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«Fue un accidente, le pido perdón a la familia de Facundo”

Ramiro Gutiérrez, acusado de matar a Facundo Castillo, relató su versión de lo sucedido el domingo. La Justicia dictó prisión preventiva por 6 meses, con un plazo de investigación de 120 días.

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Por la muerte de Facundo Castillo, el Ministerio Público Fiscal formuló cargos por homicidio en contra de Ramiro Agustín Gutiérrez, acusándolo de atropellar intencionalmente a la víctima en inmediaciones de Julio Salto y Ruta Nacional N° 22, en Cipolletti. Además, la jueza dispuso que permanezca detenido por los próximos seis meses y un plazo de investigación es de cuatro meses.

El hecho investigado ocurrió alrededor de las 7 de la mañana del domingo (19/12) cuando la víctima se retiraba de una fiesta desarrollada en un predio ubicado en cercanías. En esas circunstancias, según la investigación fiscal, Castillo junto a un grupo de personas esperaban para tomar un taxi que los condujera a Neuquén. El acusado -quien conducía una camioneta BMW X1 e intentaba ingresar a Ruta N° 22- realizó una maniobra antireglamentaria lo que provocó que las personas que allí se hallaran lo insultaran recriminándole su accionar.

De acuerdo a la acusación, una vez que concluyó esa pelea en la que la víctima intentó separar a los bandos contrapuestos , el imputado junto a otras personas volvieron a subir al vehículo de alta gama y comenzó a circular realizando un giro en “U” con intenciones de atropellar deliberadamente al grupo de personas con las que había mantenido el conflicto, chocando a Castillo quien en esos momentos se encontraba de espaldas.

Tras lo anterior, según relataron los testigos presenciales del hecho el acusado habría realizado marcha atrás y tras arrastrar a la víctima por algunos metros lo volvió a arrollar para posteriormente darse a la fuga a gran velocidad por Ruta N° 22 en dirección oeste. Las graves heridas sufridas por Castillo le provocaron la muerte en el hospital local ese mismo día a las 16 horas.

Según indicó el fiscal del caso, el encuadre legal propuesto por la Fiscalía es el de homicidio, siendo el acusado en carácter de autor. Cabe señalar que las penas para este delito tienen un mínimo de 8 años de prisión y son de cumplimiento efectivo.

La querella que representa a familiares de la víctima adhirió a la teoría del caso de la Fiscalía y compartió la calificación legal expresada por el fiscal del caso.

La defensa, pese a que adelantó que no compartía la teoría del caso de la Fiscalía, no se opuso al hecho ni a la calificación legal. El imputado declaró en la audiencia y explicó su versión de descargo mencionando se trató de un accidente y que no atropelló a Facundo de manera intencional.

La jueza de garantías que estuvo a cargo de la audiencia tuvo por formulados los cargos en los términos y por el delito expuesto por los acusadores. En consecuencia, se dio inicio a la etapa de investigación preparatoria por el delito de homicidio doloso.

Prisión preventiva

Tras lo anterior la Fiscalía y la querella solicitaron que el acusado permanezca detenido en prisión preventiva. El fiscal Martín Pezzetta consideró que la misma era procedente no sólo porque en caso de recaer condena la misma sería de cumplimiento efectivo, sino porque existía riesgo de fuga y que en caso de recuperar la libertad el acusado podría intentar entorpecer en la investigación.

Argumentó que además de abandonar el lugar del hecho a toda velocidad, el hombre permaneció más de 40 horas sin poder ser ubicado por las autoridades, que tiene medios económicos para mantenerse oculto y que en los últimos años salió del país en múltiples oportunidades a distintos destinos.

La querella acompañó lo anterior y agregó que la camioneta con la que se cometió el hecho permaneció oculta durante más de un día.

Si bien la defensa se opuso al dictado de la prisión preventiva y propuso medidas alternativas a la misma, la jueza de Garantías Rita Lucía hizo lugar a la medida cautelar y dispuso la prisión preventiva del acusado.

Para ello, la magistrada hizo un pormenorizado análisis de los artículos del Código Procesal Penal relacionados con la prisión preventiva. En primer término, ponderó la verosimilitud de las pruebas expuestas, en segundo lugar expresó que la expectativa de pena supera la posibilidad de ejecución condicional, de manera que se acredita el supuesto que la Legislatura impuso.

