Judiciales
Abuso sexual en un transporte escolar: tras la condena penal, la víctima también será indemnizada
La suma, cercana a los 6 millones de pesos, la deberán afrontar el chofer -ya declarado culpable-, la empresa y la Provincia.

Un chofer de colectivos que había sido condenado penalmente por abuso sexual simple ahora deberá resarcir económicamente a la víctima. El fallo civil incluye también a la empresa que prestaba servicios y a la Provincia, ya que se trataba de una concesión de transporte escolar. El juicio de indemnización lo inició la víctima varios años después, tras cumplir la mayoría de edad. La sentencia destacó que faltó un abordaje de contención adecuado.
El fallo hizo lugar a la demanda por una indemnización cercana a los 6 millones de pesos, más los intereses acumulados desde 2014. El resarcimiento apunta a compensar el grado de incapacidad laboral irreversible derivado del estrés postraumático, los gastos por tratamiento psicológico acreditados y el daño moral.
La niña tenía 14 años y el chofer 40. Tenían confianza porque él manejaba el micro que a diario llevaba y traía al grupo a su escuela secundaria y, además, porque él era el padre de un amigo y compañero de colegio de la chica. En octubre de 2014, en el último tramo del recorrido de regreso, el conductor y la niña quedaron solos en el colectivo. El hombre comenzó por sexualizar la conversación, detuvo la marcha del micro, se sentó junto a ella y la sometió a tocamientos. Según relató la demandante, ella quedó “como paralizada” y cuando finalmente pudo gritar, el hombre le respondió “¿qué vas a hacer? ¿me vas a pegar?”. Luego volvió al volante, condujo en silencio hasta la garita final del circuito y la niña pudo descender.
La madre hizo la denuncia penal y en 2016 el chofer fue condenado por el delito de “abuso sexual simple” a una pena de 6 meses de prisión en suspenso. Cuando la joven cumplió la mayoría de edad, inició personalmente la demanda civil para reclamar una indemnización por los daños y perjuicios.
Protección Integral a las Mujeres
Por tratarse de un caso bajo la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, el Juzgado Civil N° 3 de Roca dispuso, como primera medida, el beneficio de litigar en forma gratuita para la mujer.
La jueza enumeró en el fallo situaciones posteriores al hecho que dejaron a la niña sin la contención adecuada en la escuela, incluso como blanco de agresiones de algunos estudiantes, lo que agravó las secuelas del abuso. La sentencia indicó que la situación dejó en evidencia “la falta de aplicación concreta y de formación del grupo de estudiantes, docentes y autoridades en los contenidos y aplicación práctica” de la Ley de Educación Sexual Integral, que está vigente desde el año 2006.
Para la jueza, la violencia fue “convalidada, normalizada y tolerada”, además de la institución, también por empresa de colectivos: “sus superiores dentro de la empresa de transporte le dijeron (al chofer) que se quede tranquilo; el cambio de recorrido fue para él la única consecuencia dentro del ámbito empresarial”. “La empresa nada alegó en esta causa; no reparó ni ofreció reparar el daño”; mantuvo “silencio, igual silencio que al denunciarse los hechos y luego de ser condenado penalmente su dependiente”.
Por su parte la Provincia se defendió afirmando que “no es posible atribuir al Consejo Provincial de Educación las conductas en las que incurrió el chofer del colectivo en cuestión, pues no existe vínculo entre el organismo y él”. Agregó que “es un claro tercero por quien el Estado no debe responder”.
Contra ese criterio, la jueza sostuvo que “el sistema protectorio hacia infancias y adolescencias, como a la protección por violencias contra las mujeres, lleva a descartar de plano sus argumentos”. En este marco, afirmó que no medió ni reparación.
Sobre la responsabilidad directa del chofer la jueza señaló que operó en él “un estereotipo que debe visualizarse y eliminarse”, que “considera a la mujer como propiedad sexual del hombre”. “Debió respetar su cuerpo, su intimidad, integridad, su dignidad y no lo hizo. Avasalló sus derechos”, concluyó.
Judiciales
Por primera vez el fuero de Familia superó las 20.000 causas anuales en toda la provincia
Se trata de un incremento del 9% en relación al año anterior.

