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Judiciales

Absolvieron al ex juez Tobares en la causa por abuso sexual

La denunciante aseguró que alcanzó un acuerdo privado con el magistrado, por lo que decidió no seguir con el proceso judicial.

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Ayer (05/03) a la mañana se desarrolló el debate contra un ex juez acusado del delito de abuso sexual, Daniel Tobares. Apenas iniciada la audiencia, la denunciante manifestó su determinación de no seguir adelante con la acusación ni de colaborar en calidad de testigo, manifestó además haber alcanzado un acuerdo privado con el imputado.

Ante esta situación inédita, la Fiscalía se opuso valorando el interés público del proceso por sobre el privado. A su turno el Tribunal habilitó el inicio del juicio, sin embargo ante la carencia de la única prueba objetiva (el testimonio de la víctima) el ex magistrado debió ser absuelto.

Pedido de la víctima

En primer término hizo uso de la palabra la víctima quien manifestó su pretensión de no seguir adelante con el juicio. Seguidamente, tal determinación fue explicada en términos procesales por su abogado que desistió de la querella en términos del Artículo 57 del Código Procesal Penal. Informó en ese sentido que se había realizado un acuerdo entre las partes privadas del proceso (víctima e imputado) y adelantó además que la mujer no prestaría su colaboración como testigo en un potencial debate.

Por tener la víctima un abogado particular cuyo interés no coincide con la postura del Ministerio Público Fiscal, que además desconoce los términos de un acuerdo que se alcanzó de manera privada, se informa que de lo anterior sólo deberá hablar el representante legal de la victima que conoce y comparte su posición.

Postura del Ministerio Público Fiscal

La fiscalía se opuso a que la conclusión de este caso sea la propuesta realizada por las partes privadas.

«El Ministerio Público Fiscal entiende que en este caso está comprometido el interés público. Más allá del interés que hemos escuchado de la víctima, este Ministerio no va a aceptar este acuerdo», dijo el fiscal jefe.

Explicó que «no tuvimos acceso a los detalles del acuerdo mencionado por las partes privadas. Si bien no dudamos de la comprensión de la victima en cuanto a la decisión tomada, también represento (y más cuando la victima tiene querella) a la sociedad y, en este sentido, las características del imputado, del hecho y las implicancias del mismo en el entramado social nos lleva a oponernos a que este proceso concluya así», enfatizó la Fiscalía.

Resolución del Tribunal de juicio

En cuanto a la voluntad de la víctima de no seguir adelante con este proceso, luego de un cuarto intermedio el Tribunal de juicio destacó que «habiéndola escuchado detenidamente, no tenemos otra alternativa que aceptar su voluntad de no querer participar. Por ello tenemos por desistida la acusación privada».

No obstante en cuanto al debate oral y público, determinó el inicio del mismo. Dijo que no podía aceptar un acuerdo de reparación «que no conocemos. En ningún momento nos dijeron qué hizo el señor para reparar». Asimismo consideró que el Código Procesal Penal destaca que es preponderante la opinión del Ministerio Público «por lo cual no consentimos la extinción de la acción por reparación».

Inicio del debate

Una vez que el Tribunal comunicó su determinación, la víctima y el abogado querellante abandonaron la sala y se dio inicio al debate oral y público. En su alegato de apertura el fiscal jefe detalló el hecho siguiendo la declaración que la denunciante realizó oportunamente.

«Sin embargo, esa prueba directa que son los dichos de la joven, ahora no los tenemos porque decidió retirarse como querellante y como testigo directa en este juicio», expresó el representante fiscal.

«Entre la evidencia indirecta que tenemos, contamos con los testimonios de allegados de la víctima que se acercaron a la Comisaría a realizar una denuncia, al oficial de dicha unidad policial que la recibió, el posterior allanamiento realizado en la casa del imputado, los análisis concretados en el Laboratorio Regional Forense de Comodoro Rivadavia, la intervención del Cuerpo de Investigación Forense y del Gabinete de Criminalística», describió la Fiscalía.

«Además se solicitaron las cámaras de seguridad del local en donde se habría producido y se entrevistaron a las médicas que brindaron la atención en el marco del protocolo de salud física, mental y social», agregó el representante fiscal.

«Estoy absolutamente convencido de que el imputado es culpable de este delito, porque, a diferencia de ustedes jueces, yo pude escuchar a la víctima, pero sin ella hoy no tengo la prueba para que ustedes condenen a este hombre», culminó el fiscal y retiró la acusación.

La defensa particular del hombre adhirió a ello y sostuvo la inocencia del hombre. Finalmente luego de un cuarto intermedio el Tribunal absolvió al acusado por retiro de la acusación.

Judiciales

Buscan intensamente a una mujer desaparecida en Roca

La mujer de 39 años fue vista por última vez el lunes a la mañana.

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La Policía de Río Negro, a través de la Comisaría 31° de General Roca, emitió un comunicado oficial solicitando la colaboración urgente de la comunidad para dar con el paradero de Claudia Yanet Vidal, de 39 años. La mujer fue vista por última vez este lunes (13/04), aproximadamente a las 9.00 horas, y desde entonces se desconoce su ubicación actual, lo que ha generado una gran preocupación entre sus allegados.

Según los datos filiatorios aportados por la fuerza, Claudia es de tez trigueña, posee una contextura física robusta y mide 1,60 metros de estatura. Su cabello es castaño y le llega hasta la altura de los hombros.

Como señas particulares, se destacó que posee un tatuaje en su antebrazo izquierdo con la imagen de una virgen y tiene acento colombiano. Al momento de ser vista por última vez, vestía un pantalón de jean, una camisa color bordó y botas negras.

