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Roca

El Municipio clausuró salones y casas quintas que eran utilizadas para eventos y no estaban habilitadas

La multa puede llegar hasta los $250.000.

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A partir de denuncias recibidas, personal de Inspección General del Municipio realizó diversos relevamientos constatando el funcionamiento de salones de eventos y casas quintas con pileta, sin la correspondiente habilitación.

En algunos casos se labraron actas que fueron remitidas al Juzgado de Faltas. La multa estipulada para este tipo de infracción, que es considerada grave ya que el uso de una pileta representa un riesgo para la seguridad de las personas, es de 500 USAM ($250.000).

La ordenanza N° 4770/15 establece una serie de requisitos para la habilitación de salones de evento con pileta, a fin de garantizar la seguridad de los usuarios. Entre ellos, se dispone la obligatoriedad de disponer de guardavidas matriculados y un seguro de cobertura.

«A fin de contar con las medidas de seguridad necesarias, se recomienda a la población constatar la correspondiente habilitación antes de realizar la reserva del salón, ya sea que incluya o no el uso de pileta», indicaron desde el Municipio.

«Asimismo, la Dirección de Habilitaciones Municipales invita a los propietarios de salones de eventos a realizar los trámites correspondientes para poder funcionar en cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas por Ordenanza, garantizando así un mejor servicio a sus clientes», agregaron.

Salones de eventos habilitados:

– Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos
– Asociación Libanesa de Socorros Mutuos
– Asociación Trabajadores del Estado
– ATSA
– Búho Blanco
– Cámara de Productores Agrícolas de General Roca
– Casino de Sub Oficiales U5
– Centro de Jubilados Retirados y Pensionados de la Policía De Río Negro
– Centro de Jubilados y Pensionados de General Roca
– Centro de Residentes Chilenos Violeta Parra
– Centro Española
– Club Blanco
– Cooperativa de Viviendas de Consumo y Crédito Río Negro.
– Country Eventos
– Cumelen
– El Campito
– El Paraíso
– Eventos Humberto Canale
– Eventos Agrestis
– Fabra La Chacra
– Francesca
– La Glicina
– Obra Social Conductores de Transporte Colectivo de Pasajeros
– Olivilio
– Oveja Negra
– Predio Recreativo de UnTER
– Quinta Sur
– Roharte Ivana Lorena
– Salón AVGR
– Salón Círculo Obrero
– Salón de Eventos Ana Rita
– Salón de Eventos de Matías Flores
– Salón Ibiza
– Salón Infantil Bubba Boo
– Salón Infantil Childrens Party
– Salón Infantil El Búnker
– Salón Infantil El Castillo
– Salón Infantil Fabra
– Salón Infantil Firulete
– Salón Infantil Florete
– Salón Infantil Gaston Party`S
– Salón Infantil Jardin de Alicia
– Salón Infantil Karamba
– Salón Infantil One Moment Fest
– Salón Infantil Rayuela
– Salón Infantil Tic Toc
– Salón Infantil Un Mundo Ideal
– Salón Infantiles Pepones
– Salón La Chacha
– Salón La Rosa
– Salón Miro al Sol
– Salón Resolana
– Salón Vértice
– San Zenone
– Sindicato de Luz y Fuerza de Río Negro y Neuquén
– Sindicato Obreros Empacadores de la Fruta de Río Negro y Neuquén
– SITRAIUPA
– SITRAJUR
– Slava Eventos
– UOM
– UPCN

Salones de eventos con pileta habilitados:

– Play Pelota

Judiciales

Periodista sufrió hostigamiento en un clima de trabajo «tóxico»: Condenan a una empresa de medios por daño moral

El fallo es de primera instancia y no se encuentra firme, por lo que Editorial Río Negro puede apelar.

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Una periodista que trabajó durante casi 20 años en un medio de comunicación fue víctima de un ambiente tóxico, marcado por presiones y descalificaciones que afectaron su salud psíquica. A raíz de la judicialización del caso, el fuero laboral de Roca reconoció el daño moral que sufrió y condenó a una empresa periodística a pagar una indemnización equivalente a cinco salarios de su categoría. Sin embargo, el Tribunal no hizo lugar al reclamo por el supuesto despido indirecto: concluyó que la actuación de la trabajadora en ese sentido fue extemporáneo.

El fallo reconstruyó las condiciones de trabajo que atravesó la periodista a partir de 2017, cuando comenzó un profundo proceso de transformación del medio -Editorial Río Negro SA – en el que se desempeñaba. La empresa comenzó una transición del papel hacia el entorno digital, acompañada por una reducción de personal, cierre de corresponsalías y reestructuraciones internas que alteraron por completo las condiciones de trabajo.

Ese cambio estuvo liderado por una nueva dirección periodística, en manos de un profesional de trayectoria internacional que fue descripto por varios testigos como una figura «autoritaria», con un estilo «sin filtro», y con exigencias que excedían lo razonable. Según el testimonio de compañeros de redacción, este directivo impulsó un modelo de trabajo en el que «a los buenos periodistas había que pedirles más», instalando «un clima de presión constante, favoritismo arbitrario y trato desigual».

En ese contexto, la periodista -editora al momento de los hechos- comenzó a sufrir síntomas de ansiedad, estrés y angustia. En agosto de 2017 tuvo una crisis de salud al retirarse de la redacción y desde entonces no pudo volver a trabajar. Fue diagnosticada con un trastorno adaptativo moderado-grave y recibió tratamiento psiquiátrico y psicológico por más de un año.

La jueza presidenta del Tribunal destacó que los testimonios fueron consistentes al describir un entorno «tóxico», con reubicaciones, superposición de órdenes, sobreexigencia y maltrato. Se mencionaron episodios de llanto, ataques de pánico, e incluso desmayos. También se remarcó que varios trabajadores sufrieron afectaciones similares durante ese período, aunque no todos reaccionaron del mismo modo.

Uno de los testigos sostuvo que «la relación con el director dependía del nivel de tolerancia de cada persona», y que la actora, en particular, «agachaba la cabeza y lloraba». Otro colega señaló que «las exigencias eran desproporcionadas» y que «el clima era asfixiante». En el caso de la periodista, se concluyó que ese entorno le provocó un daño psíquico concreto, constatado por su médica, y que tuvo consecuencias laborales y personales.

La sentencia determinó que la responsabilidad de la empleadora no puede descartarse cuando se ha acreditado un ambiente de trabajo que vulnera la dignidad del trabajador, incluso aunque no se haya llegado a una situación de mobbing en sentido estricto. «El maltrato no fue únicamente direccionada a ella, ya que como refirieron los testigos, era generalizado (…) configuraba un mal ambiente de trabajo, configurativo de acoso laboral, que no puede ser justificado», sostiene el fallo.

En ese marco, se otorgó una reparación por daño moral calculada en base a cinco sueldos de su categoría (editora, según el convenio colectivo FATPREN), a valores de marzo de 2025. El Tribunal subrayó que la indemnización no responde al «precio del dolor» sino a la idea de brindar una compensación que permita reparar el sufrimiento a través de bienes o experiencias que aporten bienestar, en línea con lo establecido por el Código Civil y Comercial.

Si bien el Tribunal reconoció la existencia de un «ambiente laboral hostil» y la afectación concreta a la salud de la trabajadora, rechazó el reclamo indemnizatorio vinculado al despido indirecto. Consideró que «la decisión de extinguir el vínculo laboral fue extemporánea, ya que se produjo casi dos años después de los hechos invocados como injuria».

El fallo subrayó que no hubo intimaciones previas ni intentos de reinserción laboral una vez finalizado el tratamiento médico, y que tampoco se comunicó a la empresa el alta correspondiente para interrumpir el período de reserva de puesto. La sentencia de primera instancia no está firme y se encuentra dentro de los plazos de apelación.

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Policiales

Los choques no paran: Triple colisión en la esquina de San Juan y Villegas

Uno de los vehículos involucrados terminó arriba de la vereda.

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Foto: Gentileza Adrián Garces.

En la mañana de este jueves (03/04), cerca de las 11 horas, un nuevo siniestro vial se produjo en las calles de General Roca. Ocurrió en la esquina de calles San Juan y Villegas y se vieron involucrados un camión, un vehículo tipo utilitario y una motocicleta.

Por razones que aun son materia de investigación, colisionaron una Peugeot Partner con un camión marca Scania, y éste último a su vez, arrastró a una motocicleta. Lo llamativo del hecho es que en esa intersección hay semáforo.

Fue tal la magnitud del impacto que el utilitario finalizó su marcha sobre la vereda, donde hay una farmacia. Por su parte, el rodado menor terminó debajo del camión.

Personal de la Comisaría 3°, de la Dirección de Tránsito local y una ambulancia del SIARME trabajaron en el lugar. No obstante, no se registraron heridos de gravedad.

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Roca

Retomaron los trabajos de la obra eléctrica en el barrio Quinta 25 norte

La obra había quedado paralizada tras el cambio de gestión a nivel nacional. De esta manera, 480 familias del sector se verán beneficiadas.

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El Municipio de Roca retomó los trabajos de la obra de infraestructura eléctrica en el barrio Quinta 25 norte, necesaria para normalizar el suministro eléctrico y permitir así que muchas familias accedan por primera vez a un servicio eléctrico regularizado y seguro.

Esta obra había sido iniciada por el Estado Nacional y, a partir del cambio de gobierno, quedó paralizada. «En función de la importancia de la obra y el gran avance que presentaba, el Municipio comenzó con los trabajos para continuar con la misma», destacó María Emilia Soria.

Los trabajos contemplan la red de distribución de energía eléctrica de baja y media tensión, alumbrado público, pilares domiciliarios, cuatro nuevas subestaciones transformadoras, y 222 luminarias con tecnología led. Así, 480 familias se verán beneficiadas, mejorando sustancialmente su calidad de vida.

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