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Roca

Programa Menstruar se implementará en Roca

Contempla la entrega de copas menstruales con el objetivo de garantizar el acceso igualitario de las personas menstruantes a los insumos y la información.

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El Municipio de Roca se prepara para la incorporación al Programa MenstruAr de Nación, que acompaña y asesora en el fortalecimiento de gobiernos locales en sus programas municipales, realiza capacitaciones y brinda información sobre gestión menstrual desde una perspectiva de género y diversidad.

Se fomenta además la producción y utilización de productos sustentables para gestionar la menstruación con la entrega de copas menstruales, como así también el armado de entramados productivos con productoras de toallitas reutilizables.

En este marco, la intendenta María Emilia Soria recibió la semana pasada a la subsecretaria de Igualdad del Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad Lucia Cirmi, a la coordinadora del Programa MenstruAr Irina Perl y a integrantes del equipo de la Dirección Nacional de Políticas de Cuidado, Director Leandro Bleger y Yanina Dossetto.

Luego de visitar la obra en construcción del Centro Territorial Integral de Políticas de Género y Diversidad que se construye en la ciudad, la comitiva se dirigió al CIM de Barrio Tiro Federal donde se dictó el Taller sobre Educación Sexual Comunitaria con Perspectiva de Género y Diversidad y Acceso a la Gestión Menstrual como Derecho, destinado a integrantes de equipos técnicos del área en la región. Participaron del mismo las Áreas de Género y Diversidad de los Municipios de Roca, Huergo y Cipolletti, el equipo técnico de los centros infantiles y del CEPLA, ATTS, integrantes de diferentes sectores del Hospital Francisco López Lima, delegación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de FADECS, del Consejo Local de la Mujer Diversas, entre otras.

En el marco de la transición ecosociocultural hacia la sustentabilidad ambiental, la implementación del Programa MenstruAr contempla la entrega de copas menstruales con el objetivo de garantizar el acceso igualitario de las personas menstruantes a los insumos y la información. Por ello en primera instancia se capacita a los y las agentes territoriales de género en la utilización de la misma, para que puedan asesorar en su utilización a las personas beneficiarias.

Para finalizar la jornada, la comitiva participó del acto de presentación y entrega de kits de lactancia en el marco del Plan 1000 días, del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y el Ministerio de Salud. El mismo se llevó adelante en el Hospital roquense.

Judiciales

No pudo estudiar ni trabajar durante el matrimonio: Recibirá una compensación económica tras el divorcio

Durante los próximos dos años el hombre deberá aportarle un porcentaje de sus ingresos.

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En los 18 años que duró el matrimonio, un hombre ascendió seis veces en su carrera profesional mientras que la esposa no pudo estudiar ni trabajar: se dedicó exclusivamente a cuidar a la hija de ambos y no pudo arraigarse en ninguna ciudad por los reiterados traslados que imponía el trabajo del marido. Luego del divorcio, quedó en evidencia el claro desequilibrio que se había generado entre ambos.

Una sentencia de Familia le reconoció a la mujer el derecho a una compensación económica por parte de su ex marido. Ese dinero le permitirá, ahora, capacitarse y generar herramientas para tratar de insertarse en el mercado laboral. Durante los próximos dos años el hombre deberá aportarle un porcentaje de sus ingresos, que no podrá ser inferior al 40% de un Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La compensación económica es un derecho reconocido por el Código Civil y Comercial de la Nación a favor de cualquiera de los integrantes de una pareja cuando el divorcio le produce «un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación». Para que exista el derecho es necesario que ese desequilibrio tenga como causa «el vínculo matrimonial y su ruptura».

«Encuentro que se ha configurado un desequilibrio manifiesto, concretamente en la imposibilidad que tuvo la actora de capacitarse durante el matrimonio, generando un menoscabo al momento de terminar la relación, quedando ella sin empleo, al cuidado de la adolescente, sin estudios, sin aportes y con limitadas probabilidades de reinserción laboral. Por su parte el demandado continuó su carrera en la policía, en donde durante el matrimonio fue recategorizado cinco veces y con posterioridad una vez más», indicó la jueza a cargo de la Unidad Procesal de Familia N° 16 de Roca.

En el juicio, la mujer y una testigo relataron que durante el matrimonio el hombre «nunca le permitió» trabajar ni tener una vida social activa. Según relató la señora en la demanda, cuando ella quiso retomar la secundaria en una escuela nocturna, «el marido le dijo que se fijara cómo iba a pagarse el colectivo y que la comida debía estar en la mesa» cuando él regresara de trabajar. El demandado, en su descargo, negó esa situación y aseguró que él la motivaba para que estudie o trabaje.

Ante esa contradicción la jueza definió. «Puede que no se le haya impedido a la señora salir a trabajar, pero ciertamente, siendo el proveedor el señor y en el reparto de roles que pactaron como pareja, ella era quien se veía más obstruida de alguna manera para hacerlo».

La jueza tuvo en cuenta que ahora, tras casi dos décadas de dependencia económica, «los requerimientos del mercado laboral han cambiado y se necesitan otras herramientas para conseguir trabajos rentables», lo que agrava la desventaja.

