Judiciales
Peón rural recibió el alta pero tenía una incapacidad laboral irreversible: La ART deberá indemnizarlo
Trabajaba en un campo donde se sembraba alfalfa y se criaban ovejas.

Un hombre, peón de campo, quien trabajaba y vivía con su familia en una estancia de Chelforó, sufrió una lesión en la espalda cuando cargaba un tubo de gas de 45 kilos. El empleador denunció el accidente laboral y la ART cubrió un tratamiento de dos meses, al término del cual le dio el alta «sin incapacidad«. Sin embargo el trabajador nunca se recuperó y las molestias y dolores en la columna le impedían cumplir bien con sus trabajos en el campo, muchos de los cuales demandaban un importante esfuerzo físico.
Según detalló el hombre ante la Cámara Laboral Primera de Roca, donde tramitó la demanda, trabajaba en un campo donde se sembraba alfalfa y se criaban ovejas. Describió que trabajaba de lunes a lunes, porque vivía en el mismo lugar. Sus tareas cotidianas eran manejar el tractor para cortar la alfalfa, manipular los fardos de pasto, ponerlos en la uña del tractor para apilarlos en un galpón y cuidar a los ovinos. Explicó que para alimentarlos a diario, manipulaba tachos de 20 kilos de alimento que vertía en las fuentes y que en verano también se ocupaba de esquilarlos.
Dijo que «si bien tenía un horario fijo, al vivir en el campo con su familia estaba a disposición todo el día para trabajar» y que por la naturaleza misma de sus tareas, estaba ocupado «de lunes a domingo, casi todo el día».
El hombre tenía 40 años y llevaba cuatro desempeñándose como trabajador «permanente y de prestación continua» en el establecimiento cuando ocurrió el accidente laboral.
El día que sufrió la lesión estaba manipulando un tubo de 45 kilos para ponerlo en la uña del tractor cuando «sintió un tirón y fuerte dolor en la espalda que le imposibilitó seguir trabajando». A pesar del tratamiento y el alta médica, el hombre siguió sufriendo esos dolores, pero ante la falta de reconocimiento de la incapacidad demandó a la ART.
En el juicio laboral, una pericia médica determinó que efectivamente sufrió una lumbociatalgia, que es una alteración de la columna lumbar que produce dolor en la zona baja de la espalda y que afecta al nervio ciático. La pericia reveló como secuela una «limitación funcional» en la columna que implica una incapacidad «permanente» del 15,30% que «guarda relación causal con el accidente».
«La cuestión a resolver radica en determinar la relación causal entre las dolencias que presenta el actor y el accidente denunciado. Así, mientras que A. postula que las dolencias que presenta son consecuencia directa del accidente denunciado y que sus tareas seguramente incidieron en su capacidad laborativa, por su parte la ART sostiene que las secuelas incapacitantes que el actor presenta no pudieron nunca haberse gestado, desarrollada o agravado en el tiempo que duró la relación laboral, ni tampoco que las secuelas puestas en evidencia con la RMN (resonancia magnética nuclear) sean derivadas del accidente de autos», explicó la sentencia.
Tras analizar la prueba, la Cámara Laboral concluyó que «el comienzo de la sintomatología y persistencia guarda relación con el evento denunciado, en un contexto de patología lumbar», por lo que corresponde a la ART indemnizarlo con todas las prestaciones en dinero que establece la ley.
Judiciales
Choque fatal en la Ruta 22: Imputaron al conductor que manejaba con 2,06 de alcohol en sangre
La víctima, Ángel Lautaro Monsalve, murió tras un impacto frontal entre su moto y un auto, conducido por el imputado.

