Judiciales
Caso Sofía: Declararon culpable al padrastro
Ahora habrá que esperar a la condena. Por ahora seguirá detenido bajo prisión preventiva.

El Tribunal de Juicio de Roca, por unanimidad, declaró al imputado Marcos Nicolás González culpable de los delitos de “lesiones leves calificadas por violencia de género, reiteradas en un número indeterminado de veces; abuso sexual gravemente ultrajante, reiterado, doblemente calificado por el vínculo y por la convivencia preexistente; corrupción de menores agravada por la edad de la víctima y por ser el autor persona conviviente y guardador; desobediencia a una orden judicial y abandono de persona seguida de muerte”.
El juicio oral se desarrolló en Roca de manera semipresencial desde el pasado 27 de julio y continuará el próximo 7 de septiembre, con la audiencia de cesura en la que se debatirá el monto de la pena que se impondrá al autor de los delitos, de los cuales resultó víctima una niña de tres años. La niña era hija de la mujer con la que convivía González, quien ya fue juzgada y condenada a 24 años y 7 meses de prisión por su participación y colaboración en los mismos hechos.
Los ataques investigados ocurrieron entre octubre de 2018 y principios de febrero de 2019 en la casa donde convivían el imputado González, la madre de la víctima y los tres hijos de ella. En ese contexto, según la sentencia, la niña sufrió “agresiones sistemáticas” y “prácticas humillantes y torturantes” que deterioraron severamente su salud psicofísica.
Las agresiones por parte de González se produjeron en un contexto de violencia de género, evidenciado en múltiples indicadores de sometimiento y cosificación del hombre hacia la niña.
También se tuvieron por acreditados, en el mismo lapso, los abusos sexuales gravemente ultrajantes en perjuicio de la nena y la promoción de su corrupción sexual. La confirmación surgió de múltiples testimonios y pericias médicas y de los análisis de laboratorio que confirmación la presencia en la víctima de parásitos de exclusiva transmisión sexual.
La tarde del 1 de febrero de 2019 la niña fue ingresada a la guardia del hospital de Lamarque. Por la gravedad de su estado, fue derivada primero al hospital de Roca y luego a un sanatorio de la misma ciudad, donde falleció en la mañana del 4 de febrero.
En cuanto a la causa de la muerte, los jueces tuvieron por acreditado que los adultos a su cargo no buscaron atención médica cuando la niña comenzó a manifestar fuertes dolores, sino que esperaron intencionalmente entre tres y siete días, hasta que su cuadro ya era gravísimo y prácticamente irreversible. Los estudios y pericias confirmaron que la causa de fallecimiento fue un shock séptico derivado de una peritonitis, la cual, a su vez, derivó de una lesión interna en el aparato urinario de la niña, producida por una golpiza a la que había sido sometida por González y la mujer.
Se configuró de esa manera el delito de “abandono de persona seguido de muerte”, no sólo por no haber buscado asistencia médica oportuna para la niña -probablemente para evitar que en el hospital detectaran evidencias de los abusos sexuales y el maltrato, dice el fallo-, sino también por haber ocultado a los médicos que el origen del cuadro había sido un traumatismo en el abdomen.
Por otra parte, se acreditó de manera objetiva la violación, por parte del imputado, de la orden que días antes del hecho le había notificado el Juzgado de Paz de Lamarque en relación a la situación de violencia familiar que había sido denunciada ante ese organismo.
El imputado participó hoy de la lectura del veredicto de culpabilidad a través de la plataforma Zoom, desde el Establecimiento de Ejecución Penal N° 1 de Viedma, donde permanece detenido con prisión preventiva.
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Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años
Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.
La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.
A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.
Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.
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Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro
La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.
La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.
Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.
El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.
Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.
Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.
Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.
La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.
El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.
Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.
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Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio de Mauricio Molinez
Según la Fiscalía, dos personas habrían pasado en moto frente al domicilio donde estaba la víctima y efectuado disparos. Un hombre mayor de edad también tiene pedido de captura.

Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Mauricio Sebastián Molinez, de 19 años, ocurrido durante la noche del 9 de septiembre en General Roca.
La Fiscalía había solicitado un allanamiento con orden de detención del adolescente. Durante la audiencia, el joven fue asistido por un defensor de menores penal.
El fiscal Daniel Zornitta solicitó como medida cautelar la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, bajo responsabilidad de su padre, para evitar que abandone el domicilio hasta que se concrete la formulación de cargos. La Fiscalía fundamentó el pedido en la existencia de riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación.
Según explicó el Ministerio Público Fiscal, en el domicilio donde se encontraba la víctima fatal también había al menos dos menores. De acuerdo con la hipótesis investigada, entre las 20 y las 23 dos personas habrían pasado en una motocicleta frente a la vivienda y efectuado disparos que provocaron la muerte de Molinez. Uno de los involucrados es el adolescente y el otro, un hombre mayor de edad, tiene un pedido de captura vigente.
La Fiscalía informó además que se realizaron otros allanamientos, en los que fue posible encontrar una motocicleta y otros elementos de interés para la causa.
Entre las evidencias reunidas se encuentra el informe de autopsia, durante la cual se extrajo un proyectil que será sometido a peritaje. También se cuenta con un informe preliminar del Gabinete de Criminalística, cuyos integrantes levantaron vainas servidas en el lugar y constataron impactos de disparos en el frente de la vivienda.
La Brigada de Investigaciones trabajó en la toma de declaraciones testimoniales y en la recepción de evidencias.
Durante la audiencia, la Fiscalía señaló además que algunos testigos tendrían temor de brindar su versión de lo ocurrido, situación que fue incorporada como uno de los fundamentos para solicitar las medidas cautelares.
Finalmente, el juez de Garantías Julio Martínez Vivot resolvió en el mismo sentido que lo solicitado por la Fiscalía y dispuso la prisión domiciliaria con tobillera para el adolescente.
Por tratarse de un menor de edad, no se brindan nombres, domicilios, imágenes ni otros datos que permitan identificarlo, ni precisiones que puedan afectar sus derechos de intimidad y privacidad.








