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Le formularon cargos al acusado de matar a Miguel Figueroa

El hecho ocurrió el pasado jueves a la noche. Aunque se había dado a la fuga, el imputado se presentó por sus propios medios en la Comisaría 3°. Le dictaron prisión preventiva.

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Este mediodía (17/02), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a Esteban Cristopher Aroca, de 24 años, acusado de asesinar a tiros a Miguel Angel Figueroa. Asimismo, le dictaron prisión preventiva por el plazo de 4 meses.

Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió el pasado 13 de febrero alrededor de las 11 de la noche, «en el Barrio Chacramonte, cuando el imputado desde el patio delantero de una vivienda, habría utilizado un arma de fuego que portaba sin autorización legal, y habría efectuado un disparo hacia el cuerpo de la víctima, que caminaba en la vía pública junto a su bicicleta. El proyectil le impactó en el sector abdominal izquierdo, atravesando el proyectil por el abdomen hacia el sector derecho, lesionando su intestino grueso», describió el fiscal de turno.

«Luego de casi dos días de haber sido atendido en el Hospital Francisco López Lima de Roca y pese a los múltiples esfuerzos realizados por el personal de salud, el señor Figueroa falleció«, explicó la Fiscalía.

La calificación legal por la cual quedó imputado es la de portación ilegal de un arma de fuego de uso civil en concurso real con homicidio agravado por la utilización de un arma de fuego, según los Artículos 41 bis, 45, 55, 79, 189 bis Inc 2 tercer párrafo del Código Penal.

Entre el sustento probatorio mencionado por el representante fiscal y a escasos días de haber sucedido el hecho se cuenta con la intervención de la Comisaría 48°, los allanamientos realizados en el marco de este legajo, las imputaciones a dos personas más por el delito de encubrimiento, el secuestro de una moto, la entrega voluntaria de un celular que habría sido encontrado en el patio de una vivienda, y diferentes entrevistas.

Además la constancia del Cuerpo de Investigación Forense acerca de la autopsia practicada al hombre fallecido, donde se indica que la causa probable de la muerte es la lesión que sufrió en el abdomen de izquierda a derecha, que perforó el intestino grueso.

Se solicitó la intervención del Gabinete de Criminalística, que entregó un informe preliminar de sus actuaciones.

Respecto de la medida cautelar, el Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva por el plazo de 4 meses teniendo presente los peligros procesales de fuga y por el posible entorpecimiento a la investigación. Cabe recordar que tras confirmarse la muerte de Figueroa, y tras haberse fugado, Aroca se presentó por sus propios medios en la Comisaría 3°, donde quedó a disposición de la Justicia.

«Entre algunas cuestiones que sucedieron entre el hecho y hoy es que desaparecieron las prendas de vestir que habría llevado el imputado al momento del hecho, no se pudo realizar la prueba de GCR sobre las manos ni la ropa mencionada. Sostenemos que fue la sustracción del imputado que impidió realizar pesquisas importantes para la investigación», argumentó el fiscal.

Por su parte, los defensores de confianza del imputado plantearon una teoría del caso distinta y solicitaron medidas alternativas, entre ellas prohibición de acercamiento y fijar domicilio.

Finalmente, el juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos en el mismo sentido que la Fiscalía, resolvió que Aroca continúe detenido bajo la medida cautelar de preventiva.

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Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos

Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

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El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.

Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.

El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.

Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.

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Formularon cargos contra la mujer que arrojó a su beba a la ruta: La niña quedó a resguardo de la SENAF

La joven de 19 años permanecerá en prisión preventiva.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una joven de 19 años acusada de haber agredido a su propia hija de 2 años, dejándola sola y empujándola hacia la Ruta Provincial N° 6 cuando ambas transitaban por la banquina. La mujer permanecerá en prisión preventiva y la niña quedó a resguardo de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que avanza en la búsqueda de una familia solidaria.

En el inicio de la audiencia, ante los medios de comunicación presentes, la defensora de Menores requirió el resguardo de todos los datos de la víctima, mencionando lo normado por la Convención de los Derechos del Niño/a y las diversas leyes de protección integral a la niñez. Luego de ello, el juez determinó que la instancia procesal sea reservada e informada por las áreas oficiales de comunicación.

