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Sociedad

Habilitan el baile en burbujas y las salas de cine en Roca

El Municipio adhirió a la nueva resolución provincial y extiende hasta el 28 de febrero inclusive la restricciones para circular de noche.

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En adhesión a la Resolución provincial, el Municipio de Roca extendió la restricción en la circulación nocturna hasta el 28 de febrero inclusive, entre la 1 y las 6 horas durante días hábiles y entre las 2 y las 6 horas los viernes a la noche-madrugada del sábado y sábados a la noche-madrugada del domingo, feriados y vísperas de feriados.

Además, contando con la autorización del Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro, la disposición habilita el funcionamiento de las salas de cine y el baile en burbujas de hasta diez personas en salones de eventos, ambas actividades en estricto cumplimiento de los protocolos establecidos.

Como hasta ahora, los comercios gastronómicos podrán funcionar en los mismos horarios en que se habilita la circulación y deben seguir cumpliendo los protocolos sanitarios vigentes. Los trabajadores gastronómicos y los clientes de restaurantes, bares, confiterías, heladerías, etc, contarán con una hora adicional al límite de circulación para regresar a sus domicilios y deberán exhibir la documentación que acredite tal situación.

Sigue quedando exceptuado de esta restricción el personal esencial, que deberá exhibir la documentación comprobatoria ante requerimiento de cualquier autoridad.

Quienes infrinjan estas medidas serán multados y juzgados según lo previsto en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.

En Roca, el esquema de excepciones al cumplimiento del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y a la prohibición de circular instituidos mediante Decreto N° 1033/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, es el siguiente:

a) SUPERMERCADOS TOTALES, SUPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS: Establecer que los comercios indicados en el artículo 1 inc. a) y b) de la Ley 18425, el horario de atención al público será de 7.00 hs a 22.00 hs, de lunes a domingos.

b) ALMACENES, DESPENSAS, VERDULERIAS, Y OTROS: Disponer que el horario de atención al público será de 7.00 hs a 22.00 hs, de lunes a domingos.


c) KIOSCOS: Disponer que el horario de atención al público será de 7.00 hs a 1.00 hs, de lunes a domingos.

d) COMERCIOS DE PRODUCTOS NO ESENCIALES Y ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO ESENCIALES (centro de belleza y estética, peluquerías, barberías, actividad que requiera atención administrativa, profesiones liberales, etc): Podrán brindar atención al público de lunes a domingos hasta un máximo de nueve horas diarias, en la franja comprendida entre las 8.00 hs y las 22.00 hs, cada comerciante deberá tener visible el horario elegido en la puerta de ingreso de cada comercio.

e) RESTAURANTES. BARES, CAFÉS, HELADERIAS Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES: Podrán funcionar de lunes a domingo en horario de 8.00 hs a 1.00 hs, con servicio de atención de mesas. Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contigo del COVID-19.

f) SALONES DE EVENTOS: Podrán funcionar de lunes a domingo de 9.00 hs a 1.00 hs, con un máximo de seis horas de duración, teniendo en cuenta su factor de ocupación, con un limite del 50% del factor de ocupación total y un tope máximo de hasta 100 personas en modo simultaneo en todo el inmueble, con burbujas de baile de hasta 10 personas, cumplimentando los protocolos sanitarios dispuestos por el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro.

g) ESPECTÁCULOS: Se podrán realizar en las actividades del inc. e) y f) al aire libre con espacio escénico disponible en piso o sobre elevado que permita el distanciamiento entre artistas de 2 mts como mínimo y 5 mts de la primera línea de público; en caso de ser espacios cerrados la disponibilidad de la escena debe ser la misma como mínimo con el agregado de contar la sala con ventanas y/o puertas que aseguren la circulación cruzada de ventilación natural (no forzada por aparatos eléctricos como ventiladores o aire acondicionado).

h) CARROS GASTRONÓMICOS: Podrán funcionar en horario de 8.00 hs a 1.00 hs.

i) SALAS DE CINES: Podrán funcionar en horario de 8.00 hs a 1.00 hs, cumplimentando los protocolos sanitarios dispuestos por el Ministerio de Cultura de la Nación.

j) ACTIVIDAD DEPORTIVA AL AIRE LIBRE: Estará permitida la realización de actividad deportiva al aire libre en el horario de 7.00 hs a 0.00 hs, de lunes a domingo, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

k) GIMNASIOS, NATATORIOS, CENTRO DE PILATES, YOGA, ACADEMIAS DE DANZAS, ETC: Podrán funcionar de lunes a sábados en horario de 7.00 hs a 0.00 hs.

l) CANCHAS DE FÚTBOL, CANCHAS DE PADDLE, CANCHAS DE HOCKEY, Y TENIS: Podrán funcionar de lunes a domingos en horario de 9.00 hs a 0.00 hs. Sin espectadores.

m) PRACTICA DE DEPORTES EN ESPACIOS CERRADOS MANTENIENDO EL DISTANCIAMIENTO MÍNIMO DE DOS METROS ENTRE LOS Y LAS PARTICIPANTES: Podrán funcionar de lunes a domingos en horario de 9.00 hs a 0.00 hs. Sin espectadores.

n) CEMENTERIOS: Podrán funcionar de lunes a domingos en horario de 8.00 hs a 18.00 hs con florerías habilitadas.

o) OBRA PRIVADA: Con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico. Dicha actividad estará sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que determina el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.

p) TRABAJADORAS Y TRABAJADORES AFECTADOS AL RÉGIMEN DE PERSONAL DE CASAS PARTICULARES SERVICIO DOMÉSTICO

q) IGLESIAS Y TEMPLOS: Celebración de cultos con un limite del 50% del factor de ocupación total y un tope máximo de hasta 100 personas en modo simultaneo en todo el inmueble. Los mismos no deberán superar los 45 minutos, se mantendrá el distanciamiento y el uso de protección facial durante toda la celebración.

