Seguinos

Judiciales

Confirman condena a policía de Lamarque

Había sido condenado a dos años y dos meses de prisión en suspenso e inhabilitación.

el

El Superior Tribunal de Justicia denegó el recurso extraordinario federal planteado por la defensa y confirmó así la condena de prisión en suspenso e inhabilitación contra un efectivo policial de Lamarque por las vejaciones de las que fue víctima un ciudadano.

La Cámara Criminal Tercera de General Roca había condenado al policía Ernesto Santos Rossi a la pena de dos años y dos meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial por el doble de tiempo para ejercer funciones policiales “que tengan que ver con contacto con ciudadanos y estar munido de cualquier tipo de arma provista por la repartición”. Aquella sentencia fue cuestionada por la defensa mediante un recurso de casación que el Superior Tribunal de Justicia rechazó en septiembre de 2015. Ahora, ante un nuevo recurso defensista, el STJ ratificó los fallos anteriores y no abrió la vía de impugnación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Según se tuvo por acreditado tras el juicio, “el 12 de septiembre de 2010, aproximadamente a las 10.30 horas, en la intersección de las calles Moreno y Urquiza de la localidad de Lamarque, el imputado, en ejercicio de su función policial, aplicó un golpe con su cachiporra al ciudadano P.A.O. en la zona de la cabeza (parte frontal), lo que le causó una lesión de carácter leve, para posteriormente amenazarlo diciéndole ‘ya vas a caer vos y ahí te voy a dar…’, con lo que le produjo temor”. Del expediente surge que aquella mañana Rossi y otro efectivo “arribaron al sector tras haber recibido en la dependencia policial un llamado que informaba que diferentes personas estaban cometiendo un disturbio en la vía pública” y que, en esas circunstancias, el uniformado cometió los delitos de “vejaciones agravadas por el uso de violencia en concurso ideal con lesiones leves y en concurso real con amenazas” por los que resultó condenado.

La defensa sostuvo en su recurso, entre otros agravios, que existió “vulneración del principio de congruencia”, “lesión a la garantía de imparcialidad” y arbitrariedad en la sentencia. Pero el STJ, en coincidencia con el dictamen de la Fiscalía General, concluyó que el escrito de la defensa “no satisface los extremos formales requeridos en las Reglas para la interposición del recurso extraordinario federal” (Acordada N° 4/07 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

Con los votos de los jueces Enrique Mansilla, Liliana Piccinini y Ricardo Apcarián, el STJ concluyó que “el recurrente no rebate con eficacia las consideraciones de la resolución que impugna, dado que su crítica se limita a cuestionar aspectos ya analizados y decididos sin aportar argumentos suficientes que demuestren la conculcación de derechos y garantías que alega, a la vez que no acredita la arbitrariedad invocada ni la existencia de cuestión federal suficiente que amerite la habilitación de la vía excepcional pretendida”.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

Imputaron a una quinta persona por la presunta millonaria defraudación al IPROSS en Valle Sereno

Se trata de una acompañante terapéutica, acusada de participar en una presunta maniobra que habría perjudicado a la obra social provincial mediante la facturación de prestaciones que no se habrían realizado.

el

La investigación por la presunta defraudación al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) sumó este jueves (02/07) una quinta imputación. El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una acompañante terapéutica, a quien acusa de haber participado en una maniobra para facturar prestaciones de salud mental que, según la investigación, nunca fueron brindadas a pacientes del establecimiento Valle Sereno-San Cirano S.A., de General Roca.

Durante la audiencia, la fiscal adjunta Gimena Ducca sostuvo que la imputada habría intervenido en 21 hechos ocurridos entre noviembre de 2021 y julio de 2023, junto a un médico clínico y psiquiatra, una licenciada en Psicología, directivos del establecimiento y otros integrantes del equipo profesional.

De acuerdo con la acusación, el grupo habría confeccionado historias clínicas, planillas de asistencia y registros de pacientes con datos falsos, incluyendo internaciones ambulatorias bajo la modalidad Hospital de Día que, en realidad, no se habrían concretado. Esa documentación era utilizada para emitir facturas que luego eran presentadas al IPROSS para el cobro de prestaciones.

La Fiscalía indicó que el establecimiento mantenía un convenio con la obra social provincial para brindar distintos módulos de atención en salud mental, entre ellos Hospital de Día, una modalidad con un valor superior al de otras prestaciones. Según la investigación, esa circunstancia habría permitido incrementar el monto de las facturaciones presuntamente irregulares.

