Judiciales
Una niña cayó del transporte escolar: Indemnizarán a la familia con 4 millones de pesos
Creyeron que era un golpe inofensivo pero la víctima terminó internada y debió ser sometida a operaciones por una compleja fractura.

La caída de una niña de 10 años del transporte escolar parecía un golpe sin mayores complicaciones. Sin embargo, dos días después dejó de caminar, terminó internada y debió ser sometida a operaciones por una compleja fractura. Hubo un reclamo civil y se fijó una indemnización que ronda los $4.000.000. Ocurrió en Cipolletti.
El fuero Civil confirmó la sentencia de primera instancia que determinó las responsabilidades y calculó una indemnización por $3.963.668,47 más intereses en función del 35% de incapacidad.
En un primer momento la familia pensó que era un golpe de poca importancia pero cuando advirtieron, luego de dos días, que la niña no podía caminar la llevaron al hospital. La médica tratante diagnosticó que había sufrido fractura en su rodilla izquierda, presentando un cuadro de epifisiolisis de fémur distal grado III. Debió someterse a distintos tratamientos, estuvo con yeso y dejó de asistir a la escuela. Por su corta edad no pudo ser intervenida quirúrgicamente, al menos hasta los 16 años.
La niña perdió el equilibrio mientras bajaba de la camioneta que la transportaba hasta su casa. Su tío debió buscarla en la tranquera de la chacra y quedó inmovilizada por dos días hasta que recibió asistencia. En la demanda civil los damnificados aseguraron que el piso de goma del vehículo que funcionaba como transporte escolar estaba recién lavado y mojado. Le atribuyeron a esas circunstancias el hecho de que la alumna se haya resbalado en el último escalón.
El fallo concluyó que la responsabilidad era del propietario del transporte escolar y también del ministerio de Educación ya que -al proveer el servicio- detenta la guarda y vigilancia jurídica de niños y niñas hasta que son devueltos a su hogar.
«Es que en los casos en que el transporte de los alumnos está a cargo del Estado, la prestación adecuada del mismo está sujeta al control de la autoridad escolar, desde el momento en que el niño, niña y/o adolescente es retirado de su hogar y hasta que es devuelto al mismo. Es aplicable el artículo 1117 del C.C. (redacción anterior a la reforma) y, por lo tanto, los daños sufridos y causados a (y por) los menores de edad quedan sometidos a la responsabilidad del Estado como titular del establecimiento educativo y prestador del servicio de educación, que incluye el transporte a la escuela en casos como el presente, aún cuando el modo de gestionarlo fuese por delegación», surge de la sentencia que confirmó el fallo inicial.
Judiciales
Se compró un container como casa y sufrió varios desperfectos que terminaron en una demanda
En invierno se filtraba mucho frío y en verano, era imposible estar dentro por las altas temperaturas. Además, la humedad deterioró las superficies y se obstruyeron caños que dejaron la vivienda sin agua caliente.

Promocionada en redes sociales como una solución moderna, sustentable y accesible, la vivienda se ofrecía con promesas de confort térmico, instalaciones completas y diseño funcional. El proyecto, difundido por Instagram, mostraba imágenes cuidadas de unidades construidas con containers marítimos reciclados, convertidas en hogares compactos listos para habitar.
Una de esas unidades fue vendida y entregada en Cervantes. La compradora pagó el valor total y recibió el módulo en el terreno acordado. En los papeles, se trataba de una pequeña casa con cocina-comedor, baño y dormitorio, equipada con servicios básicos y aislación térmica.
Pero la experiencia de uso fue muy distinta: en verano, las temperaturas interiores se volvieron insoportables; en invierno, el frío se filtraba por todas partes. La humedad, producto de la condensación, deterioraba las superficies. Los caños obstruidos, instalados sin criterio técnico, dejaron la vivienda sin agua caliente a pocos días de su uso.
La situación derivó en una demanda judicial por daños y perjuicios en el fuero civil de Roca. La compradora presentó pruebas documentales, fotografías, testimonios y conversaciones con el proveedor. El hombre no se presentó a contestar la demanda, fue declarado en rebeldía y la jueza interviniente tuvo por reconocida su responsabilidad.
Un informe técnico incorporado al expediente confirmó que la construcción no cumplía con ninguna normativa vigente en materia de aislamiento térmico. La aislación era insuficiente, mal colocada, sin barrera de vapor ni condiciones de confort mínimas. Se detalló que para hacerla habitable debía desmontarse gran parte de la estructura, reemplazar la aislación, rehacer muros, cielorrasos y pisos, y reacondicionar el sistema de agua.
El fallo acreditó el incumplimiento contractual, así como la violación a los deberes de trato digno e información previstos por la Ley N° 24.240. Se reconoció el derecho a una reparación integral, que incluye los costos de reconstrucción, los gastos ya afrontados, la necesidad de alojamiento alternativo durante las refacciones, y el daño moral provocado por la frustración del proyecto habitacional.
Judiciales
Separaron a un docente por presunto delito contra la integridad sexual
La denuncia fue realizada por la familia de la víctima. La Junta de Disciplina instruyó un sumario.

