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Judiciales

Fallo rechazó el planteo de una viuda que no quedó conforme con los bienes que recibió

Planteó una nulidad con el argumento de que el duelo había afectado la capacidad de decisión del fallecido.

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Un hombre que estaba gravemente enfermo quiso distribuir sus bienes entre la esposa y sus dos hijos pero murió antes de firmar los papeles. La familia optó por respetar ese deseo y llegó a un acuerdo dentro de la sucesión. Tiempo después, la viuda planteó una nulidad con el argumento de que el duelo había afectado su capacidad de decisión. Un fallo de Cipolletti desestimó el reclamo.

La sucesión tramita en el fuero Civil de Cipolletti y en ese mismo expediente primero se presentó un convenio de partición privado. Es decir, las y los herederos acordaron el modo en que se repartirían los bienes y lo presentaron ante el juez para su homologación.

Ese convenio privado respetó la distribución que fue plasmada en las escrituras pero que no llegó a tener ninguna validez legal ya que el hombre murió mientras la escribana confeccionaba los documentos. Nunca los alcanzó a firmar.

Entre los bienes que dejó el fallecido había una propiedad en Cipolletti y campos e inmuebles en otra provincia del país. Todos ellos fueron considerados “bienes propios” porque el hombre los adquirió con anterioridad al matrimonio. En consecuencia para el Código Civil y Comercial de la Nación la cónyuge hereda como un hijo o una hijas más.

La mujer que quedó viuda se había casado en segundas nupcias y no era la madre de los hijos del fallecido. En el acuerdo privado ella se quedaba con el 50% de la vivienda de Cipolletti y con la posibilidad de continuar viviendo allí toda su vida (usufructo vitalicio).

En la distribución total, a ella le correspondía casi el 10% de todos los bienes propios de su fallecido marido y a los hijos un 43% cada uno.

El planteo de nulidad

La mujer prestó conformidad a la distribución pero algunos años después presentó un certificado psiquiátrico. Alegó que la muerte de su esposo fue un hecho trágico y repentino. Sostuvo que se encontró sola en medio de su duelo y a cargo de las peripecias y burocracias que conllevan la muerte de un familiar cercano. En ese contexto relató que se sintió desbordada, aturdida y sumida en un estado depresivo con atención psiquiátrica y medicación.

Afirmó que fue en medio de ese cuadro que los coherederos se acercaron y le manifestaron que les urgía abrir la sucesión de su padre, planteándole que querían distribuirse cuanto antes los bienes y que les parecía inmoral que se quedara con parte de ellos; que debía renunciarlos a su favor para probar que la relación con su padre no había sido interesada.

El fallo que rechazó la nulidad hizo un profundo análisis respecto de los vicios del consentimiento, de los actos jurídicos y de la teoría de los actos propios. Consideró que durante el tratamiento psiquiátrico la mujer ejerció varios actos jurídicos válidos como la elección del abogado, el inicio de la sucesión, la firma del convenio y la aceptación del cargo como administradora.

“No puedo tener por cierto que se encontraba en un estado de ligereza o debilidad psíquica solo para la firma del convenio que habría permitido el aprovechamiento por parte de los hijos del Sr. y ser plenamente capaz para el resto de los actos efectuados”, surge de la sentencia.

Mientras que el convenio se firmó dos meses después del fallecimiento ante escribano público, el médico que declaró como testigo indicó que a los 45 días de tratamiento la medicación suministrada ya hacía efecto aunque no podía garantizar cómo se encontraba al momento de la firma del acuerdo. El día anterior a esa firma, la viuda también aceptó el cargo de administradora de la sucesión por ende “ya estaba en condiciones de comprender y no se encontraba en ninguna situación de inferioridad que pueda ser aprovechada por nadie”, dice la sentencia. El planteo de nulidad, en cambio, se hizo mucho tiempo después cuando los hijos presentaron la homologación.

Sobre la base de esos argumentos, el fallo declaró la validez del convenio de partición presentado en la sucesión.

Judiciales

Caso Dobra: Prorrogan la investigación y siguen las medidas contra los imputados

La causa fue declarada compleja y restan múltiples pericias clave.

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Esta mañana (05/05), tras la solicitud fiscal y la querella, sin oposición de las defensas de los ocho imputados por el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril del año pasado en General Roca, se prorrogó el plazo de investigación penal preparatoria. Además, se resolvió que todas las medidas cautelares continúen vigentes. De esta manera, se concretarán varias pericias que están en trámite en diversos organismos, cuyos resultados son necesarios para avanzar hacia el juicio.

«La investigación ha avanzado notoriamente desde que en noviembre pasado se reformularon los cargos, agravando la situación de muchos de los imputados. Fue en esa audiencia que se declaró este legajo como causa compleja, y es en ese marco que hoy solicitamos una prórroga -establecida en el Artículo 219 inciso 2-, teniendo presente los siguientes motivos», explicó la Fiscalía.

«Por un lado, ya sabemos que las muestras biológicas tomadas por el Gabinete de Criminalística en los lugares donde se desarrolló este hecho dieron positivo cuando se las comparó con el material de la víctima», detalló la Fiscalía. Asimismo, el representante fiscal mencionó que «resta por hacer un análisis reconstructivo de esas manchas hemáticas, que estará a cargo de la Unidad Operativa de Investigación de Cipolletti -perteneciente al Ministerio Público-, que buscará determinar cómo fueron producidas».