Hoy la mujer tiene cerca de 45 años y está realizando cursos de capacitación. Al presentar la demanda había pedido una compensación económica por la misma cantidad de años que duró el matrimonio, pero la jueza definió un plazo de dos años destinado a equilibrar la falta de formación laboral. Contempló, por otra parte, que el hombre cumple correctamente con la cuota alimentaria para la hija y que está garantizada la vivienda familiar para ambas.

El aporte mensual facilitará que la mujer «se perfeccione o en su caso se inserte o fortalezca en el mundo laboral o propicie sus propios ingresos, que la habiliten a generarse su sustento». Además, en ese lapso podrán liquidar y distribuirse los bienes gananciales obtenidos durante la unión «y de esta manera recomponer la desigualdad que se generó al momento de la separación».

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Judiciales

El sujeto que le tiró agua hirviendo y golpeó a su pareja ya fue condenado

Deberá cumplir estrictas reglas de conducta.

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Ayer (15/09) a la mañana, la Fiscalía de turno de General Roca, tras imputar delitos cometidos contra una mujer el pasado viernes (13/09), solicitó -contando con la conformidad de la víctima-, que un hombre fuera condenado y cumpla con estrictas reglas de conducta.

Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 13 de septiembre, alrededor de las 19.30 horas, en el domicilio donde residía la mujer víctima, su pareja, y el hijo de 8 meses que tienen en común.

«Mientras la señora estaba cocinando, se suscitó una discusión con el imputado, que comenzó a insultarla. La víctima tenía una olla con agua caliente en la mano, y el hombre le pegó al objeto, provocando que el contenido cayera sobre la víctima. Además, le dio una piña a la mujer. Todas las lesiones fueron certificadas como leves», explicó la Fiscalía en la audiencia.

«Seguido a esto, la víctima agarró al bebé, salió al patio y fue auxiliada por los vecinos. Fue el rápido accionar policial que permitió detener al hombre», señaló el Ministerio Público Fiscal.

La calificación legal por la que el hombre ya se encuentra condenado, es la de «lesiones leves doblemente calificadas por la relación de pareja y por ser cometidas por un hombre contra una mujer y mediando violencia de género», según los Artículos 45, 92 en función del Artículo 89 y 80 inc. 1 y 11 del Código Penal.

Como sustento probatorio para la formulación, la Fiscalía mencionó la denuncia penal radicada por la víctima, el acta de procedimiento y croquis ilustrativo realizado por el personal de la Subcomisaría 67° de Stefenelli, entrevistas, certificados médicos, tanto del personal del Siarme como del médico policial, el informe de la intervención de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

Luego de que se tuvieron por formulados los cargos, el Ministerio Público Fiscal -tras asesorar a la víctima y contando con su conformidad- y la defensa penal pública que asistió al imputado, solicitaron la aplicación de un procedimiento abreviado.

El imputado fue consultado por la jueza de Garantías interviniente si reconocía ser el autor de los hechos, como también si aceptaba la calificación legal y la aplicación de un año de prisión en suspenso con reglas de conducta -prohibición de acercamiento a la víctima y adonde ella se encuentre, como también una evaluación que realizará el Cuerpo de Investigación Forense respecto de la acreditación de un tratamiento-. A lo que el hombre contestó a todo que si.

De esta manera, y al renunciar las partes a los plazos procesales, el hombre se encuentra cumpliendo la pena a partir de ayer domingo.

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Policiales

El lunes darán a conocer la sentencia contra Emiliano Gatti

El periodista, ya condenado por tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil, participará de la audiencia en forma remota.

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Mañana lunes (16/09), a las 13 horas, será la audiencia de lectura de la pena en el legajo «Emiliano Gatti s/ imágenes de abuso sexual infantil». Tanto la Fiscalía, como el periodista van a presenciar la lectura en forma remota.

Llama poderosamente la atención que el ya condenado por tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil no estará presente en los Tribunales roquenses, cuando la tipificación del delito fija una pena de 4 años a 12 años de prisión efectiva. A su favor, el fallo puede apelarse, por lo que podría continuar en libertad hasta que quede firme.

Cabe recordar que el lunes pasado (09/09) se realizó la audiencia del juicio de cesura donde la fiscal en jefe Graciela Etchegaray solicitó 8 años de prisión de cumplimiento efectivo, mientras que la abogada de la querella, Gabriela Prokopiw, pidió 10.

Por su parte, el abogado defensor de Gatti, Joaquín Hertzriken Catena, insistió en que todo el proceso estuvo cargado de subjetividades que perjudicaron a su representado, por lo que está claro que apelará la decisión judicial. No obstante, solicitó 3 años en suspenso a través de la declaración de la inconstitucionalidad del Art. 128 y subsidiariamente 4 años.

Ahora, el Tribunal -conformado por Verónica Rodríguez, Luciano Garrido y Emilio Stadler- dará a conocer este lunes a las 13 horas el monto de la pena.

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