El Ministerio de Educación y Derechos Humanos separó a un docente de sus cargos tras una denuncia por presunto delito contra la integridad sexual, realizada por la familia de una estudiante de un establecimiento de San Antonio Oeste.
Tras recibir la misma, el equipo directivo de la institución llevó a cabo de manera inmediata la correspondiente denuncia en la Comisaría de la Familia de la localidad, a fin de que la Justicia pueda intervenir.
Al mismo tiempo, el Ministerio de Educación, con sus equipos de intervención territorial y técnicos de apoyo, activó los dispositivos pedagógicos con la familia y la institución.
La ministra de Educación y Derechos Humanos, Patricia Campos, instruyó al Consejo Provincial de Educación y a la Junta de Disciplina Docente a que se realice una investigación dentro del sistema educativo y, a su vez, a ponerse a disposición de la Fiscalía que recibió la denuncia.
La secretaria de Educación, Ana Laura Giovanini y los equipos directivos, técnicos y supervisivos brindaron contención y acompañaron a la familia, poniendo todo el sistema educativo a disposición.
Por otro lado, el docente denunciado fue apartado de sus cargos y la Junta de Disciplina Docente instruyó el respectivo sumario.
Desde el Ministerio se informó a la Justicia sobre todo lo actuado hasta el momento y se continúa trabajando con acciones y acompañamiento con los diferentes equipos directivos de las instituciones y la comunidad educativa.
«Es prioridad para este Ministerio de Educación y para el Gobierno de Río Negro actuar en forma inmediata en estos casos, garantizando los derechos de las y los estudiantes y de la comunidad educativa, dando prioridad al resguardo y protección de los niños y niñas», destacó la ministra.
En ese sentido es muy importante tener en cuenta las legislaciones nacionales en cuanto a la reserva de la identidad. La Ley Nacional N° 26.061 en su Art. 22, prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar directa o indirectamente a niños, niñas y adolescentes, cuando constituyan injerencias arbitrarias en su vida privada o intimidad familiar.
Judiciales
Robos, hurtos y estafas, los delitos más comunes en Río Negro
Las estadísticas se desprenden de un informe del Poder Judicial de la Provincia sobre causas del 2024.

Durante 2024 ingresaron a las Oficinas Judiciales de toda la provincia de Río Negro un total de 6.942 legajos, lo que representa un incremento del 19% en comparación con el año anterior. De ese total, 6.189 causas fueron promovidas por el Ministerio Público ante la presunta comisión de algún delito.
Los delitos contra la propiedad fueron los más frecuentes, con 2.697 legajos, lo que representa el 43,59% del total promovido por el Ministerio Público. Esta categoría incluye hurtos, robos, estafas, daños materiales y otros hechos de similar naturaleza.
En segundo lugar se ubicaron los delitos contra la administración pública, con 933 legajos (14,75%). Comprenden atentado y resistencia a la autoridad, falsa denuncia, falso testimonio, encubrimiento y desobediencia a órdenes judiciales, entre ellas el incumplimiento de medidas cautelares por violencia de género.
Los delitos contra las personas generaron 829 causas (13,39%) e incluyen homicidios en todas sus formas, lesiones, abuso de armas y abandono de personas. Por su parte, los delitos contra la libertad sumaron 699 legajos (11,29%), entre ellos privaciones ilegítimas de la libertad, detenciones ilegales y violación de secretos.
También se contabilizaron 620 causas por delitos contra la integridad sexual (10,02%), como abusos sexuales con o sin acceso carnal, corrupción de menores, facilitación a la prostitución y exhibiciones obscenas.
El resto de los legajos registrados en 2024 corresponde a trámites de ejecución, exhortos y solicitudes administrativas (738 causas) y a querellas privadas (12 casos).
La información forma parte del relevamiento anual realizado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.