgado decidió suplir el consentimiento paterno y autorizar la salida del país, en resguardo del interés superior del niño.
También se tomaron en cuenta pruebas testimoniales y el dictamen favorable de la Defensora de Menores, quien subrayó la importancia de priorizar el bienestar del niño. El fallo resaltó el derecho del menor al esparcimiento y la recreación, cuestión que se materializa en la participación de actividades deportivas.
La jueza dispuso que esta autorización no habilita una radicación definitiva en el extranjero. La mamá del niño, impulsó la acción judicial a través de abogados particulares con la suficiente antelación para poder coordinar la logística del viaje.
Judiciales
Confirmaron la condena a Gadañoto y ordenaron su detención
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó el fallo que condena al ex basquetbolista a 6 años y 9 meses de prisión. Al anoticiarse de la resolución, se presentó por sus propios medios y quedó detenido.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) confirmó la condena a 6 años y 9 meses de prisión para el ex entrenador de básquet Guido Gadañoto, por los abusos sexuales que sufrió una de sus alumnas cuando tenía 13 años de edad.
Por los hechos ocurridos en febrero de 2015, el roquense fue declarado culpable de los delitos de «abuso sexual por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima, agravado por haber sido cometido por encargado de la educación y por resultar un grave daño en la salud mental de la víctima» y fue condenado a una pena de 6 años y 9 meses de prisión.
La condena fue dictada en junio del 2021 por un Tribunal de Juicio de Roca. Contra aquella decisión, la Defensa interpuso una impugnación ordinaria ante el Tribunal de Impugnación, que fue desestimada. Tras eso, planteó ante el mismo TI un recurso extraordinario que fue denegado, por lo que acudió directamente al STJ con un recurso de queja, que en septiembre de 2021 fue rechazado «sin sustanciación» por el máximo organismo provincial. De allí, una nueva apelación llevó el fallo a la CSJN.
En este sentido, en las últimas horas, la Agencia de Noticias Roca (ANR) informó que la Corte Suprema rechazó el recurso extraordinario. Esta era la última oportunidad que tenía Gadañoto para evitar ser encarcelado, por lo que se ordenó su inmediata detención.
No obstante, Gadañoto se habría presentado por sus propios medios en una Comisaría de Cinco Saltos, donde estaba residiendo desde hace años, y quedó a disposición de la Justicia.