Como sustento de la imputación, el Ministerio Público Fiscal mencionó la denuncia presentada por el IPROSS en mayo de 2024, documentación administrativa de la obra social, informes contables elaborados por la Unidad de Asistencia a la Investigación Fiscal, registros bancarios, informes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), documentación del Ministerio de Salud de Río Negro y diversas entrevistas realizadas durante la investigación.

La acompañante terapéutica fue imputada como presunta partícipe necesaria del delito de estafas reiteradas agravadas por haber sido cometidas en perjuicio de la administración pública.

Por su parte, el defensor penal público Juan Pablo Chirinos no presentó objeciones a la formulación de cargos, aunque informó que ya solicitó la realización de una pericia caligráfica.

Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación penal preparatoria.

Continuar leyendo

Judiciales

Inició el debate oral por presuntos maltratos y amenazas a niños en un CAINA de Roca

La imputada está acusada por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora. Otro acusado ya admitió su responsabilidad y cumple una condena.

el

Comenzó esta mañana (30/06) en los Tribunales de General Roca el juicio contra una mujer que se desempeñaba como auxiliar en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) -dependientes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF)-, acusada de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora por hechos que habrían tenido como víctimas a menores institucionalizados.

Cabe recordar que, en noviembre del año pasado, otra persona señalada por la Fiscalía como coautor de los hechos reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado y actualmente cumple la condena impuesta.

Durante los alegatos de apertura, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca señalaron que la acusada y el otro auxiliar asistencial habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023. Según la teoría del caso, ambos habrían amenazado a los menores para impedir que relataran los episodios de maltrato, vulnerando derechos reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

Para sostener la acusación, el Ministerio Público Fiscal presentará la denuncia de la coordinadora institucional, testimonios de operadores del CAINA, informes elaborados durante la intervención, la declaración de la psicóloga de la institución, la participación de profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), las entrevistas realizadas mediante Cámara Gesell por especialistas del Cuerpo de Investigación Forense y certificaciones laborales de los imputados.

Por su parte, la mujer es asistida por un defensor particular, quien sostuvo que la situación corresponde a una cuestión de orden administrativo.

El debate continuará mañana y se prevé que finalice el jueves, cuando las partes expondrán sus conclusiones respecto de la responsabilidad penal de la imputada.

Continuar leyendo

Judiciales

Transfirió por error 3 millones de pesos por Mercado Pago y el destinatario se los gastó: El conflicto se solucionó en el Juzgado de Paz

La deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios.

el

Un productor de cebollas transfirió por error 3 millones de pesos a la cuenta de Mercado Pago de otra persona cuando intentaba pagar los insumos necesarios para su actividad. Pese a que reclamó en varias oportunidades la devolución del dinero, no obtuvo respuesta. Según relató, incluso fue bloqueado en WhatsApp. El conflicto llegó al Juzgado de Paz de General Conesa, donde finalmente las partes alcanzaron un acuerdo de pago.

La demanda se presentó a través del procedimiento de menor cuantía. El hombre explicó que la transferencia estaba destinada a una agronomía que le provee los insumos indispensables para la producción, pero por un error el dinero terminó acreditado en la billetera virtual de otra persona.

En la presentación judicial sostuvo que intentó recuperar el dinero por vías informales. Afirmó que se comunicó en reiteradas oportunidades con el destinatario de la transferencia para pedirle que restituyera el monto, pero no obtuvo respuesta y luego fue bloqueado.

Durante la audiencia convocada por el Juzgado de Paz, el demandado reconoció que había recibido los 3 millones de pesos en su cuenta de Mercado Pago. Sin embargo, explicó que no podía devolverlos porque los había gastado inmediatamente después de recibirlos.

Ante esa situación solicitó un cuarto intermedio para reunir parte del dinero y elaborar una propuesta de pago que pudiera cumplir. Días más tarde, las partes volvieron a reunirse y alcanzaron un acuerdo.

Finalmente la deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios. En ese mismo acto el demandado entregó en efectivo medio millón.
El resto se abonará en seis cuotas consecutivas. Los pagos deberán realizarse en el Juzgado de Paz de General Conesa, aunque el acuerdo prevé que el deudor podrá adelantar cuotas o efectuar pagos superiores si tiene posibilidades de hacerlo.

La jueza de Paz consideró que el convenio reflejaba la voluntad de ambas partes y que no afectaba el orden público. En consecuencia, homologó el acuerdo y dejó establecido el cronograma de pagos que permitirá cancelar la deuda originada por la transferencia realizada por error.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement