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Le formularon cargos al acusado de matar a Miguel Figueroa

El hecho ocurrió el pasado jueves a la noche. Aunque se había dado a la fuga, el imputado se presentó por sus propios medios en la Comisaría 3°. Le dictaron prisión preventiva.

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Este mediodía (17/02), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a Esteban Cristopher Aroca, de 24 años, acusado de asesinar a tiros a Miguel Angel Figueroa. Asimismo, le dictaron prisión preventiva por el plazo de 4 meses.

Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió el pasado 13 de febrero alrededor de las 11 de la noche, «en el Barrio Chacramonte, cuando el imputado desde el patio delantero de una vivienda, habría utilizado un arma de fuego que portaba sin autorización legal, y habría efectuado un disparo hacia el cuerpo de la víctima, que caminaba en la vía pública junto a su bicicleta. El proyectil le impactó en el sector abdominal izquierdo, atravesando el proyectil por el abdomen hacia el sector derecho, lesionando su intestino grueso», describió el fiscal de turno.

«Luego de casi dos días de haber sido atendido en el Hospital Francisco López Lima de Roca y pese a los múltiples esfuerzos realizados por el personal de salud, el señor Figueroa falleció«, explicó la Fiscalía.

La calificación legal por la cual quedó imputado es la de portación ilegal de un arma de fuego de uso civil en concurso real con homicidio agravado por la utilización de un arma de fuego, según los Artículos 41 bis, 45, 55, 79, 189 bis Inc 2 tercer párrafo del Código Penal.

Entre el sustento probatorio mencionado por el representante fiscal y a escasos días de haber sucedido el hecho se cuenta con la intervención de la Comisaría 48°, los allanamientos realizados en el marco de este legajo, las imputaciones a dos personas más por el delito de encubrimiento, el secuestro de una moto, la entrega voluntaria de un celular que habría sido encontrado en el patio de una vivienda, y diferentes entrevistas.

Además la constancia del Cuerpo de Investigación Forense acerca de la autopsia practicada al hombre fallecido, donde se indica que la causa probable de la muerte es la lesión que sufrió en el abdomen de izquierda a derecha, que perforó el intestino grueso.

Se solicitó la intervención del Gabinete de Criminalística, que entregó un informe preliminar de sus actuaciones.

Respecto de la medida cautelar, el Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva por el plazo de 4 meses teniendo presente los peligros procesales de fuga y por el posible entorpecimiento a la investigación. Cabe recordar que tras confirmarse la muerte de Figueroa, y tras haberse fugado, Aroca se presentó por sus propios medios en la Comisaría 3°, donde quedó a disposición de la Justicia.

«Entre algunas cuestiones que sucedieron entre el hecho y hoy es que desaparecieron las prendas de vestir que habría llevado el imputado al momento del hecho, no se pudo realizar la prueba de GCR sobre las manos ni la ropa mencionada. Sostenemos que fue la sustracción del imputado que impidió realizar pesquisas importantes para la investigación», argumentó el fiscal.

Por su parte, los defensores de confianza del imputado plantearon una teoría del caso distinta y solicitaron medidas alternativas, entre ellas prohibición de acercamiento y fijar domicilio.

Finalmente, el juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos en el mismo sentido que la Fiscalía, resolvió que Aroca continúe detenido bajo la medida cautelar de preventiva.

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Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

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El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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Pagó las 84 cuotas de un plan de ahorro y nunca le entregaron el vehículo

La empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

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Un hombre de Cipolletti se inscribió a un plan de ahorro con la expectativa de adquirir un Volkswagen Fox cero kilómetro. Abonó cada una de las 84 cuotas pero nunca le entregaron el vehículo. Impulsó un reclamo civil y obtuvo una sentencia favorable: la empresa tendrá que devolverle el dinero e indemnizarlo por el incumplimiento.

El plan, de tipo 70/30, se orientaba a la adquisición de un Volkswagen Fox Confortline, cinco puertas, motor 1.6. El contrato preveía 84 pagos mensuales y una vez cancelado, la empresa debía adjudicar el vehículo si el adherente cumplía con los requisitos establecidos. El ciudadano completó todos los pagos en marzo de 2017 y solicitó la unidad en varias oportunidades, sin obtener respuesta.

Ante la falta de información, remitió dos cartas documento. En la primera, pidió detalles sobre el procedimiento y los datos para concretar el pago del 30% restante. En la segunda, intimó a la empresa a entregarle el vehículo o devolverle las sumas abonadas. Ninguna de las misivas fue respondida.

La jueza del caso concluyó que el contrato se resolvió por un incumplimiento imputable a la empresa. Determinó que no existió comunicación fehaciente hacia el adherente sobre los sorteos, los requisitos para la adjudicación ni el resultado de la liquidación final. Tampoco surgió prueba alguna de que la firma hubiera notificado al consumidor sobre el avance o finalización del plan.

El fallo ordenó la devolución del total de las cuotas abonadas, con intereses desde la fecha de cada pago. También reconoció una indemnización por la privación de uso del rodado, al establecer que el ciudadano mantuvo durante más de un año la expectativa legítima de acceder al vehículo.

La sentencia incluyó una compensación por daño moral: valoró la frustración causada por el incumplimiento, luego de siete años de aportes cumplidos. Destacó la ausencia total de información por parte de la empresa, incluso después de las intimaciones formales.

Finalmente, la resolución impuso una multa por daño punitivo. La jueza consideró que la empresa actuó con desinterés frente a los derechos del consumidor y con un nivel de desinformación que justificó la sanción prevista por la Ley de Defensa del Consumidor.

La sentencia es de primera instancia y el fallo no está firme porque puede ser apelado. La empresa condenada es Volkswagen S.A de ahorro para fines determinados.

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