«Además, la Unidad Operativa de Investigación, con sede en Viedma, está concluyendo con el relevamiento de uno de los elementos secuestrados; sin embargo, ya adelantaron que los resultados son positivos al ADN de contacto respecto de la víctima. Esto, a la par, será analizado por el Laboratorio de Genética Forense de Bariloche, también de este Ministerio, para avanzar en otras conclusiones», dijo la Fiscalía.

La Fiscalía agregó que «nos han confirmado la fecha para realizar la pericia odorífera, que se suma al relevamiento pericial respecto de la apertura de celulares por parte de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL). No debemos olvidar que luego de abrir esos celulares se pasa a la etapa de análisis de contenido».

«Contamos con lo que está concretando el Departamento de Reconstrucción Virtual del Ministerio Público sobre el lugar del hallazgo de la víctima, del vehículo y de las patentes. Se trata de una reconstrucción en 360 grados que va de la mano de los otros estudios biológicos mencionados», explicó la Fiscalía.

Finalmente, el representante fiscal señaló que, contando con todas estas medidas de análisis, es necesario avanzar en un estudio interdisciplinario a lo que se sumará lo concretado por el Cuerpo de Investigación Forense. El equipo fiscal además precisó que «se agregan entrevistas que han ido agregando al legajo, incluso algunas fueron realizadas en el transcurso de esta semana junto a la querella».

Medidas cautelares

La Fiscalía y la querella solicitaron que se prorroguen las medidas cautelares tanto para los menores punibles como para los demás imputados.

«Sigue vigente el peligro de entorpecimiento a la investigación, en tanto podrían estar comprometidas las declaraciones testimoniales que se recepcionarán en el debate oral y público», dijo el Ministerio Público Fiscal.

Pese a la oposición de algunas de las defensas particulares, el juez de Garantías resolvió que las prisiones preventivas en establecimientos policiales, las presentaciones en comisaría con dispositivo electrónico, las detenciones en dispositivos de SENAF y las preventivas en modalidad domiciliaria con pulsera con dispositivo GPS, continúen vigentes hasta el 8 de noviembre de 2026.

De esta manera, todos los imputados continuarán cumpliendo las medidas como hasta este momento.

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Judiciales

Detuvieron en Madryn al acusado de matar a Sergio Coria en Roca

El hecho ocurrió el pasado 4 de abril y la víctima murió tras permanecer internada.

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El Ministerio Público Fiscal imputó este mediodía (05/05) a un hombre por el homicidio agravado de Sergio Emiliano Coria, ocurrido el pasado 4 de abril en General Roca. El acusado había sido detenido en Puerto Madryn y continuará en prisión preventiva.

Según la acusación, la víctima circulaba en su vehículo junto a su pareja, su hijo de un mes, su suegra y una sobrina de 4 años, cuando fue atacada. De acuerdo a la teoría fiscal, el imputado se movilizaba en una motocicleta y, con la intención de causarle la muerte, aprovechó que el vehículo se detuvo para efectuar disparos.

Como consecuencia de las heridas, Coria fue trasladado al Hospital Francisco López Lima, donde finalmente falleció.

La calificación legal provisoria es la de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil condicional.

Entre las pruebas mencionadas se encuentran el acta policial de la Comisaría 21, informes médicos, intervención del 911, pericias del Gabinete de Criminalística, el informe de autopsia del Cuerpo de Investigación Forense, además de testimonios y datos recabados por el Cuerpo de Investigación Judicial y la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones.

La Fiscalía solicitó la prisión preventiva por riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación. La defensa se opuso tanto a la acusación como a la medida.

Finalmente, la jueza de Garantías dio por formulados los cargos y dispuso que el imputado permanezca detenido por cuatro meses.

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Judiciales

Lola Tours: Formularon cargos contra la dueña de una agencia de viajes de Roca por millonaria estafa

El perjuicio económico supera los 225.000 dólares y más de 116 millones de pesos.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una mujer en Roca por presuntas maniobras defraudatorias vinculadas a la venta de viajes al exterior a través de la agencia Lola Tours, que funcionaba en calle Mitre 930, en pleno centro de la ciudad.

Según la acusación, la imputada habría comercializado paquetes turísticos y pasajes a destinos nacionales e internacionales «sabiendo que no podría cumplir con las obligaciones asumidas ni devolver el dinero recibido», ya que no contaba con capacidad financiera suficiente. Además, se indicó que la firma no tenía habilitación comercial municipal.

La investigación abarca más de 53 denuncias por hechos ocurridos durante 2024 y 2025. El perjuicio económico total estimado asciende a 225.996 dólares y 116.856.052 pesos.

Durante la audiencia, el equipo fiscal presentó un extenso sustento probatorio que incluye denuncias de personas damnificadas y de la empresa Travel Services S.A., comprobantes de transferencias, pagos en efectivo, presupuestos sin membrete y recibos sin validez formal.

También se incorporaron informes de organismos oficiales que indican que la empresa no estaba inscripta formalmente, documentación de entes tributarios y bancarios, y una nota del Municipio que acredita la falta de habilitación comercial. A esto se sumó la intervención de la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo, que dio de baja a la agencia en febrero de este año.

La calificación legal provisoria es la de «defraudación» en distintas modalidades, entre ellas abuso de confianza, uso no autorizado de datos de tarjetas de crédito y retención indebida.

La defensa penal pública no formuló objeciones formales, aunque aclaró que ello no implica aceptar los hechos ni la calificación.

Finalmente, la jueza de Garantías dispuso un plazo de cuatro meses para la investigación penal preparatoria y prorrogó las medidas cautelares vigentes.

La imputada deberá mantener domicilio, tiene prohibida la salida del país, continúa con inhibición de bienes, bloqueo de cuentas bancarias y presentaciones periódicas ante Fiscalía.

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