Río Negro

Río Negro actualiza su Código de Aguas para impulsar energías limpias

La Ley permitirá ampliar las facultades del DPA, llevando adelante obras de energía solar, eólica y mareomotiz.

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El Gobierno Provincial envió a la Legislatura un proyecto de ley que amplía las facultades del Departamento Provincial de Aguas (DPA) para llevar adelante obras de energía solar, eólica y mareomotriz, además de la hidroeléctrica. La propuesta busca adecuar el Código de Aguas a los desafíos ambientales actuales y avanzar hacia un modelo energético más limpio y sustentable.

El gobernador Alberto Weretilneck, impulsor de la iniciativa, destacó que esta actualización le otorga a la Provincia «las herramientas necesarias para transformar nuestros recursos en energía limpia, moderna y sostenible, con impacto directo en el desarrollo local».

La modificación de la Ley Q Nº 3930 y del Código de Aguas establece que el DPA tendrá prioridad para ejecutar y explotar proyectos de energías renovables en todo el territorio rionegrino. El objetivo es complementar los aprovechamientos hidroeléctricos con fuentes limpias, reducir costos, optimizar infraestructuras existentes y garantizar la sustentabilidad ambiental de cada emprendimiento.

El proyecto toma como ejemplo la Central Hidroeléctrica Salto Andersen, en Río Colorado, donde se impulsa la incorporación de generación solar fotovoltaica aprovechando instalaciones ya construidas. Este modelo de complementariedad entre agua y energías renovables busca replicarse en otros puntos de la provincia, siempre sujeto a la viabilidad económica y a la admisibilidad ambiental de cada caso.

De esta manera, Río Negro actualiza su marco legal para consolidarse como productora de energías renovables, promoviendo el autoabastecimiento, la diversificación de la matriz energética y un desarrollo que combine crecimiento económico con responsabilidad ambiental.

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Roca

Avanza el armado del multijuego en la nueva plaza en el oeste de Roca

Se trata de la zona comprendida por los barrios La Martina, Loteo Rincón del Valle, La Martina 2, Fideicomiso San Sebastián y Loteo Don Mariano.

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El Municipio de Roca avanza a buen ritmo con la construcción de una nueva plaza ubicada en el oeste de la ciudad, en la zona comprendido por los sectores La Martina, Loteo Rincón del Valle, La Martina 2, Fideicomiso San Sebastián y Loteo Don Mariano.

Este espacio verde, delimitado por las calles Estados Unidos, Andorra, Agustín Fernández y Calle Pública 92A, constituye un paso fundamental en la consolidación urbana de la zona, brindando un espacio público de calidad que promueve la integración social, la vida saludable y el respeto por el ambiente.

En la jornada de ayer (20/08), se comenzó con el armando de la nueva estación de multijuegos infantiles, pensada para estimular el juego, la actividad física y el desarrollo social y motor de niños y niñas.

Ya se finalizó con la construcción de las veredas perimetrales, el sistema de riego automatizado y se colocaron la totalidad de los postes de luminarias LED con cableado subterráneo. Además, se avanzará en la colocación del mobiliario urbano, como bancos y cestos de residuos, que aportarán comodidad y orden al entorno.

«La obra es financiada íntegramente con fondos municipales, reafirmando el compromiso de la gestión con el desarrollo urbano planificado y la mejora permanente de los espacios públicos. La creación de esta plaza representa un avance significativo para las y los vecinos de la zona, que pronto contarán con un lugar de encuentro, recreación y bienestar en el corazón de su comunidad», destacaron desde el Municipio.

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Roca

Subasta de terrenos en Roca: Se vendieron 10 lotes por más de $258 millones

La tercera y última fecha será el miércoles 27 de agosto en el Concejo Deliberante.

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El Municipio de General Roca llevó adelante la segunda subasta pública de terrenos municipales, en la que se concretó la venta de 10 lotes por un monto total de $258.902.000. En esta oportunidad fueron cinco los compradores que realizaron las adquisiciones, bajo las condiciones establecidas previamente.

La iniciativa forma parte del cronograma de tres jornadas de subasta fijado para agosto en el marco de la Ordenanza N° 5063/2025, que contempla un total de 58 lotes de propiedad municipal. Se trata de terrenos provenientes de cesiones de loteos reguladas por el Plan Director de Roca (PDR), ubicados en distintos barrios de la ciudad, tanto abiertos como privados. Por sus características y valores de mercado, no se destinan a planes sociales de vivienda.

La próxima instancia tendrá lugar el miércoles próximo (27/08) a las 10 en el Salón de Sesiones del Concejo Deliberante, con la participación del Colegio de Martilleros de la II Circunscripción Judicial de Río Negro. Como en las jornadas anteriores, mañana viernes (22/08) se publicará en la página oficial del Municipio la nómina de terrenos que integrarán la subasta, con todos los datos de tasación, ubicación, superficie y plano de cada lote.

Desde el Ejecutivo remarcaron que este mecanismo no solo permite generar recursos para obras y servicios, sino que también representa un ahorro en costos de mantenimiento para el Estado local. Las condiciones de compra establecen que los adjudicatarios deberán abonar el 30% del valor en un plazo de 48 horas como seña, y el saldo dentro de los 30 días o a través de un plan de hasta tres cuotas mensuales.

Toda la información detallada está disponible en el sitio oficial del Municipio: www.generalroca.gob.ar/subasta.

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