Un hombre fue formalmente imputado por el homicidio culposo de Ángel Lautaro Monsalve, ocurrido ayer (15/03) a la madrugada en el kilómetro 1159 de la Ruta Nacional N° 22, a la altura de Cervantes.
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió cerca de las 6.00 de la mañana, cuando el imputado conducía un Volkswagen Gol en sentido oeste-este de manera imprudente y antirreglamentaria, sin el cuidado ni el dominio exigidos para circular por una Ruta Nacional.
De acuerdo a la Fiscalía, el hombre se movilizaba a unos 100 kilómetros por hora, cuando el máximo permitido en ese sector es de 80 km/h. Además, manejaba bajo los efectos del alcohol, con un nivel de alcoholemia de 2,06 gramos por litro de sangre.
En ese mismo momento, Monsalve circulaba en una motocicleta en sentido contrario, es decir, de este a oeste. Por motivos que aún se investigan, el motociclista invadió el carril contrario y se produjo un impacto frontal excéntrico con el sector delantero izquierdo del automóvil.
Producto de la violencia del choque, el conductor de la moto falleció en el lugar.
La Fiscalía formuló cargos por el delito de homicidio culposo agravado por conducir un vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, con un nivel superior a 0,5 gramos por litro de sangre.
Entre las evidencias reunidas hasta el momento se mencionaron el relevamiento realizado por el Gabinete de Criminalística en el lugar del hecho, el test de alcoholemia practicado al conductor, entrevistas a testigos y registros fotográficos.
Durante la audiencia, la defensa penal pública no presentó objeciones a la formulación de cargos.
Respecto a las medidas cautelares, la fiscalía indicó que no se advierten riesgos procesales como entorpecimiento de la investigación o peligro de fuga, ya que el imputado tiene domicilio fijo, trabajo y una hija a la que mantiene.
Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y dispuso como medidas cautelares la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo y la obligación de no modificar su domicilio, bajo apercibimiento de revocar su libertad provisoria.
Judiciales
Chocó su auto nuevo y la reparación nunca quedó bien: La Justicia condenó a la aseguradora
Además, el vehículo ingresó al taller con 42.183 kilómetros y fue entregado meses después con casi 4.000 kilómetros más.

Una mujer de General Roca que había comprado un auto cero kilómetro y contratado un seguro contra todo riesgo logró que la Justicia condenara a la aseguradora por las reparaciones defectuosas realizadas tras un choque.
El caso comenzó cuando la mujer adquirió un Renault Kwid y, para proteger su inversión, contrató una póliza de seguro. Dos años después protagonizó un siniestro vial y la compañía derivó el vehículo a un taller para su reparación.
Sin embargo, el establecimiento no contaba con habilitación municipal ni con respaldo técnico del fabricante del vehículo. Durante meses, la mujer recibió promesas sobre repuestos y arreglos que, según le indicaban, dejarían el auto en condiciones óptimas.
El vehículo ingresó varias veces al taller debido a que las fallas persistían. Los ruidos extraños y las luces de advertencia en el tablero nunca desaparecieron, lo que generó reiterados reclamos ante la aseguradora y el taller.
Tras una instancia de mediación sin resultados, la mujer inició una demanda por daños y perjuicios. Durante el proceso explicó que el auto ingresó al taller con 42.183 kilómetros y que tres meses después fue entregado con más de 46.000 kilómetros, es decir, con unos 3.800 kilómetros adicionales y con las mismas fallas.
La pericia mecánica determinó que las reparaciones se realizaron en distintas etapas y fuera de los parámetros sugeridos por el fabricante. Además, señaló que el taller no estaba homologado y que no existía documentación técnica que permitiera verificar las tareas realizadas.
También se estableció que el establecimiento no tenía habilitación municipal vigente. Por ese motivo, el Tribunal hizo lugar a la excepción planteada por el mecánico demandado y rechazó la demanda en su contra, ya que no era titular del taller.
Finalmente, el fuero Civil de Roca concluyó que existió un cumplimiento defectuoso de las obligaciones de la aseguradora y aplicó la responsabilidad prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.
La sentencia reconoció una indemnización por la privación del uso del vehículo durante aproximadamente un mes y medio, la desvalorización del automotor y el daño moral ocasionado a la propietaria.
Judiciales
Apareció el joven que era intensamente buscado en Roca
La búsqueda había sido iniciada luego de que fuera visto por última vez el fin de semana en el Camping Municipal.

El joven que era intensamente buscado en General Roca apareció en buen estado de salud y el Ministerio Público Fiscal confirmó que se dio por finalizado el pedido de paradero.
Se trata de Ezequiel Vázquez, de 26 años, cuya búsqueda había sido difundida por la Policía de Río Negro luego de que fuera visto por última vez entre el sábado (07/03) y el domingo (08/03) en el sector del Camping Municipal.
Tras diversas tareas realizadas para dar con su ubicación, finalmente se confirmó que el joven se encuentra en buen estado de salud.
Ante esta situación, el Ministerio Público Fiscal dispuso dar por finalizada la búsqueda y dejar sin efecto el pedido de colaboración a la comunidad.








