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Judiciales

Más de 150 niños y niñas ayudaron a diseñar el modelo de notificaciones judiciales para las infancias

El STJ aprobó una guía especial para mejorar las audiencias de escucha a niños, niñas y adolescentes que están afectados por un proceso judicial.

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Desde que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) aprobó una guía especial para mejorar las audiencias de escucha a niños, niñas y adolescentes que están afectados por un proceso judicial, cambió también la forma en que chicos y chicas reciben la noticia de que serán escuchados por un juez, una jueza o un equipo técnico del Poder Judicial.

Las declaraciones de niños, niñas y adolescentes en procesos judiciales son cotidianas. Son convocados como testigos, como víctimas, en procesos de adopción o como potenciales afectados por un litigio entre personas adultas de su familia o de su entorno social. Si bien en la mayoría de los casos se trata de casos del fuero de Familia y del fuero Penal, los niños y niñas pueden ser escuchados en cualquier tipo de proceso. La guía excluye a los procesos penales, que se tramitan de otra manera.

Antes de la nueva Guía de Escucha para la Niñez y la Adolescencia, aprobada en 2023 por el STJ, las notificaciones con la citación a declarar llegaban a la casa del niño o la niña, pero iban dirigidas a las personas adultas. Su diseño era el “tradicional”, que muchas veces resultaba difícil o intimidante para el grupo familiar. Por eso el cambio de paradigma comenzó desde ese contacto inicial: ahora las notificaciones dicen “Invitación de Escucha para Niñez y Adolescencia”, están personalmente dirigidas a la personas menores de edad y su diseño está validado por más de 150 niños y niñas de la provincia que aportaron sus opiniones sobre cómo debía ser ese documento legal.

Tanto la Guía de Escucha como el nuevo modelo de invitación judicial tienen como objetivo garantizar que los niños, niñas y adolescentes afectados por un proceso judicial puedan acceder al servicio de justicia y ejercer en plenitud su derecho a ser oídos y a opinar en forma activa cuando son sus propios derechos los que están en juego.

Al trabajar sobre el nuevo documento, el área de Diseño del Centro de Planificación Estratégica del Poder Judicial evaluó distintas propuestas. Cambió la tipografía, mejoró la organización de la información, resaltó un párrafo con los derechos de las infancias en el proceso judicial y sumó gráficos (íconos) para destacar los datos más importantes. Los modelos fueron analizados con el grupo de juezas que intervino en el proyecto y las dos opciones finalistas pasaron a los validadores definitivos: los potenciales destinatarios.

Las visitas que las escuelas realizan habitualmente al edificio del Poder Judicial en Viedma fueron la ocasión perfecta. Con la colaboración del área de Ceremonial y Protocolo, que coordina las visitas guiadas, se trabajó directamente con los niños y niñas. Al principio se les presentó el modelo de citación tradicional para personas adultas, para ver su reacción. Luego, con una breve explicación del proyecto, se les exhibieron las versiones nuevas.

Chicos y chicas de 9 a 15 años analizaron las propuestas y volcaron sus opiniones, que sirvieron para ajustar y terminar el modelo final. Fueron estudiantes de escuelas de Comallo, Bariloche, Río Chico, El Caín, Valcheta, Lamarque y Viedma.

«Sus opiniones fueron muy importantes a la hora de hacer ajustes y entender sus necesidades, ya que pudieron manifestar cuestiones que no estaban dentro de nuestras expectativas», señalaron desde el Centro de Planificación Estratégica. Y el resultado se ajustó a esa visión: «querían un documento que sea claro pero no aniñado; que sea descontracturado, pero sin dejar de ser formal», explicaron.

Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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Ordenaron la captura nacional e internacional de uno de los fugados de la Comisaría 3° de Roca

Se trata de Luca Nicolás Torres, uno de los acusados del crimen de Julián Dobra.

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Este mediodía (04/12), tras la notificación de la fuga de la Unidad Policial de uno de los imputados que cumplía prisión preventiva en el legajo donde se investiga el homicidio de Julián Dobra, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se ordene su captura nacional e internacional. Se trata de  Luca Nicolás Torres, de 18 años de edad.

«Alrededor de las 2.05 de la madrugada recibimos la información del personal de la Comisaria que dos personas se habían dado a la fuga. Una de ellas es este imputado, que inmediatamente se dispuso la búsqueda con la Brigada Judicial de investigación y con canes», explicó el fiscal del caso.

El otro fugado es Ramiro Ezequiel Sosa, quien se encontraba cumpliendo una pena efectiva desde el 20 de octubre de este año, tras haber sido detenido por una causa de robo.

«Solicitamos que se libren los oficios pertinentes tanto a la Policía Federal, a Interpol, a Gendarmería Nacional, policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional y Jefatura de Policía de Río Negro», detalló la Fiscalía.

La querella adhirió al pedido, no hubo objeciones por parte de la defensa penal pública. El juez de Garantías resolvió en el mismo sentido que lo solicitado.

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