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Sociedad

Cosplay e inclusión por el Día de las Infancias en Roca

El término “cosplay” es una contracción de “costume play”, es decir, jugar a disfrazarse.

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Foto: José Macias PH

Por Ariadna Carrasco, integrante del programa Les Frikes (miércoles de 20.30 a 21.30 por La Super FM 96.3)

El 16 de agosto se celebró en Argentina por primera vez el Día de las Infancias, denominación propuesta por la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación a partir de este año, en una búsqueda por representar la diversidad de vivencias de la niñez. En alusión a la fecha, una cosplayer (persona que se disfraza de distintos personajes) de General Roca reunió a otros cosplayers de la zona del Alto Valle para realizar un video saludando a los niños y niñas en su día. El detalle del saludo (que contó con personajes como Bella, Maléfica y Pucca) es que sumó Lengua de Señas Argentina.

Ornella (Lady Scaramouche como cosplayer) eligió en esta oportunidad el disfraz de Mérida de la película “Valiente” porque, según cuenta, es el que más le piden para enviar saludos. Ornella participa de un grupo de Facebook que nació en cuarentena llamado “Misión Cumpleaños”, por eso acostumbra a cosplayarse seguido en este tiempo de confinamiento. Después de tener la idea del saludo sólo faltó ponerse en contacto con otros cosplayers de la zona para realizar el video. El adosar LSA fue posible gracias a su madre, que se encuentra estudiando esta herramienta inclusiva. Luego fue colgado en el grupo y compartido por redes, con una respuesta muy positiva por parte de los niños y niñas de la comunidad sorda.

El grupo de Facebook “Misión Cumpleaños” surgió en el contexto de la pandemia por coronavirus con el objetivo de acompañar a los niños y niñas que cumplan años durante la cuarentena. La modalidad es simple: el familiar del niño o niña publica el nombre de quien cumple años, la fecha de nacimiento y los personajes favoritos de quien le alegraría recibir un saludo. Los cosplayers y animadores que participan del grupo (que es de alcance latinoamericano) disponen entonces de su tiempo para disfrazarse y enviar el saludo personalizado. El saludo no tiene costo económico alguno y Ornella cuenta que es un espacio donde se cuida no hacer promoción personal, sino simplemente colaborar al bienestar de los niños y niñas que llevan tanto tiempo en cuarentena. Además de los cumpleañeros también hay pedidos especiales para niños y niñas que tienen ansiedad o distintas patologías.

Jugar a disfrazarse

El término “cosplay” es una contracción de “costume play”, es decir, jugar a disfrazarse. A pesar de sonar como algo simple, hacer cosplay es una afición compleja si se busca plasmar los personajes nacidos en la ficción con fidelidad. Los personajes pueden ser de manga o comics, anime o series, videojuego, películas, etc, y es una actividad que se popularizó dentro de convenciones especializadas en Japón para luego expandirse por todo el mundo.

El nacimiento del cosplay se dio en la convención japonesa Comic Market, o Comiket. La masificación del consumo de las historietas japonesas provocada por Osamu Tezuka (creador de hitos como Kimba y Astroboy, considerado dios del manga) creó un amplio semillero de fanzines, y en 1975 un grupo de estudiantes universitarios capitaneados por Yoshihiro Yonezawa decidieron crear un evento para mostrar los propios. La meta de la Comiket era reunir autores amateurs y lectores de manga que quisieran explorar las potencialidades vanguardistas del género fuera del ámbito comercial. Bajo este mismo espíritu surgieron los primeros cosplays. Actualmente tanto la Comiket como los aficionados al cosplay han crecido tanto que esta convención cuenta con dos ediciones por año (una en verano y otra en invierno) con una duración de 4 días en cada ocasión. Algo que no ha cambiado desde sus inicios es que es un evento gratuito donde se siguen presentando tanto obras inéditas como fanfics (historias alternativas de series conocidas creadas por fanáticos).

La subcultura del cosplay es compleja porque requiere de varios pasos y el desarrollo de diferentes habilidades. Se mira con mejores ojos a quienes confeccionan desde cero sus propios cosplays, es decir, que tras estudiar la vestimenta y los accesorios del personaje elegido, proceden a diseñar y coser todo lo que necesiten para la personificación. Sin embargo hay un mercado de cosmakers o modistas especializados, a los cuales se les puede comprar, alquilar o mandar hacer los disfraces. Muchas veces es necesario usar pelucas, lentes de contacto y maquillaje detallado para completar los looks a la perfección, y en casos de personajes que portan cualquier tipo de arma hay numerosas opciones para resolver su materialización, desde elaboraciones rudimentarias en cartón a complejos mecanismos con luces y movimiento. En YouTube pueden verse muchos trabajos de cosplayers experimentados que son capaces de crear alas que se abren y cierran con poleas, o incluso el increíble trabajo de Carl Leck, que creó un cosplay funcional de Demogorgon (criatura de la serie Stanger Things).

Representar fielmente un personaje requiere también de estudiar sus gestos, poses, frases… por lo que es un hobby que abarca lo teatral. Y por si hiciera falta algo más, también conlleva algo de modelaje y fotografía, ya que para atesorar sus personificaciones los cosplayers suelen hacen books de fotos tanto amateurs como profesionales. La subcultura del cosplay nuclea a personas muy creativas que se esfuerzan por llevar a la realidad diseños que nunca fueron planificados para ella.

En Argentina las convenciones más representativas se dieron en los ’90 en Buenos Aires y gracias a revistas especializadas en comics y series fueron replicándose por el país, sumando eventos año a año por toda nuestra geografía.

Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

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Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

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Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

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La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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