El fuero de Familia registró en 2024 su nivel más alto de actividad de los últimos años: se iniciaron 20.706 causas en toda la provincia, lo que representa un aumento del 9% respecto al año anterior. En 2023 se habían tramitado 19.653 expedientes, y en 2022, 18.850.
Cada día de 2024 se iniciaron en promedio 57 causas nuevas en el fuero de Familia, de las cuales el 62% correspondieron a violencia familiar y/o de género. Esto equivale a unas 35 causas por día relacionadas a ese tipo de conflicto. La segunda causa más frecuente fue por procesos por alimentos, que concentró el 10% del total de expedientes, seguidos por temas de cuidado personal, régimen comunicacional, capacidad jurídica y responsabilidad parental.
Los datos surgen del Informe Estadístico Anual 2024, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica (CPE) del Poder Judicial. Además de los ingresos, el informe revela que durante el mismo período se dictaron 10.249 sentencias con efecto de finalización del conflicto, entre definitivas, homologaciones, interlocutorias y monitorias. También se concretaron más de 2.500 audiencias en juzgados y unidades procesales.
Esta tendencia sostenida llevó al Poder Judicial de Río Negro a implementar una política pública de fortalecimiento que incluye reorganización funcional, concursos de personal, inversión en tecnología y expansión de equipos interdisciplinarios.
La demanda alcanza tanto a Unidades Procesales de Familia como a Juzgados Multifueros y Juzgados de Paz con competencia en la materia. Frente a este escenario, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) lleva adelante una estrategia de gestión que apunta a mejorar el acceso a la justicia y fortalecer el abordaje de los conflictos familiares en todo el territorio provincial.
Para afrontar esta carga creciente, el STJ oportunamente avanzó con la implementación del modelo de Unidades Procesales, que permite separar la función jurisdiccional de las tareas administrativas. Esto implicó la creación de Oficinas Judiciales y Oficinas de Tramitación Integral (OTI) que gestionan la recepción de escritos, despacho primario, agenda de audiencias y atención al público. El modelo ya está operativo en las cuatro circunscripciones judiciales. Río Negro además cuenta con un Código Procesal de Familia propio que se puso en vigencia en 2020.
El abordaje de conflictos familiares también se complementa con el trabajo de los Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC), que recibieron miles de casos prejudiciales y judiciales en 2024, Especialmente en temas como régimen de comunicación, alimentos y cuidado personal. La posibilidad de llegar a acuerdos homologados permitió canalizar una parte importante de los conflictos sin necesidad de litigio.
Judiciales
Imputaron a la mujer que quiso prender fuego una dependencia municipal
Está acusada de amenazar al secretario de Servicios Públicos, Miguel Jaramillo.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a una trabajadora municipal, acusándola de haber intentado incendiar una delegación del Municipio de General Roca. En este sentido, se le impusieron medidas de coerción para resguardar la investigación en curso.
En la instancia, la Fiscalía puntualizó que poco después de las 9.30 de ayer (05/05), la imputada ingresó en la oficina municipal de Servicio Públicos, en la que se encontraba trabajando el secretario Miguel Jaramillo, a quien se dirigió de manera amenazante. Le expresó en ese momento «voy a prender fuego a todos y a vos».
Según la acusación, la mujer tenía un bidón de nafta, un encendedor y una cadena. Demostrando su intención de prender fuego intencional, roció el pasillo del lugar y la oficina del damnificado. Sin embargo, no pudo lograr su cometido ya que agentes policiales de prevención, acudieron al lugar y lograron reducirla.
La Fiscalía le endilgó el delito de incendio en grado de tentativa y amenazas simples, en carácter de autora. Mencionó como sustento probatorio el acta de procedimiento policial realizada por agentes de la Comisaría 3°, la denuncia realizada por el damnificado y la versión de tres empleadas del lugar que expresaron sentir mucho miedo ante su irrupción en el lugar.
En la audiencia desarrollada en la mañana de hoy (06/05), la fiscal pidió que se tengan por formulado los cargos. El juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos e hizo lugar a lo requerido por la defensa en cuanto a la medida de coerción, imponiéndole a la acusada diversas medidas cautelares de prohibición de acercamiento tanto al organismo municipal como a víctimas y testigos. Ello deberá ser cumplido a riesgo de que cualquier transgresión implique el agravamiento de la medida cautelar y el cumplimiento de la prisión preventiva efectiva tal como había solicitado la fiscal interviniente.
Judiciales
Weretilneck eleva proyecto de Ley de Reiterancia a la Legislatura: ¿De qué se trata?
El gobernador dijo que «buscamos terminar con la llamada ‘puerta giratoria’, donde los delincuentes quedan libres después de cometer un delito tras otro.

El Gobierno de Río Negro avanza en «una agenda de reformas para mejorar la seguridad, garantizar justicia efectiva y proteger a las víctimas, colocando a la población en el centro de cada decisión», destacaron desde el Ejecutivo provincial. El gobernador Alberto Weretilneck elevó el proyecto de Ley de Reiterancia, que se suma a la Ley de Prisión en doble instancia, ya sancionada y en vigencia. Dos acciones que marcan un cambio profundo para beneficiar directamente a las y los rionegrinos.
El proyecto de Ley de Reiterancia, que será tratado en la próxima sesión legislativa, suma una herramienta clave para frenar el delito reiterado. Permitirá a los fiscales pedir prisión preventiva para quienes acumulen múltiples causas penales activas. Así, se busca terminar con la llamada «puerta giratoria», que deja en la calle a quienes cometen un delito tras otro. Con esta iniciativa, la Provincia se pone del lado de las víctimas y de cada vecino que espera vivir más seguro.
«Con la incorporación de la reiterancia como causal de prisión preventiva estamos del lado de las víctimas y de los vecinos que sufren la inseguridad cotidiana. Estas leyes son una muestra de carácter y decisión para frenar a quienes burlan el sistema y siguen delinquiendo una y otra vez», destacó el gobernador Weretilneck.
La ley que posibilita la prisión en doble instancia asegura que las penas se cumplan en tiempo real: las personas condenadas en dos instancias ya no podrán permanecer libres mientras esperan resoluciones extraordinarias. Esto significa que las víctimas y sus familias no deben soportar durante años la injusticia de ver en libertad a quienes ya fueron condenados. Garantizar que las penas se cumplan rápidamente da tranquilidad a la sociedad, refuerza la confianza en el sistema judicial y envía un mensaje claro: los delitos tienen consecuencias reales.
Además, se impulsa la creación del Registro Provincial de Huellas Genéticas, que permitirá comparar muestras de ADN recogidas en las escenas del crimen con los perfiles de condenados e imputados por delitos dolosos. Esta herramienta moderna ayudará a esclarecer delitos más rápido y con mayor precisión, dando respuestas a las víctimas y evitando nuevos hechos.
El gobernador Weretilneck remarcó que estas reformas reflejan un rumbo claro para la provincia. «Nuestro compromiso es simple y firme: proteger a las víctimas, respaldar a la Justicia y darle a cada rionegrino la seguridad que merece. Con estas herramientas le estamos cerrando la puerta a la impunidad y mostrando que en Río Negro los delitos tienen consecuencias», concluyó.