Seguinos

Río Negro

Le robaron y el seguro le cubría menos porque no tenía rejas: El banco tendrá que indemnizarlo por no dar información

La entidad financiera deberá abonarle al cliente cinco veces más el valor inicial.

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Un vecino de Viedma sufrió un robo en su casa. Como tenía los electrodomésticos asegurados, inició el trámite ante su banco. Le ofrecieron la mitad del monto que valían los elementos sustraídos, entre otros argumentos porque no tenía rejas. Primero inició un trámite en defensa del consumidor y luego un juicio. Un fallo civil de Viedma ordenó ahora el pago de $140.000 por el costo de los aparatos, y más de $500.000 extra por daño moral y punitivo.

Hace tres años, un familiar le avisa a la víctima que habían ingresado a su vivienda por una ventana de la habitación. Realizó la denuncia en la comisaría y detalló que le habían robado una multiprocesadora, un sistema de audio, artículos de pesca, una juguera, dos tostadoras, un ventilador, microondas, plancha, amoladora, entre otros elementos.

De esta manera, teniendo en cuenta que contaba con un seguro de combinado familiar del BHN Seguros Generales S.A., contratado en el Banco Hipotecario SA de la ciudad de Viedma, que se debitaba mediante tarjeta de crédito Visa, se dirigió a la entidad bancaria anteriormente mencionada y realizó la denuncia administrativa del siniestro.

Ventana sin rejas

Según su relato, en ese momento el valor de los artefactos era de 50 mil pesos. Sin embargo, la Compañía de Seguros le ofreció en concepto de indemnización 28 mil pesos, es decir casi la mitad del valor. Entre las cuestiones que planteó la aseguradora es que le reducía en un 30 por ciento la indemnización por no contar con rejas, ya que ello estaba detallado en la póliza. Sin embargo, el hombre dijo que nunca le entregaron dicha póliza.

De esta manera, presentó una denuncia en el Departamento de Defensa del Consumidor en el marco de la Ley N° 4139. En esa instancia, primero la aseguradora ofreció de nuevo $28.000 y más adelante $40.000, pero la inflación ya había depreciado ese monto.

Finalmente, inicio una demanda judicial. Alegó que no cumplieron con el pago, incumplimiento del deber de información, ya que nunca le entregaron la póliza y la única información fue verbal e indigna atención al cliente.

El fallo

La jueza en primer lugar enmarcó el caso en el derecho consumeril. Citó fallos del STJ, de la Corte y también jurisprudencia al respecto.

Además, descartó que el Banco no sea parte, teniendo en cuenta que el seguro fue contratado en las instalaciones de la entidad crediticia, que el pago se realiza por débito automático con la tarjeta Visa de la institución. “No cabe duda que Banco Hipotecario S.A ha intervenido así en la cadena de comercialización del servicio”, concluyó la magistrada.

Enmarcado el proceso, recuerda que en el derecho de consumidor, “corresponde al proveedor la obligación de colaborar en el esclarecimiento de la cuestión aportando todos los elementos que tenga en su poder”.

Información confusa

“La información brindada al usuario del seguro al momento de contratar aparece como mínimo, insuficiente y confusa. Denuncia el actor que al momento de contratar el seguro de manera telefónica se le informó un límite de cobertura de $500.000”, dice el fallo.

En este punto, es clave que no existe constancia que permita probar que el banco entregó las pólizas, o al menos las envió por correo electrónico, como argumentó. Tiene dicho al respecto el Superior Tribunal de Justicia que «es probable que la mera entrega de la póliza no hubiera sido suficiente para subsanar la ausencia de información veraz que tutela al consumidor, le permite conocer de antemano y obtener el mejor producto de acuerdo a sus necesidades pero, al menos, le hubiera puesto en conocimiento acabado de esa contratación”.

Luego, la sentencia agrega que “otra de las manifestaciones de este trato indigno se observa en la intermediación del liquidador sin un mínimo contacto de la aseguradora con el actor, que es la persona en quien él depositó la confianza al momento de contratar el servicio”.

Finalmente, realizó el cálculo de los rubros y montos correspondientes y ordena el pago de aproximadamente $680.000, que incluyen $141.000 por daño emergente, $188.000 por daño moral y $350.000 por daño punitivo. El fallo está en plazo de ser apelado.

Río Negro

Weretilneck confirmó el aval de Nación para financiar obras en las Rutas 22 y 151

El financiamiento de FONPLATA permitirá intervenir los sectores más deteriorados de ambos corredores y mejorar las condiciones de circulación y seguridad vial.

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El gobernador Alberto Weretilneck confirmó que Río Negro obtuvo la garantía del Gobierno Nacional para avanzar con un crédito de hasta US$ 60 millones de FONPLATA – Banco de Desarrollo, destinado a financiar obras prioritarias en las Rutas Nacionales 22 y 151.

El financiamiento permitirá intervenir los sectores más deteriorados de ambos corredores, mejorar las condiciones de circulación y reforzar la seguridad vial.

La operación se enmarca en la decisión de la Provincia de asumir progresivamente la gestión de estas rutas y definir y ejecutar las obras necesarias en territorio rionegrino.

El avance se produjo luego de un relevamiento realizado recientemente por Vialidad Rionegrina, la Unidad Provincial de Coordinación y Ejecución del Financiamiento Externo (UPCEFE), especialistas de FONPLATA y el Gobierno Nacional.

El trabajo permitió constatar en territorio el estado de las trazas y avanzar en la definición del plan de obras que acompañará la operación de financiamiento.

Con el aval obtenido, la Provincia continúa trabajando en la documentación técnica y financiera necesaria para presentar la operación ante el Directorio de FONPLATA, previsto para noviembre.