Seguidamente, la fiscal relató los hechos endilgados y expresó que «el 5 de mayo pasado a las 16 horas, en inmediaciones de la estancia avícola ubicada en la Ruta Provincial N° 6, camino a Paso Córdoba, la mujer transitaba por una de las banquinas junto a su hija de 2 años». En esas circunstancias, «la golpeó con una mochila y empujó a la menor a la cinta asfáltica». Luego cruzó la ruta y dejó a su hija sola en el medio de los vehículos que transitaban por el lugar. A causa del hecho, la niña sufrió un hematoma, pero presentaba además signos de agresión de larga data. Por ello, se le formularon cargos por los delitos de abandono de persona y lesiones leves, ambos agravados por el vínculo.

Seguidamente, la fiscal relató la evidencia, mencionando en primer término el acta de procedimiento suscripta por la Comisaría N° 48 de General Mosconi, donde se relata el hecho. Suman como sustento probatorio las historias clínicas previas que constan en el hospital local, el acta de entrega e intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y el certificado médico en el que se constatan las heridas que le produjo a la niña la agresión, que implican un tiempo de curación menor a los 14 días. Agregan además informes del área de trabajo social del hospital y el informe de la Oficina de Atención a la Víctima, que trabajó desde el momento del hecho con los organismos estatales de protección.

La Fiscalía pidió además la prisión preventiva de la mujer por el mismo tiempo en que transcurra la investigación, argumentando riesgos tanto de entorpecimiento de la misma como de fuga. A ello adhirió la defensora de Menores. En tanto, el defensor oficial no manifestó objeciones a la formulación de cargos ni a la medida cautelar, pero sí pidió reducir el tiempo de la misma.

El juez de Garantías interviniente, finalmente, hizo lugar a todo lo requerido por la acusación, disponiendo la apertura de la investigación penal preparatoria y la prisión preventiva, ambas por los próximos cuatro meses.

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Rechazaron el pedido de información sobre la contratación de una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal

Había sido solicitado por el legislador peronista José Luis Berros.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar un mandamiento de ejecución interpuesto por el legislador provincial José Luis Berros (Vamos con Todos). El planteo buscó obtener acceso al contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal. La presentación se basó «en los principios constitucionales de publicidad y transparencia administrativa».

La solicitud apuntó a que distintas áreas del Poder Ejecutivo -entre ellas, el Ministerio de Hacienda, la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Educación y la aseguradora Horizonte Seguros S.A.- entregaran copia del contrato suscripto con la firma Dienst Consulting S.A. La acción invocó el artículo 44 de la Constitución provincial y el Código Procesal Constitucional, con el argumento de que la ciudadanía debe tener acceso a los actos administrativos.

El dictamen de la Procuración General, firmado por Jorge Crespo, al que el STJ remitió por compartir sus fundamentos, examinó la naturaleza jurídica de la presentación y la encuadró como un mandamiento de ejecución, previsto en el artículo 59 del Código Procesal Constitucional. Reconoció que el legislador se encontraba legitimado para iniciar la acción, pero concluyó que no se reunieron los requisitos que exige la normativa vigente para su procedencia formal.

El dictamen sostuvo que no se acreditaron los elementos esenciales para habilitar esta vía excepcional. En particular, indicó que el escrito inicial no demostró la urgencia extrema, la existencia de un daño irreparable ni la ilegalidad manifiesta en la negativa, condiciones requeridas por la ley para admitir este tipo de acción. Además, subrayó que el legislador Berros no aportó fundamentos suficientes para considerar que existió un «rehusamiento expreso» por parte de los organismos interpelados, uno de los presupuestos centrales que exige la figura.

Crespo también señaló que parte de la información solicitada había sido respondida por el Ministerio de Hacienda y por Horizonte Seguros S.A., mediante informes cursados ante la Legislatura. Esos documentos detallaron aspectos del contrato, describieron el servicio contratado y ofrecieron reportes de auditoría junto con antecedentes de la empresa prestadora. En función de esas respuestas, el dictamen concluyó que no se configuró una negativa rotunda que habilitara el uso de esta herramienta constitucional.

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