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«Fue un accidente, le pido perdón a la familia de Facundo”

Ramiro Gutiérrez, acusado de matar a Facundo Castillo, relató su versión de lo sucedido el domingo. La Justicia dictó prisión preventiva por 6 meses, con un plazo de investigación de 120 días.

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Por la muerte de Facundo Castillo, el Ministerio Público Fiscal formuló cargos por homicidio en contra de Ramiro Agustín Gutiérrez, acusándolo de atropellar intencionalmente a la víctima en inmediaciones de Julio Salto y Ruta Nacional N° 22, en Cipolletti. Además, la jueza dispuso que permanezca detenido por los próximos seis meses y un plazo de investigación es de cuatro meses.

El hecho investigado ocurrió alrededor de las 7 de la mañana del domingo (19/12) cuando la víctima se retiraba de una fiesta desarrollada en un predio ubicado en cercanías. En esas circunstancias, según la investigación fiscal, Castillo junto a un grupo de personas esperaban para tomar un taxi que los condujera a Neuquén. El acusado -quien conducía una camioneta BMW X1 e intentaba ingresar a Ruta N° 22- realizó una maniobra antireglamentaria lo que provocó que las personas que allí se hallaran lo insultaran recriminándole su accionar.

De acuerdo a la acusación, una vez que concluyó esa pelea en la que la víctima intentó separar a los bandos contrapuestos , el imputado junto a otras personas volvieron a subir al vehículo de alta gama y comenzó a circular realizando un giro en “U” con intenciones de atropellar deliberadamente al grupo de personas con las que había mantenido el conflicto, chocando a Castillo quien en esos momentos se encontraba de espaldas.

Tras lo anterior, según relataron los testigos presenciales del hecho el acusado habría realizado marcha atrás y tras arrastrar a la víctima por algunos metros lo volvió a arrollar para posteriormente darse a la fuga a gran velocidad por Ruta N° 22 en dirección oeste. Las graves heridas sufridas por Castillo le provocaron la muerte en el hospital local ese mismo día a las 16 horas.

Según indicó el fiscal del caso, el encuadre legal propuesto por la Fiscalía es el de homicidio, siendo el acusado en carácter de autor. Cabe señalar que las penas para este delito tienen un mínimo de 8 años de prisión y son de cumplimiento efectivo.

La querella que representa a familiares de la víctima adhirió a la teoría del caso de la Fiscalía y compartió la calificación legal expresada por el fiscal del caso.

La defensa, pese a que adelantó que no compartía la teoría del caso de la Fiscalía, no se opuso al hecho ni a la calificación legal. El imputado declaró en la audiencia y explicó su versión de descargo mencionando se trató de un accidente y que no atropelló a Facundo de manera intencional.

La jueza de garantías que estuvo a cargo de la audiencia tuvo por formulados los cargos en los términos y por el delito expuesto por los acusadores. En consecuencia, se dio inicio a la etapa de investigación preparatoria por el delito de homicidio doloso.

Prisión preventiva

Tras lo anterior la Fiscalía y la querella solicitaron que el acusado permanezca detenido en prisión preventiva. El fiscal Martín Pezzetta consideró que la misma era procedente no sólo porque en caso de recaer condena la misma sería de cumplimiento efectivo, sino porque existía riesgo de fuga y que en caso de recuperar la libertad el acusado podría intentar entorpecer en la investigación.

Argumentó que además de abandonar el lugar del hecho a toda velocidad, el hombre permaneció más de 40 horas sin poder ser ubicado por las autoridades, que tiene medios económicos para mantenerse oculto y que en los últimos años salió del país en múltiples oportunidades a distintos destinos.

La querella acompañó lo anterior y agregó que la camioneta con la que se cometió el hecho permaneció oculta durante más de un día.

Si bien la defensa se opuso al dictado de la prisión preventiva y propuso medidas alternativas a la misma, la jueza de Garantías Rita Lucía hizo lugar a la medida cautelar y dispuso la prisión preventiva del acusado.

Para ello, la magistrada hizo un pormenorizado análisis de los artículos del Código Procesal Penal relacionados con la prisión preventiva. En primer término, ponderó la verosimilitud de las pruebas expuestas, en segundo lugar expresó que la expectativa de pena supera la posibilidad de ejecución condicional, de manera que se acredita el supuesto que la Legislatura impuso.

Además, argumentó la existencia de un peligro de entorpecimiento de la investigación y también el peligro de fuga, atento a la actitud inmediata al hecho y a las posibilidades económicas del imputado. Finalmente dispuso medidas de atención médica, tras la descripción de la Defensa del estado físico del acusado.

Resolución por identidad de testigos

Se informa que a los fines de evitar la innecesaria exposición de los testigos del caso y posibles perjuicios a la investigación, se resolvió en la audiencia requerir que no se difundan nombres o datos de los mismos.

Quienes reproduzcan material audiovisual de la misma, deberán editarlo u omitir las secciones en las cuales se menciona a personas que no forman parte del proceso.

Judiciales

Investigan nuevos robos violentos vinculados a una banda que operaba en Río Negro y Neuquén

Los hechos ocurrieron en Cipolletti y presentan el mismo modus operandi que otros robos investigados en la zona.

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Un hombre acusado de integrar una asociación ilícita vinculada a una serie de robos agravados en Río Negro y Neuquén sumó este jueves (18/06) dos nuevas imputaciones por hechos ocurridos en la ciudad de Cipolletti durante 2025.

La formulación de cargos fue realizada por la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal Eugenia Vallejos, quienes atribuyeron al imputado su participación en dos violentos asaltos cometidos el 26 de julio y el 10 de septiembre del año pasado.

El acusado participó de la audiencia en condición de detenido, ya que permanece bajo prisión preventiva desde noviembre de 2025 en el marco de otra investigación por delitos similares cometidos en General Roca.

Según la acusación fiscal, ambos hechos presentaron un mismo modus operandi. El grupo realizaba tareas previas de vigilancia sobre las viviendas elegidas, llegaba en vehículos previamente robados e ingresaba por sectores traseros de las propiedades tras escalar paredes y techos. Una vez dentro, reducían a las víctimas mediante armas de fuego y las inmovilizaban con alambres o precintos.

De acuerdo con la investigación, los delincuentes exigían dinero en dólares y la ubicación de cajas fuertes para sustraer efectivo, oro, dispositivos electrónicos y otros elementos de valor. Además, se llevaban los DVR que almacenaban las grabaciones de las cámaras de seguridad para evitar dejar registros de los hechos.

Las fiscales indicaron que la vinculación del imputado con estos nuevos episodios surge de diversas medidas de investigación realizadas por la Comisión de Investigación Judicial, entre ellas el análisis de registros fílmicos, impactos de antenas de telefonía, reportes telefónicos y pericias efectuadas por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público.

Durante la audiencia, la defensa particular no presentó objeciones y el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal.

Desde la Fiscalía destacaron que la incorporación de estos nuevos hechos responde a una estrategia de trabajo coordinada impulsada por el Fiscal General Fabricio Brogna, orientada a optimizar recursos y unificar investigaciones vinculadas a robos agravados con características similares ocurridos en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro.

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La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba

El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

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La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.

En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.

Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.

La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.

Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.

Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.

Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.

Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.

Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.

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Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca

Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

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Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.

La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.

Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.

De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.

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