El programa tendrá impacto directo sobre más de 438.000 habitantes de los departamentos de Pichi Mahuida, Avellaneda y General Roca, además de las personas y vehículos que utilizan diariamente ambas rutas.

También se estima un mejor acceso para 312.000 habitantes a 81 centros de salud, 15 hospitales, 20 cuarteles de bomberos y distintas dependencias policiales.

La operación contempla financiamiento externo por hasta US$ 60 millones, con la Nación como garante. La gestión administrativa, financiera y fiduciaria estará a cargo de la UPCEFE, mientras que Vialidad Rionegrina tendrá la responsabilidad técnica de definir las prioridades y ejecutar las intervenciones.

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Judiciales

Por el aumento de causas, Roca tendrá una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia

El Poder Judicial detectó durante la última década un incremento sostenido de expedientes en el Fuero de Familia de General Roca.

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La Legislatura de Río Negro aprobó el proyecto impulsado por el Superior Tribunal de Justicia para crear una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia con sede en General Roca, correspondiente a la Segunda Circunscripción Judicial.

Al fundamentar la iniciativa, la legisladora Natalia Reynoso (JSRN) explicó que la propuesta surge a partir de los estudios realizados por la Dirección de Planificación Estratégica del Poder Judicial, que durante los últimos diez años registró un crecimiento sostenido de las causas y expedientes que ingresan al fuero de Familia.

Según detalló, el relevamiento correspondiente al período comprendido entre 2016 y 2026 permitió detectar un incremento que calificó como «exponencial, sostenido y estructural», particularmente en la Segunda Circunscripción Judicial.

Reynoso destacó además que el Poder Judicial modificó la metodología utilizada para determinar la carga que soportan los distintos organismos. Hasta ahora, uno de los principales parámetros era simplemente cuantitativo: se contabilizaba la cantidad de expedientes ingresados y tramitados.

La nueva metodología incorpora el concepto de «carga ponderada de trabajo», que busca determinar no solamente cuántos expedientes tramita un organismo, sino también cuánto esfuerzo y tiempo demanda cada uno de ellos de acuerdo con su complejidad.

Para establecer ese indicador se tuvieron en cuenta variables como la complejidad de las causas, su duración y el grado de intervención judicial requerido.

«No es lo mismo una causa que puede resolverse mediante una audiencia y posterior homologación que aquellos procesos que demandan seguimientos durante dos años o más, sucesivas audiencias y la participación de equipos interdisciplinarios», explicó la legisladora.

Entre las problemáticas de mayor complejidad mencionó las situaciones de violencia de género e intrafamiliar, además de causas relacionadas con alimentos, filiaciones y adopciones.

La metodología, elaborada con participación de juezas de Familia de las diferentes circunscripciones judiciales, permitió establecer con mayor precisión la carga efectiva de trabajo de cada organismo.

En el caso de General Roca, los resultados mostraron no solamente un aumento en la cantidad de expedientes, sino también una creciente exigencia funcional derivada de la complejidad de las causas.

Reynoso sostuvo que la ciudad viene registrando «un nivel de demanda estructural superior al resto de las localidades analizadas», pese a contar con estructuras organizativas similares a las existentes en organismos que atienden volúmenes y niveles de demanda considerablemente menores.

Ese desequilibrio, explicó, determinó la necesidad de avanzar con la creación de una nueva Unidad Procesal de Familia.

La iniciativa busca así adecuar la estructura judicial de General Roca a una realidad que se modificó sustancialmente durante la última década y mejorar la capacidad de respuesta del fuero frente a causas que, además de haber aumentado en cantidad, requieren intervenciones cada vez más prolongadas y complejas.

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Río Negro

Los estatales de Río Negro dejan de estar obligados a permanecer en IPROSS y podrán elegir otra obra social

La Legislatura aprobó la reforma que elimina la obligatoriedad de permanecer en IPROSS. La opción alcanza a trabajadores activos, jubilados y sus grupos familiares.

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Los trabajadores estatales de Río Negro podrán elegir libremente su obra social y dejar de estar obligados a permanecer en el Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS), a partir de la reforma aprobada por la Legislatura provincial. La nueva norma establece un régimen de afiliación voluntaria u optativa que alcanza a agentes públicos activos y pasivos y contempla también a sus grupos familiares.

La modificación cambia el esquema vigente y permite que quienes actualmente tienen afiliación obligatoria a IPROSS puedan optar por otra entidad para su cobertura de salud.

La opción tendrá determinadas condiciones. Quien decida cambiar de cobertura deberá permanecer durante un período mínimo de 12 meses en la entidad elegida. Cumplido ese plazo, podrá optar por otra cobertura.

Además, una vez transcurridos 36 meses desde el primer ejercicio de la opción, el afiliado podrá solicitar su reincorporación a IPROSS como afiliado obligatorio directo, sin períodos de carencia.

La reforma también contempla situaciones vinculadas con tratamientos médicos. Durante el proceso de cambio deberá garantizarse la continuidad de los tratamientos, mientras que también se prevé el regreso a IPROSS cuando la cobertura elegida cese por causas ajenas al afiliado.

De esta manera, el nuevo esquema modifica la relación entre los trabajadores estatales y la obra social provincial: IPROSS deja de ser la única alternativa obligatoria y los afiliados pasan a contar con la posibilidad de elegir otra cobertura.

El cambio había sido anunciado por el Gobierno provincial y finalmente fue convertido en ley por la Legislatura, que aprobó la iniciativa por 35 votos a favor y 9 en contra.

Desde el Gobierno sostuvieron que el nuevo escenario busca que IPROSS compita por mantener a sus afiliados a partir de la calidad de sus prestaciones y atención. Esa posición fue planteada públicamente por el gobernador Alberto Weretilneck al presentar la iniciativa.

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