Además, se informó que la mujer portaba una mochila roja que contenía una botella de detergente y una escobilla.

Un dato relevante para la investigación es que no posee teléfono celular, aunque sí llevaba consigo su DNI personal, el de sus hijos menores y una tarjeta de colectivo.

Ante cualquier información, se solicita a los vecinos comunicarse de manera inmediata con la Comisaría 31°, la unidad policial más cercana o llamar a la línea de emergencias 911.

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Judiciales

Falsificación y fraude: La increíble historia de la mujer que engañó al sistema de salud roquense

La Justicia de General Roca dictó medidas cautelares contra la mujer que habría utilizado un título apócrifo de la Universidad de Los Andes. Deberá usar tobillera electrónica por seis meses.

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La Justicia de General Roca investiga un caso que ha generado una profunda alarma en el sistema sanitario regional. La Fiscalía solicitó la imposición de estrictas medidas cautelares para resguardar la investigación iniciada tras una denuncia del Ministerio de Salud de Río Negro contra una mujer que ejerció la medicina de manera ilegal. Según el equipo fiscal, los hechos se habrían extendido desde el año 2020 hasta el pasado 3 de marzo, momento en que se le retiró la matrícula y fue desvinculada de una clínica privada de la ciudad.

De acuerdo a la descripción de la fiscal del caso, la mujer habría iniciado trámites de convalidación de un título de «médica cirujana» presuntamente expedido por la Universidad de Los Andes de Venezuela, el cual sería apócrifo. Con esa documentación, logró insertarse en el mercado laboral local, desempeñándose nada menos que en el área de terapia intensiva de la Clínica Roca, en los consultorios de CIROM como médica clínica, en el Hospital de General Roca y presuntamente también en el Sanatorio Juan XXIII.

En virtud de la gravedad del engaño, la Fiscalía le atribuyó provisoriamente cinco delitos: ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación de documento público, uso de documento público falso y defraudación agravada contra la administración pública.

En los allanamientos realizados en su domicilio y el de un familiar, se secuestraron sellos, títulos, recetarios, medicación y dispositivos electrónicos que ahora están siendo sometidos a pericias.

Al momento de solicitar las cautelares, la Fiscalía invocó un claro riesgo procesal de fuga. Se argumentó que, tras seis años de ejercicio ilegal, la mujer ostenta una solvencia económica considerable. Entre los bienes detectados y requisados figura una camioneta Fiat Toro automática y una vivienda propia.

Además, el hallazgo de pasaportes de la imputada y su grupo familiar reforzó la necesidad de asegurar su permanencia en la ciudad mediante el uso de una tobillera de control satelital por un plazo de seis meses.

Finalmente, la jueza interviniente resolvió hacer lugar a la mayoría de las peticiones del Ministerio Público Fiscal. Además del dispositivo electrónico, se dispuso la prohibición de salida del país y la inhibición general de bienes, afectando tanto al inmueble como al vehículo. «Usted debe cumplir con todas estas medidas para no perder su libertad», sentenció la magistrada, subrayando que, aunque rige la presunción de inocencia, el Código Procesal habilita estas restricciones ante el avance de una investigación de tal magnitud.

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Comerciante le inició un juicio penal a una mujer por una reseña en Google 

Finalmente, las partes llegaron a un acuerdo y la Justicia dispuso el sobreseimiento de la imputada.

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Una mujer protagonizó un incidente vial y, en ese contexto, publicó un escrache en Google contra un comerciante de Cipolletti para presionar por una resolución. La reseña apareció en la ficha comercial del negocio y dio origen a una causa penal por presuntas calumnias e injurias.

Según el damnificado, ambas partes participaron en un incidente vial cuyas consecuencias se encontraban bajo tratamiento de las aseguradoras. El comerciante sostuvo que no existió relación comercial con la mujer y que ese episodio fue el único vínculo previo.

De acuerdo con la presentación, la mujer realizó un reclamo directo por fuera de los canales formales y advirtió que podía exponerlo públicamente si no accedía a sus exigencias. Tras la negativa, se concretó la publicación.

El escrache se difundió en la plataforma Google, dentro de la ficha comercial del establecimiento. El contenido incluyó expresiones como: «Pésimo, unos estafadores sinvergüenzas. No lo recomiendo! No consuman! Son la peor lacra, no se hacen cargo de lo que les corresponde y encima estafan gente!».

El comerciante afirmó que esas frases resultaron falsas, que la autora de la reseña no fue clienta y que la publicación afectó su honor, su reputación y su actividad comercial. En particular, señaló que una de las expresiones implicó la atribución de un delito.

A partir de ese hecho, impulsó una querella penal. El proceso incluyó audiencias orientadas a lograr un acuerdo entre las partes, aunque en una primera etapa no se alcanzó un entendimiento.

Con posterioridad, retomaron el diálogo y presentaron un acuerdo conjunto ante la Oficina Judicial. El documento incluyó la retractación de la publicación en Google y una disculpa en términos conciliatorios. También se dejó constancia de que no existió relación comercial entre las partes.

Además, el comerciante renunció a continuar con la acción penal y desistió de los planteos realizados. El acuerdo estableció que no habría nuevos reclamos vinculados con los hechos.

El juez interviniente consideró que se trató de delitos de acción privada, en los que la continuidad del proceso depende de la voluntad de quien impulsa la acción. También valoró la retractación prevista en la normativa penal. Con esos elementos, dispuso el sobreseimiento de la mujer imputada y dio por finalizado el proceso conforme a las normas aplicables.

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