Además, argumentó la existencia de un peligro de entorpecimiento de la investigación y también el peligro de fuga, atento a la actitud inmediata al hecho y a las posibilidades económicas del imputado. Finalmente dispuso medidas de atención médica, tras la descripción de la Defensa del estado físico del acusado.

Resolución por identidad de testigos

Se informa que a los fines de evitar la innecesaria exposición de los testigos del caso y posibles perjuicios a la investigación, se resolvió en la audiencia requerir que no se difundan nombres o datos de los mismos.

Quienes reproduzcan material audiovisual de la misma, deberán editarlo u omitir las secciones en las cuales se menciona a personas que no forman parte del proceso.

Judiciales

Se conformó el jurado popular para el juicio número 23 de la provincia, que comienza este lunes en Roca

Se juzgará el femicidio de Marisa Coliman y la tentativa de homicidio de su hijo, ocurridos el 25 de julio de 2023 en Luis Beltrán.

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Doce jurados titulares y cuatro suplentes fueron seleccionados en la audiencia previa al juicio que comenzará el próximo lunes (08/09) en Roca, donde se juzgará el femicidio de Marisa Coliman y la tentativa de homicidio de su hijo, ocurridos el 25 de julio de 2023 en Luis Beltrán.

En primer lugar se realizó el proceso de selección del jurado femenino y, a continuación, se avanzó con el jurado masculino. Según lo establecido por el Código Procesal Penal de Río Negro, el jurado popular quedó integrado por igual cantidad de hombres y mujeres, de diversas edades y procedentes de distintas localidades de la Segunda Circunscripción Judicial.

La audiencia de selección fue oral y pública, a cargo del Juez técnico, Alejandro Pellizzón, quien dirigirá el juicio. Participaron todas las partes del proceso, incluido el imputado: Nicolás Ezequiel Medina.

Durante la audiencia, el abogado de la querella, las defensas y el Ministerio Público Fiscal formularon preguntas a los y las potenciales jurados para evaluar su imparcialidad. De ese modo, se excluyó a quienes presentaban algún impedimento o pudieran tener un interés en el caso, asegurando así la imparcialidad del jurado.

Al finalizar, el juez explicó al jurado sus derechos y obligaciones, y formalizó la convocatoria para las jornadas de debate que se desarrollarán del 8 al 12 de septiembre, entre las 8.30 y las 17 en el Auditorio del Poder Judicial de Roca, ubicado en San Luís 853.

Este será el juicio por jurados número 23 en la historia de la provincia de Río Negro. Se prevé la participación de 40 testigos, entre presenciales, por videoconferencia y especialistas. También se presentará prueba documental, registros fílmicos, fotografías, elementos secuestrados y pericias forenses.

El caso

Según la acusación, el hecho ocurrió el domingo 23 de julio de 2023, entre las 2 y las 3 de la madrugada, en el lugar conocido como Conventillo de García, donde vivían la mujer y uno de sus hijos.

La Fiscalía sostiene que el atacante le habría dado dinero al hijo de la víctima para que fuera a comprar bebidas. En ese lapso habría intentado abusar de Marisa. Luego la habría atacado de manera extrema, aprovechándose de su estado de indefensión. Cuando el hijo regresó, el hombre lo habría herido con un arma blanca para intentar matarlo. No logrando su cometido, habría escapado del lugar.

El imputado, de 23 años, llega a juicio detenido con prisión preventiva. Será juzgado por tentativa de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con homicidio doblemente agravado por ensañamiento y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer en un contexto de violencia de género (femicidio). También será juzgado por tentativa de homicidio agravado.

Las partes

El Ministerio Público Fiscal está representado por Susana Analía Alvarez y María Teresa Adela Giuffrida. La querella está representada por Manuel Maza, Luciano Perdriel y Damian Torres. La defensa está a cargo Juan Pablo Chirinos.

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Caso Dobra: Extendieron las preventivas y medidas cautelares de los acusados

La Justicia determinó que las medidas se prorroguen por dos meses más.

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Este mediodía (04/09), la Fiscalía y las querellas intervinientes en el legajo que investiga el homicidio de Julián Dobra solicitaron que las preventivas y demás medidas cautelares para los cinco imputados se prorroguen por dos meses más.

«Los imputados intentaron borrar todas las pruebas, sin embargo se ha avanzado -gracias a la vigencia de las prisiones preventivas- con sólidos indicios. No hemos identificado durante este tiempo y con lo que arrojan las pericias alguna cuestión que permita morigerar las medidas cautelares, es más lo que hemos logrado hacer es incorporar más imputados y avanzar en las pruebas», dijo el equipo fiscal interviniente.

«Por el momento, no es posible ni desincriminarlos ni podemos sostener una morigeración de las preventivas», agregaron.

La Fiscalía solicitó la extensión de las medidas por los peligros procesales de posible entorpecimiento a la investigación en relación a los denunciantes, testigos, víctimas, como también basándose en el peligro de fuga por el avance que está tomando la investigación.

A su turno, tanto la defensora penal de menores como el defensor público y los dos abogados particulares solicitaron puntuales morigeraciones y propusieron medidas alternativas.

El juez de Garantías interviniente resolvió confirmar en un todo lo solicitado por la parte acusadora, de esta manera quedaron prorrogadas las domiciliarias con pulsera electrónica para los dos adolescentes; la libertad ambulatoria con presentaciones en fiscalía y uso de tobillera con radio de movimiento en General Roca para quien así lo viene cumpliendo hace un mes, y los otros dos deberán seguir cumpliendo la preventiva en el establecimiento.

Reserva de audiencia

Conforme lo previsto en el Código Procesal Penal y las reglas que dicta el Superior Tribunal de Justicia (STJ), el juez trató el tema de la presencia de medios de comunicación en el desarrollo de la audiencia como cuestión previa. La defensora de menores penal argumentó que «existen limitaciones a la publicidad de la misma, una de esas es cuando están en juego el interés de menores de edad, en este caso además son imputados, por ello es que solicitamos que no haya presencia más de allá de las partes intervinientes».

Por ello, respecto a la presencia de los medios de comunicación en la sala, el juez hizo lugar al planteo de la defensora. El magistrado mencionó que se trata de una audiencia que cuenta con la particularidad de la presencia de personas menores.

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Continuará detenido el hombre acusado de tenencia y facilitación de material de abuso sexual infantil

Fue imputado y lo juzgarán por tres hechos; uno de ellos cuando compartió por WhatsApp dos videos con imágenes de abuso sexual infantil.

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Tras producirse ayer (03/09) la detención de un hombre que tenía declaración de rebeldía y pedido de captura, esta mañana (04/09) el Ministerio Público Fiscal formuló cargos y solicitó que se dicte la medida cautelar de prisión preventiva por tenencia y facilitación de material de abuso sexual infantil.

Según la acusación fiscal, ocurrieron tres hechos, uno en junio de 2024, «cuando subió a los servidores Meta-WhatsApp dos videos de material de abuso sexual infantil». Un segundo hecho el 26 de agosto del año pasado, «cuando a través de su cuenta en Telegram y utilizando su celular facilitó el acceso a dos videos con contenido de material de abuso sexual infantil»; y un tercero el «27 de agosto de 2024 cuando se concretó un allanamiento, se secuestró un teléfono que tras la apertura realizada por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de la Procuración General, se encontraron 21 videos con material de abuso sexual infantil».

La calificación legal por la que quedó imputado es la de tenencia de material de abuso sexual infantil agravada por ser las víctimas menores de 13 años (primero y segundo hecho) en concurso real con facilitación de imágenes de abuso sexual infantil agravada por ser las víctimas menores de 13 años (tercer hecho), según los Artículos 128 segundo párrafo y último párrafo (primero y segundo hecho); y Artículo 28 primer párrafo (tercer hecho), 45 y 55 del Código Penal.

Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia la Fiscalía verbalizó el reporte recibido de parte de National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC) al Ministerio Público Fiscal de Ciudad de Buenos Aires, y luego desde CABA a la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de Procuración General.

Se suma la orden de allanamiento autorizada por el juez interviniente, el secuestro de celular, el acta del Gabinete de Criminalística, informe técnico de extracción forense, y el informe del Cuerpo de Investigación Forense respecto de la edad de las víctimas que se visualizan en los videos.

Luego la Fiscalía solicitó la prisión preventiva teniendo presente el antecedente de que este hombre no se mantuvo a derecho y fundó el pedido en el peligro de fuga.

Tras la oposición de la defensa penal pública que asistió al imputado, que propuso que el hombre realice presentaciones diarias personales y que continúe el proceso en libertad, la jueza de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos y que el hombre cumpla con preventiva por el plazo de dos meses.

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